UTILIZACION DEL VEHICULO. CAMPERAVENTURA entrega el vehículo-autocaravana con las revisiones mecánicas y controles internos realizados. El vehículo se entrega en las condiciones reflejadas en la hoja suscrita con el CLIENTE al efecto y disponiendo de la documentación necesaria, herramientas y accesorios adecuados, así como todos los neumáticos en buen estado y sin pinchazos. El CLIENTE se compromete expresamente a: - Conservarlo en buen estado. - Cumplir con las normas del Código de Circulación Español, según las especificaciones de uso del tipo de vehículo contratado. En particular, las partes acuerdan expresamente que la realización de cualquier conducta que suponga una infracción del Código de Circulación o la comisión de un delito contra la seguridad del tráfico, será considerada como incumplimiento esencial de las obligaciones asumidas en el presente contrato, lo que podrá dar lugar a la resolución del mismo y a exigir las indemnizaciones correspondientes por los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los correspondientes a los gastos administrativos, de gestión o procesales ocasionados por la intervención de CAMPERAVENTURA en los expedientes administrativos sancionadores, o en los procesos penales incoados como consecuencia de dichas conductas. - No Conducir el vehículo personas no autorizadas en el contrato. - No Transportar personas o mercaderías, cuando ello implique explícitamente el subarriendo del vehículo. - No Transportar personas o mercancías sin haber obtenido la autorización administrativa, exigida por el ordenamiento jurídico. En caso de incumplimiento el CLIENTE será responsable de las sanciones que se le pudieran imponer a CAMPERAVENTURA por la Administración. - NO Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por bebidas alcohólicas, drogas, otras sustancias estupefacientes, fatiga, enfermedad o cualquier otra circunstancia que desaconseje la conducción del vehículo. - No Utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos. - Los portabicicletas de los vehículos no son aptos para llevar bicicletas eléctricas. - No participar con el vehículo en carreras, concursos y desafíos de cualquier naturaleza. - Desprecintar o manipular el cuentakilómetros del vehículo, debiendo comunicar de forma inmediata a CAMPERAVENTURA cualquier avería del mismo. - No transportar mercancías inflamables, peligrosas, toxicas, radioactivas y/o nocivas. - No dar en garantía, pignorar, vender, alquilar, ceder, hipotecar, prestar o incluso variar o modificar cualquier parte del vehículo o el vehículo mismo, incluidos los documentos, llaves, herramientas y accesorios. - No desplazarse con el vehículo arrendado fuera del territorio nacional, ni a las ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, Islas Canarias e Islas Baleares (Salvo autorización expresa). - Cerrar el vehículo, estacionar en lugar, apto, adecuado y seguro cuando no está siendo utilizado y mantener la documentación de este dentro. - Paralizar inmediatamente el vehículo si existiera el menor indicio externo o explicito (Indicadores) que hagan presumir la existencia de un fallo técnico. En estos casos, El CLIENTE deberá contactar a la mayor brevedad posible con la oficina de CAMPERAVENTURA más cercana o la Compañía de asistencia en carretera designada por éste, denegándose el abono de los cargos que pudieran producirse por la utilización de empresas de asistencia distintas, salvo supuesto de máxima urgencia. - No conducir el vehículo arrendado por zonas no transitables o por carreteras no pavimentadas que no sean aptas para la circulación, en tanto que puedan ocasionar daños en la parte baja de la carrocería y/u otras clases de desperfectos. - No conducir el vehículo en el interior de los recintos portuarios y aeroportuarios.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Alquiler De Vehículos, Rental Agreement
UTILIZACION DEL VEHICULO. CAMPERAVENTURA entrega El arrendatario se compromete a utilizar y conducir el vehículo-autocaravana vehículo de acuerdo con las revisiones mecánicas Normas básicas de conducción y controles internos realizados. El vehículo se entrega en las condiciones reflejadas en la hoja suscrita con el CLIENTE al efecto circulación, y disponiendo de la documentación necesaria, herramientas y accesorios adecuados, así como todos los neumáticos en buen estado y sin pinchazos. El CLIENTE se compromete expresamente a: - Conservarlo en buen estado. - Cumplir con las normas del Código de Circulación Español, según conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo. El arrendatario se compromete a no utilizar el vehículo contratadoy/o no dejar que el mismo sea utilizado en los siguientes supuestos - transporte remunerado de pasajeros - empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no - participar en competiciones, oficiales o no - realizar pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles - conducir el vehículo v bajo los efectos del alcohol, narcóticos o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes - transporte de mercancías inflamables y/o peligrosas - productos tóxicos, nocivos y/o radioactivos o que infrinjan las disposiciones legales vigentes - transporte de mercancías en peso, cantidad y/o volumen superior al autorizado en el permiso de circulación y/o en la ficha de inspección técnica del vehículo - transporte de cualquier objeto que