CONTRATO No.
CONTRATO PARA OPERACIÓN LOGÍSTICA DEL SERVICIO FARMACÉUTICO AMBULATORIO ENTRE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX – FONDO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y XXXXXXXXXXXX
CONTRATO No.
FECHA DE SUSCRIPCIÓN: Día: __ Mes: ___ Año: 2015 |
||
PARTES CONTRATANTES: |
||
CONTRATANTE: UNIVERSIDAD XX XXXXXX – FONDO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
CONTRATISTA: |
|
NIT: 800.118.954 |
NIT: |
|
|
|
|
REPRESENTANTE LEGAL |
REPRESENTANTE LEGAL |
|
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX |
NOMBRE: |
|
IDENTIFICACIÓN: 12.970.772 |
IDENTIFICACIÓN: |
|
EXPEDIDA EN: Pasto |
EXPEDIDA EN: |
|
DOMICILIO: SAN XXXX XX XXXXX |
DOMICILIO: |
|
DIRECCIÓN: Xxxxxxx 00 Xx. 0-000 sede las Acacias |
DIRECCIÓN: |
|
TELEFONO (S): 0000000 – 7235655 |
TELEFONO: (S): |
|
|
||
|
||
VALOR ESTIMADO del CONTRATO: HASTA MIL QUINIENTOS DIESCIOCHO MILLONES DE PESOS |
||
POBLACIÓN AFILIADA: 1.668 |
||
DURACIÓN TOTAL del CONTRATO: 11 Meses |
||
FECHA INICIO: Día: 1, Mes: 05 , Año: 2015 |
FECHA FINALIZACIÓN: DÍA: 31 MES: __03_AÑO: 2016 |
MODALIDAD FACTURACIÓN
Nº. ____________
Entre los suscritos a saber: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en el Municipio xx Xxxxx, Departamento xx Xxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 12.970.772 expedida en Pasto, en calidad de Rector y Representante Legal de la Universidad xx Xxxxxx, ente Universitario Autónomo de Carácter Oficial, del orden Departamental, con NIT No. 800.118.954, y quien para efectos del presente Contrato se denominará EL CONTRATANTE, por una parte y por otra, __________________________________ , mayor de edad, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía Nº _____________ expedida en ________, quien actúa como _______________________________ y para efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente Contrato que se regirá por las disposiciones de Derecho Privado, en especial las previstas en los Códigos de Comercio y Civil y todas aquellas disposiciones que los desarrolla, complementa, modifica o sustituya, en especial por las cláusulas que preceden, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: a) Que la Ley 30 de 1993, concordante con la leyes 647 de 2001 y 1443 de 2011 y sus decretos reglamentarios crearon y regularon el sistema especial del régimen de salud de las universidades estatales u oficiales. b) Que EL CONTRATANTE se encuentra facultado para suscribir el presente Contrato en los términos del artículo 23 del Xxxxxxx Xx 000 xx 0000 x xxx Xxxxxxx 065 de 2007 emanados del Consejo Superior de la Universidad xx Xxxxxx, por medio del cual se reglamenta el Proceso de Contratación y Pago de servicios de salud dentro del régimen especial que opera el Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx. c) Que con fundamento en lo expuesto y de acuerdo a la normativa de salud vigente, hemos convenido celebrar el presente Contrato, que se regirá por las siguientes CLÁUSULAS:
|
|
SEGUNDA.-POBLACIÓN OBJETO DE ATENCIÓN EN SALUD.- |
Será la población beneficiaria del Régimen Especial del Fondo de Seguridad Social de la Universidad xx Xxxxxx |
TERCERA.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- |
El CONTRATISTA debe prestar los servicios de operación logística en las instalaciones de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, ubicadas en la xxxxxxx 00 Xx. 0-000 sede las Acacias, para lo cual actuará en calidad de tenedor del local de propiedad de la Universidad xx Xxxxxx mediante la suscripción de un contrato de arrendamiento. |
CUARTA.- VIGENCIA.- |
El término del presente contrato es de once (11) meses contados a partir de la fecha de legalización, hasta el 31 xx Xxxxx de 2016 , prorrogable de común acuerdo entre las partes, por escrito; reservándose el Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx la facultad de darlo por terminado en cualquier tiempo, sin necesidad de justificación, previo aviso por escrito dado al CONTRATISTA con una anticipación no menor a un (1) mes. |
QUINTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.- |
