ANEXO 1
ANEXO 1
MINUTA DEL CONTRATO (DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN)
APÉNDICE C
PLAN DE INVERSIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PLAN DE INVERSIÓN
AEROPUERTOS INTERNACIONAL XXXX XXXXX XXXXXXX DE LA CIUDAD DE RIONEGRO, XXXXX XXXXXXX DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN, LOS GARZONES DE LA CIUDAD DE MONTERÍA EL XXXXXX DE LA CIUDAD DE QUIBDÓ, XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX DE LA CIUDAD DE CAREPA Y LAS BRUJAS DE LA CIUDAD DE COROZAL.
Septiembre 10 de 2007
1. SECCIÓN 1 PLAN DE INVERSIÓN 8
1.1. DEFINICIONES 8
1.2. GENERALIDADES 13
1.2.1. INTRODUCCIÓN 13
1.2.2. CANTIDADES MÍNIMAS DE OBRA Y SUMINISTROS 14
1.2.3. ESTUDIOS Y DISEÑOS 14
1.2.4. APROBACIONES POR PARTE DEL INTERVENTOR 15
1.2.5. ACTIVADORES DE INVERSIÓN 16
1.2.6. OBRAS, SUMINISTROS Y ACTIVIDADES VOLUNTARIAS 17
1.2.7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PLAN DE INVERSIÓN 18
1.2.8. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN 18
1.2.9. PRIORIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN 19
1.2.10. NORMAS APLICABLES 19
1.2.11. PUBLICACIÓN EN AIP 21
1.2.12. PROTOCOLO DE MANEJO ELÉCTRICO 21
1.2.13. PROTOCOLO DE MANEJO DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y AEROPORTUARIAS 21
1.2.14. PLANES MAESTROS 22
1.2.15. ACTIVIDADES AMBIENTALES 22
1.3. XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXX 00
1.3.1. PLAN MAESTRO 24
1.3.2. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN 24
1.3.3. LADO AIRE 25
1.3.4. LADO TIERRA 29
1.3.5. MANEJO AMBIENTAL 32
1.3.6. OTROS 35
1.3.7. OTROS SERVICIOS 37
1.3.8. SERVICIOS 42
1.4. AEROPUERTO XXXXXXX XXXXX XXXXXXX – MEDELLÍN 44
1.4.1. PLAN MAESTRO 44
1.4.2. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN 44
1.4.3. LADO AIRE 44
1.4.4. LADO TIERRA 48
1.4.5. MANEJO AMBIENTAL 50
1.4.6. OTROS 51
1.4.7. OTROS SERVICIOS 54
1.4.8. SISTEMAS DE SEGURIDAD Y MANEJO DE EQUIPAJES 56
1.4.9. SERVICIOS 58
1.5. AEROPUERTO LOS GARZONES DE MONTERÍA 60
1.5.1. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN 60
1.5.2. LADO AIRE 60
1.5.3. LADO TIERRA 64
1.5.4. MANEJO AMBIENTAL 64
1.5.5. OTROS 65
1.5.6. OTROS SERVICIOS 66
1.5.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJES 67
1.5.8. SERVICIOS 67
1.6. XXXXXXXXXX XX XXXXXX XX XXXXXX 00
1.6.9. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN 69
1.6.2. LADO AIRE 69
1.6.3. LADO TERRESTRE 71
1.6.4. MANEJO AMBIENTAL 71
1.6.5. OTROS 72
1.6.6. OTROS SERVICIOS 73
1.6.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJES 74
1.6.8. SERVICIOS 74
1.7. AEROPUERTO XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX DE CAREPA 76
1.7.1. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN 76
1.7.2. LADO AIRE 76
1.7.3. LADO TERRESTRE 79
1.7.4. MANEJO AMBIENTAL 79
1.7.5. OTROS 80
1.7.6. OTROS SERVICIOS 81
1.7.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJE 82
