HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. 3.1. Como contraprestación al arrendamiento del espacio en la Finca y, en su caso, a la prestación de los Servicios, el Cliente abonará a la Sociedad el precio establecido en las Condiciones Particulares (el “Precio”).
3.2. El Precio se incrementará con el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicable, así como con los gastos extra incurridos, en su caso, por el Cliente, los cuales se detallarán en la correspondiente factura.
3.3. Todos los pagos deberán efectuarse según lo establecido en las correspondientes Condiciones Particulares mediante transferencia bancaria a la cuenta que a tal efecto indique la Sociedad o mediante talón nominativo a nombre de la Sociedad.
3.4. La forma de pago será la siguiente: - Para la formalización de la reserva del espacio de la Finca objeto del arrendamiento, el Cliente deberá abonar una señal (la “Señal de Bloqueo Temporal”), cuya cuantía ascenderá al importe de novecientos euros (900 €) por sala y día de duración del Evento. - La Señal de Bloqueo Temporal supondrá la reserva del espacio de la Finca seleccionado por el Cliente durante el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha de su abono. - Durante los quince (15) días siguientes a contar desde el pago por el Cliente de la Señal de Bloqueo Temporal, el Cliente y la Sociedad deberán suscribir el Presupuesto junto con las Condiciones Particulares, momento en el cual el Cliente deberá abonar el 20% del Precio del Evento, que en todo caso será equivalente, como mínimo, a la totalidad del precio correspondiente al arrendamiento de la/las sala/s de la Finca seleccionada/s. En caso de que el Cliente no suscriba el Presupuesto y las Condiciones Particulares durante dichos 15 días a contar desde la fecha de pago de la Señal de Bloqueo Temporal, perderá las cantidades entregadas a cuenta, pudiendo en dicho supuesto la Sociedad disponer libremente de dicho espacio de la Finca para otros posibles clientes. - Por último, el resto del Precio, junto con la confirmación de la cifra de asistentes y Servicios a prestar, deberá ser abonado por el Cliente como máximo, diez (10) días antes de la fecha del Evento. Los extras que se pudieran ocasionar durante el Evento se abonarán dentro de los 5 días siguientes a su celebración.
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. A) HONORARIOS: La (Dependencia Administrativa, Facultad, Escuela o Centro Universitario) pagará a “El Técnico o Profesional” por los servicios profesionales prestados en concepto de honorarios la cantidad de__________________________________________ (______), con cargo a la Partida Presupuestaria Número _____________________ (___________).
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. (Los honorarios por la prestación del mencionado servicio, y cómo se abonarán).
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. A) HONORARIOS: La (Dependencia Administrativa, Facultad, Escuela o Centro Universitario) pagará a “El Técnico o Profesional” por los servicios técnicos o profesionales prestados en concepto de honorarios la cantidad de__________________________________________ (______) que incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVA- por la cantidad de _______________________ (______) el cual será cubierto por la Universidad de San Xxxxxx de Guatemala, mediante las respectivas Constancias de Exención que se entregarán debidamente autorizadas por la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, siendo el valor neto a pagar la cantidad de ______________________(______) con cargo a la Partida Presupuestaria Número _____________________ (___________).
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. El monto mensual de honorarios de la consultoría es de $ 87.044 (pesos uruguayos ochenta y siete mil cuarenta y cuatro) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), expresados a valores del año 2019. Los pagos se realizarán en moneda nacional. Los honorarios serán ajustados de acuerdo al incremento general otorgado a los funcionarios de la Administración Central que corresponda, sin incluir el porcentaje de recuperación, una vez que el mismo haya sido determinado. Para el pago del último mes se requerirá la aprobación previa del Informe Final por parte del Coordinador de la UEP. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá de los honorarios el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27/12/06 y su Decreto reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74, y las modificaciones según el artículo 17 del Decreto Nº 208/007, artículo 16 del Decreto Nº 444/008 y el artículo 2do del Decreto Nº 183/009. El Ministerio de Economía y Finanzas realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06. El restante 40% del impuesto será reintegrado al consultor. Se le entregará al consultor los respectivos resguardos correspondientes a las retenciones realizadas.
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. El GAD Parroquial Rural de Santa Xxx, pagará a la persona contratada el valor de SEISCIENTOS VEINTE Y SIETE Dólares con 20/100 centavos de los Estados Unidos de Norteamérica INCLUIDO IVA ($627.20 INCLUIDO IVA) de manera mensual, previa presentación de factura por honorarios conjuntamente con el informe mensual de actividades. De este valor se hará las retenciones tributarias xx Xxx que corresponda sufragar.
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. Las partes acuerdan que el monto total de la retribución que pagará EL MINISTERIO, asciende a la suma de CATORCE MIL TRESCIENTOS y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14,300.00 ), incluido los impuestos xx Xxx, los mismos que se abonarán a la presentación del correspondiente Recibo por Honorarios, previa presentación del Acta de Conformidad del Servicio del mes a cancelar, de acuerdo al detalle siguiente :
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. 11.1 El Comitente pagará al Arquitecto, por la prestación de los servicios profesionales citados en 2.1 a 2.4 los honorarios siguientes …………………………………………………………………………….............…………….. .............................................................................................................................................................................
11.2 Los honorarios adicionales que surjan según lo dispuesto en 4.2 se calcularán, salvo expreso acuerdo en contrario, según el “tiempo empleado”, aplicando las tarifas horarias establecidas previamente por las partes.
11.3 El Comitente pagará al Arquitecto, por la prestación de los servicios profesionales que figuran en 2.5 los honorarios siguientes........................................................................................................................................... ............................................................................................................................................................................. En cada factura el Arquitecto agregará a los honorarios el impuesto al valor agregado que corresponda.
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. Las partes fijan por Honorarios de Servicios No Personales la suma que acuerdan como retribución por los servicios prestados LA BENEFICENCIA abonará a EL LOCADOR la suma de S/ 1,380.00 (Mil trescientos ochenta con 00/100 Nuevos Soles), a razón de S/. 460.00 (Cuatrocientos Sesenta con 00/100 Nuevos Soles) mensuales, suma que será abonada de manera directa , mediante cheque, previa conformidad de servicios emitida por la Jefatura del Órgano de Control Institucional y/o titular xxx xxxxxx de la BENEFICENCIA, a la presentación del recibo de honorarios profesionales por parte del LOCADOR. LA BENEFICENCIA hará la retención de los impuestos que corresponda (de ser el caso)
HONORARIOS Y FORMA DE PAGO. Será considerados como Honorarios aquellos costes que no se encuentren subvencionados por el “bono digital”, conforme a lo señalado en el artículo 19 de la Orden, como, por ejemplo, no limitativo, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Por lo que el Cliente deberá hacerse cargo del coste de dichos Honorarios y proceder a su abono a la Sociedad. El Cliente efectuará el abono de los Honorarios mediante transferencia bancaria a la cuenta de CAPTTO, con IBAN XX0000000000000000000000, abierta a nombre de la Sociedad en la entidad bancaria BBVA, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la remisión de la factura emitida por CAPTTO.