El Contratista se obliga a: 1) Prestar el servicio de suministro de medicamentos de que trata el objeto del presente contrato, a la población usuaria del Fondo de Seguridad Social de la Universidad xx Xxxxxx y que se identifique por medio del carné, presentando el documento de identificación y fórmula médica que debe cumplir con los siguientes requisitos: identificación clara y legible del usuario con documento de identidad, nombre del médico con número de identidad y tarjeta profesional claro y legible, firmada por el profesional que ordena el servicio respectivo con el sello que identifique al médico, sin enmendaduras y/o tachaduras, estar dentro de los tres días siguientes a la fecha de emisión de la fórmula del médico general y/o especialista. 2) El Contratista se obliga a verificar los derechos de los usuarios en la base de datos. 3) Disponer de un modelo de atención farmacéutica acorde a la normatividad vigente, que incluya los mecanismos de acceso y utilización de los servicios, discriminando horario (de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12 m y de 2:00 p.m. a 6:30 p.m. y el día sábado de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.) para la prestación del servicio a los afiliados al Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx, facilitando al usuario una oportuna, excelente, idónea y eficaz atención al igual que un correcto despacho de medicamentos, suministrando la fórmula completa tanto en medicamentos como en cantidad. 4) Abstenerse de realizar cambios de uno o más medicamentos en cuanto a presentación, laboratorio, marca comercial o establecer sugerencias equivalentes sin previa autorización de la Entidad, debe existir total coherencia entre la formula médica y el medicamente despachado. 5) Facilitar la labor de supervisión, evaluación y control que LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx realice en forma directa y atender sus recomendaciones que quedarán consignadas en acta de compromiso. 6) Utilizar medicamentos de reconocida calidad y que posean la respectiva licencia del Instituto Nacional para la Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) y las respectivas Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). 7) Llevar control de los medicamentos con el objeto de prevenir su vencimiento, obtener su cambio oportuno y cumplir con los requisitos mínimos que garanticen su conservación. 8) Entregar los medicamentos estrictamente formulados y/o autorizados, en caso de presentarse pendientes, estos serán suministrados en forma oportuna por la entidad (Depósito y/o droguería) debidamente autorizada por el operador logístico y solo se podrá registrar como recibido en el momento de la entrega. Los medicamentos de urgencias se entregarán inmediatamente y los de consulta ambulatoria programada en un término máximo de 48 horas. 9) Realizar estudios fármaco-económicos evaluando costo-beneficio, efectividad, seguridad de los grupos terapéuticos utilizados en el ejercicio del convenio por los médicos, así como realizar recomendaciones o adaptaciones de opciones terapéuticas racionales (O.T.R.) 10) Recomendar la sustitución de los productos, realizando inclusión de moléculas costo – efectivas de común acuerdo. 11) Presentar al Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx, reportes estadísticos mensuales de la formulación con indicadores fármaco terapéuticos generales y específicos. 12) Presentar al Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx análisis fármacoepidemiológicos bimensuales, con ampliación de indicadores fármaco terapéuticos, registro de tendencias y recomendaciones de uso racional de medicamentos. Se debe hacer una relación y clasificación de los medicamentos de mayor rotación, que se debe informar cada mes a la dirección del Fondo de Seguridad Social en Salud. 13) Disponer de un programa de fármaco vigilancia farmacéutica como garantía de calidad del producto y detección de las Reacciones Adversas a los Medicamentos (R.A.M.). 14) Asegurar la adherencia de los prescriptores a las estrategias de uso racional de medicamentos, definidas acorde al seguimiento individual de indicadores fármaco terapéuticos y a las O.T.R. (Opciones terapéuticas racionales). 15) Retroalimentar oportunamente a los médicos prescriptores sobre la información derivada de los reportes y estudios fármaco epidemiológicos de la Institución. 16) Facilitar el tiempo necesario para desarrollar las diferentes actividades de intervención individual. 17) Prestar el servicio de suministro de medicamentos y auditoría farmacoepidemiológica objeto del presente contrato, con plena autonomía técnica científica y administrativa. 18) Atender en conjunto con el Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx las reclamaciones, quejas o solicitudes realizadas por los usuarios. 19) El Contratista se compromete totalmente en forma civil y penal por los daños y perjuicios ocasionados a los usuarios del Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx, ocasionados por un inadecuado funcionamiento de los equipos técnicos biomédicos y otros que se encuentren en las instalaciones del contratista, lo mismo por cualquier situación que se presente y afecte a los usuarios de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX derivada de las acciones u omisiones de su personal paramédicos o administrativo. 