INFORME DE NECESIDAD DE CONTRATACIÓN
INFORME DE NECESIDAD DE CONTRATACIÓN
OBJETO DE CONTRATACIÓN: “REHABILITACIÓN DE LA PISTA DE ATERRIZAJE DEL AEROPUERTO “XXXXXXXX LA MAR”.
1. ANTECEDENTES
El GAD Municipal xx Xxxxxx suscribió con el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) un contrato xx xxxxxxxx para el financiamiento del “Programa Cuenca Unida”, incluyendo en el financiamiento, dentro del Componente 1. Obras Civiles, el Subcomponente 1.4 Rehabilitación de la Pista de Aterrizaje del Aeropuerto.
El Aeropuerto xx Xxxxxx cuenta con un Plan de Mantenimiento que le permite mantener la certificación de la Dirección General de Aviación Civil – DGAC para su funcionamiento en óptimas condiciones de servicio de acuerdo con la normativa aeroportuaria; con la finalidad de mantener las condiciones operativas de la pista, en el año 2019 se desarrollaron los estudios de EVALUACIÓN FUNCIONAL Y ESTRUCTURAL DEL PAVIMENTO DEL AEROPUERTO “XXXXXXXX LA
MAR” DE LA CIUDAD XX XXXXXX, el cual fue desarrollado por la Empresa PROMANVIAL
CONSULTING CIA. LTDA. con personal técnico avalado de DYNATEST.
Los estudios desarrollados proponen el Sistema de Gestión del Pavimento de la Pista, estableciendo a detalle las inversiones que deben ser realizadas a fin de mantener las condiciones operativas cumpliendo con la normativa aeroportuaria y de esta manera la prestación del servicio aeroportuario en condiciones óptimas, resaltando como producto del estudio la necesidad de ejecutar la REHABILITACIÓN DE LA PISTA DE ATERRIZAJE DEL AEROPUERTO “XXXXXXXX LA MAR”.
2. JUSTIFICACIÓN – ESTUDIO DE VIABILIDAD
La REHABILITACIÓN DE LA PISTA DE ATERRIZAJE DEL AEROPUERTO “XXXXXXXX LA MAR” se
encuentra financiada mediante el contrato xx xxxxxxxx entre el Banco de Desarrollo de América Latina – CAF y el GAD Municipal xx Xxxxxx, cuyo objeto es el financiamiento del “Programa Cuenca Unida”, incluyendo dentro del Componente 1. Obras Civiles Integrales incluye los siguientes componentes:
- Subcomponente 1.4 Rehabilitación de la Pista de Aterrizaje del Aeropuerto. El proyecto consiste en asegurar la seguridad operacional del aeropuerto cuya demanda es mayor a 370 mil pasajeros/año, mejorando la infraestructura de la pista y manteniendo la operatividad del terminal. La rehabilitación integral consiste en mejorar la pista de aterrizaje (fallas de drenaje), dotándole de una vida útil de aproximadamente 15 años. La pista tiene de 1.900 mts de longitud y 36 mts de ancho, se reconformarán las curvas verticales y nivelarán las franjas de pista (pendientes), incluye la construcción del nuevo sistema de drenaje y subdrenaje, reconstrucción del sistema eléctrico, señalización y
cambio xx xxxxx LED, de conformidad con la normativa exigida por el regulador del sector a través de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) para obtener la certificación del aeródromo. La calidad y funcionalidad de la pista es un factor crítico para la seguridad del aeródromo.
La intervención se sustenta en el Sistema de Gestión de Pavimentos con el que cuenta la CORPAC desarrollado en base a los Estudios de Evaluación Funcional y Estructural del Pavimento del Aeropuerto “Xxxxxxxx La Mar” de la Ciudad xx Xxxxxx, el cual fue desarrollado por la empresa Promanvial Consulting Cia. Ltda, definiendo en dicho documento la necesidad de realizar la rehabilitación de la pista conforme se describe en el Subcomponente 1.4 del programa de financiamiento otorgado por la CAF.
BENEFICIOS
Para estimar los beneficios se parte de las proyecciones de pasajeros elaboradas por la consultora Advance y la Corporación Aeroportuaria –CORPAC-, y la disposición a pagar estimada por la Consultora Advance, en estudio realizado en el año 2019. No se consideran los beneficios por el transporte de carga por no disponer de información.