1.7.8. SERVICIOS 83
1.8. XXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX 00
1.8.1. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN 85
1.8.2. LADO AIRE 85
Para la ejecución de esta obligación, el Concesionario ejecutará, por lo menos, las siguientes actividades 86
1.8.3. LADO TERRESTRE 88
1.8.4. MANEJO AMBIENTAL 90
1.8.5. OTROS 90
1.8.6. OTROS SERVICIOS 91
1.8.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJES 92
1.8.8. SERVICIOS 93
2. SECCIÓN 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PLAN DE INVERSIÓN
......................................................................................................................95
2.1. GENERALIDADES 95
2.1.1. INTRODUCCIÓN 95
2.1.2. DEFINICIONES 101
2.1.3. ABREVIATURAS Y SIGLAS 102
2.1.4. CUBIERTAS Y FACHADAS DE EDIFICIOS TERMINALES 105
2.1.5. PLANOS DE TALLER, INFORMACIÓN DE PRODUCTO Y MUESTRAS107 2.1.6. PLANOS DE TALLER 109
2.1.7. PLAN GENERAL DE ACABADOS ADECUACIONES, AMPLIACIONES, REMODELACIONES Y CONSTRUCCIONES NUEVAS DE EDIFICACIONES 110
2.1.8. INSTALACIONES TEMPORALES 114
2.1.9. AEROPUERTO EN OPERACIÓN 124
2.2. XXXXX XX XXXX 000
2.2.1. SISTEMA DE SOPORTE DE EXCAVACIÓN 127
2.2.2. SARDINELES Y ANDENES EN CONCRETO 128
2.2.3. SISTEMAS SANITARIOS DE ALCANTARILLADO 129
2.2.4. XXXXXX Y DESECHO DE MATERIALES SOBRANTES 130
2.2.5. DEMOLICIÓN SELECTIVA Y REMOCIÓN DE ESCOMBROS 131
2.2.6. DESPEJE DE MATERIAL VEGETAL 135
2.2.7. NIVELACION DEL SITIO 136
2.2.8. NIVELACION DEL CAMPO AEREO 138
2.2.9. CAÑERIAS 140
2.2.10. SELLANTE DE UNIONES O JUNTAS 141
2.2.11. SUB-DRENAJES 143
2.2.12. DRENAJE DE AGUAS LLUVIAS 144
2.2.13. AGREGADOS 145
2.2.14. BASE ESTABILIZADA DE CEMENTO 148
2.2.15. BASE GRANULAR Y SUBBASE GRANULAR 149
2.3. PAVIMENTOS 152
2.3.1. PAVIMENTO DE CONCRETO DE CEMENTO PORTLAND 152
2.3.2. PAVIMENTACION CONCRETO ASFALTICO MEZCLA AL CALOR 163
2.3.3. MARCACIONES EN PAVIMENTO 174
2.4. CERRAMIENTOS 177
2.4.1. CERRAMIENTO EN MALLA ESLABONADA 177
2.5. CONCRETO 180
2.5.1. CONCRETO FUNDIDO EN EL SITIO 180
2.5.2. CONCRETO ARQUITECTÓNICO 187
2.5.3. ACABADOS PARA LOSAS DE CONCRETO 191
2.6. MAMPOSTERIA 192
2.6.1. UNIDADES DE MAMPOSTERIA EN LADRILLO 192
2.7. METAL 194
2.7.1. ACERO ESTRUCTURAL 194
2.7.2. FABRICACIONES Y ARQUITECTURA METALICA 196
2.8. MADERA 199
2.8.1. CARPINTERIA ARQUITECTÓNICA 199
2.9. PROTECCIÓN TÉRMICA Y CONTRA HUMEDAD 203
2.9.1. IMPERMEABILIZACIÓN BITUMINOSA 203
2.9.2. IMPERMEABILIZACIÓN DE APLICACIÓN LIQUIDA 205
2.9.3. CUBIERTAS 208
2.10. PUERTAS Y VENTANAS 217
2.10.1. PUERTAS ENCHAPADAS EN MADERA 217
2.10.2. PUERTAS Y XXXXXX DE SEGURIDAD 221
2.10.3. VENTANAS , DIVISIONES Y PUERTAS EN ALUMINIO 223
2.10.4. ELEMENTOS DE CERRAJERÍA Y ACABADOS 228
2.10.5. VIDRIOS Y SU INSTALACIÓN 232
2.11. TERMINADOS 236
2.11.1. DRYWALL DE YESO 236
2.11.2. BALDOSAS 240
2.11.3. PISO EN BALDOSAS ELÁSTICAS RESISTENTES – VINISOL O SIMILAR