20) Presentar la facturación mensual de medicamentos al Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx dentro de los cinco primeros días de cada mes. 21) Permitir el acceso de los auditores médicos de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX a los soportes y demás documentos relacionados con el servicio prestado y facilitar de ser necesaria, la verificación y revisión de los documentos para evaluar la calidad del servicio. 22) Se abstendrá de suministrar artículos suntuarios, cosméticos, complementos multivitamínicos, líquidos para lentes de contacto, tratamientos capilares, champú de ningún tipo, jabones, leches, cremas hidratantes, antisolares, drogas para la memoria o impotencia sexual, hormona del crecimiento, edulcorantes o sustitutos de la sal, anorexígenos, enjuagues bucales. 23) Adecuar el sitio de atención farmacéutica dentro de las instalaciones de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX con la infraestructura en sistemas necesaria, cumpliendo con los requisitos de habilitación y todos aquellos requisitos legales vigentes, indispensables para la operación, así como el apoyo logístico requerido para ello (muebles, equipos de oficina, estantería, nevera y demás elementos necesarios para el normal funcionamiento del servicio farmacéutico). 24) EL CONTRATISTA contratará a su xxxxx al personal encargado de la administración y manejo de la farmacia (Regente y auxiliar administrativo), quienes cumplirán con el horario de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 a 6:30 p.m. de lunes a viernes y los sábados de 9:00 a.m. a 1 p.m., el cual puede ser modificado de acuerdo a las necesidades de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX. En ningún caso existirá relación laboral entre el personal contratado y LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX. 25) EL CONTRATISTA se obliga a mantener los precios ofertados durante el término de vigencia del presente contrato. 26) El contratista deberá cancelar al Fondo el valor de UN MILLON SEICIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS OCHO PESOS M/Cte ($1.654.808) por concepto de canon de arrendamiento del local asignado para la ejecución del presente contrato, valor que engloba el pago del área, los servicios públicos domiciliarios, el uso de áreas comunes, etc., el cual será cancelado mensualmente en la cuenta de ahorros del Banco de Occidente No. 03989343-3 perteneciente al Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx. 27) Facilitar al CONTRATANTE el acceso a los equipos de cómputo y los sistemas del CONTRATISTA y la instalación de un software que permita realizar un control de los medicamentos suministrados. 28) Permitir al Contratante el acceso al dispensario para adelantar el proceso de auditoría de entrega de medicamentos. 29) Las demás que se desprendan de la naturaleza del Contrato. 30) El contrastista informara la presencia de cualquier situación anómala que afecte la integridad financiera del fondo. |
SEXTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE.- |
El Contratante se obliga con el CONTRATISTA: 1) Entregar oportunamente la base de datos con la información completa, la cual tiene vigencia desde el día 5 de cada mes hasta el día 4 del mes siguiente. 2) Disponer del local para la ubicación de la farmacia, cumpliendo con los requisitos esenciales respectivos. 3) Disponer de una línea telefónica a asignarse al CONTRATISTA. 4) Cancelar al CONTRATISTA el valor de los servicios convenidos a los 60 días calendario siguientes a la presentación de la facturación, la cual deberá cumplir las normas dispuestas por la DIAN y términos fijados por las normas vigentes emanadas por el Ministerio de Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud. En caso de que la Universidad glose la factura, lo que hará dentro de los 30 días calendario siguientes a su recibo, se procederá a conciliar los valores correspondientes en los términos establecidos por el Decreto 046/2000. 5) Incluir dentro del directorio de adscritos de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, el nombre o razón social DEL CONTRATISTA y difundirlo dentro de la comunidad universitaria. 6) Suministrar la información correspondiente a la selección de medicamentos y los términos de las negociaciones tanto en los valores convenidos como los respectivos proveedores y lo correspondiente a cada negociación. |
SEPTIMA.- VALOR.- |
El valor total del presente contrato será el resultante de la suma de los valores mensuales cancelados AL CONTRATISTA hasta un monto máximo de MIL QUINIENTOS DIESCIOCHO MILLONES DE PESOS M/Cte ($ 1.518.000.000). Los valores mensuales, a su vez, se determinarán por las facturas entregadas por el CONTRATISTA, con sus respectivos soportes, de acuerdo a lo señalado en la Cláusula Octava, Parágrafo único y el numeral 20 de la Cláusula Quinta del presente contrato. El valor precitado cubrirá la administración del servicio farmacéutico y la adquisición de medicamentos. |