Las Proyecciones realizadas para obtener los beneficios se pueden apreciar a continuación:
Cuadro No. 1
Proyección de la Demanda de Pasajeros 2021 - 2035
AÑO | PROYECCIÓN DE PASAJEROS TOTALES | PROYECCIÓN DE PASAJEROS CUENCA-QUITO | PROYECCIÓN DE PASAJEROS QUITO- CUENCA |
2021 | 211.228 | 107.219 | 104.009 |
2022 | 308.286 | 156.485 | 151.801 |
2023 | 358.094 | 181.767 | 176.327 |
2024 | 371.343 | 188.492 | 182.851 |
2025 | 385.083 | 195.467 | 189.616 |
2026 | 399.331 | 202.699 | 196.632 |
2027 | 414.106 | 210.199 | 203.907 |
2028 | 429.428 | 217.976 | 211.452 |
2029 | 445.317 | 226.041 | 219.276 |
2030 | 461.794 | 234.405 | 227.389 |
2031 | 478.880 | 243.078 | 235.802 |
2032 | 496.599 | 252.072 | 244.527 |
2033 | 514.973 | 261.398 | 253.575 |
2034 | 534.027 | 271.070 | 262.957 |
2035 | 553.786 | 281.100 | 272.686 |
FUENTE: ESTUDIO DE DEMANDA ADVANCE CONSULTORA –
CONSULTOR GADM CUENCA.
Partiendo de la proyección de pasajeros totales en la que se ha considerado las rutas Cuenca- Quito y Quito-Cuenca, para calcular el número de pasajeros en la xxxx Xxxxxx-Quito se multiplicó por el 50,8%, que fue la participación porcentual de salidas desde Cuenca en el año 2019. Para la ruta Quito-Cuenca se multiplicó por el 49,2%.
De acuerdo al estudio de la Consultora Advance, la disposición a pagar estimada en la xxxx Xxxxxx-Quito es de $ 120/pasajero y en la ruta Quito-Cuenca es de $ 90.
Las personas están dispuestas a pagar luego de comparar los beneficios que estiman les proporciona un bien o servicio con los costos. Existirá disposición a pagar cuando los beneficios son mayores a los costos por lo que se constituyen en el mínimo beneficio para las personas los valores estimados.
A continuación, se presenta la proyección de beneficios del Proyecto
Cuadro No. 2
Estimación de Beneficios 2021-2035
AÑO | BENEFICIOS DAP CUENCA- QUITO | BENEFICIOS DAP QUITO-CUENCA | TOTAL BENEFICIOS DAP |
2021 | 12.866.227 | 9.360.850 | 22.227.077 |
2022 | 18.778.181 | 13.662.105 | 32.440.285 |
2023 | 21.812.063 | 15.869.412 | 37.681.476 |
2024 | 22.619.081 | 16.456.559 | 39.075.640 |
2025 | 23.456.005 | 17.065.466 | 40.521.471 |
2026 | 24.323.873 | 17.696.885 | 42.020.758 |
2027 | 25.223.842 | 18.351.659 | 43.575.500 |
2028 | 26.157.129 | 19.030.674 | 45.187.802 |
2029 | 27.124.952 | 19.734.816 | 46.859.768 |
2030 | 28.128.592 | 20.465.016 | 48.593.608 |
2031 | 29.169.327 | 21.222.205 | 50.391.532 |
2032 | 30.248.619 | 22.007.446 | 52.256.065 |
2033 | 31.367.808 | 22.821.714 | 54.189.522 |
2034 | 32.528.417 | 23.666.118 | 56.194.534 |
2035 | 33.731.968 | 24.541.764 | 58.273.732 |
FUENTE: ESTUDIO DE DEMANDA ADVANCE CONSULTORA - CONSULTOR GADM CUENCA
3. OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL
Se tiene por objeto la realización de: “REHABILITACIÓN DE LA PISTA DE ATERRIZAJE DEL AEROPUERTO “XXXXXXXX LA MAR”” a fin de asegurar la seguridad operacional del aeropuerto cuya demanda es mayor a 370 mil pasajeros/ario, mejorando la infraestructura de la pista y manteniendo la operatividad del terminal. La rehabilitación consiste en mejorar la pista de aterrizaje (fallas de drenaje), dotándole de una vida útil de aproximadamente 15 años. La pista tiene 1.900 m de longitud y 36 m de ancho, se reconformarán curvas verticales y nivelarán las franjas de pista (pendientes), incluye la construcción del nuevo sistema de drenaje y subdrenaje, reconstrucción del sistema eléctrico, señalización y cambio xx xxxxx LED, de conformidad con la normativa exigida por el regulador del sector a través de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) para obtener la certificación del aeródromo. La calidad y funcionalidad de la pista de vuelo es un factor crítico para la seguridad del aeródromo.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Con la ejecución de los trabajos a realizar se pretende realizar lo siguiente:
• Rehabilitación de la pista y espaldones a nivel de carpeta asfáltica.
