TRASLADOS Y ESTADÍA DE ACOMPAÑANTE EN CASO DE ACCIDENTE. Cuando el TITULAR , sufriere un accidente y para su atención y recuperación se prevea como mínimo cinco (5 ) días de hospitalización, COLASISTENCIA asumirá los gastos de desplazamiento terrestre o aéreo en clase regular y estadía para un acompañante que viaje a cuidar a dicho titular o uno de los acompañantes que haya viajado con el titular, COLASISTENCIA asumirá su estadía en caso de que su plan de viaje haya culminado, la diferencia en el tiquete, penalidad o tiquete nuevo, hasta la suma de Dos Millones de Pesos ($ 2.000.000), los anteriores gastos se efectuarán a manera de reembolso y como consecuencia de presentación de facturas y comprobantes fehacientes, que no superen un monto de gasto diario de Dos Cientos Mil Pesos ($ 200.000), para lo que se provee una estadía máxima xx Xxxx (10) Días en el caso de no requerir desplazamiento, si este se requiere el valor del desplazamiento debe descontarse del monto máximo global para llegar a una cifra de gastos de estadía diaria. Si el titular del servicio de asistencia que estuvo hospitalizado es dado de alta antes de los 10 días que se preveén para la estadía de su acompañante, este servicio terminará inmediatamente en ese momento, a menos de que por recomendación médica el titular del servicio de asistencia no pueda viajar y deba estar en convalecencia donde se activaran los días restantes hasta el máximo de 10 días.
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TRASLADOS Y ESTADÍA DE ACOMPAÑANTE EN CASO DE ACCIDENTE. Cuando el TITULAR , sufriere un accidente y para su atención y recuperación se prevea como mínimo cinco (5 ) días de hospitalización, COLASISTENCIA asumirá los gastos de desplazamiento terrestre o aéreo aireo en clase regular y estadía para un acompañante que viaje a cuidar a dicho titular o uno de los acompañantes que haya viajado con el titular, COLASISTENCIA asumirá su estadía en caso de que su plan de viaje haya culminado, la diferencia en el tiquete, penalidad o tiquete nuevo, hasta la suma de Dos Millones de Pesos ($ 2.000.000), los anteriores gastos se efectuarán a manera de reembolso y como consecuencia de presentación de facturas y comprobantes fehacientes, que no superen un monto de gasto diario de Dos Cientos Mil Pesos ($ 200.000), para lo que se provee una estadía máxima xx Xxxx (10) Días en el caso de no requerir desplazamiento, si este se requiere el valor del desplazamiento debe descontarse del monto máximo global para llegar a una cifra de gastos de estadía diaria. Si el titular del servicio de asistencia que estuvo hospitalizado es dado de alta antes de los 10 días que se preveén prevein para la estadía de su acompañante, este servicio terminará inmediatamente en ese momento, a menos de que por recomendación médica midica el titular del servicio de asistencia no pueda viajar y deba estar en convalecencia donde se activaran los días restantes hasta el máximo de 10 días.
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