OCTAVA.- FORMA DE PAGO.- |
LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX cancelará al CONTRATISTA los medicamentos entregados mensualmente por evento, así: A) El suministro de medicamentos que no estén contenidos dentro de los productos farmacéuticos seleccionados por LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX y que no estén incluidos dentro del Vademécum adoptado por LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, los cuales deben corresponder exclusivamente a precios, marcas y especificaciones autorizados previamente por la Coordinación Médica y/o por el Comité de Autorizaciones del Fondo de Seguridad en Salud. c) Descuento financiero por pronto pago: Se considerara un descuento por pronto pago equivalente al 2% dentro de los TREINTA (30) días calendario posterior a la presentación de la respectiva factura de venta para los medicamentos NO LICITADOS. PARÁGRAFO.- PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO: EL CONTRATISTA presentará la cuenta de cobro dentro de los primeros cinco (5) días calendario del mes siguiente a la entrega del medicamento al usuario, acompañado de la siguiente documentación: 1) Factura en original y una copia correspondiente al mes de atención, la cual debe cumplir con los requisitos de la DIAN. 2) En la cuenta se adjuntará la fórmula original debidamente firmada por el usuario en bolígrafo o tinta y el número de cédula y carné en cada fórmula despachada. 3) Presentar los registros en medio magnético al Fondo, de acuerdo con la normatividad vigente. 4) Presentar mensualmente la formulación incluyendo el código del médico general y el código del médico especialista que genera la fórmula. 5) En la facturación mensual se deben presentar tres facturas, discriminando claramente el objeto del contrato así: a) la administración del servicio farmacéutico (operador logístico) calculado sobre el valor de los medicamentos b) El valor total de los medicamentos que no estén contenidos dentro de los productos farmacéuticos seleccionados por LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, siempre y cuando hayan sido autorizados por Coordinación Médica y/o el Comité de Autorizaciones del Fondo de Seguridad Social en Salud, los cuales se facturarán teniendo en cuenta los precios, marcas y especificaciones autorizados previamente por la Coordinación Médica y/o por el Comité de Autorizaciones del Fondo de Seguridad Social en Salud. c) Sobre el total de la facturación de medicamentos NO LICITADOS, se realizará el descuento por pronto pago equivalente al 2% dentro de los 30 días calendario posterior a la presentación de la factura de venta. d) El valor total de la facturación mensual por la adquisición de los medicamentos seleccionados 6) El operador logístico deberá respetar las negociaciones o acuerdo a las que llegue LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX con los proveedores de medicamentos; LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX notificará al operador logístico los términos de las negociaciones tanto en los valores convenidos como los respectivos proveedores y lo correspondiente a cada negociación, para que el operador logístico proceda a adquirir lo solicitado por LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, lo suministre oportunamente y sobre el valor acordado con cada proveedor aplique el porcentaje pactado de administración en las cuentas que se facturen. |
NOVENA.- DE LA HABILITACIÓN.- |
El contratista será el responsable del cumplimiento de los requisitos de habilitación del servicio según el Decreto 1011 del 2006 y los requisitos del Decreto 2200 del 2005, igualmente prestará el servicio de suministro de medicamentos y auditoría farmacoepidemiológica objeto del presente contrato a los usuarios del Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx, con plena autonomía técnica científica y administrativa, en consecuencia el Contratista asume en forma total y exclusiva la responsabilidad que se derive por la calidad e idoneidad de los servicios y medicamentos que preste a los usuarios de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, así como la responsabilidad que pueda derivarse de sus actos u omisiones o del personal a su cargo. |
DÉCIMA.- MULTAS, SANCIONES E INDEMNIZACIONES |
El incumplimiento de la obligaciones será sancionado de conformidad con las siguientes estipulaciones: Si el incumplimiento es total el CONTRATISTA pagará a título de Cláusula Penal, una suma equivalente al TREINTA Y CINCO por ciento (35%) del valor del contrato; si el incumplimiento es parcial del CONTRATISTA, éste reconocerá y pagará una suma igual al uno por mil (1/1000) del valor del contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin que supere el diez por ciento (10%) del valor del contrato; Así mismo, en caso de declaratoria de la caducidad o de incumplimiento del contrato, la compañía de seguros o la entidad bancaria, según fuere el caso pagará a la Entidad el CIEN POR CIENTO (100%) del valor de la garantía de cumplimiento. En caso de constituirse una multa a cargo del CONTRATISTA, se descontará de cualquiera de las sumas que se le adeude y si éstas no fueren suficientes, se adelantará el trámite de cobro a que haya lugar. |
