CONTRATO DE TARJETAS DE CRÉDITO
CONTRATO DE TARJETAS DE CRÉDITO
Se celebra el presente Contrato entre TU FINANCIERA S.A., domiciliada en Xxxxxxx Xx 000 xxxxx Xxxxxxxx x Xxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx-Xxxxxxxx, identificada con el RUC Nº 80064698-3, en adelante la “Financiera” y el(los) signatario(s) identificados en la Solicitud de Tarjetas de Crédito Nº [_________], de fecha [__________], en adelante el(los) “Cliente(s)”. La mencionada solicitud se adjunta al presente Contrato formando parte integrante del mismo. La Financiera y el(los) Cliente(s) son denominados conjuntamente como las “Partes”, y las mismas convienen en reglar el presente Contrato de Tarjeta de Crédito, en adelante el “Contrato”, de conformidad a las siguientes clausulas y condiciones:
1. ADHESION.
1.1. La adhesión al presente Contrato de Tarjeta de Crédito se perfeccionará una vez recibida la tarjeta por su titular, debiendo el titular firmar el correspondiente acuse de recibo.
1.2. El titular contará con un período de retractación de este Contrato en un plazo de siete (7) días corridos a partir de la firma, siempre y cuando no haya utilizado la tarjeta.
2. EMISIÓN:
2.1. El Cliente podrá solicitar a la Financiera la emisión de una tarjeta de crédito que será de uso exclusivo y personal, de carácter No Transferible, la cual se regirá por lo acordado en la solicitud y conforme a las normas del presente Contrato.
2.2. Luego de cumplido todos los requisitos exigidos, la Financiera, en su carácter de emisora, hará entrega al Cliente referido en adelante “Usuario Principal”, de una tarjeta para realizar compras en los comercios adheridos al sistema, o realizar cualquier otra operación autorizada por la Financiera.
2.3. Junto con la emisión de la tarjeta, la Financiera enviará al Usuario Principal un código de identificación personal (PIN) para la realización de transacciones (consultas, extracciones u otras autorizadas por la Financiera) en cajeros automáticos y terminales habilitados. El PIN será entregado al Usuario Principal y al Adicional, en su caso, previa firma de acuse de recibo.
2.4. El PIN es de uso personal, exclusivo y confidencial, no siendo permitida su divulgación y manejo por terceros. El Usuario Principal reconoce que su respectivo PIN es equivalente a su firma xx xxxx y letra y/o a su firma electrónica, conforme a las leyes aplicables vigentes, reconociendo como propia cualquier transacción realizada con su PIN (o con el PIN del Usuario Adicional). El Usuario Principal y Adicional, en su caso, se hacen responsables, siempre y en todos los casos, sin excepción, por las transacciones de la tarjeta que se realicen mediante la utilización del PIN.
2.5. Todas las compras o gastos deberán ser hechas en los establecimientos adheridos al sistema mediante presentación de la tarjeta de crédito, documento de identidad y firma del cupón. La ausencia de la firma en el comprobante, la no presentación del documento y/o el no control de dichas acciones por el comercio no implican la desobligación frente a la operación consumada, de modo que asumes la responsabilidad por cualquier uso de la tarjeta.
2.6. Dichas compras también podrán ser realizadas en cuotas, las cuales estarán sujetas a interés conforme al Tarifario de Tasas y Comisiones vigente de la Financiera, disponible en los locales de la Financiera y en su sitio web: xxx.xx.xxx.xx.
2.7. La utilización de la tarjeta de crédito estará sujeta a comisiones, costos y cargos por los siguientes conceptos: a) Comisión por adelanto de efectivo; b) Interés compensatorio anual; c) Costo de emisión anual; d) Interés moratorio anual; e) Costo de reemisión; f) Interés punitorio (cuya tasa no podrá exceder el 30% (treinta por ciento) de la tasa a percibirse en concepto de interés moratorio); g) Seguro de Cancelación de Deuda; i) Costo mantenimiento de cuenta; cuyos porcentajes e importes estarán establecidos en el Tarifario de Tasas y Comisiones Vigentes de la Financiera, disponible en los locales de la Financiera y en su sitio web: xxx.xx.xxx.xx.
