Titularidad y concesión de licencias a usuarios finales y entrega de las Aplicaciones con Licencia a usuarios finales Cláusulas de Ejemplo

Titularidad y concesión de licencias a usuarios finales y entrega de las Aplicaciones con Licencia a usuarios finales. 3.1 Usted reconoce y acepta que Apple, en el curso de su actuación como agente o comisionista para Usted, aloja, o de conformidad con la cláusula 1.2 b) de este Apéndice 1 podrá permitir a terceros autorizados alojar, la(s) Aplicación(es) con Licencia, y permite la descarga de dicha(s) Aplicación(es) con Licencia por parte de usuarios finales, en su nombre. No obstante, Usted es responsable de alojar y entregar los contenidos o servicios vendidos o entregados por Usted mediante la API de Compra de la Aplicación, excepto los contenidos incluidos en la propia Aplicación con Licencia (es decir, la Compra desde la Aplicación simplemente desbloquea el contenido) o los contenidos alojados por Apple de conformidad con la cláusula 3.3 del Anexo 2 del Contrato. Las partes reconocen y aceptan que Apple no adquirirá ninguna propiedad sobre ninguna de las Aplicaciones con Licencia ni sobre la Información de las Aplicaciones con Licencia, y que la titularidad, el riesgo de pérdida, la responsabilidad y el control sobre las Aplicaciones con Licencia le seguirán perteneciendo a Usted en todo momento. Apple no podrá utilizar ninguna de las Aplicaciones con Licencia ni la Información sobre Aplicaciones con Licencia para ningún fin, ni de ninguna manera, salvo en los casos específicamente autorizados en el Contrato o en el presente Apéndice 1. 3.2 Usted podrá entregar a Apple Su propio EULA para cualquier Aplicación con Licencia en el momento en que entregue dicha Aplicación con Licencia a Apple, de conformidad con la cláusula 2.1 de este Apéndice 1; siempre y cuando Su EULA incluya los términos y condiciones 3.3 Por la presente, Usted reconoce que el EULA para cada una de las Aplicaciones con Licencia es exclusivamente entre Usted y el usuario final y se ajusta a la legislación aplicable, y Apple no será responsable de ningún EULA, ni tendrá responsabilidad alguna en virtud del mismo o por cualquier incumplimiento cometido por Usted o cualquier usuario final de cualquiera de los términos y condiciones de un EULA. 3.4 Una Aplicación con Licencia podrá leer o reproducir contenidos (revistas, periódicos, libros, audio, música, vídeo) que se ofrezcan fuera de la Aplicación con Licencia (como, a modo de ejemplo, a través de Su sitio web) siempre que Usted no enlace ni comercialice ofertas externas de dichos contenidos dentro de la Aplicación con Licencia. Usted es responsable de la autenticación del acceso a los contenidos adquiridos fuera de la Aplicación con Licencia. 3.5 En ...

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  • LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • Entrega de los bienes El concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición de entrega en destino final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de Comisión Federal de Electricidad Empresa Productiva Subsidiaria, División De Distribución Norte. En su caso, los concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Empresa Productiva Subsidiaria, División De Distribución Norte, Departamento de Abastecimientos/Compras, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2 A, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.