................................................................................................................. 243
2.11.4. RECUBRIMIENTO EPÓXICO E IMPERMEABLE PARA PISOS 246
2.11.5. XXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXX 000
2.11.6. ACCESORIOS XX XXXXX 252
2.12. MOBILIARIO 254
2.12.1. ASIENTOS PARA EL PÚBLICO 254
2.13. SISTEMAS ESPECIALES 257
2.13.1. SISTEMA DE MANEJO DE EQUIPAJES (BHS) 257
2.13.2. SISTEMAS DE SEGURIDAD 317
2.13.3. SISTEMA DE USO COMÚN DE TERMINAL - CUTE - (COMMON USE TERMINAL EQUIPMENT) - AUTO SERVICIO DE USO COMÚN - CUSS (COMMON USE SELF SERVICE) 352
2.13.4. PUENTES DE ABORDAJE PARA PASAJEROS 366
2.13.5. ESTERAS RODANTES 379
2.13.6. SISTEMA DE CABLEADO ESTRUCTURADO 392
2.13.7. SERVIDOR DE COMUNICACIONES 405
2.13.8. EQUIPOS PARA LA RED DE DATOS LAN 419
2.13.9. XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX X XXXXXX XX XXXXXXXXXX 000
2.13.10. AYUDAS VISUALES DE APROXIMACIÓN DEL LADO AIRE 430
2.13.11. SISTEMA DE INFORMACIÓN EN PANTALLA DE VUELOS FIDS Y BIDS
................................................................................................................. 434
2.14. INSTALACIONES MECÁNICAS 442
2.14.1. REQUISITOS MECÁNICOS GENERALES 442
2.14.2. MÉNSULAS Y SOPORTES COLGANTES PARA TUBERÍAS 451
2.15. INSTALACIONES ELÉCTRICAS 455
2.15.1. REQUISITOS ELÉCTRICOS GENERALES 455
2.16. OTROS 465
2.16.1. VEHICULO DE INSPECCIÓN XX XXXXX 465
1. SECCIÓN 1 PLAN DE INVERSIÓN
1.1. DEFINICIONES
Para la adecuada interpretación de esta parte del Apéndice, siempre que aparezcan términos con letra inicial Mayúscula tendrán el significado que se les atribuye en este numeral y en la Cláusula 2 del Contrato. Los términos definidos incluyen el plural y viceversa, siempre y cuando el contexto así lo requiera. Los términos que no sean expresamente definidos, deberán entenderse de acuerdo con el sentido que les confiera el lenguaje técnico respectivo o por su significado y sentido naturales y obvios, según el uso general de los mismos.
AASHTO Asociación Americana de Autopistas Estatales y Oficiales de Transportes.
ACI Airports Council International
ADRM Airport Development Reference Manual IATA
Adecuación Se entenderá como la realización de las sustituciones, cambios, mejoramientos, reemplazo de partes defectuosas, embellecimientos y en general todas las acciones necesarias para garantizar excelentes acabados y la mejor imagen y nivel de confort para los usuarios.
AHM Airport Handling Manual IATA
Anexo 00 Xxxxx 00 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional de la OACI, Volumen I, Diseño y Operaciones de Aeródromos, 2º edición, julio 1995 o ediciones posteriores.
AODB Airport Operational Database
Área de
Movimiento
Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves. Incluye pistas, calles de rodaje, calles de salida rápida, zonas de giro, xxxx xx xxxxxx y plataformas.