• Rehabilitación de la zona de viraje y calles de rodaje a nivel de carpeta asfáltica.
• Rehabilitación de las áreas de seguridad de extremo de pista a nivel de carpeta asfáltica.
• Nivelación de franjas de las áreas verdes.
• Construcción integral del sistema de drenaje de la pista y áreas verdes.
• Construcción del sistema eléctrico de la pista, incluye actualización de equipos.
• Señalización de la pista.
4. NORMATIVA APLICABLE A LA CONTRATACIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 48 xx Xxx Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, el cual señala: “Procedencia.- La licitación es un procedimiento de contratación que se utilizará en los siguientes casos:
1. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinámicos previstos en el Capítulo II de este Título o, en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, éstos hubiesen sido declarados desiertos; siempre que el presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;
2. Para contratar la adquisición de bienes o servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría, cuyo presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico; y,
3. Para contratar la ejecución de obras, cuando su presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. (…)”.
Con base a lo expuesto, el presente proceso de contratación se lo realizará bajo el procedimiento de Licitación de Obra, de acuerdo a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP); y, el artículo 146, 147 y 148 del Reglamento General y la normativa emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), que le sea aplicable.
Art. 14 de la Constitución de la República del Ecuador, se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 4 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece, Principios. - Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional.
Art. 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece, Definiciones.
-…5. Contratación Pública: Se refiere a todo procedimiento concerniente a la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras públicas o prestación de servicios incluidos los de consultoría. Se entenderá que cuando el contrato implique la fabricación, manufactura o producción de bienes muebles, el procedimiento será de adquisición de bienes. Se incluyen también dentro de la contratación de bienes a los de arrendamiento mercantil con opción de compra.
Art. 18 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece, Obligatoriedad de Inscripción. - Para participar individualmente o en asociación en las contrataciones reguladas por esta Ley se requiere constar en el RUP como proveedor habilitado. Por excepción, los oferentes que intervengan en procesos de menor cuantía podrán no estar inscritos en el RUP; pero, deberán inscribirse en el RUP previa a la suscripción de sus respectivos contratos.
Art. 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece, Plan Anual de Contratación. - Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del estado.
El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPUBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso. El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley.
Art. 27, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece, Modelos Obligatorios.- Serán obligatorios los modelos y formatos de documentos precontractuales, y la documentación mínima requerida para la realización de un procedimiento precontractual y contractual, que serán elaborados y oficializados por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual podrá contar con la asesoría de la Procuraduría General del Estado y de la Contraloría General del Estado.
Art. 55 del Reglamento x Xxx Orgánica del Sistema Nacional de Contratación pública, establece, Pliegos.- La entidad contratante elaborará los pliegos para cada contratación, para lo cual deberá observar los modelos elaborados por el Servicio Nacional de Contratación Pública que sean aplicables.
Cada entidad contratante deberá completar los modelos obligatorios y bajo su responsabilidad, podrá modificar y ajustar las condiciones particulares a las necesidades de cada proceso de contratación, siempre que se cumpla con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública y el presente Reglamento General; no obstante, las condiciones generales no podrán ser modificadas por la entidad contratante.
Los pliegos establecerán las condiciones que permiten alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios de la obra a ejecutar, el bien por adquirir o el servicio por contratar y todos sus costos asociados, presentes y futuros.
