CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION
de la Sociedad “ORYECO, S.L.”
PRIMERA.- Generalidades
1.1. Las presentes condiciones generales de la contratación (las “Condiciones Generales”) establecen las condiciones contractuales aplicables a la relación entre la sociedad “ORYECO, S.L.” (la “Sociedad”) y aquellas personas, físicas o jurídicas, (el/los “Cliente/s”) que contraten con aquélla el arrendamiento de un espacio de la finca “La Quinta xxx Xxxxxx” (la “Finca”) y, en su caso, de los servicios prestados por la Sociedad.
1.2. Lo dispuesto en este apartado se entiende sin perjuicio de las condiciones particulares suscritas entre la Sociedad y el/los Cliente/s (las “Condiciones Particulares”), en las cuales se detallarán los pormenores del evento a realizar en la Finca (el “Evento”) y, en su caso, los servicios a prestar por la Sociedad (los “Servicios”).
1.3. Todo contrato será jurídicamente vinculante cuando ambas partes hayan aceptado y firmado el presupuesto del Evento y, en su caso, de los servicios asociados a dicho Evento; (el “Presupuesto”) y se mantendrá vigente durante el plazo estipulado en las Condiciones Particulares.
1.4. En el supuesto de que exista algún tipo de contradicción entre lo previsto en las Condiciones Generales y lo establecido en las Condiciones Particulares, prevalecerán estas últimas.
SEGUNDA.- Objeto
2.1. Arrendamiento de un espacio en la Finca para la celebración del Evento
a) El espacio de la Finca arrendada y sus elementos serán destinados única y exclusivamente por el Cliente a la realización del Evento, quedando prohibido al Cliente desarrollar en el Espacio actividad distinta.
b) El Cliente declara conocer las características y estado de conservación de la Finca, del espacio arrendado y de sus elementos, aceptándolas expresamente y obligándose a la finalización del Evento a devolverlos en las mismas condiciones en que fueron puestos a su disposición, debiendo responder frente a la Sociedad de los daños y desperfectos que puedan ocasionarse a la Finca, al espacio y/o a sus elementos derivados del mal uso por su parte de los mismos.
c) El Cliente deberá permitir a la Sociedad la realización de tareas de mantenimiento, obras y/o mejoras en la Finca, el espacio y/o en sus elementos siempre y cuando las mismas fueran necesarias y no pudieran diferirse en el tiempo a la finalización del Evento, sin que por ello la Sociedad tenga que indemnizar al Cliente. En el caso de que dichas obras impidiesen el uso del espacio para el Evento, la Sociedad podrá reubicar el Evento en otros espacios de la Finca que cumplan los mismos requisitos. En caso de resultar imposible la reubicación del Evento, el Cliente podrá resolver el Contrato, con derecho a la devolución de las cantidades pagadas a la Sociedad, sin que tenga derecho a reclamar cantidad adicional alguna.
d) El Cliente deberá comunicar a la Sociedad con diez (10) días de antelación a la fecha del Evento toda la información necesaria respecto al mismo para la correcta prestación de los Servicios, así como el número garantizado de personas asistentes al mismo, respetando en todo caso el aforo máximo permitido en el espacio y el horario establecido en las Condiciones Particulares.
e) Excepto en los supuestos en que dichos Servicios sean contratados por el Cliente con la Sociedad, será responsabilidad exclusiva del Cliente la organización y el desarrollo del Evento, así como de la obtención de cuantas licencias o autorizaciones sean necesarias para su desarrollo y ejecución, incluyendo la obtención de los permisos y licencias de terceros y/o de las correspondientes entidades de gestión colectiva.
f) El Cliente podrá colocar instalaciones o elementos móviles o desmontables en el espacio previa autorización de la Sociedad. Dichos elementos deberán cumplir la normativa que le sea de aplicación y no podrán estar compuestos de materiales inflamables, tóxicos o contaminantes que pudieran afectar a la seguridad y salud de los asistentes al Evento. El Cliente será responsable de cualesquiera daños que dichas instalaciones y/o elementos pudieran generar. La instalación, montaje y desmontaje de las instalaciones, en caso de que no hubiesen sido contratadas a la Sociedad o a sus proveedores se llevará a cabo por el Cliente en la fecha acordada por las partes.
g) El Cliente no podrá utilizar publicidad, grafismos, decoración o cualquier otro elemento similar dentro del espacio o en la Finca sin la aprobación previa de la Sociedad. No obstante lo anterior, el Cliente podrá utilizar el material publicitario que sea necesario dentro del espacio para señalizar el Evento. Asimismo, la Sociedad autoriza al Cliente a utilizar los logotipos, marcas, y demás signos distintivos relativos a la Finca en toda la publicidad y material promocional que se genere a fin de promocionar y comercializar el Evento, siempre que dicho material haya sido previamente aprobado por la Sociedad.