2.8. Igualmente, el Usuario Principal y el Adicional, en su caso, tendrán acceso al Tarifario de Tasas y Comisiones Vigentes de la Financiera desde el momento de la suscripción del presente Contrato, en las siguientes modalidades: i) Copia impresa, disponible en todas las sucursales de la Financiera; y/o ii) Accediendo a la página web de la Financiera: xxx.xx.xxx.xx
2.9. Dicha operación, objeto del presente contrato se encuentra excluido de la garantía ofrecida por el Fondo de Garantía de Depósitos (Ley 2.334/03). –
3. TARJETAS ADICIONALES:
3.1. El Usuario Principal, previa solicitud, podrá asimismo emitir por cuenta y riesgo de éste, tarjetas adicionales a nombre de terceros no menores a 14 años para uso exclusivo de los mismos, y con carácter intransferibles.
3.2. El Usuario Principal queda constituido en liso y principal pagador de todas las compras y/o gastos en que incurra mediante la utilización de las tarjetas adicionales, quedando entendido que el conjunto de las compras y los gastos originados por el uso de las tarjetas, no sobrepasen bajo ningún concepto los límites que se hayan fijado.
4. PROPIEDAD:
4.1. El Usuario Principal y sus Adicionales, en su caso, y en adelante en su conjunto como los “Usuarios” entienden y aceptan que todas las tarjetas emitidas por la Financiera son de propiedad de la misma. Por lo tanto, la emisión, reemisión, revocación, cancelación y/o cualquier otro acto referente a la existencia y/o cancelación de las tarjetas de crédito, son actos cuya aplicación quedan a exclusivo criterio de la Financiera, todo de conformidad a lo establecido en el presente Contrato.
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5. TASAS, TARIFAS Y COMISIONES:
5.1. Los costos mencionados serán incluidos en el estado de cuenta enviado al Usuario Principal por la Financiera, independientemente de la utilización o no de la tarjeta por parte del mismo o de los Usuarios Adicionales.
5.2. La Financiera tiene la potestad de crear, modificar o excluir cualquier tipo de tasa, tarifa o comisión referente a la tarjeta. Dichas creaciones, modificaciones y/o exclusiones serán previa y debidamente comunicadas por la Financiera al Usuario Principal y sus Adicionales, en su caso, mediante comunicaciones expresas que serán realizadas tanto en el estado de cuenta como en el Tarifario de Tasas y Comisiones Vigentes.
5.3. Los valores de las tasas, tarifas y comisiones cobradas serán incluidos en el resumen mensual de las tarjetas de crédito junto con los demás costos por compras o contratación de servicios realizados mediante la tarjeta.
6. DURACIÓN:
6.1. El periodo de duración de la tarjeta de crédito será de 4 (cuatro) años, el cual estará indicado en la tarjeta.
6.2. Al vencimiento de dicho plazo, la Financiera podrá renovarla automáticamente por otro periodo igual, a menos que el Usuario Principal avise por escrito a la Financiera, su deseo de no renovación.
6.3. Esta comunicación deberá ser recibida por la Financiera a más tardar sesenta (60) días antes del vencimiento de la tarjeta y en caso de no ser así, el Usuario Principal se comprometerá a pagar la cuota de renovación respectiva que se incluirá en su estado de cuenta, en caso de que la Financiera decida renovar el plazo de vigencia de la tarjeta.
6.4. En caso que el Usuario comunique su intención de no renovar la tarjeta en la forma prevista precedentemente, la Financiera comunicará por escrito la cancelación efectiva de la tarjeta, comunicación que será hecha en el último estado de cuenta a ser entregado al Usuario Principal.
7. LÍMITES DE LA TARJETA:
7.1. La Financiera concederá una línea de crédito para la utilización de la(s) tarjeta(s) que se asigne(n) a los Usuarios, la cual estará especificada en el estado de cuenta. La(s) Tarjeta(s) solo podrá(n) ser utilizada dentro del límite establecido por la Financiera para efectuar compras o utilizar en los establecimientos adheridos, así como adelantos en efectivo. Dicho límite podrá estar expresado en moneda local, el cual podrá ser modificado mediante aviso previo del emisor al titular en el estado de cuenta.
7.2. Una vez alcanzado el limite asignado, La Financiera podrá, excepcionalmente, autorizar la realización de operaciones superiores a la línea de crédito aprobada hasta un máximo del 10% sobre el límite de crédito original, conforme al tipo de tarjeta y segmento del comercio. En caso de autorizarse dicha utilización por encima del límite, el importe excedido será exigido en el estado de cuenta siguiente. El Usuario Principal podrá solicitar un aumento de su línea de crédito, especificando el importe, a fin de ser estudiado conforme a las políticas de crédito vigentes de la Financiera.
