Uso Inaceptable Cláusulas de Ejemplo

Uso Inaceptable. Uso inaceptable se refiere a cualquier uso ilícito, ilegal o inapropiado tal como se establece en esta sección 6. Usted no puede utilizar los Servicios o la infraestructura tecnológica de HostPapa en ninguna forma que constituya un uso inaceptable. El uso ilícito o ilegal es la creación, recopilación, transmisión, almacenamiento o intercambio de cualquier material que viole cualquier ley o norma aplicable. El uso inapropiado incluye cualquier uso o comportamiento que pueda: (i) poner en peligro los productos, servicios, infraestructura tecnológica o habilidad de HostPapa para funcionar o (ii) exponer a HostPapa a responsabilidad civil. El uso ilícito, ilegal o inapropiado incluyo el uso de los Servicios para: (a) Poseer, almacenar, ver, descargar, transmitir, distribuir (por cualquier servicio P2P u otro) o traficar cualquier material que: (i) Incluya pornografía infantil; (ii) Incumpla los derechos de autor de cualquier persona u otro derecho de propiedad intelectual (incluyendo aplicaciones no autorizadas o autorizadas inadecuadamente, música, juegos u otros materiales); (iii) deliberadamente promueva el odio contra o difame a cualquier individuo identificable, grupo u otra organización; (iv) pueda ser utilizado para atacar sistemas computacionales y redes y desfigurar sitios web (incluyendo códigos, ejecutables u otras herramientas); (v) incluya cualquier forma de software dañino (b) amenace la seguridad o propiedad de una persona; (c) difame a otras personas; (d) interfiera con los servicios que HostPapa brinda a sus otros clientes; (e) interfiera con, altere o dañe los servidores utilizados por HostPapa para brindar tales servicios, los de los proveedores de HostPapa o los de otros clientes de HostPapa; (f) hacerse pasar por o falsamente exponer o falsear su identidad o afiliación con cualquier persona o entidad; (g) deliberadamente eluda o trastorne las garantías físicas, lógicas o de procedimiento tales como cortafuegos, software de filtro de red u otros controles de acceso utilizados por cualquiera para obtener acceso no autorizado a la infraestructura tecnológica de cualquiera o distribuir programas computacionales diseñados para ayudar a hacerlo; (h) cualquier acto de violación de cualquier ley o regulación local, provincial, estatal, nacional o internacional incluyendo cualquier ley relacionada con: (i) exportación de datos o software; (ii) protección de derechos humanos; (iii) promoción de odio; (iv) difamación; (v) ofensas criminales; (vi) pro...
Uso Inaceptable. Si se utilizan minutos ilimitados para llamadas que no son de voz, como marcación automática o llamadas con datos, entre otras, Frontier puede convertir el Servicio en un plan que cobre todas las llamadas de larga distancia o, cuando los sistemas lo permitan, cobrar una tarifa de 10 ¢ por minuto por dichas llamadas. Si el uso que hace usted no coincide con las aplicaciones de voz residenciales y los patrones de uso normales y supera los 3000 minutos al mes, Frontier puede cobrarle una tarifa de 10 ¢ por minuto por esas llamadas. Pueden aplicarse otras restricciones. Compatibilidad con alarmas de seguridad y otros dispositivos. Frontier no garantiza que (i) el Servicio utilizado como vía de comunicación para alarmas monitoreadas contra robos, alarmas monitoreadas contra incendios y/o sistemas o dispositivos de monitoreo médico será ininterrumpido, oportuno, seguro o esté exento de errores; (ii) el Servicio será compatible con cualquier alarma particular o con todas las alarmas monitoreadas contra robos, alarmas monitoreadas contra incendios o sistemas o dispositivos de monitoreo médico; o (iii) la energía de la