2.2. Arrendamiento de Servicios
a) La Sociedad prestará al Cliente los Servicios complementarios al Evento indicados en las Condiciones Particulares o, en su caso, en el Presupuesto.
b) Los Servicios de restauración y catering en cualquier Evento que se celebre en la Finca serán prestados exclusivamente por la Sociedad.
c) La Sociedad podrá subarrendar a terceros la prestación de sus Servicios.
d) Para cualesquiera otros Servicios, la Sociedad facilitará al Cliente, en su caso, un listado de sus proveedores y precios. El Cliente podrá optar por contratar los Servicios a terceros. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad podrá rechazar, a su sola discreción, a los proveedores contratados por el Cliente para la prestación de ciertos Servicios en la Finca en el supuesto de que dichos proveedores no acrediten el cumplimiento de los estándares de calidad propios de una empresa de su sector.
f) En el supuesto de que el servicio de seguridad del espacio no hubiese sido contratado con la Sociedad, dicho servicio correrá a cargo del Cliente. La limpieza de mantenimiento correrá por cuenta de la Sociedad, pero las limpiezas especiales, si estas fueran necesarias, correrán por cuenta del Cliente.
TERCERA.- Honorarios y forma de pago
3.1. Como contraprestación al arrendamiento del espacio en la Finca y, en su caso, a la prestación de los Servicios, el Cliente abonará a la Sociedad el precio establecido en las Condiciones Particulares (el “Precio”).
3.2. El Precio se incrementará con el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicable, así como con los gastos extra incurridos, en su caso, por el Cliente, los cuales se detallarán en la correspondiente factura.
3.3. Todos los pagos deberán efectuarse según lo establecido en las correspondientes Condiciones Particulares mediante transferencia bancaria a la cuenta que a tal efecto indique la Sociedad o mediante talón nominativo a nombre de la Sociedad.
3.4. La forma de pago será la siguiente:
- Para la formalización de la reserva del espacio de la Finca objeto del arrendamiento, el Cliente deberá abonar una señal (la “Señal de Bloqueo Temporal”), cuya cuantía ascenderá al importe de novecientos euros (900 €) por sala y día de duración del Evento.
- La Señal de Bloqueo Temporal supondrá la reserva del espacio de la Finca seleccionado por el Cliente durante el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha de su abono.
- Durante los quince (15) días siguientes a contar desde el pago por el Cliente de la Señal de Bloqueo Temporal, el Cliente y la Sociedad deberán suscribir el Presupuesto junto con las Condiciones Particulares, momento en el cual el Cliente deberá abonar el 20% del Precio del Evento, que en todo caso será equivalente, como mínimo, a la totalidad del precio correspondiente al arrendamiento de la/las sala/s de la Finca seleccionada/s. En caso de que el Cliente no suscriba el Presupuesto y las Condiciones Particulares durante dichos 15 días a contar desde la fecha de pago de la Señal de Bloqueo Temporal, perderá las cantidades entregadas a cuenta, pudiendo en dicho supuesto la Sociedad disponer libremente de dicho espacio de la Finca para otros posibles clientes.
- Por último, el resto del Precio, junto con la confirmación de la cifra de asistentes y Servicios a prestar, deberá ser abonado por el Cliente como máximo, diez (10) días antes de la fecha del Evento. Los extras que se pudieran ocasionar durante el Evento se abonarán dentro de los 5 días siguientes a su celebración.
CUARTA.- Desistimiento y resolución
4.1. Desistimiento.
En el supuesto de cancelación del Evento por parte del Cliente en cualquier momento, y sin perjuicio de la obligación del Cliente de resarcir a la Sociedad los daños y perjuicios ocasionados, el Cliente perderá todas las cantidades que hubiese debido entregar a cuenta hasta dicha fecha, de conformidad con lo establecido en la cláusula 3.4 anterior.