7.3. Los límites de crédito otorgados al titular de la tarjeta de crédito y no desembolsados, serán ponderados conforme el inciso e) del Artículo 53 de la Ley N.º 861 “General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”.
7.4. En caso que el Usuario Principal y/o sus Adicionales demuestren, a criterio de la Financiera, buen comportamiento con el uso de la tarjeta de crédito, la Financiera podrá ofrecer al Usuario Principal un aumento en su la línea de crédito, mediante comunicación por escrito de dicha oferta. El Usuario Principal deberá comunicar expresamente, por escrito o de forma personal, su aceptación a la oferta de aumento de línea de crédito dentro de un plazo máximo de 15 (quince) días corridos a contar de la recepción de la oferta, sino lo hiciere se considerará aceptada la oferta.
7.5. Los saldos acreedores que eventualmente se generen en cualquier tipo de tarjeta no generarán intereses y podrán ser aplicados para compensar saldos deudores posteriores.
8. ESTADO DE CUENTA:
8.1. Mensualmente la Financiera emitirá un estado de cuenta en el que se detallarán todos los débitos o créditos registrados en el período. Dicho estado de cuenta será remitido por la Financiera al Usuario Principal en documento impreso a su domicilio indicado en la solicitud de tarjeta de crédito o por correo electrónico, el que también deberá ser indicado en la solicitud con por lo menos 10 (diez) días de anticipación al vencimiento de dicha tarjeta.
8.2. La no recepción del estado de cuenta por parte del Usuario Principal no le exime de su obligación de requerirlo en el domicilio de la Financiera, y, por lo tanto, de pagar la suma que corresponda en los plazos fijados. En caso de que el estado de cuenta no sea recibido por el Usuario Principal en el plazo establecido en el punto 8.1., por causas ajenas al control de este último o imputables a la Financiera, el Usuario Principal deberá comunicar esta circunstancia a la Financiera, y ésta volverá a remitir el estado de cuenta respectivo en la forma establecida en el punto 8.1. anterior, sin costo alguno para el Usuario Principal.
8.3. La emisión del estado de cuenta a una fecha determinada no implica necesariamente que existan compras efectuadas por el Usuario Principal o los Usuarios Adicionales antes de esa fecha y que se encuentren pendientes de registros por no haber sido presentados aun por los establecimientos comerciales adheridos. Tales operaciones se detallarán en estados de cuenta posteriores.
8.4. El contenido del estado de cuenta se tendrá por reconocido y aprobado si no es observado por el Usuario Principal mediante telegrama colacionado o notificación fehaciente antes de su vencimiento, y el saldo será exigible de pleno derecho.
9. FORMA DE PAGO:
9.1. En el estado de cuenta mencionado en el punto anterior, se detallarán todas las compras presentadas por los establecimientos comerciales adheridos al sistema, durante el ciclo de la facturación. Estas compras podrán ser pagaderas al contado o financiado.
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9.2. En caso de abonarse al contado, el importe correspondiente deberá ser abonado en su totalidad por el Usuario Principal.
9.3. En caso de abonarse financiado, el Usuario Principal y/o Adicional podrá optar por abonar solamente la amortización mínima exigida por la Financiera más lo intereses. La tasa de interés aplicable al financiamiento del saldo del crédito de la tarjeta, calculada conforme a lo establecido en el Art. 44 de la Ley N.º 489/95 y sus modificaciones, se encuentra en el estado de cuenta, así como en el Tarifario de Tasas y Comisiones Vigentes, divulgado en la página web y en las sucursales de la Financiera.
9.4. La Financiera a su único y exclusivo criterio podrá otorgar o no la financiación que se le solicite.
9.5. Por la compra y/o gastos dentro de los límites fijados, mediante el uso de la tarjeta de crédito, la Financiera podrá otorgar la opción de abonar una parte como pago a cuenta, respetando la proporción mínima fijada o cualquier suma por encima de dicho mínimo, a elección del Usuario Principal.
9.6. Los pagos efectuados en proporciones inferiores a lo establecido no significarán quitas, esperas y/o novación, como tampoco significará la modificación de pagos vigentes.
9.7. Los pagos mediando xxxx serán imputados en primer término a los intereses punitorios y compensatorios devengados. El saldo podrá ser abonado en cuotas mensuales que establezca la Financiera, más los intereses consignados en el punto 9.3. anterior.
9.8. En caso de financiación, la imputación de pagos será la siguiente: a) En primer término a intereses devengados, b) en segundo término a gastos y, c) si hay remanente, en tercer término, al capital adeudado.
