SUBESTACIÓN CÁCLIC 220/138/22,9 kV Cláusulas de Ejemplo

SUBESTACIÓN CÁCLIC 220/138/22,9 kV. Se construirá una subestación para el enlace a futuras expansiones en 220 kV, ubicada en las cercanías de la ciudad de Chachapoyas, para la instalación de los equipos de maniobra y compensación reactiva. Esta Subestación será completamente nueva y, de manera referencial, se ha localizado en un terreno ubicado a unos 1 500 m al extremo sur-este de la ciudad, a 2 337 msnm y las coordenadas aproximadas son: S 6° 14’ 8,78” 9309881,09 S O 77° 50’ 54,09” 184784,26 E 18M Al momento de desarrollar el estudio definitivo, la Sociedad Concesionaria deberá determinar la ubicación final de la Subestación. El equipamiento previsto en esta Subestación, es el siguiente: - Sistema de conexiones en doble barra; “A” y “B” en 220 kV. - Una (1) celda para la salida a la línea xx Xxxxxxxxx Norte. - Una (1) celda para la salida a la línea de Moyobamba Nueva. - Una (1) celda para la conexión de acoplamiento xx xxxxxx en 220 kV. - Una (1) celda para la conexión al transformador en 220 kV. - Un banco de transformadores monofásicos con una unidad de reserva, de 60/60/20 MVA, en condiciones de operación ONAF 2; relación de transformación: 220/138/22,9 kV, regulación automática bajo carga y grupo de conexión Y/Y/ Estrella/Estrella/Delta. - Un (1) reactor de línea en el lado de la salida hacia la X.X. Xxxxxxxxx Xxxxx, xx 00 XXXX, 000 kV, con equipo de conexión (*). - Una (1) celda de conexión del reactor de línea. - Previsión de espacios para la implementación de cinco (05) bahías o celdas de salida adicionales. Los indicados espacios en el patio de llaves deberán estar habilitados para que a futuro se pueda extender las barras, instalar los equipamientos de celdas, extender la malla de tierra, de ser el caso y, efectuar las conexiones necesarias. Para el efecto, deberán contar con los respectivos pórticos y estar incluidos en el perímetro del patio de llaves, contando con las respectivas facilidades de acceso, iluminación y otros. - Previsión de espacio para la implementación de un transformador de potencia 220/138/22,9 kV con sus respectivas celdas de conexión 220 kV, 138 kV y 22,9 kV. El esquema final será definido en los Estudios de Pre operatividad, tal que garantice la capacidad de transmisión establecida en los numerales 1a) y 1b) anteriores. Previsión de espacio para un sistema de conexiones en doble barra “A” y “B” en 138 kV. Previsión de espacio para una (1) celda para la conexión al transformador en 138 kV. Previsión de espacio para una (1) celda para la conexión del acopl...

Related to SUBESTACIÓN CÁCLIC 220/138/22,9 kV

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.