PROMESA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
PROMESA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
SEÑOR NOTARIO:
En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar la compraventa de un inmueble, contenido en las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- COMPARECIENTES: Intervienen en la celebración de la presente escritura de compraventa, por una parte en calidad de promitente vendedor ${Nombre Vendedor}, y como tal Representante Legal de la compañía, ${Nombre Compañia Vendedor}, con Registro Único de Contribuyentes N° ${Registro Único Vendedor} domiciliada en ${Dirección Vendedor}, barrio ${Barrio Vendedor}, parroquia ${Parroquia Vendedor}, ciudad ${Ciudad Vendedor}, con número de teléfono ${Teléfono Vendedor} y correo electrónico: ${Correo Electrónico Vendedor}, a quien en adelante se le denominará como EL PROMITENTE VENDEDOR, por otra parte en calidad de comprador ${Nombre Comprador}, y como tal Representante Legal de la compañía, ${Nombre Compañia Comprador}, con Registro Único de Contribuyentes N° ${Registro Único Comprador} domiciliada en ${Dirección Comprador}, barrio ${Barrio Comprador}, parroquia ${Parroquia Comprador}, ciudad ${Ciudad Comprador}, con número de teléfono ${Teléfono Comprador} y correo electrónico: ${Correo Electrónico Comprador}, a quien en adelante se le denominará como EL PROMITENTE COMPRADOR.
Los comparecientes son mayores de edad, hábiles y capaces para contratar y obligarse, por lo que suscriben el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:
SEGUNDA.- ANTECEDENTES: EL PROMITENTE VENDEDOR es propietario del inmueble ${Dirección Inmueble}, adquirido mediante escritura pública otorgada el ${Fecha Escritura-dia} de ${Fecha Escritura-mes-letras} del ${Fecha Escritura-ano-4} ante el Notario ${Nombre Notario} ${Número Notario} del cantón ${Cantón Notario} e inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón ${Cantón Registro} el ${Fecha Registro-dia} de ${Fecha Registro-mes-letras} del ${Fecha Registro-ano-4}.
TERCERA.- PROMESA DE COMPRAVENTA: Con los antecedentes expresados en la cláusula anterior, EL PROMITENTE VENDEDOR, promete dar en venta y perpetua enajenación a favor de EL PROMITENTE COMPRADOR, el inmueble descrito en la cláusula segunda, cuyos linderos, dimensiones y superficie son los siguientes: ${Detalles del Inmueble}
CUARTA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio que las partes han convenido por el inmueble materia de la presente promesa es de ${Valor Total-letras} DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. (USD. $${Valor Total}.), que EL PROMITENTE COMPRADOR cancelará de la siguiente forma: a) A la firma del presente instrumento se abona el valor de ${Valor Abono-letras} DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. (US. $${Valor Abono}); b) El saldo restante , con la obtención de un préstamo que EL PROMITENTE COMPRADOR va a contratar en una entidad financiera, siendo la aprobación del mencionado crédito responsabilidad exclusiva de EL PROMITENTE COMPRADOR, por lo que este queda obligado a cancelar el valor adeudado sea a través del mencionado préstamo o de modo directo a EL PROMITENTE VENDEDOR, hasta el ${Fecha Limite Pago-dia} de ${Fecha Limite Pago-mes-letras} del ${Fecha Limite Pago-ano-4}, fecha en que previa la referida cancelación, se suscribirá la escritura definitiva de compraventa. EL PROMITENTE VENDEDOR, se compromete a entregar oportunamente todos los documentos habilitantes para que EL PROMITENTE COMPRADOR solicite el mencionado préstamo.
QUINTA.- PLAZO: Las partes convienen en celebrar la Escritura Pública de Compraventa definitiva, el ${Fecha Contrato-dia} de ${Fecha Contrato-mes-letras} del ${Fecha Contrato-ano-4}, siempre y cuando EL PROMITENTE COMPRADOR hubiere cancelado la totalidad del precio acordado en este instrumento, momento en el cual EL PROMITENTE VENDEDOR se compromete a realizar la entrega de los bienes materia de la presente promesa en perfecto estado y listos para ser habitados.