batería de respaldo será suficiente para mantener el Servicio durante cualquier y/o todos los cortes de energía. El Servicio requiere marcado de 10 dígitos. Es posible que sea necesario modificar la configuración del sistema de seguridad para el hogar de 7 a 10 dígitos. *** CONSULTE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ADICIONALES PARA EL SERVICIO VOIP Y DE VOZ DIGITAL A CONTINUACIÓN EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE SERVICIO DE INTERNET RESIDENCIAL QUE SE INCORPORAN POR REFERENCIA *** TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE SERVICIO DE INTERNET RESIDENCIAL ESTE DOCUMENTO ES UN CONTRATO LEGALMENTE VINCULANTE Y DESCRIBE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONFORME A LOS CUALES FRONTIER (en adelante, “Frontier” o “nosotros”) LE PRESTARÁ SERVICIOS DE INTERNET Y EQUIPOS RELACIONADOS. ESTE CONTRATO EXIGE QUE TODA DISPUTA SE RESUELVA MEDIANTE ARBITRAJE VINCULANTE DE MANERA INDIVIDUAL EN LUGAR DE DEMANDAS, JUICIOS CON JURADO O DEMANDAS COLECTIVAS, SEGÚN SE EXPLICA CON MAYOR DETALLE A CONTINUACIÓN. AL UTILIZAR O PAGAR LOS SERVICIOS DE FRONTIER, ACEPTA USTED ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES
Uso Inaceptable. Uso inaceptable se refiere a cualquier uso ilícito, ilegal o inapropiado tal como se establece en esta sección 6. Usted no puede utilizar los Servicios o la infraestructura tecnológica de HostPapa en ninguna forma que constituya un uso inaceptable. El uso ilícito o ilegal es la creación, recopilación, transmisión, almacenamiento o intercambio de cualquier material que viole cualquier ley o norma aplicable. El uso inapropiado incluye cualquier uso o comportamiento que pueda: (i) poner en peligro los productos, servicios, infraestructura tecnológica o habilidad de HostPapa para funcionar o (ii) exponer a HostPapa a responsabilidad civil. El uso ilícito, ilegal o inapropiado incluyo el uso de los Servicios para: 6.1.a. Poseer, almacenar, ver, descargar, transmitir, distribuir (por cualquier servicio P2P u otro) o traficar cualquier material que: 6.1.a.i. Incluya pornografía infantil; 6.1.a.ii. Incumpla los derechos de autor de cualquier persona u otro derecho de propiedad intelectual (incluyendo aplicaciones no autorizadas o autorizadas inadecuadamente, música, juegos u otros materiales); 6.1.a.iii. deliberadamente promueva el odio contra o difame a cualquier individuo identificable, grupo u otra organización; incluyendo entre otros, promover el odio, violencia o intolerancia basándose en la raza, edad, identidad sexual, etnia, religión u orientación sexual. 6.1.a.iv. pueda ser utilizado para atacar sistemas computacionales y redes y desfigurar sitios web (incluyendo códigos, ejecutables u otras herramientas); 6.1.a.v. incluya cualquier forma de software dañino 6.1.b. amenace la seguridad o propiedad de una persona; 6.1.c. difame a otras personas; 6.1.d. interfiera con los servicios que HostPapa brinda a sus otros clientes; 6.1.e. interfiera con, altere o dañe los servidores utilizados por HostPapa para brindar tales servicios, los de los proveedores de HostPapa o los de otros clientes de HostPapa; 6.1.f. hacerse pasar por o falsamente exponer o falsear su identidad o afiliación con cualquier persona o entidad; 6.1.g. deliberadamente eluda o trastorne las garantías físicas, lógicas o de procedimiento tales como cortafuegos, software de filtro de red u otros controles de acceso utilizados por cualquiera para obtener acceso no autorizado a la infraestructura tecnológica de cualquiera o distribuir programas computacionales diseñados para ayudar a hacerlo; 6.1.h. cualquier acto de violación de cualquier ley o regulación local, provincial, estatal, nacional o inte...