Área Pública Es el área del aeropuerto y los edificios en ella comprendidos al que tienen acceso las personas o los vehículos sin necesidad de autorización o permiso por parte del administrador o gerente del aeropuerto.
Área Restringida
Son las zonas dentro del Área aeroportuaria, cuyo acceso está limitado y requiere de permiso expedido por la autoridad competente, el administrador o gerente del Aeropuerto.
ARFF Aircraf Rescue Fire Fighting
ASTM Sociedad Americana de Prueba de Materiales
ATB Automated Ticket and Boarding
ATRM Airport Terminal Reference Manual – IATA
Ayudas a la navegación
Marcas, balizas, luces, letreros y elementos no visuales electrónicos que proporcionan referencias que ayudan a las aeronaves durante su desplazamiento en vuelo y en la superficie.
Calle de rodaje Vía definida en un aeródromo destinada a la circulación en superficie de las aeronaves.
Calle de salida rápida
Calle de rodaje en ángulo agudo que permite que las aeronaves salgan de la pista a velocidades elevadas.
Calle de salida Calle de rodaje, normalmente en ángulo recto, prevista para que las aeronaves abandonen la pista.
Calle de rodaje de acceso a un puesto de estacionamiento
Clave de
Referencia
Vía en la plataforma cuyo fin exclusivo es el que la aeronave circule desde otra calle a un puesto de estacionamiento.
Clasificación de un aeródromo a partir de un número de Clave de 1 a 4, basado en rangos de longitud de campo de referencia y una letra de la A a la F basada en la envergadura o ancho de vía del tren principal. La clave se utiliza para fines de planificación y relaciona múltiples componentes de un aeropuerto.
CCTV Circuito Cerrado de Televisión.
CUSS Common Use Self Service
CUTE Common Use Terminal Equipment
DCS Departure Control System
Distancias declaradas
Distancia de
aceleración – parada
Distancia de aterrizaje, LDA
Distancia de despegue
Edificio terminal de pasajeros
Longitudes disponibles calculadas para cada pista en un aeropuerto determinado, son las siguientes: Recorrido de despegue, distancia de despegue, distancia de aceleración – parada y distancia de aterrizaje, cuyas abreviaturas son TORA, TODA, ASDA y LDA respectivamente.
La longitud del recorrido de despegue disponible más la longitud de la xxxx xx xxxxxx, si la hubiere.
Longitud que permite a una aeronave que cruza sobre el umbral de la pista a 15 m de altura y a su velocidad correcta detenerse utilizando el 60 % del largo de pista.
Distancia necesaria para que el avión que despega alcance una altura de 10,5 metros (turbina)
Instalación en la que se desarrollan las actividades inherentes al cambio de modo de transporte de los pasajeros y se llevan a cabo las
formalidades de embarque y desembarque, seguridad, manejo de equipaje entre otros.
EDS Explosive Detection Systems
ETD Explosives Trace Detector Equipos de seguridad capaces de detectar explosivos de pequeña magnitud.
FAA Departamento de Transporte de EEUU, Administración Federal de Aviación.
Fuente Secundaria
Grupos generadores y de transferencia de energía eléctrica, destinados a proporcionar energía de respaldo a los sistemas de navegación e iluminación, en caso xx xxxxx en la fuente principal.
FIDS Flight Information Display System (Sistema de Información de Vuelo).
FOD Foreing Objects Debris Objetos o restos de objetos extraños sobre los pavimentos, que pueden ser succionados por las turbinas de las aeronaves o alojarse en los mecanismos o superficies móviles del fuselaje, afectando la operación de la aeronave.
Franja de pista Superficie asociada a una pista prevista para reducir el daño en una aeronave que se saliera de ella o tuviera que sobrevolarla.
GSE Se entenderá como el equipo de servicio en tierra por su sigla en inglés (Ground Support Equipment).