no sean maletas en la xxxx del vehículo - transporte de pasajeros en numero superior al autorizado e indicado en el permiso de circulación y/o en la ficha de inspección técnica del vehículo - transporte de animales vivos (a excepción de mascotas y/o animales de compañía, previa autorización por parte del arrendador con xxxx, portaequipajes o similar que no sea el suministrado por el arrendador. En particularEl arrendatario esta obligado a distribuir y fijar de forma segura y correcta las mercancías transportadas en el vehículo de carga. Solo están autorizadas a conducir el vehículo la persona o personas identificadas y aceptadas por el arrendador en el contrato de xxxxxxxx, las partes acuerdan expresamente siempre que sean mayores de 25 años, según el tipo de vehículo indicado en la tarifa general vigente, y sean titulares y estén en posesión de permiso de conducir valido y en vigor, como mínimo, dos años de antigüedad. Se respectaran únicamente como permiso de conducir validos en España, los siguientes - los expedidos de conformidad con la legislación española en vigor - los expedidos por los Estados miembros de la Union Europea con arreglo a la normativa comunitaria - los expedidos por otros países o de carácter internacional que fueran reconocidos como validos a efectos de permitir la conducción en España. No obstante lo anterior, la validez de tales permisos estará condicionado a que los mismos se encuentren en vigor y que su titular tenga la edad requerida conforme a la normativa española para obtener el permiso español equivalente. El arrendado se reserva la facultad expresa de denegar el alquiler del vehículo en el supuesto de que la realización persona indicada por el arrendatario para conducir el mismo no acredite en debida forma ser titular de cualquier conducta que suponga una infracción del Código permiso de Circulación o la comisión de un delito contra la seguridad del tráfico, será considerada como incumplimiento esencial de las obligaciones asumidas conducir valido y en vigor en el presente contrato, lo que podrá dar lugar a momento de la resolución entrega del mismo y al arrendador conforme a exigir las indemnizaciones correspondientes por los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los correspondientes a los gastos administrativos, de gestión o procesales ocasionados por la intervención de CAMPERAVENTURA en los expedientes administrativos sancionadores, o en los procesos penales incoados como consecuencia de dichas conductas. - No Conducir el vehículo personas no autorizadas lo estipulado en el contrato. - No Transportar personas o mercaderías, cuando ello implique explícitamente el subarriendo del vehículo. - No Transportar personas o mercancías sin haber obtenido la autorización administrativa, exigida por el ordenamiento jurídico. En caso de incumplimiento el CLIENTE será responsable de las sanciones que El arrendatario se le pudieran imponer compromete a CAMPERAVENTURA por la Administración. - NO Conducir mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por bebidas alcohólicas, drogas, otras sustancias estupefacientes, fatiga, enfermedad o cualquier otra circunstancia que desaconseje la conducción del vehículo. - No Utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos. - Los portabicicletas de su interior los vehículos no son aptos para llevar bicicletas eléctricas. - No participar con el vehículo en carreras, concursos y desafíos de cualquier naturaleza. - Desprecintar o manipular el cuentakilómetros del vehículo, debiendo comunicar de forma inmediata a CAMPERAVENTURA cualquier avería documentos del mismo. - No transportar mercancías inflamablesQueda prohibido al arrendatario ceder, peligrosasalquilar, toxicashipotecar, radioactivas pignorar, vender o de cualquier manera dar en garantía el vehículo, el contrato de alquiler, las llaves, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o nocivas. - No dar en garantía, pignorar, vender, alquilar, ceder, hipotecar, prestar los accesorios de vehículo y/o incluso variar o modificar cualquier parte o pieza del mismo ; o trata lo anterior de manera que cause perjuicio al arrendador. Cuando se ilumine en el cuadro de instrumentos cualquiera de los testigos que detectan una anomalía de funcionamiento del vehículo o cuando perciba signos externos que indiquen avería o mal funcionamiento del mismo, el arrendatario deberá detener el vehículo mismo, incluidos los documentos, llaves, herramientas lo antes posible y accesorios. - No desplazarse contactar con el vehículo arrendado fuera del territorio nacional, ni a las ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, Islas Canarias e Islas Baleares (Salvo autorización expresa). - Cerrar el vehículo, estacionar en lugar, apto, adecuado y seguro cuando no está siendo utilizado y mantener la documentación de este dentro. - Paralizar inmediatamente el vehículo si existiera el menor indicio externo arrendador o explicito (Indicadores) que hagan presumir la existencia de un fallo técnico. En estos casos, El CLIENTE deberá contactar a la mayor brevedad posible con la oficina de CAMPERAVENTURA más cercana o la Compañía compañía de asistencia en carretera designada concertada por ésteel arrendador, denegándose y solo con esta. Solo se aceptaran cargos por cuenta ajena a dicha compañía de Asistencia cuando el abono arrendador los hubiera autorizado