*: TRABAJO EN EQUIPOS ROTATIVOS. El personal que trabaje en equipos rotativos (tres turnos), continuos e interrumpidos, percibirá por las horas efectivamente trabajadas entre las 22 y las 6 horas el 60% de recargo. Cuando los francos no caigan en sábados o domingos, y presten servicios en estos días, la bonificación del 60 % se elevará al 100 % desde las 14 hs. del día sábado hasta las 6 hs. del día lunes. Sólo se liquidará este estímulo a la asistencia por las horas efectivamente trabajadas y las únicas excepciones admitidas serán las derivadas de accidentes de trabajo ocurridos en el establecimiento y de las licencias especiales que fija este convenio.
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Samples: Convenio Colectivo 42/89, Convenio Colectivo 42/89, Convenio Colectivo 42/89