GUI Grafical User Interface
HBS Hold Baggage Screening
IATA Asociación Internacional de Transporte Aéreo IATA. ICONTEC Instituto Colombiano de Normas Técnicas.
ILS Instrument Landing System sigla en ingles de Sistema de Aterrizaje Instrumental
Lado Aire Parte del aeropuerto integrada por las pistas, calles de rodaje, plataformas y su infraestructura asociada, además del espacio aéreo inmediato.
Lado Terrestre Parte del aeropuerto integrada por los edificios terminales, instalaciones de apoyo, vías de circulación vehicular, parqueaderos y accesos terrestres entre otros.
Letreros guía Panel vertical con instrucciones obligatorias de dirección, ubicación, información, etc. en el área de movimiento de un aeródromo.
Longitud de
campo de referencia
Longitud de campo mínima necesaria para el despegue de la aeronave de diseño, con masa máxima homologada en condiciones estándar al nivel del mar, sin viento, pista seca y pendiente efectiva horizontal.
Llave de volteo Se conoce también como “plataforma de viraje en la pista” y
corresponde a una superficie pavimentada destinada a que las aeronaves efectúen virajes de 180º en el extremo de las pistas.
LDA Landing distance available o distancia de aterrizaje disponible: La longitud de la pista.
Manejo Ambiental
Conjunto de actividades destinadas a atenuar o a eliminar las afecciones del aeropuerto sobre la población humana, la fauna, la hidrología, la atmósfera, la vegetación y los suelos, mediante acciones correctoras a partir de procedimientos normativos medioambientales.
Xxxxxx Xxxxx de terreno pavimentada o acondicionada que bordea el pavimento estructural, como transición entre éste y el suelo adyacente.
Nivel de Servicio Apreciación que relaciona diferentes flujos y retrasos con las superficies disponibles en cada área de un terminal de pasajeros, desde el nivel A “excelente” hasta el nivel F “colapsado”, con cuatro niveles intermedios, (IATA).
OACI Organización De Aviación Civil Internacional.
Obstáculo Todo objeto fijo (temporal o permanente) o móvil, o partes del mismo, que esté situado en un área destinada al movimiento de aeronaves en la superficie, o que sobresalga de una superficie definida destinada a proteger a las aeronaves en vuelo
OCR Optical Caracter Recognition
PAPI Indicador de trayectoria visual de aproximación visual de precisión, (Precision Approach Path Indicador).
PAS Sistema de Aviso a los Pasajeros, (Passenger Adress System).
Pavimento Capas superiores del firme, de mayor calidad; generalmente mezclas de áridos con ligantes hidrocarbonados o cemento.
Pavimento flexible
Un pavimento consistente en una mezcla de materiales bituminosos y agregados sobre material granular.
Pavimento rígido Losa de concreto portland sobre material granular.
PEP Plan Especial de Protección del Aeropuerto Xxxxx Xxxxxxx de Medellín Pista Área rectangular en un aeródromo preparada para el despegue y
aterrizaje de aeronaves.
Pista de vuelo instrumental
Pista de vuelo visual
Pista servida por ayudas visuales y por una ayuda no visual que proporciona guía direccional adecuada para aproximación directa.
Pista destinada a operaciones de aeronaves utilizando solamente referencias visuales para la aproximación y aterrizaje.
Pit de Válvula empotrada en el pavimento de la plataforma de estacionamiento de un aeropuerto, destinada a proveer combustible a
combustible las aeronaves desde una red hidrante.
Plataforma Superficie destinada al aparcamiento de aeronaves para embarcar y desembarcar pasajeros y carga, abastecerse de combustible y otros elementos necesarios para el vuelo. Incluye las calles de rodaje en plataforma y las calles de acceso a los puestos de estacionamiento.
PLC Programmable Logic Controller sigla en inglés de Controladores lógicos programables
PMA Plan de Manejo Ambiental
Puente de abordaje
Túnel de unión, fijo o retráctil, que conecta directamente el edificio terminal de pasajeros con las aeronaves
RAC Reglamento Aeronáutico Colombiano.