expresamente. La utilización del vehículo solo está permitida en la Union Europea. No esta permitido el transporte del vehículo a bordo de los cargos que pudieran producirse cualquier tipo xx xxxxx, tren, camión o avión salvo autorización expresa por escrito por parte del arrendador. No esta permitida la utilización de empresas de asistencia distintas, salvo supuesto de máxima urgencia. - No conducir el vehículo arrendado por zonas no transitables o por carreteras no pavimentadas que no sean aptas para la circulación, en tanto que puedan ocasionar daños en la parte baja de la carrocería y/u otras clases de desperfectos. - No conducir el del vehículo en el interior de los recintos portuarios de puertos, aeropuertos, aeródromos y/o análogos o similares de carácter no accesible al trafico publico, salvo autorización expresa y aeroportuariospor escrito del arrendador. En caso de que el arrendador otorgue su consentimiento al arrendatario de conformidad con lo anterior, el arrendador informara al arrendatario sobre las condiciones de cobertura del seguro de responsabilidad civil de terceros que puedan resultar aplicables en tal supuesto, y que variaran en función de las circunstancias. El incumplimiento de esta clausula será de exclusiva responsabilidad del arrendatario. Los perjuicios de toda índole que pudiera sufrir el arrendador por el incumplimiento grave de las condiciones recogidas en el presente articulo y/o por uso diferente del pactado por parte del arrendatario, autorizan el arrendador a retirar el vehículo al arrendatario y a facturar y cobrar a esta las cantidades que resulten de conformidad con el procedimiento y criterios de las presentes condiciones generales.
Appears in 1 contract
Samples: Rental Agreement
UTILIZACION DEL VEHICULO. CAMPERAVENTURA entrega el vehículo-autocaravana con las revisiones mecánicas y controles internos realizados. 1.1 El vehículo se entrega en las condiciones reflejadas en la hoja suscrita con el CLIENTE al efecto y disponiendo de la documentación necesaria, herramientas y accesorios adecuados, así como todos los neumáticos en buen estado y sin pinchazos. El CLIENTE Arrendatario se compromete expresamente a: - Conservarlo en buen estado. - Cumplir a utilizar y conducir el Vehículo de acuerdo con las normas del Código básicas de Circulación Españolconducción y circulación, según y conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo contratadovehículo. En particular, las partes acuerdan expresamente que la realización de cualquier conducta que suponga una infracción del Código de Circulación o la comisión de un delito contra la seguridad del tráfico, será considerada como incumplimiento esencial de las obligaciones asumidas en el presente contrato, lo que podrá dar lugar 1.2 El arrendatario se compromete a la resolución del mismo y a exigir las indemnizaciones correspondientes por los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los correspondientes a los gastos administrativos, de gestión o procesales ocasionados por la intervención de CAMPERAVENTURA en los expedientes administrativos sancionadores, o en los procesos penales incoados como consecuencia de dichas conductas. - No Conducir no utilizar el vehículo personas no autorizadas en el contrato. - No Transportar personas o mercaderías, cuando ello implique explícitamente el subarriendo del vehículo. - No Transportar personas o mercancías sin haber obtenido la autorización administrativa, exigida por el ordenamiento jurídico. En caso de incumplimiento el CLIENTE será responsable de las sanciones que se le pudieran imponer a CAMPERAVENTURA por la Administración. - NO Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por bebidas alcohólicas, drogas, otras sustancias estupefacientes, fatiga, enfermedad o cualquier otra circunstancia que desaconseje la conducción del vehículo. - No Utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos. - Los portabicicletas de los vehículos no son aptos para llevar bicicletas eléctricas. - No participar con el vehículo en carreras, concursos y desafíos de cualquier naturaleza. - Desprecintar o manipular el cuentakilómetros del vehículo, debiendo comunicar de forma inmediata a CAMPERAVENTURA cualquier avería del mismo. - No transportar mercancías inflamables, peligrosas, toxicas, radioactivas y/o nocivas. - No dar no dejar que el mismo sea utilizado en garantíalos siguientes supuestos:
a) Transporte remunerado de pasajeros;
b) Empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no;
c) Participar en competiciones, oficiales o no; así como realizar pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles;
d) Conducir bajo efectos del alcohol, narcóticos o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes;
e) Transporte de mercancías que infrinjan la ley o con fines ilícitos;
f) Transporte de pasajeros en número superior al autorizado e indicado con el permiso de circulación y/o la ficha de inspección técnica del vehículo;
g) Transporte de mercancías en peso y/o volumen superior al autorizado en el permiso de circulación y/o la ficha de inspección técnica del vehículo;
h) Transporte de mercancías o productos: inflamables,tóxicos,nocivos o radiactivos;
i) Transporte de animales vivos
1.3 El Arrendatario está obligado a distribuir y fijar de forma segura y correcta las mercancías transportadas en el vehículo (turismo o furgoneta de carga).
