LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES Cláusulas de Ejemplo

LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 8.1 El convenio se regirá por la legislación española. 8.2 Los Tribunales competentes que se determinen en concordancia con la legislación nacional de aplicación serán la única jurisdicción que conocerá cualquier litigio entre la institución y el participante en todo lo relacionado con la interpretación, aplicación o validez de este convenio, siempre que dicho litigio no pueda resolverse de forma amistosa.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española. 13.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona, el arbitraje se celebrará en Barcelona y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Corte de la Cámara de Comercio e Industria de Barcelona. En caso de que el conflicto sea planteado por un consumidor, conforme a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el arbitraje se tramitará ante la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de residencia del cliente. 13.3 Si el cumplimiento de este Contrato resulta razonablemente posible, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitral. 13.4 Si cualquier estipulación de este Contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 13.1 En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española. 13.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, mediante arbitraje en la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxx, el arbitraje se celebrará en Asturias y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de Arbitraje española 60/2003, de 23 de diciembre, y el Reglamento de la Cámara de Comercio. En caso de que el conflicto sea planteado por un consumidor o usuario, se tramitará bajo el procedimiento previsto en el RD 231/2008, de 15 de febrero, a través del cual se regula el Sistema Arbitral de Consumo. 13.3 Para el caso de que el arbitraje no llegara a realizarse por mutuo acuerdo o fuese declarado nulo, ambas partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad xx Xxxxxx con renuncia a su propio fuero, si éste fuese otro. En el caso de consumidores o usuarios, se estará a lo dispuesto en la normativa procesal vigente. 13.4 Si el cumplimiento de este contrato resulta razonablemente posible, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitral o judicial. 13.5 Si cualquier estipulación de este contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato. a) Recursos y aplicaciones incluidos: Parking de Dominio Hosting Básico Hosting Estándar Hosting PHP + SQLite Hosting WordPress Hosting PHP + MySQL
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 17.1 En lo no previsto en estas condiciones generales, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como conse- cuencia de las mismas, será de aplicación la legislación española. 17.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de las Condiciones contractuales aplicables al cliente, y no se resol- viera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, a través de mediación en los términos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mer- cantiles y su normativa de desarrollo. 17.3 Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de que ambas partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad xx Xxxxxxx con renuncia a su propio xxxxx, si éste fuese otro. En el caso de consumidores o usuarios, se estará a lo dispuesto en la normativa procesal vigente. Para poder acceder a los contenidos y recursos de la plataforma de NeuronUP y todas sus novedades, recomendamos usar navegadores como Firefox y Chrome, los cuales se actualizan automáticamente, y así poder aprovechar al máximo nuestras actividades multimedia. Si usa Internet Explorer como navegador es muy importante que lo actualice a su últi- ma versión. Versiones anteriores a la 10 se han quedado desfasadas y no podemos asegurar el correcto funcionamiento de la web. Puede experimentar problemas con nuestra plataforma si accede desde una versión anticuada de su navegador. Ciertas actividades, como por ejemplo los juegos y simuladores, necesitan un plugin para funcionar. Si usa un navegador que no contenga por defecto el plugin de Adobe Flash Player, puede descargar gratuitamente desde la plataforma la última versión. Existen actividades con alta carga de contenido adicional, como los juegos y fichas digi- tales que incluyan fotografías, audios o multitud de imágenes. El tiempo de espera hasta la carga completa de la actividad puede verse incrementado si la velocidad de la conexión a internet es lenta o si el hardware de su ordenador no es suficientemente potente. NeuronUP no puede garantizar el funcionamiento adecuado de la plataforma en los dispositivos (fijos y móviles) que disponen de sistemas operativos obsoletos, especial- mente aquellos en los que el soporte de su proveedor del sistema operativo ha finali- zado.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 19.1 Todos los pedidos y acuerdos de compraventa entre el Vendedor y el Comprador se regirán, e interpretarán de acuerdo con la legislación del país donde esté registrado el Vende- dor. No se aplicarán las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (la "Convención de Viena”). 19.2 Cualquier litigio derivado de este Acuerdo o relacionado con cualquier pedido o acuerdo de compraventa entre el Vendedor y el Comprador deberá ser presentado ante los juzgados competentes allí donde esté registrado el Vendedor. Independientemente de la sentencia anterior, el Vendedor, a su criterio, podrá optar por presentar el litigio o una demanda ante los juzgados competentes del país de residencia del Comprador de conformidad con la legislación aplicable en ese país.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. En lo no previsto en las presentes Condiciones y en las CGS, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española, salvo en todo lo que afecta al registro y a la titularidad de un nombre de dominio que será de aplicación la normativa de la ICANN, del Registry y del Registrador competente.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las partes convienen en designar como aplicables las siguientes normas jurídicas: a) Ley de Ahorro y Crédito Popular. b) Legislación Mercantil. c) Legislación Civil Federal. Para conocer de cualquier controversia que se suscite con motivo de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente Contrato, las partes se someten primeramente a la jurisdicción de los tribunales competentes con residencia en la Ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro o a los tribunales competentes por razón del lugar de celebración del presente Contrato, a elección de LIBERTAD, renunciando las partes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para toda cuestión litigiosa respecto al presente contrato mercantil, las partes se someten a la legislación española y vigente en el momento del litigio en cuestión, haciendo mención especial a lo dispuesto por el Código de Comercio, Código Civil y última instancia en los usos mercantiles.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. 14.1 En lo no previsto en estas condiciones generales, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuen- cia de las mismas, será de aplicación la legislación española. 14.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de las Condiciones contractuales aplicables al cliente, y no se resol- viera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito a la otra, a través de mediación en los términos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mer- cantiles y su normativa de desarrollo. 14.3 Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de que ambas partes se someten a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad xx Xxxxxxx con renuncia a su propio xxxxx, si éste fuese otro. En el caso de consumidores o usuarios, se estará a lo dispuesto en la normativa procesal vigente.