Rescisión del convenio Cláusulas de Ejemplo

Rescisión del convenio. En caso de incumplimiento de cualquier obligación derivada del convenio por parte del participante y, con independencia de las consecuencias, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, la institución tendrá derecho a rescindir o cancelar el convenio sin más trámite legal cuando el participante no realice ninguna acción dentro del mes siguiente a la recepción de la correspondiente notificación por correo certificado. Si el participante rescinde el convenio antes de su plazo de finalización o si incumple lo establecido en el mismo, deberá proceder a la devolución de la cantidad de la ayuda que se le hubiera abonado, salvo si se acordaran otros términos con la organización de envío. En caso de rescisión por parte del participante por causas de fuerza mayor, esto es, debido a una situación o acontecimiento imprevisible y excepcional ajeno a la voluntad del participante y no atribuible a error o negligencia por su parte, el participante tendrá derecho a percibir la cuantía de la ayuda correspondiente a la duración real del período de movilidad. Cualquier fondo restante deberá ser devuelto, salvo si se acordaran otros términos con la organización de envío.
Rescisión del convenio. En caso de incumplimiento de cualquier obligación derivada del convenio por parte del participante y, con independencia de las consecuencias, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, la institución tendrá derecho a rescindir o cancelar el convenio sin más trámite legal cuando el participante no realice ninguna acción dentro del mes siguiente a la recepción de la correspondiente notificación por correo certificado. Si el participante rescinde el convenio antes de su plazo de finalización o si incumple lo establecido en el mismo, deberá proceder a la devolución de la cantidad de la ayuda que se le hubiera abonado. En caso de rescisión por parte del participante por causas de fuerza mayor, esto es, debido a una situación o acontecimiento imprevisible y excepcional ajeno a la voluntad del participante y no atribuible a error o negligencia por su parte, el participante tendrá derecho a percibir la cuantía de la ayuda correspondiente a la duración real del período de movilidad, tal y como se define en la cláusula 2.2. Cualquier fondo restante deberá ser devuelto, excepto cuando se acuerde otra cosa con la organización de envío.
Rescisión del convenio. 3.1. La representación social podrá solicitar la rescisión total cuando, en el supuesto con- templado en el epígrafe 2.1, se reclame la aplicación de la disposición que considere más beneficiosa.
Rescisión del convenio. En caso de rescisión unilateral, deberá notificarse con al menos un año académico de anticipación. Esto quiere decir que la decisión unilateral de discontinuar los intercambios con aviso a la otra parte el 1 de septiembre de 20XX tendrá efecto a partir del 1 de septiembre del 20XX+1. No se responsabilizará a la Comisión Europea ni a las Agencias Nacionales en caso de conflictos.
Rescisión del convenio. El presente convenio podrá rescindirse de forma anticipada:
Rescisión del convenio. Si el participante rescinde el convenio antes de su plazo de finalización o si incumple lo establecido en el mismo, deberá proceder a la devolución de la cantidad de la ayuda que se le hubiera abonado, excepto si se hubiera acordado de manera distinta con el socio de envío. En caso de rescisión del participante por causas de fuerza mayor, esto es, debido a una situación o acontecimiento imprevisible y excepcional ajeno a la voluntad del participante y no atribuible a error o negligencia por su parte, el participante tendrá derecho a percibir la cuantía de la ayuda correspondiente a la duración real del período de movilidad. Cualquier fondo restante deberá ser devuelto, excepto si se acordó de manera distinta con la organización de envío.
Rescisión del convenio. La rescisión del convenio puede intervenir por mutuo acuerdo de los cofirmantes. Xxxx constatarse por escrito y notificarse al director del centro de formación, al servicio encargado del registro del contrato, al director provincial de Trabajo, Empleo y Formación profesional (o al jefe de servicio asimilado) al rector de la académie, al director regional de Agricultura o al director regional de juventud, deportes y vida asociativa. El presente convenio puede ser rescindido por cualquiera de las dos partes en caso de falta grave, de exposición del aprendiz a un peligro, de incumplimiento de los compromisos del presente convenio debidamente constatado. Esta rescisión no puede dar lugar a ninguna indemnización ni tiene incidencias por sí misma sobre la continuación del contrato de aprendizaje.
Rescisión del convenio. El incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el presente CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, por una de las partes, facultará a la otra para rescindir el mismo, quedando automáticamente anulados todos los derechos correspondientes sobre el objeto del proyecto. Para todos los aspectos no recogidos en el presente CONVENIO, se estará a lo dispuesto en el convenio marco suscrito entre las partes (PÁRRAFO A INCLUIR EN CASO DE EXISTIR CONVENIO XXXXX XXXXXX). En caso de litigio, las partes se someterán a la Jurisdicción Contencioso - Administrativa xx Xxxxxxx. Habiendo leído el presente por si mismos y hallándose conformes, lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba citados. Por la UNIVERSIDAD XX XXXXXXX Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Por la EMPRESA
Rescisión del convenio. El incumplimiento de lo establecido en las estipulaciones del presente convenio de colaboración por parte del CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS determinará la rescisión del mismo y el reintegro de la subvención. El beneficiario de esta subvención deberá reintegrar la totalidad o parte de la cantidad percibida más los correspondientes intereses de demora, en los casos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con independencia de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles.
Rescisión del convenio. En todo caso, las MUNICIPALIDADES SUSCRIBIENTES se reservan el derecho de dar por concluido el CONVENIO unilateralmente, cuando se suscite alguna situación sobrevenida, tal como faltante de recursos para ejecutar los objetivos planteados, necesidad o conveniencia institucional, interés público, caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su continuidad, lo cual comunicará a las contrapartes, por escrito, de forma inmediata y razonada.