DECIMO PRIMERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- |
LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX – Fondo de Seguridad Social en Salud, podrá dar por terminado el contrato anticipadamente, sin previo aviso al CONTRATISTA, en cualquier tiempo y sin lugar a indemnización a su favor, en los siguientes casos: a) Por incapacidad financiera DEL CONTRATISTA cuando se haya declarado en quiebra o en liquidación, o en proceso concursal; b) Por incumplimiento por parte DEL CONTRATISTA a una o más de las obligaciones que adquiere en virtud de éste contrato; c) Cuando la calidad y especificación de los medicamentos suministrados en cumplimiento de éste contrato no sea aceptable a juicio de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX. Por otra parte, la UNIVERSIDAD podrá dar por terminado el presente contrato en cualquier tiempo durante su vigencia, sin justificación, con un preaviso dado al CONTRATISTA en un término no inferior a un mes, sin que haya lugar a indemnización a su favor, conforme se determina en la cláusula cuarta del presente contrato. |
DECIMO SEGUNDA.- GARANTÍAS.- |
El CONTRATISTA se compromete a constituir a favor DEL CONTRATANTE, las siguientes garantías: 1) DE CUMPLIMIENTO, equivalente al TREINTA por ciento (30%) del valor máximo del presente contrato, por el término de duración del mismo y CUATRO (4) meses más. 2) DE BUENA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS, equivalente al veinte por ciento (10%) del valor del contrato por el término de duración del contrato y tres (3) años más. 3) Póliza de Responsabilidad Civil por daños a terceros, con un monto asegurado de doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes. |
DECIMO TERCERA.- SUPERVISIÓN DEL CONTRATO |
La Supervisión, evaluación y auditoría del presente contrato estará a cargo del Director Del Fondo de Seguridad Social en Salud, del Coordinador y del Auditor Médico o el funcionario delegado por el Director del Fondo de Salud de la Universidad xx Xxxxxx, previamente y por escrito. |
DECIMO CUARTA.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. |
El valor del presente Contrato se cubrirá con cargo al Certificado de Disponibilidad Xxxxxxxxxxxx Xx. 0000-0 del 13 de Febrero de 2015. |
DECIMO QUINTA.- INDEMNIDAD. |
EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX – FONDO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por aquél, sus subcontratistas o proveedores, durante la ejecución del objeto contractual, y terminados éstos, hasta la liquidación definitiva del contrato. Se consideran como hechos imputables al contratista, todas las acciones u omisiones de su personal, de sus subcontratistas y proveedores. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad DEL CONTRATISTA, éste será notificado lo más pronto posible, para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a la UNIVERSIDAD XX XXXXXX. Si en cualquiera de los eventos antes previstos, EL CONTRATANTE no asume debida y oportunamente la defensa de la UNIVERSIDAD XX XXXXXX, ésta podrá hacerla directamente, previa notificación escrita al contratista, y éste pagará todos los gastos en que él incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones, de cualquier suma que adeude al contratista por razón del objeto del contrato, a recurrir a las garantías otorgadas, o a utilizar cualquier otro mecanismo legal. |
DECIMO SEXTA.- PROHIBICIÓN ESPECIAL. |
EL CONTRATISTA no podrá cobrar a usuarios del Fondo de Salud de la Universidad xx Xxxxxx, ninguna suma adicional por el suministro de medicamentos a que hace referencia el presente contrato. |
DECIMO SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN O ADICIÓN. |
El presente Contrato solo podrá ser modificado o adicionado por mutuo acuerdo de las partes y deberá manifestarse en forma escrita. |
DECIMO OCTAVA.- PROHIBICIÓN CESIÓN. |
EL CONTRATISTA no podrá ceder a ningún título total ni parcialmente el presente Contrato sin previa AUTORIZACIÓN DEL CONTRATANTE, pudiendo este reservarse las razones que tenga para su negativa. |
DÉCIMO NOVENA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. |
Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá preferiblemente a través de mecanismos alternativos de solución de conflictos, otorgando prioridad a la Conciliación; si agotado lo anterior no se resuelve la controversia, se acudirá a la jurisdicción competente. |