SEXTA.- CLÁUSULA PENAL POR DESISTIMIENTO O INCUMPLIMIENTO: En caso de desistimiento o incumplimiento del presente contrato, las partes comparecientes acuerdan lo siguiente: Si EL PROMITENTE VENDEDOR incumpliere o desistiere de manera definitiva su promesa de realizar la compraventa prometida en virtud de este instrumento como cuerpo cierto, EL PROMITENTE COMPRADOR queda facultado expresamente para elegir una de las siguientes opciones, la cual deberá ser cumplida obligatoriamente por parte de EL PROMITENTE VENDEDOR: a) Dar por terminado el presente contrato, para lo cual EL PROMITENTE VENDEDOR deberá devolver a EL PROMITENTE COMPRADOR la suma total de los valores efectivamente cancelados en virtud de este contrato, más intereses moratorios máximos legales permitidos, dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la fecha del incumplimiento y en el mismo plazo pagar a EL PROMITENTE COMPRADOR por concepto de multa, un monto equivalente al diez por ciento (10%) del precio de este contrato; o, b) Exigir a EL PROMITENTE VENDEDOR el cumplimiento de este contrato, además, el pago de la correspondiente multa por incumplimiento equivalente al diez por ciento (10%) del precio total de este contrato.
Si EL PROMITENTE COMPRADOR incumple cualquier parte del presente contrato, EL PROMITENTE VENDEDOR queda facultado expresamente para elegir una de las siguientes opciones, la cual deberá ser cumplida obligatoriamente por parte de EL PROMITENTE COMPRADOR: a) Exigir a EL PROMITENTE COMPRADOR el cumplimiento de este contrato, especialmente el pago total del precio, y, además, el pago de la correspondiente multa por incumplimiento equivalente al diez por ciento (10%) del precio total de este contrato; o, b) Dar por terminado este contrato unilateralmente, en cuyo caso EL PROMITENTE COMPRADOR deberá pagar a EL PROMITENTE VENDEDOR la correspondiente multa por incumplimiento que será equivalente al diez por ciento (10%) del precio de este contrato. EL PROMITENTE VENDEDOR descontará el monto de esta multa de los valores efectivamente cancelados por EL PROMITENTE COMPRADOR en virtud de este contrato, de existir la suma suficiente y devolverá el saldo dentro de los treinta días de producido el incumplimiento. Terminado que fuere este contrato por incumplimiento de cualquiera de las partes, podrá ofertar el inmueble a un tercero, sin que esto pueda considerarse como doble oferta o perjuicio a EL PROMITENTE COMPRADOR.
SÉPTIMA.- GASTOS: Todos los gastos que demanden la celebración del presente contrato de promesa de compraventa, correrán por parte de LA PROMITENTE COMPRADORA y los gastos que se incurran en el otorgamiento de la escritura pública de compraventa, correrán de cuenta y cargo de LA PROMITENTE COMPRADORA, a excepción de los de plusvalía y obras en el caso de causarse serán de exclusiva responsabilidad de LOS PROMITENTES VENDEDORES.
OCTAVA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: En caso de surgir controversias que no puedan ser solucionadas por las partes o a través del Centro de Mediación de la Función Judicial, estas renuncian a cualquier domicilio distinto que pudieren tener y se someten a los jueces de lo civil de la ciudad en la que se suscribe el presente instrumento y al trámite que correspondiente previsto en el Código Orgánico General de Procesos.
NOVENA.- DOMICILIO: Las partes fijan como su domicilio para recibir notificaciones, los señalados en la cláusula primera del presente instrumento.
Usted señor/x Xxxxxxx/a se servirá anteponer y agregar las demás cláusulas de estilo necesarias para la plena validez y eficacia del presente instrumento.
Abg. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx
Matrícula profesional: 00-0000-0000