RDB Relational Database
Recarpeteo Aumento del espesor y nivelación (reperfilado) de un pavimento asfáltico.
Reforzamiento estructural
Reforzamiento estructural de pavimento
Consiste en adecuar las construcciones existentes a los requerimientos estructurales necesarios para prevenir situaciones de riesgo en las edificaciones, en cumplimiento de la Ley 400 de 1997 y la norma NSR - 98
Recarpeteo cuyo fin básico es aumentar la capacidad portante de un pavimento.
XXXX Sistema consistente en dos luces de destellos por descarga de condensador, emplazadas a ambos lados de una pista para facilitar la identificación del umbral desde una aeronave en vuelo.
RESA Área de seguridad de extremo de pista, (Runway End Safety Área).
Señalización Elemento o grupos de elementos simbólicos en la superficie del área de movimiento para transmitir información aeronáutica. Normalmente se materializa con pintura.
TAT Transitional Automated Ticket
Tenedores de espacios
Son los terceros suscriptores de los Contratos Cedidos que tienen por objeto el uso de algún espacio físico dentro del área, así como aquellos terceros que celebren con el Concesionario contratos para la explotación comercial o la operación, que implique el uso de algún espacio físico del área.
TODA Take Off Distance Available o distancia de despegue disponible: La longitud del recorrido de despegue disponible más la longitud de la zona libre de obstáculos, si la hubiere.
TORA Take Off Run Available o recorrido de despegue disponible: La longitud de la pista que se ha declarado disponible y adecuada para el
recorrido en tierra de un avión que despega.
TSA Transportation Security Administration
Umbral Límite que indica en una pista el comienzo de la parte de ésta utilizable para el aterrizaje. Normalmente coincide con el extremo físico de la pista de vuelo.
Vía de servicio Área en la plataforma o en su periferia, destinada a la circulación de vehículos de servicio a las aeronaves.
Xxxx xx xxxxxx (SWY)
Zona libre de obstáculos (CWY)
Área rectangular definida en el terreno situado a continuación del recorrido de despegue disponible, preparada como una zona adecuada para que puedan pararse las aeronaves en caso de despegue interrumpido.
Área rectangular definida en el terreno o en el agua y bajo el control de la autoridad competente, designada o preparada como área adecuada sobre la cual un avión puede efectuar una parte del ascenso inicial hasta una altura especificada.
1.2. GENERALIDADES
1.2.1. INTRODUCCIÓN
El Plan de Inversión de los Aeropuertos Internacional Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx de Medellín, los Garzones de Montería, el Xxxxxx de Quibdo, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx de Carepa y Las Brujas de Corozal, establece la relación de obras y suministros a ejecutar durante el período de la Concesión.
El sistema de infraestructuras aeroportuarias, la parte quizás más importante de las instalaciones aeronáuticas, obliga al Concesionario, a conocer ampliamente estas instalaciones, su gestión y necesidades de conservación, como los requisitos materiales, tipología, características generales y mecánica de vuelo, parámetros condicionantes de un buen proyecto, de manera que los diseños que presentará el Concesionario, respondan clara y justificadamente a criterios de economía, calidad, funcionalidad y seguridad, debiendo partir de la premisa que el transporte aéreo es una herramienta fundamental en la evolución y modernización de los países.
Los requerimientos y la estructura del presente Apéndice, se basan en los criterios señalados precedentemente y constituyen una guía para el Concesionario. En una topografía complicada que configura gran parte de
Colombia, estos criterios se ven reforzados por las ventajas que adquiere el transporte aéreo al permitir generar economías de tiempo de gran magnitud.
El logro de buenos diseños en un proyecto aeroportuario, conlleva el conocimiento por parte del equipo planificador de todos los elementos que lo integran, tales como clasificación y condiciones de actuación de las pistas y de los aviones, calles de rodaje, plataformas, terminales de pasajeros y carga, ayudas a la navegación aérea, entre muchas otras disciplinas.