VIGÉSIMA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. |
En caso de incumplimiento total o parcial por parte del CONTRATISTA, de cualquiera de las obligaciones contraídas dentro del presente Acuerdo de voluntades, este conviene pagar al CONTRATANTE, a título xx xxxx, una suma equivalente al TREINTA Y CINCO por ciento (35%) del valor total del presente contrato, suma que EL CONTRATANTE hará efectiva mediante el cobro de los saldos que adeude AL CONTRATISTA, si los hubiere, lo cual se entiende expresamente autorizado con la suscripción del presente contrato. Si esto no fuere posible por no existir saldos pendientes a favor del CONTRATISTA, se cobrará a través de la Jurisdicción Coactiva de la Universidad xx Xxxxxx o por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización por perjuicios y la efectividad de las garantías exigidas. |
VIGÉSIMO PRIMERA.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. |
La liquidación del presente contrato se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su terminación, con la coordinación del Director del Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx. Si vencido el término señalado EL CONTRATISTA no entrega los documentos que le han sido requeridos, no se presenta a la citación para liquidación bilateral o no se llega a un acuerdo en cuanto a su contenido, EL CONTRATANTE podrá hacer la liquidación unilateralmente. |
VIGÉSIMO SEGUNDA.- EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL. |
El presente contrato genera un vínculo comercial entre las partes y no constituye vínculo laboral entre EL CONTRATANTE y el CONTRATISTA; tampoco se constituye vinculo laboral alguno entre el CONTRATANTE y los trabajadores que ocupe EL CONTRATISTA o sus proveedores, en consecuencia son de exclusiva responsabilidad de este último las prestaciones, salarios, pagos y demás emolumentos que se causen con ocasión de la relación laboral que adquiera con sus trabajadores u obligaciones con proveedores, para la ejecución del presente contrato. |
VIGÉSIMO TERCERA.- ANEXOS.- |
Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: POR PARTE DE EL CONTRATANTE. 1) Certificado de existencia y representación legal. 2) Copia simple de cédula de ciudadanía del representante legal. 3) Base de datos de los usuarios afiliados al Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad xx Xxxxxx. POR PARTE DEL CONTRATISTA: 1) Certificado de existencia y representación legal. 2) Copia simple de cédula de ciudadanía del representante legal. 3) Registro de Habilitación de Servicios de Salud emitido por la autoridad de Salud Competente. 5) Copia simple del RUT. 6) Modelo de prestación de servicios definido por EL CONTRATISTA 7) Certificado de Cuenta Bancaria de donde se evidencie: tipo, número, entidad y estado de la cuenta. 8) Pólizas constituidas ante una Aseguradora debidamente autorizada para operar en Colombia, en los términos de la cláusula Décimo Segunda del presente contrato. 9) Constancia de afiliación y cotización de aportes al S.G.S.S.P., S.G.S.S.S., S.G.S.S.R.L (este último en los términos del Decreto 0723 del 15 xx xxxxx de 2013) realizada por la Entidad a favor de sus empleados. |
VIGÉSIMO CUARTA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. |
EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de éste documento, que ni su representante legal, ni ninguno de los miembros de sus juntas directivas, se encuentran incursos en las causales de incompatibilidad e inhabilidad establecidas en la Constitución, la ley, disposiciones concordantes y las demás que se dicten sobre la materia. |
VIGÉSIMO QUINTA.- DOMICILIO: |
Se fija como domicilio Contractual para todos los efectos legales la Ciudad xx Xxxxx (N). |
VIGÉSIMO SEXTA.- DEDUCCIÓNES.- |
El CONTRATANTE realizará las siguientes deducciones en el momento del pago: Estampillas de PRO-DESARROLLO DEL DEPARTAMENTO XX XXXXXX 2%, PRO-DESARROLLO UNIVERSIDAD XX XXXXXX 0.5%, PRO-CULTURA 2% Y ORDEN DE PAGO $2.300. RETENCIÓN EN LA FUENTE Y Reteica, (si hubiere lugar a ello). |
VIGÉSIMO SÉPTIMA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN.- |
El presente contrato se suscribe en dos (2) copias del mismo tenor y valor, con destino a cada una de las partes y se entenderá perfeccionado con la firma del presente documento. Para su legalización requiere: a) que EL CONTRATISTA xxxxxxx la totalidad de los documentos referidos en la Cláusula Vigésima Tercera del presente documento b) Registro presupuestal. |
Para constancia se firma en San Xxxx xx Xxxxx (Nariño) a _____________________ del Año Dos Mil Quince (2015).
CONTRATANTE |
CONTRATISTA |
LA UNIVERSIDAD, |
ACEPTO, |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX |
|
C.C. No. 12.970.772 xx Xxxxx Rector Universidad xx Xxxxxx
|
|