Convenio de subvención Erasmus+ Educación Superior para Estudios ALUMNOS CON BECA DE LA UE
|
|
Convenio de subvención Erasmus+ Educación Superior para Estudios
ALUMNOS CON BECA DE LA UE
Curso académico: 2015/2016
Universidad Pontificia Comillas, con domicilio en X/ Xxxxxxx Xxxxxxxx, 00 – 00000 Xxxxxx, Xxxxxx, con código Erasmus E MADRID02
En lo sucesivo denominada “la institución”, representada a efectos de la firma del presente convenio por Xx. Xxxxx X. Xxxxxxxx, Rector, de una parte, y
Sr./Sra.:
Fecha de nacimiento: Nacionalidad:
Dirección postal completa:
Teléfono: Correo electrónico:
Sexo (M/F): DNI (con letra):
Ciclo de estudios (1º Grado; 2º Master; 3º Doctorado):
Área de estudios: Código: (código ISCED-F):
Número de años de educación superior completados:
Estudiante
con: una
ayuda
financiera de fondos de la UE
La ayuda financiera incluye: Una ayuda por necesidades especiales
Una ayuda financiera para estudiantes con menos recursos económicos, esto es estudiantes que hayan sido beneficiarios de una beca de estudios de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte , una beca para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores concedida por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del País Xxxxx, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del País Xxxxx el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad
(Marcar en caso de que se haya recibido una beca de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte durante el curso 2014/15).
Cuenta bancaria para los pagos de la ayuda financiera:
Titular de la cuenta bancaria (si es distinto al estudiante):
Nombre del banco:
Código BIC/SWIFT: Código IBAN:
¿
Institución de Acogida:
País de la Institución de Acogida:
Fechas previstas de inicio (dia/mes/año): fin (día/mes/año):
Idioma en el que se recibirá la enseñanza:
En lo sucesivo denominado “el participante”, de otra parte, han acordado las Condiciones Particulares y los Anexos que se mencionan a continuación, que forman una parte integrante de este convenio (“el convenio”):
Anexo I Acuerdo de Aprendizaje Erasmus+ para la movilidad para estudios
Anexo II Condiciones Generales
Xxxxx XXX Carta del estudiante Xxxxxxx
Lo dispuesto en las Condiciones Particulares prevalecerá sobre lo dispuesto en los Anexos.
CONDICIONES PARTICULARES
CLÁUSULA 1 – OBJETO DEL CONVENIO
La institución proporcionará apoyo al participante para realizar una actividad de movilidad para estudios en el marco del Programa Erasmus+.
El participante acepta la ayuda financiera en la cantidad especificada en la cláusula 3.1 y se compromete a realizar la actividad de movilidad para estudios, tal como se describe en el Anexo I.
Las enmiendas al convenio se solicitarán y acordarán por ambas partes mediante una notificación formal por carta o correo electrónico.
CLÁUSULA 2 – ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DE LA MOVILIDAD
2.1 El convenio entrará en vigor a partir de su firma por la última de las dos partes.
2.2 El periodo de movilidad comenzará, como pronto, el 01/07/2015 y finalizará, a más tardar, el 30/09/2016 La fecha de inicio del período de movilidad será el primer día en el que el participante necesite estar presente en la organización de acogida. En el caso de que el participante vaya a realizar un curso de idioma previo al periodo de movilidad, se podría considerar como fecha de inicio, el primer día de asistencia al curso de idioma, incluyéndose de esta manera, dentro del periodo financiado siempre y cuando el periodo de movilidad más el del curso de idioma, no superen el periodo máximo de financiación permitido por la UE (5 meses). En este caso, el participante deberá justificar la realización del curso, con un certificado de asistencia, en el que deberán constar las fechas de inicio y fin. La fecha de finalización del período de movilidad será la del último día en el que el participante necesite estar presente en la organización de acogida.
2.3 El participante recibirá una ayuda financiera de fondos de la UE para……………. días.
2.4 La duración total del periodo de movilidad, incluida la participación previa en el Programa de Aprendizaje Permanente en el subprograma Erasmus, no podrá ser superior a 12 meses por ciclo de estudios.
2.5 Las solicitudes para ampliar el período de la estancia deberán presentarse a la institución al menos con un mes de antelación a la finalización del período de movilidad.
2.6 El Certificado académico o una declaración adjunta a este documento, deberá proporcionar la confirmación de las fechas de comienzo y finalización del período de movilidad.
CLÁUSULA 3 – AYUDA FINANCIERA
3.1 La ayuda financiera del periodo de movilidad asciende a un importe de……………… EUR, equivalente a……………. EUR por cada 30 días.