El Plan de Inversión de los aeropuertos mencionados precedentemente, establece la relación de obras y suministros a ejecutar por el Concesionario durante el período de Concesión.
El referido Plan determina las intervenciones que se realizarán durante el tiempo de la Concesión. Igualmente se establecen cada uno de los activadores del inicio de las inversiones y el alcance técnico de las mismas. El Concesionario, bajo su responsabilidad, está obligado a verificar en los aeropuertos la veracidad de la información suministrada y la precisión técnica de la misma. Se entiende que el Concesionario, al momento de presentar la propuesta, ha efectuado la revisión de la información suministrada y realizado el levantamiento de la información necesaria para su presentación.
1.2.2. CANTIDADES MÍNIMAS DE OBRA Y SUMINISTROS
La Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx de este apéndice, muestra un resumen de las actividades a ejecutar durante el tiempo de la Concesión, incluye un mínimo de áreas y suministros para el desarrollo de los proyectos, basados en la información suministrada por la AEROCIVIL.
1.2.3. ESTUDIOS Y DISEÑOS
Es responsabilidad del Concesionario elaborar y presentar los estudios y diseños necesarios dentro de los plazos establecidos en el Contrato y sus Apéndices. Los estudios y diseños serán revisados por el Interventor, quién verificará el cumplimiento xxx xxxxxx de condiciones, el Contrato, los apéndices y las normas aplicables.
Los requerimientos mínimos de Especificaciones Técnicas que debe cumplir el desarrollo de los Proyectos del Plan de Inversión de los aeropuertos, se incluye
en la sección 2 del presente Apéndice Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión, pero no se limitarán solamente a ellos.
Para un adecuado ordenamiento de las inversiones, éstas se han agrupado en aquellas correspondientes al Lado Aire y las que se desarrollarán en el Lado Tierra de cada uno de los aeropuertos.
En general, las inversiones correspondientes al Lado Aire, son aquellas que están emplazadas en el “área de movimiento” de los aeropuertos, es decir, donde las aeronaves despegan, aterrizan, se desplazan en la superficie y se estacionan. El Lado Tierra se extiende desde los accesos al aeropuerto hasta el límite con el área de movimiento y contiene todos los servicios a los pasajeros y las instalaciones en general, como edificios terminales, edificios de carga, instalaciones de servicios públicos, hangares de mantenimiento, bloque técnico, entre otros.
Los suministros relacionados con proyectos aeronáuticos puros, como sistemas de iluminación de pistas, ayudas electrónicas a la navegación, equipos de medición de alcance visual de pista, sistemas visuales de aproximación de precisión PAPI, sistemas ILS, etc., contarán con garantías de calidad y confiabilidad de la FAA y cumplir con los parámetros exigidos por las normas de la OACI.
El Interventor requerirá un Informe Técnico del área especializada de AEROCIVIL respecto a las diferentes marcas y modelos del equipamiento aeronáutico propuesto por el Concesionario.
La descripción del alcance necesario para el desarrollo de los proyectos del Plan de Inversión de los aeropuertos, se incluye en las secciones 1.3 a 1.8, pero no limitarse a ellos.
1.2.4. APROBACIONES POR PARTE DEL INTERVENTOR
De conformidad con lo estipulado en la CLÁUSULA XX DEL CONTRATO DE CONCESIÓN, La Aerocivil ejercerá el control técnico, jurídico, administrativo, financiero y contable del contrato, a través del Interventor, quien está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al Concesionario sobre los aspectos regulados dentro del Contrato de Concesión.
El Interventor está facultado para verificar, revisar y certificar la calidad y cantidad de los estudios, diseños, obras y suministros, cumplan con lo señalado en el Contrato de Concesión, Apéndices y anexos.
