Utilidad bruta. Es la suma de:
Utilidad bruta. Es el monto en que los ingresos del negocio y el valor del inventario al fin del año de ejercicio exceden la suma total del valor del inventario específico de trabajo, según la definición que a estos últimos da el numeral 2.3: Utilidad bruta es igual a: La suma de:
Utilidad bruta. Es el monto en que los ingresos del negocio y el valor del inventario al fin del año de ejercicio exceden la suma total del valor del inventario específico de trabajo, según la definición que a estos últimos da el numeral 2.3: Utilidad bruta es igual a: La suma de:
1) El valor total de los ingresos del negocio (ventas) al cerrar el último ejercicio financiero; y,
2) El monto del inventario al cierre del mismo período. Menos:
1) El monto del inventario al comenzar el último ejercicio financiero;
2) El monto de existencias y materias primas compradas durante el período del último ejercicio financiero; y,
3) El monto de los gastos de trabajo especificados durante el mismo período. Nota: para llegar a los valores de los inventarios, se tendrá en cuenta el sistema contable que utilice el Asegurado aplicando las respectivas depreciaciones.
Utilidad bruta. SE ENTIENDE POR UTILIDAD BRUTA EL MONTO POR EL CUAL LOS INGRESOS DEL NEGOCIO Y EL VALOR DEL INVENTARIO AL FIN DEL AÑO DE EJERCICIO, EXCEDE LA SUMA TOTAL DEL VALOR DEL INVENTARIO AL COMIENZO DEL MISMO AÑO DE EJERCICIO MAS EL VALOR DE LOS GASTOS ESPECÍFICOS DE TRABAJO. ES LA GANANCIA QUE UNA COMPAÑÍA TIENE ANTES DE DEDUCIR LOS GASTOS DE OPERACIÓN. PARA DETERMINAR EL VALOR DE LOS INVENTARIOS, SE TENDRÁ EN CUENTA EL SISTEMA CONTABLE QUE UTILICE EL ASEGURADO APLICANDO LAS DEPRECIACIONES CORRESPONDIENTES.
Utilidad bruta. La suma que resulta de añadir a la utilidad neta los gastos permanentes asegurados. Si no hubiere utilidad neta, se considerará a efectos de esta póliza, como utilidad bruta, la cantidad de gastos permanentes asegurados, reducida en la proporción que corresponda de aplicar la pérdida de explotación proporcionalmente a todos los gastos permanentes del negocio.
Utilidad bruta aa: año anterior
Utilidad bruta. Es la suma de: - Valor total neto de venta de la producción - Valor total neto de venta mercancías, y - Otros ingresos derivados de las operaciones del negocio Menos el costo de: - Materias primas de las cuales se deriva tal producción - Suministros de materiales consumidos directamente en la conversión de tales materiales primas en productos elaborados o en prestación de los servicios propios del establecimiento. - Mercancías vendidas, incluyendo su material de empaque, y - Servicios adquiridos de terceros (distintos de los empleados del Asegurado) para su reventa, y que no continúen bajo contrato. No se deducirá ningún otro costo al determinar la utilidad bruta.
Utilidad bruta. La suma resultante de los gastos fijos asegurados y la utilidad neta del negocio; o de no registrase utilidad neta, el monto de los gastos fijos asegurados menos igual proporción de toda pérdida neta que el monto de los gastos fijos asegurados guarda con respecto al monto de todos los gastos fijos del negocio.
Utilidad bruta. Cálculo de la Pérdida:
1) La pérdida recuperable por concepto de UTILIDAD BRUTA es la Pérdida Real Sufrida por Xxxxxxxxx en lo que se refiere a lo siguiente, debido a la interrupción necesaria del negocio durante el PERÍODO DE RESPONSABILIDAD: a) Reducción en Ventas y b) Incremento en el Costo del Negocio. El monto pagadero en la forma de una indemnización bajo la presente será:
a) con respecto a la Reducción en Ventas: La suma que resulta al aplicar la Tasa de Utilidad Bruta a la cantidad por la cual las ventas son menores que las Ventas Estándares, durante el PERÍODO DE RESPONSABILIDAD. Al calcular la Reducción en Ventas, cualquier monto recuperado bajo la cobertura de daño material, al precio de venta, se acreditará contra el monto de las ventas perdidas.
b) con respecto al Incremento en el Costo del Negocio:
(i) el gasto adicional, razonable y necesariamente incurrido, con el único propósito de evitar o disminuir la reducción en ventas que, si no fuera por dicho gasto, hubiera ocurrido durante el PERÍODO DE RESPONSABILIDAD; pero
(ii) sin exceder la cantidad que resulta al aplicar la Tasa de Utilidad Bruta al monto de la reducción que, de esta manera, sea evitada, menos cualquier suma ahorrada durante el PERÍODO DE RESPONSABILIDAD con respecto a dichos Costos Fijos Asegurados, que pudieran cesar o verse reducidos debido a dicha interrupción del negocio.
2) Para el propósito del Cálculo de la Pérdida: Utilidad Bruta es: La cantidad obtenida al sumar a la Utilidad Neta el monto de los Costos Fijos Asegurados o, en caso de no existir una Utilidad Neta, el monto de los Costos Fijos Asegurados menos la parte proporcional de cualquier pérdida de las operaciones del negocio que el monto de los Costos Fijos Asegurados guarda con respecto a la totalidad de los costos fijos.
Utilidad bruta. Es la suma de:
a) Valor total neto de venta de la producción.
b) Valor total neto de venta de mercancías; y,
c) Otros ingresos derivados de las operaciones del negocio.
a) Materias primas de las cuales se deriva tal producción.
b) Suministro de materiales consumidos directamente en la conversión de tales materias primas en productos elaborados o en la prestación de los servicios propios del establecimiento.
c) Mercancías vendidas, incluyendo su material de empaque o envase; y,
d) Servicios prestados de terceros (distintos de los empleados del Asegurado) para su reventa, y que no continúen bajo contrato.