3.2 El importe final del periodo de movilidad se determinará multiplicando el número de días/meses de la movilidad especificada en la cláusula 2.3 por el importe de la ayuda mensual del país de acogida correspondiente. En el caso de meses incompletos (menos de 30 días), la ayuda financiera se calculará multiplicando el número de días del mes incompleto por 1/30 de la ayuda mensual.
3.3 El reembolso de gastos relacionados con necesidades especiales, cuando proceda, se basará en la documentación justificativa aportada por el participante.
3.4 La ayuda financiera no podrá ser utilizada para cubrir gastos similares ya financiados por fondos de la UE.
3.5 Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 3.4, la ayuda será compatible con otras fuentes de financiación, incluyendo ingresos que pudiera percibir el participante por trabajos no relacionados con sus estudios/prácticas, siempre y cuando se lleven a cabo las actividades previstas en el Anexo I.
3.6 Si el participante no cumpliera con las estipulaciones establecidas en el convenio, deberá devolver toda o una parte de la ayuda recibida. Si el participante rescindiera el convenio antes de su plazo de finalización, deberá devolver la ayuda ya abonada, salvo si se acordaran otros términos con la institución de envío. Sin embargo, si el participante no hubiera podido completar sus actividades de movilidad tal como se describen en el Anexo I por causas de fuerza mayor, tendrá derecho a percibir el importe correspondiente a la duración real del periodo de movilidad, tal y como se define en la cláusula 2.2. Cualquier fondo restante deberá ser devuelto, salvo si se acordaran otros términos con la institución de envío. La institución de envío deberá informar de estos casos de fuerza mayor a la Agencia Nacional para su aprobación.
CLÁUSULA 4 – MODALIDADES DE PAGO
4.1 En los 30 días naturales posteriores a la firma del convenio por ambas partes y no más tarde de la fecha de inicio del período de movilidad o tras la recepción de la confirmación de la llegada del estudiante a la institución de acogida, se realizará un pago de prefinanciación al participante equivalente al 70% del importe especificado en la cláusula 3 en cada semestre, siempre que el participante haya enviado la parte correspondiente del Learning Agreement (before de mobility) a la universidad de origen, incluyendo las fechas previstas de inicio y fin de la movilidad. Cuando el participante no aporte la documentación justificativa en los plazos establecidos por la institución de envío, se admitirá excepcionalmente un pago de prefinanciación posterior.
4.2 Si el pago especificado en la cláusula 4.1 fuera inferior al 100% del importe máximo de la ayuda, el envío del cuestionario UE (EU survey) en línea se considerará como la solicitud del participante, del pago del saldo de la ayuda financiera. La institución dispondrá de 45 días naturales para realizar el pago del saldo o emitir una orden de recuperación de fondos en el caso en que proceda reembolso.
CLÁUSULA 5 – SEGURO
5.1 Será responsabilidad del participante la contratación de un seguro con cobertura adecuada y mediante la firma de este convenio se compromete a solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea o, en su caso, a contratar un seguro médico con la cobertura exigida por la Institución y/o país de destino.
5.2 Normalmente la cobertura básica es proporcionada por el seguro de enfermedad nacional del participante así como durante su estancia en otro país de la UE a través de la Tarjeta Sanitaria Europea. Sin embargo, la cobertura de la Tarjeta Sanitaria Europea o del seguro privado puede no ser suficiente, sobre todo en caso de repatriación, accidentes, intervención médica específica y responsabilidad civil, por lo que se recomienda contratar un seguro complementario que cubra estas contingencias.
CLÁUSULA 6 – APOYO LINGÜÍSTICO EN LÍNEA
6.1. El participante deberá realizar una evaluación en línea de su competencia lingüística antes y al final del período de movilidad, si la lengua de enseñanza o de trabajo principal fuera xxxxxx, xxxxxxx, inglés o italiano, o cuando así se acuerde con la institución de envío, salvo que sea nativo de la lengua en cuestión. El participante deberá informar de forma inmediata a su institución en el caso de que no pudiera realizar dicha prueba.
6.2 El pago del saldo final de la ayuda estará condicionado a la realización obligatoria de la prueba de evaluación en línea al final de la movilidad.
6.3 [Solo procederá con participantes que realicen el curso OLS] El participante deberá realizar el curso OLS, comenzándolo tan pronto como reciba el acceso y sacando el máximo provecho posible de este servicio. El participante deberá informar de forma inmediata a su institución en el caso de que no pudiera realizar el curso en línea, antes de acceder a la plataforma.