En la determinación de las condiciones de los pliegos, la entidad contratante deberá propender a la eficacia, eficiencia, calidad de la obra, bienes y servicios que se pretende contratar y ahorro en sus contrataciones.
Los pliegos no podrán afectar el trato igualitario que las entidades deben dar a todos los oferentes, ni establecer diferencias arbitrarias entre éstos, ni exigir especificaciones, condicionamientos o requerimientos técnicos que no pueda cumplir la industria nacional, salvo justificación funcional; ni condiciones que favorezcan a un oferente en particular, ni direccionamiento o que no respondan a las necesidades de la obra a ejecutar, el bien por adquirir o el servicio por contratar.
Los pliegos serán aprobados por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado.
Art. 146, 147 y 148 del Reglamento x Xxx orgánica del Sistema Nacional de Contratación pública, establece, Convocatoria. - La convocatoria deberá publicarse en el Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y contendrá la información que determine el SERCOP.
Art. 146.- Publicación del procedimiento y convocatoria.- Las entidades contratantes en los procedimientos de licitación para la contratación de bienes, obras y servicios, publicarán la convocatoria, el pliego elaborado por la comisión técnica y la resolución de inicio.
En los procedimientos de licitación de obras la entidad contratante deberá publicar de forma obligatoria el análisis de precios unitarios, desagregación tecnológica e información relevante del proyecto.
Art. 147.- Apertura de las ofertas.- Una vez abiertas las ofertas, la entidad contratante publicará en el Portal COMPRASPÚBLICAS, la siguiente información, sin perjuicio de otra que considere pertinente:
1. Identificación del oferente;
2. Descripción básica de la obra, bien o servicio ofertado; y,
3. Precio unitario de ser el caso y valor total de la oferta.
Art. 148.- Método de evaluación de las ofertas.- La evaluación de las ofertas se efectuará aplicando la metodología "Cumple o No Cumple", cuyos parámetros serán establecidos en el pliego por la entidad contratante y posteriormente, la segunda etapa de evaluación que será "Por Puntaje", continuará solo con los oferentes que cumplan los requisitos mínimos establecidos en el pliego del procedimiento.
Ninguna condición o capacidad requerida a través de los parámetros de evaluación que fueran analizados bajo la metodología por puntaje podrá constituir causal para la descalificación del oferente o de su oferta.
La oferta evaluada como la mejor será aquella que obtenga el mejor costo de conformidad con el número 18 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
5. SERVICIOS O PRODUCTOS ESPERADOS
De conformidad con el Plan Operativo Anual- POA correspondiente al presente periodo fiscal; y, acorde al Plan Anual de Contratación – PAC; se evidencia que la necesidad de contratación de “REHABILITACIÓN DE LA PISTA DE ATERRIZAJE DEL AEROPUERTO “XXXXXXXX LA MAR””, se
encuentra planificada y la misma cuenta con la asignación de disponibilidad presupuestaria.
CÓDIGO CPC | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD |
532130011 | PISTAS DE ATERRIZAJE, INCLUIDAS LAS PISTAS DE CIRCULACION Y LAS ESTRUCTURAS DE AEROPUERTOS, CONEXAS DISTINTAS DE LOS EDIFICIOS | GLOBAL | 1 |
6. CONCLUSIÓN
De conformidad con el Plan Operativo Anual- POA correspondiente al presente periodo fiscal; y, con la certificación presupuestaria No. 7.3.36.5.01.07.01; se evidencia que la necesidad de contratación de la “REHABILITACIÓN DE LA PISTA DE ATERRIZAJE DEL AEROPUERTO “XXXXXXXX
LA MAR””, se encuentra planificada y la misma cuenta con la asignación de disponibilidad
presupuestaria.
El monto del proyecto es USD. 8,324,472.25 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON 25/100 Dólares sin incluir IVA).
FECHA: 5 de julio de 2023
Firmado electrónicamente por: XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXX | Xxxxxxx electrónicamente por: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | Firmado electrónicamente por: XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX |
Realizado por: Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Número de Certificación SERCOP: Nd7b3dKZp8 | Revisado por: Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Número de Certificación SERCOP: ESNrQ49GdR | Autorizado por: Ing. Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx DIRECTOR DE LA UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS Número de Certificación SERCOP: r0w9tA683y |