9.9. El monto de las compras que efectuare a partir del mes que opte por financiar, se sumará al saldo adeudado. A dicha suma, se le adicionarán los intereses que no aparecen inscriptos en el mes corriente y que devenguen entre la fecha de cierre y la de vencimiento para el pago.
9.10. Todo pago extraordinario que se efectúe a cuenta de la deuda pendiente de pago y financiada, será imputado en la forma que se señaló precedentemente.
9.11. Los pagos deberán efectuarse en las ventanillas de la Financiera y/o en los locales autorizados por la misma para dichos efectos. En caso de que el pago se efectúe en cheque, la Financiera queda autorizada a cargar nuevamente al estado de cuenta, el importe del o los cheques que no hayan sido pagados más los gastos y cargos que la Financiera fije por cada cheque rechazado o mediante autorización de débitos en cualquier cuenta que posea.
10. RESPONSABILIDAD DE LA FINANCIERA:
10.1. La Financiera se compromete a reclamar ante la Entidad Administradora los casos de Usuarios suyos cuyas tarjetas hayan sido rechazadas en determinados comercios sin causa justificada. De igual forma, se compromete a tramitar los recaudos necesarios por todas las operaciones que el Usuario Principal y/o sus Adicionales no reconozcan haber realizado. A los efectos de poder actuar conforme lo dispuesto precedentemente, el Usuario Principal y/o Adicional se compromete a notificar a la Financiera sobre el rechazo de forma inmediata, para que esta pueda iniciar los trámites ante la Entidad Administradora.
10.2. La Financiera no será responsable por la calidad, precio u otras características de las mercaderías o servicios que se adquieran o se obtengan mediante el uso de las mismas.
10.3. En caso de reclamos por los conceptos indicados en el punto 10.2. anterior, el Usuario Principal y/o sus Usuarios Adicionales, deberán entenderse directamente con el establecimiento donde fue realizada la operación respectiva.
10.4. Cualesquiera fueran los reclamos y/o acciones legales que el Usuario Principal y/o Adicional inicie contra los comerciantes, por las causas indicadas en el punto 10.2. anterior, dichos reclamos y/o acciones legales no autorizan al Usuario Principal y/o Adicional a demorar el pago de las compras o los gastos efectuados con su tarjeta de crédito.
11. RESCICIÓN:
11.1. Sin perjuicio de las demás causales de rescisión que se mencionan en el presente Contrato , la Financiera podrá declarar resuelto el servicio de tarjeta de crédito en caso de que el Usuario sufra medidas cautelares gravadas contra él y/o su coobligado, constitución de derechos reales, se presente en concurso de acreedores, se le(s) haya decretado la quiebra, emisión de cheques sin la suficiente provisión de fondos, o cualquier otra circunstancia que a criterio de la Financiera, haga aconsejable la resolución.
11.2. La rescisión del Contrato implica la cancelación de todas las Tarjetas Principales y Adicionales. Cualquiera de las partes podrá rescindir el Contrato cursando una comunicación por escrito a la otra con por lo menos (30) treinta días de anticipación.
11.3. Cualesquiera sean las causales de resolución y la parte que la declare, el Usuario Principal se obliga a abonar todas las liquidaciones de gastos posteriores a la fecha de resolución por compra y/o gastos realizados en periodos anteriores y que no hayan sido abonados.
11.4. Queda expresamente establecido que, en caso de resolución del convenio o su terminación por cualquier causa, el Usuario Principal se obliga a devolver las Tarjetas Principales y/o Adicionales a la Financiera. La retención de las tarjetas cuando el Usuario incurra en cualquiera de las causales de resolución configurará el delito de retención indebida.
12. AUTORIZACIÓN:
12.1. El Usuario Principal autoriza expresamente a la Financiera a incluir el número de su tarjeta y de las tarjetas adicionales si las hubiere, en la lista de tarjetas anuladas o irregulares que se proveen a los establecimientos adheridos al sistema, no solamente en el caso de rescisión de este convenio, si no en caso de incumplimiento de cualesquiera de las cláusulas, por su parte o por parte de cualquiera de los tenedores de las tarjetas adicionales.