CLÁUSULA 7 – CUESTIONARIO UE
7.1. Tras la movilidad en el extranjero, el participante deberá cumplimentar y enviar el cuestionario UE (EU Survey) en línea en los 30 días naturales posteriores a la recepción de la invitación para cumplimentarlo.
La institución podrá requerir a los participantes que no cumplimenten y envíen el cuestionario UE en línea, el reembolso parcial o total de la ayuda financiera recibida. La invitación para la cumplimentación del cuestionario, será enviada al participante por e-mail desde la dirección: xxxxxxx-xxxx-xx-xxxxxxxxx@xx.xxxxxx.xx
7.2 Se le podrá enviar al participante un cuestionario complementario en línea que permita recabar información completa sobre asuntos relacionados con el reconocimiento.
CLÁUSULA 8 – LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES
8.1 El convenio se regirá por la legislación española.
8.2 Los Tribunales competentes que se determinen en concordancia con la legislación nacional de aplicación serán la única jurisdicción que conocerá cualquier litigio entre la institución y el participante en todo lo relacionado con la interpretación, aplicación o validez de este convenio, siempre que dicho litigio no pueda resolverse de forma amistosa.
FIRMAS
El participante (nombre y apellidos) Por la Universidad Pontificia Comillas
…………………………………………………… P.O. Xxxxxx Xxxxxxxx
Coordinadora de Movilidad de Estudiantes
Firma Firma
Madrid, Madrid,
Anexo I
Acuerdo de Aprendizaje Erasmus+ para la movilidad para estudios (se adjunta en documento aparte)
Anexo II
CONDICIONES GENERALES
Cláusula 1: Responsabilidad
Cada una de las partes del presente convenio exonerará a la otra de cualquier responsabilidad civil por daños causados por ésta o su personal como consecuencia de la ejecución del presente convenio, siempre que tales daños no sean consecuencia xx xxxxxx graves y premeditadas por parte de la otra parte o su personal.
La Agencia Nacional de España, la Comisión Europea o su personal, en caso de reclamación derivada del convenio, no serán responsables de ningún daño causado durante la ejecución del período de movilidad. En consecuencia, la Agencia Nacional de España o la Comisión Europea no admitirán ninguna solicitud de indemnización de reembolso que acompañe a tal reclamación.
Cláusula 2: Rescisión del convenio
En caso de incumplimiento de cualquier obligación derivada del convenio por parte del participante y, con independencia de las consecuencias, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, la institución tendrá derecho a rescindir o cancelar el convenio sin más trámite legal cuando el participante no realice ninguna acción dentro del mes siguiente a la recepción de la correspondiente notificación por correo certificado.
Si el participante rescinde el convenio antes de su plazo de finalización o si incumple lo establecido en el mismo, deberá proceder a la devolución de la cantidad de la ayuda que se le hubiera abonado.
En caso de rescisión por parte del participante por causas de fuerza mayor, esto es, debido a una situación o acontecimiento imprevisible y excepcional ajeno a la voluntad del participante y no atribuible a error o negligencia por su parte, el participante tendrá derecho a percibir la cuantía de la ayuda correspondiente a la duración real del período de movilidad, tal y como se define en la cláusula 2.2. Cualquier fondo restante deberá ser devuelto, excepto cuando se acuerde otra cosa con la organización de envío.
Cláusula 3: Protección de datos
Todos los datos de carácter personal que figuren en el convenio serán procesados de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos de carácter personal por parte de las instituciones y los organismos de la UE y la libre circulación de dichos datos. Estos datos serán procesados únicamente a efectos de la gestión y el seguimiento del convenio por la institución de envío, la Agencia Nacional y la Comisión Europea, sin perjuicio de su posible transmisión a los organismos encargados de las tareas de inspección y auditoría en aplicación del Derecho de la Unión (Tribunal de Cuentas o la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)).
El participante podrá, previa solicitud por escrito, acceder a sus datos de carácter personal y rectificar cualquier información errónea o incompleta. Cualquier cuestión relacionada con el procesamiento de sus datos de carácter personal deberá remitirse a la institución de envío y/o a la Agencia Nacional. El participante podrá presentar una reclamación contra el procesamiento de sus datos de carácter personal a la Agencia Española de Protección de Datos en relación con el uso de sus datos por la institución de envío o la Agencia Nacional, o al Supervisor Europeo de Protección de Datos en relación con el uso de los datos por parte de la Comisión Europea.
Cláusula 4: Controles y auditorías
Las partes del convenio se comprometen a proporcionar cualquier información detallada que solicite la Comisión Europea, la Agencia Nacional de España o cualquier otro organismo autorizado por la Comisión Europea o la Agencia Nacional de España a efectos de verificar la correcta ejecución del período de movilidad y de las disposiciones del convenio.
1