4.2. Resolución anticipada.
Sin perjuicio de lo anterior, el Contrato podrá resolverse anticipadamente:
(i) por cualquiera de las Partes, en caso de incumplimiento de la otra Parte no subsanado por la misma en plazo de cinco (5) días hábiles desde la recepción por su parte de la notificación que en tal sentido le remita por escrito la Parte cumplidora, pudiendo dicha Parte cumplidora resolver el Contrato sin necesidad de ulterior notificación en caso de no realizarse en dicho plazo la subsanación de forma satisfactoria. Todo ello sin perjuicio del deber de la Parte incumplidora de resarcir los daños y perjuicios causados a la otra Parte; y
(ii) Por cualquiera de las partes, mediante simple notificación con efectos desde el día de su recepción, en caso de fuerza mayor que imposibilite la continuidad de la celebración del Evento, sin que haya lugar en este caso a ningún tipo de indemnización para ninguna de las Partes ni tampoco a la devolución al Cliente de las cantidades entregadas a cuenta. Por fuerza mayor se entenderá cualquier circunstancia o combinación de circunstancias que estén más allá del control razonable de las Partes y que afecten sustancial y adversamente el cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con este Contrato; incluyendo, a título meramente enunciativo y no limitativo, catástrofes naturales como terremotos, inundaciones, rayos o incendios, situaciones de fuerza mayor, situaciones de urgencia extrema, tales como conflictos laborales o cierres patronales, guerras, operaciones militares, disturbios civiles u otra situación de naturaleza similar o análoga.
QUINTA.- Seguros
En caso de que el Cliente vaya a encargarse directamente de la organización del Evento o de la prestación de alguno de los Servicios complementarios al mismo, así como en el supuesto de que vaya a subcontratar dichas actividades con terceras personas o empresas, el Cliente deberá contratar un seguro de responsabilidad civil para el caso de accidente, lesiones corporales y/o perjuicios materiales causados en la Finca, que deberá permanecer vigente hasta la terminación del Evento y del periodo de arrendamiento.
SEXTA.- Derecho de admisión
Los asistentes al Evento no podrán entrar en el Espacio y/o en la Finca sin cumplir los requisitos a los que la Sociedad tuviese condicionado el derecho de admisión de acuerdo con la legislación vigente.
SÉPTIMA.- Miscelánea
7.1. Cesión
El Cliente no podrá ceder, transferir, gravar o subrogar a favor de terceras partes, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidos en el presente Contrato.
La Sociedad podrá ceder o subrogar su posición contractual en relación con el presente Contrato a terceros sin más requisito que la comunicación de tal circunstancia al Cliente.
7.2. Cumplimiento de la normativa vigente
En cumplimiento al Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, la Sociedad debe coordinar con los contratistas y subcontratistas que vayan a realizan trabajos en la Finca y establecer las pautas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
A tal efecto, como requisito para la formalización del Contrato, el Cliente deberá suministrar a la Sociedad los siguientes documentos:
1. Plan de Prevención
2. Evaluación de Riesgos de la actividad/es que se va/n a desarrollar en la Finca
3. Planificación Preventiva
4. Documentación que acredite la formación e información impartida a los trabajadores
5. Aptitud derivada de los reconocimientos médicos de los trabajadores que realizarán trabajos en la Finca
6. Relación de trabajadores que van a realizar tareas en la Finca y copia de los modelos TC-2
7. Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil a suscribir por el Cliente de conformidad con la estipulación Quinta anterior.
7.3. Protección de Datos
De acuerdo con el establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Sociedad le informa que sus datos de carácter personal serán incorporados a un fichero de su titularidad para gestionar la prestación del servicio descrita en las presentes Condiciones Generales.
Asimismo, la Sociedad informa que el titular de los datos podrá ejercer sus derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación remitiendo un escrito a la siguiente dirección postal: ORYECO S.L., ctra. Nacional I, km 26,200 00000 Xxx Xxxxxxxxx xx xxx xxxxx (Xxxxxx).
7.4. Confidencialidad.
Los términos y condiciones establecidos en estas Condiciones Generales así como toda la información a la que tengan acceso las partes como consecuencia de su relación contractual, serán considerados como información confidencial y no podrán ser revelados a terceros.
7.5. Jurisdicción y Competencia.
Las presentes Condiciones Generales se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación española.
Las disputas que surjan en relación con las presentes Condiciones Generales serán exclusivamente de la competencia de los Tribunales de la ciudad de Madrid capital.