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12.2. El Usuario Principal autoriza a la Financiera a proveer a la Superintendencia de Bancos todo tipo de información y explicación que esta última requiera en relación con los procesos y mecanismos de administración de la tarjeta principal y las adicionales, en su caso. En dicho sentido, la Financiera se compromete a mantener estricta confidencialidad sobre las bases de datos que se generen con motivo de los procesos administrativos de las tarjetas principales y adicionales, no pudiendo ser utilizada por terceros, siendo de su responsabilidad el manejo que la misma y/o sus empleados autorizados den a dichas bases de datos.
12.3. Autorizo a la Financiera a contratar por tu cuenta y orden seguros de vida de cancelación de deudas con las siguientes coberturas: a) Fallecimiento natural y/o accidental. b) incapacidad total permanente por enfermedad o accidente. El costo y periodicidad de este se encuentra indicado en el Tarifario de Tasas y Comisiones Vigentes de la Financiera.
13. CASO DE ROBO, EXTRAVÍO Y/O FALSIFICACIÓN:
13.1. En caso de extravío, robo y/o falsificación de la(s) tarjeta(s), el Usuario Principal y/o el Usuario Adicional deberán dar aviso inmediato a la procesadora; o a la Financiera, por teléfono a los siguientes números: 021 416 1000 (24/7/365), 021 415 8000; o por escrito, vía telegrama colacionado, carta certificada, correo electrónico o cualquier otro medio escrito fehaciente, indicando expresamente los números de identificación de la tarjeta y nombre del usuario. Igualmente, deberá ratificar el robo, extravío y/o falsificación con la presentación de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial competente dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificado el robo, extravío y/o falsificación.
13.2. A partir del momento en que la Financiera reciba de parte del Usuario Principal y/o Adicional la notificación de robo, extravío y/o falsificación de la tarjeta principal y/o adicional, la Financiera bloqueará inmediatamente dicha tarjeta de forma preventiva, a fin de evitar que se realicen con las mismas cualquier tipo de transacción.
13.3. Para proceder al bloqueo definitivo, el Usuario Principal y/o Adicional deberá presentarse a la Financiera dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles luego de realizado el bloqueo preventivo para firmar la respectiva orden de bloqueo y regrabación.
14. INCUMPLIMIENTO DE PAGOS:
14.1. El incumplimiento de cualquiera de los pagos mensuales mínimos que se fijen, o cualquier otra obligación puesta a cargo del Usuario Principal y/o Usuario Adicional en este Contrato, producirá la caducidad de todos los plazos pendientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, considerándose la obligación como de plazo vencido y exigible la suma que se adeude por todo concepto
14.2. El retraso en el cumplimiento de los pagos mensuales podrá ocasionar el bloqueo de las tarjetas de forma temporal o definitiva.
14.3. Caducarán, asimismo, las cuotas pendientes de las compras a plazo efectuadas aún en los casos que los comerciantes no hubiesen presentado para el cobro los cupones, convirtiéndose en líquida y exigible la totalidad de las compras así efectuadas.
14.4. El importe de los saldos deudores impagos más sus intereses compensatorios y punitorios, y todos los gastos, comisiones y/o impuestos devengados por cualquier concepto, podrá ser percibido por la Financiera por vía judicial, mediante el proceso ejecutivo, tanto al Usuario Principal como a los Usuarios Adicionales en calidad de codeudores, así como a los codeudores que no sean usuarios, cuya cobranza podrá ser encomendada a una empresa que colabore en la gestión administrativa de las actividades de la Financiera, siendo de exclusivo cargo del Cliente los gastos de cobranza extrajudiciales y judiciales que se generen, hasta la obtención del efectivo cobro de los mismo, en cualquier caso.
15. DATOS CATASTRALES
15.1. Por el presente Contrato el Usuario Principal autoriza en forma irrevocable, otorgando suficiente mandato a favor de la Financiera en los términos del Art. 917 inc. “a” del Código Civil Paraguayo para que por propia cuenta y/o a través de empresas especializadas de nuestro medio, la Financiera pueda recabar información en plaza referente a su situación patrimonial, solvencia económica, y/o el cumplimiento de su(s) obligaciones comerciales, como así también, a la verificación, confirmación y/o certificación de los datos por él(ellos) proveídos, a fin de que puedan contar con los elementos de juicio y análisis necesarios para la concesión del crédito que se encuentra(n) gestionando ante la Financiera.
15.2. Así también, el Usuario Principal autoriza a la Financiera a proporcionar información a terceros interesados, sobre su situación patrimonial, solvencia económica y/o sobre el cumplimiento de su(s) obligación(es) comercial(es), en cualquier momento de la duración del presente préstamo o durante la vigencia de cualquier otro producto o servicio que posea con la financiera, incluso con posterioridad a la terminación de la relación contractual con la misma.
