Trabajos de categoría inferior. Conforme al tenor literal del vigente artículo 39.2 del Estatuto de los Trabajadores, «En el caso de encomienda de funciones inferiores ésta deberá estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadores».
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Trabajos de categoría inferior. Conforme al tenor literal del vigente artículo 39.2 39.2. del Estatuto de los Trabajadores, «En el caso de encomienda enco- mienda de funciones inferiores ésta deberá estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadores.».
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Trabajos de categoría inferior. Conforme al tenor literal del vigente artículo 39.2 39.2. del Estatuto de los Trabajadores, «En el caso de encomienda enco- mienda de funciones inferiores ésta deberá estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadorestra- bajadores.».
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