VALORACIÓN Y PAGO. III.1. La Asistencia Técnica facturará los trabajos objeto del presente Contrato mensualmente; estas facturas serán el resultado de valorar el grado de desarrollo de los mismos. III.2. La valoración de los trabajos se realizará por aplicación de los precios unitarios vigentes a los trabajos realizados. Dicha valoración se efectuará con carácter mensual a origen. ACUASUR expedirá certificación de cada mes dentro de los quince primeros días del mes siguiente al que se refiera, y la comunicará a la Asistencia Técnica para su conformidad. Si la Asistencia Técnica no estuviera conforme, presentará sus reclamaciones en el plazo de cuatro días hábiles desde la fecha en que se le comunique. En un plazo máximo de ocho días hábiles contado desde la fecha de presentación de las reclamaciones por la Asistencia Técnica, ACUASUR habrá de contestarlas. Y si no mediara conformidad con las mismas, se estará a la vía judicial prevista en el presente contrato. III.3. Antes del día 20 del mes de la certificación, o cuando ACUASUR conteste sus observaciones, la Asistencia Técnica enviará a ACUASUR la correspondiente factura. El abono de las facturas tendrá lugar a los 30 días naturales, a contar desde la fecha de recepción de la factura. III.4. Para la validez de la cesión o endoso de cualquier documento será necesaria la previa conformidad escrita de ACUASUR.
Appears in 3 contracts
Samples: Contract for Technical Assistance Services, Consulting Services Agreement, Consulting Services Agreement
VALORACIÓN Y PAGO. III.1. La Asistencia Técnica facturará los trabajos objeto del presente Contrato mensualmente; estas facturas serán el resultado de valorar el grado de desarrollo de los mismos.
III.2. La valoración de los trabajos se realizará por aplicación de los precios unitarios vigentes a los trabajos realizados. Dicha valoración se efectuará con carácter mensual a origen. ACUASUR expedirá certificación de cada mes dentro de los quince primeros días del mes siguiente al que se refiera, y la comunicará a la Asistencia Técnica para su conformidad. Si la Asistencia Técnica no estuviera conforme, presentará sus reclamaciones en el plazo de cuatro días hábiles desde la fecha en que se le comunique. En un plazo máximo de ocho días hábiles contado desde la fecha de presentación de las reclamaciones por la Asistencia Técnica, ACUASUR habrá de contestarlas. Y si no mediara conformidad con las mismas, se estará a la vía judicial prevista en el presente contrato.
III.3. Antes del día 20 del mes de la certificación, o cuando ACUASUR conteste sus observaciones, la Asistencia Técnica enviará a ACUASUR la correspondiente factura. El abono de las facturas tendrá lugar a los 30 días naturales, a contar desde la fecha de recepción de la factura.
III.4. Para la validez de la cesión o endoso de cualquier documento será necesaria la previa conformidad escrita de ACUASUR.
III.5.- El interés de demora que deberá abonar ACUASUR en caso de que el pago se haga efectivo fuera del plazo fijado en el apartado anterior, será el interés legal del dinero establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio que corresponda.
Appears in 1 contract
VALORACIÓN Y PAGO. III.1. La Asistencia Técnica facturará los trabajos III.1.- Hidroguadiana, S.A. emitirá certificaciones mensuales cuyos importes resultarán de la realización de mediciones parciales y a origen del trabajo realizado en las actividades que comprenden el objeto del presente Contrato mensualmente; estas facturas serán el resultado contrato valoradas de valorar el grado de desarrollo de los mismos.
III.2. La valoración de los trabajos se realizará por aplicación de acuerdo con los precios unitarios vigentes a ofertados.
III.2.- Las certificaciones se trasladarán al Consultor en los trabajos realizados. Dicha valoración se efectuará con carácter mensual a origen. ACUASUR expedirá certificación de cada mes dentro de los quince 15 días primeros días del mes siguiente al que se refiera, y la comunicará a la Asistencia Técnica para su conformidadde referencia. Si la Asistencia Técnica no estuviera conformehubiera reclamaciones por su parte éstas se plantearán en los siguientes 5 días e Hidroguadiana, presentará sus reclamaciones S.A., a su vez, las resolverá en el un plazo de cuatro 5 días hábiles desde su conocimiento; de modo que antes de fin de mes el Consultor haya recibido la fecha en que se le comuniquecertificación definitiva. En un plazo máximo el caso de ocho no formularse reclamaciones la certificación definitiva tendrá que ser recibida por el Consultor dentro de los primeros 20 días hábiles contado desde la fecha de presentación de las reclamaciones por la Asistencia Técnica, ACUASUR habrá de contestarlas. Y si no mediara conformidad con las mismas, se estará a la vía judicial prevista en el presente contratodel mes.
III.3. Antes del día 20 del mes de la certificación, o cuando ACUASUR conteste sus observaciones, la Asistencia Técnica enviará a ACUASUR la correspondiente factura. III.3.- El abono de las facturas certificaciones, caso de ser conformes, tendrá lugar dentro de los sesenta días siguientes a los 30 días naturales, a contar desde la fecha de recepción su expedición. Dicho pago requerirá la previa presentación por el Consultor del certificado específico de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias a que se refiere el artículo 43.1.f) de la facturaLey General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre).
III.4. Para III.4.- El interés de demora que deberá abonar HIDROGUADIANA, S.A en caso de que el pago se haga efectivo fuera del plazo fijado en el apartado anterior, será el interés legal del dinero establecido en la validez Ley de la cesión o endoso de cualquier documento será necesaria la previa conformidad escrita de ACUASURPresupuestos Generales del Estado del ejercicio que corresponda.
Appears in 1 contract
Samples: Consulting Agreement