15.3. El Usuario Principal y/o Titular se hace responsable de actualizar las direcciones catastradas en la financiera, comprometiéndose a comunicar a la financiera toda variación de datos que se produzca en el futuro y mientras dure su afiliación a la institución. Declarando bajo juramento con las responsabilidades penales y civiles consiguiente que tus datos son correctos.
16. CONDICIONES GENERALES FINALES:
16.1. Todos los tributos que graven el presente Contrato, las tarjetas y las operaciones realizadas mediante las mismas, serán abonadas por el Cliente, a cuyo efecto se incluirán los cargos correspondientes en los resúmenes de cuenta.
16.2. Las condiciones del presente Contrato (plazos, tasas, comisiones, cargos etc.) podrán ser modificadas por la Financiera, para lo cual comunicará por cualquiera de los medios de comunicación por ella utilizada, tales como informaciones ubicadas en los locales de la Financiera, notas en los extractos, correo electrónico o anuncios en la página web, con por lo menos treinta (30) días de anticipación. Dichas eventuales modificaciones se considerarán aceptadas si las mismas no fueran objetadas dentro del plazo de siete (7) días posteriores a la comunicación. En caso de no aceptación el Cliente podrá rescindir el presente Contrato, comunicando por escrito a la Financiera dicha decisión dentro del plazo mencionado en este punto.
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16.3. Si cualquiera de las cláusulas del presente Contrato fuera total o parcialmente nulas, tal nulidad afectara únicamente a dicha cláusula. Las demás clausulas y condiciones del presente Contrato continuarán siendo válidas.
16.4. Cualquier tolerancia eventual en cuanto a posibles infracciones a las cláusulas y condiciones estipuladas en este Contrato por parte del Cliente, así como la concesión de plazos adicionales a los previstos, no constituyen renuncia ni novación de los derechos conferidos a la Financiera por el presente Contrato y la legislación vigente, los cuales podrán ser ejercidos posteriormente. La tolerancia por parte de la Financiera, en su caso, no podrá ser considerada como aceptación del hecho tolerado ni como precedente para su repetición. Una renuncia solo será válida si la misma se hace por escrito y lleva la firma autorizada del representante de la Financiera.
16.5. Forman parte integrante del presente Contrato de Tarjeta de Crédito el formulario de solicitud completado por el Usuario donde se determina la Identidad del Usuario Principal y los Adicionales, en su caso, y en el cual constituyen domicilio especial a los efectos del presente Contrato.
16.6. El presente Contrato será aplicado e interpretado conforme a la legislación civil y comercial de la República del Paraguay, y en especial, conforme a las disposiciones del Capítulo V de la Ley N.º 1334/98 “Defensa del Consumidor y del Usuario”. En caso de conflictos derivados del presente Contrato, las partes aceptan someterse a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la ciudad xx Xxxxxxxx, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
16.7. Con la adhesión a este Contrato , el Usuario autoriza en forma irrevocable, otorgando suficiente mandato a la Financiera en los términos del Art. 917 Inc. "a" del Código Civil y de conformidad a lo dispuesto por la ley N.º 1.682/01 “Que reglamenta la información de carácter privado” y su modificatoria la Ley N.º 1696/02, para que por propia cuenta o a través de empresas especializadas, puedan recabar y/o proporcionar información a los registros públicos y/o privados, bancos, financieras u otra entidad comercial que pudiera corresponder de esta plaza comercial o en otra, referente a tu situación patrimonial, solvencia económica, o el cumplimiento de sus obligaciones comerciales, como así también a la verificación, confirmación y/o certificación de los datos proveídos, a fin de que la Financiera pueda contar con los elementos de juicio y análisis necesarios para la concesión de los servicios financieros y/o créditos que puedan gestionar ante la Financiera.
16.8. Los datos y situación patrimonial consignados en la manifestación de bienes del Usuario podrán ser verificados por la Financiera como lo estime conveniente. El Usuario se compromete a comunicar a la Financiera toda variación de datos que se produzca en el futuro y mientras dure el Contrato con la entidad, y declara bajo juramento con las responsabilidades penales y civiles consiguientes que los datos son correctos y que la declaración de bienes mencionada previamente es el reflejo de su situación patrimonial al día de la fecha. Cualquier falsedad constatada en la declaración correspondiente dará lugar a la rescisión contractual, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.
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Firma del Solicitante
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Aclaración de Firma