Uso Inaceptable. Si se utilizan minutos ilimitados para llamadas que no son de voz, como marcación automática o llamadas con datos, entre otras, Frontier puede convertir el Servicio en un plan que cobre todas las llamadas de larga distancia o, cuando los sistemas lo permitan, cobrar una tarifa de 10 ¢ por minuto por dichas llamadas. Si el uso que hace usted no coincide con las aplicaciones de voz residenciales y los patrones de uso normales y supera los 3000 minutos al mes, Frontier puede cobrarle una tarifa de 10 ¢ por minuto por esas llamadas. Pueden aplicarse otras restricciones.

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  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados Cuando la Mesa de Contratación hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad en aplicación de los parámetros establecidos en la cláusula 11 de este pliego, requerirá al licitador o licitadores que las hubieren presentado para que, en un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde la recepción del requerimiento, justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de la información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos. El órgano de contratación rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes. En todo caso se entenderá que la justificación no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador, cuando esta sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico. La mesa de contratación, previo asesoramiento técnico del servicio correspondiente, evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo, y elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación. En ningún caso se acordará la aceptación de una oferta sin que la propuesta de la mesa de contratación en este sentido esté debidamente motivada. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuarto del artículo 149 de la LCSP, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que ▇▇▇▇▇ quedado clasificadas. Cuando una empresa que hubiese estado incursa en presunción de anormalidad hubiera resultado adjudicataria del contrato, el órgano de contratación establecerá mecanismos adecuados para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del mismo con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del contrato sin que se produzca una merma en la calidad de los servicios contratados.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • Faltas muy graves 1. Se considerarán faltas muy graves las siguientes: 2. La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más ▇▇ ▇▇▇▇ ocasiones durante el período de seis meses, o bien más de veinte en un año. 3. La inasistencia al trabajo durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de un mes. 4. El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas y el hurto o robo, tanto a sus compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier otra persona dentro de las dependencias de la empresa, o durante el trabajo en cualquier otro lugar. 5. La simulación de enfermedad o accidente. Se entenderá que existe infracción laboral, cuando encontrándose en baja el trabajador/a por cualquiera de las causas señaladas, realice trabajos de cualquier índole por cuenta propia o ajena. También tendrá la consideración de falta muy grave toda manipulación efectuada para prolongar la baja por accidente o enfermedad. 6. El abandono del servicio o puesto de trabajo sin causa justificada aún por breve tiempo, si a consecuencia del mismo se ocasionase un perjuicio considerable a la empresa o a los compañeros de trabajo, pusiese en peligro la seguridad o fuese causa de accidente. 7. El quebrantamiento o violación de secretos de obligada confidencialidad de la empresa. 8. La realización de actividades que impliquen competencia desleal a la empresa. 9. La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo normal o pactado. 10. Los malos tratos de palabra u obra, la falta de respeto y consideración a sus superiores o a los familiares de estos, así como a sus compañeros/as de trabajo, proveedores y clientes de la empresa. 11. La reincidencia en falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, siempre que las faltas se cometan en el período de dos meses y haya mediado sanción. 12. La desobediencia a las órdenes o mandatos de sus superiores en cualquier materia de trabajo, si implicase perjuicio notorio para la empresa o sus compañeros/as de trabajo, salvo que sean debidos al abuso de autoridad. Tendrán la consideración de abuso de autoridad, los actos realizados por directivos, jefes o mandos intermedios, con infracción manifiesta y deliberada a los preceptos legales, y con perjuicio para el trabajador/a. 13. Los atentados contra la libertad sexual que se produzcan aprovechándose de una posición de superioridad laboral, o se ejerzan sobre personas especialmente vulnerables por su situación personal o laboral.

  • Graduación de las faltas Toda falta cometida por un trabajador se clasificará, atendiendo a su importancia, trascendencia e intención, en leve, grave o muy grave.

  • Contratos eventuales por circunstancias de la producción La duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de hasta doce meses en un período de dieciocho meses.