1.4 Sólo están autorizadas a conducir el vehículo la persona o personas identificadas y aceptadas por el Arrendador en el contrato de alquiler y/o cualquier anexo al mismo, con la condición de que hayan cumplido más de 21 años (para los grupos A,B o C) y 25 años (para el resto de grupos) de edad; y sean titulares y estén en posesión de permiso de conducir válido en España (o si son extranjeros de permiso de conducir internacional), con una antigüedad mínima de 2 años para los grupos A, B y C, y de 5 años para el resto de grupos.
1.5 El Arrendatario se compromete a mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar en su interior los documentos del mismo
1.6 Queda expresamente prohibido al Arrendatario ceder, alquilar, hipotecar, pignorar, vender, alquilaro de cualquier manera dar en garantía: el Vehículo, cederel contrato de alquiler, hipotecarlas llaves, prestar la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o incluso variar accesorios del Vehículo y/o modificar cualquier parte o pieza del vehículo mismo; u tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al Arrendador.
1.7 Es obligación del Arrendatario detener lo antes posible el Vehículo cuando, estando en marcha, se ilumine en el cuadro de instrumentos cualquiera de los testigos que detectan una anomalía de funcionamiento del Vehículo o cuando perciban signos externos o internos que indiquen avería o mal funcionamiento dei mismo. En este caso, el vehículo mismo, incluidos los documentos, llaves, herramientas y accesorios. - No desplazarse Arrendatario deberá contactar con el vehículo arrendado fuera del territorio nacional, ni a las ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, Islas Canarias e Islas Baleares (Salvo autorización expresa). - Cerrar el vehículo, estacionar en lugar, apto, adecuado y seguro cuando no está siendo utilizado y mantener la documentación de este dentro. - Paralizar inmediatamente el vehículo si existiera el menor indicio externo Arrendador o explicito (Indicadores) que hagan presumir la existencia de un fallo técnico. En estos casos, El CLIENTE deberá contactar a la mayor brevedad posible con la oficina de CAMPERAVENTURA más cercana o la Compañía compañía de asistencia en carretera designada concertada por ésteel Arrendador.
1.8 La utilización del vehículo sólo está permitida dentro de la Península Ibérica.
1.9 No está permitido el transporte del Vehículo a bordo de cualquier tipo xx xxxxx, denegándose el abono de los cargos tren, camión o avión.
1.10 Los perjuicios que pudieran producirse por la utilización de empresas de asistencia distintas, salvo supuesto de máxima urgencia. - No conducir pudiera sufrir el vehículo arrendado por zonas no transitables el incumplimiento de las condiciones recogidas con el presente artículo y/o por carreteras no pavimentadas que no sean aptas para uso diferente del pactado por parte del Arrendatario, autorizan al Arrendador a retirar el Vehículo al Arrendatario y a facturar y cobrar a este, las cantidades debidamente justificadas correspondientes a la circulación, en tanto que puedan ocasionar daños en la parte baja reparación de la carrocería y/u otras clases de desperfectos. - No conducir el vehículo en el interior de los recintos portuarios y aeroportuariosdichos perjuicios.
Appears in 1 contract
Samples: Rental Agreement