Common use of VERIFICACION DE LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL (HABILITANTE) Clause in Contracts

VERIFICACION DE LA CAPACIDAD ORGANIZACIONAL (HABILITANTE). Es la aptitud que tiene un proponente de cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna. Está relacionada con una combinación de mediciones que involucra el margen de ganancia, la eficiencia en el manejo de sus activos, y el riesgo de su operación. La capacidad de organización de los proponentes se determina en función de la rentabilidad, considerando que un proponente está bien organizado cuando es rentable. Los siguientes indicadores miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado: La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su patrimonio, por lo tanto, muestra qué tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias, es decir la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este indicador es el resultado de dividir la utilidad operacional sobre el total patrimonio; expresa qué porcentaje representa la utilidad neta del valor del financiamiento de capital, o, cuantos pesos de utilidad neta genera la empresa por cada peso de financiamiento, está razón mide el rendimiento sobre la inversión del proponente, por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias. La Corporación considera que el oferente muestra su eficiencia al tener un resultado positivo de la utilidad operacional sobre el patrimonio, en consecuencia, para el presente proceso el índice de rentabilidad debe ser mayor o igual a 1, pues se considera que el oferente debe mostrar eficiencia con un resultado mínimo positivo de la utilidad operacional sobre el patrimonio. La Corporación determina que el índice de rentabilidad del patrimonio debe ser igual o superior a cero punto dos (0.2) Rentabilidad del Patrimonio (RP) = Utilidad Operacional / Patrimonio Se considerará hábil el proponente que presente una (RP) igual o superior a cero punto dos (0.2). En un Proceso de Contratación se pueden presentar oferentes plurales por medio de uniones temporales y consorcios. La Corporación debe determina el procedimiento para calcular los indicadores de los oferentes plurales a partir de la información de cada integrante del oferente plural. La Corporación es autónoma para establecer la forma como las uniones temporales o consorcios acreditan el cumplimiento de los requisitos habilitantes. En caso de que el oferente sea plural (unión temporal o consorcio), deberá presentar la información de Rentabilidad del Patrimonio, que será calculada con base en el promedio ponderado de los indicadores de cada miembro de acuerdo con el porcentaje de participación dentro del consorcio o unión temporal.

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