El Concesionario elaborará y presentará al Interventor dentro de los doce (12) meses siguientes a la suscripción del Acta de Inicio de Ejecución, todos los estudios y diseños a nivel de detalle, de cada una de las obras, preinstalaciones, instalaciones y suministros de los proyectos incluidos en el Plan de Inversión, la reglamentación y procedimiento para la aprobación de los estudios y diseños por parte del Interventor, está estipulado en la CLÁUSULA XX DEL CONTRATO DE CONCESIÓN.
1.2.5. ACTIVADORES DE INVERSIÓN
Las inversiones definidas en el presente Apéndice para los Aeropuertos Xxxx Xxxxx Xxxxxxx de la ciudad de Rionegro, Xxxxx Xxxxxxx de la ciudad de Medellín, Los Garzones de la ciudad de Montería, El Xxxxxx de la ciudad de Quibdó, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx de la ciudad de Carepa y La Brujas de la ciudad de Corozal, deben ser realizadas por el Concesionario en las fechas determinadas, prescindiendo de la relación con la demanda y sujetándolas al cumplimiento de normas nacionales e internacionales.
Los Activadores de Inversión para las inversiones en el lado tierra, definido en la CLÁUSULA X del Contrato de Concesión, establece el número de pasajeros embarcados, necesarios para iniciar los estudios, diseños, construcción y dotación de las ampliaciones de los edificios terminales de pasajeros, de acuerdo con las áreas de los ambientes, establecidas en el Air Development Reference Manual (ADRM) de la IATA, para cada Nivel de Servicio establecido en el presente Apéndice a cada uno de los Aeropuertos, una vez se alcance el número de pasajeros establecido en el presente apéndice para cada uno de los aeropuertos el Concesionario dispone de seis (6) meses para realizar los diseños y obtener la aprobación de la ampliación y remodelación de los ambientes del Edificio Terminal y doce (12) meses para la entrega de las obras y suministros aprobados.
ACTIVADORES DE INVERSIÓN
AEROPUERTO | NIVEL DE SERVICIO (de acuerdo con ADRM) | ACTIVADOR DE INVERSIÓN (número de pasajeros embarcados durante un año continuo) | ACTIVADOR DE INVERSIÓN (número de operaciones año) | ÁREA MÍNIMA DE AMPLIACIÓN (metros cuadrados) |
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Edificio Terminal Ampliación Muelle Nacional | A | 2.331.307 | 3.500 | |
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx de Rionegro Edificio Terminal Ampliación Muelle Internacional | A | 1.494.512 | 3.500 | |
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Segunda Pista de Aterrizaje | 150.000 | |||
Xxxxx Xxxxxxx de Medellín Ampliación Edificio Terminal | A | 1.818.780 | 400 | |
Los Garzones de Montería Ampliación Xxxxxxxx Xxxxxxxx | X | 000.000 | 000 | |
Xx Xxxxxx xx Xxxxxx Ampliación Edificio Terminal | C | 216.239 | 300 | |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Edificio Terminal | C | 216.239 | 300 | |
Las Brujas de Corozal Ampliación Edificio Terminal | C | 156.912 | 250 |
En la pista de aterrizaje de cada uno de los aeropuertos se realizará, durante el perído de la Concesión, dos recarpeteos, uno se iniciará 30 días calendario contados a partir del último día del mes en el cual el Concesionario reciba el cuarenta y cinco por ciento (45%) del ingreso regulado esperado, el segundo recarpeteo lo iniciará 30 días contados a partir del último día del mes en el cual el Concesionario reciba el noventa por ciento (90%) del ingreso reculado esperado.
Los estudios, diseños y construcción, serán revisados y aprobados previamente por el interventor.
1.2.6. OBRAS, SUMINISTROS Y ACTIVIDADES VOLUNTARIAS
El Concesionario podrá, de acuerdo con sus estudios y análisis, desarrollar Obras y Actividades Voluntarias, de acuerdo con lo establecido en la CLÁUSULA xx del Contrato de Concesión y con la aprobación del Interventor y de los Concedentes.
Estas obras, suministros o actividades voluntarias son aquellas que el Concesionario está autorizado a prestar, sin ser obligatorios, durante el período de explotación del Aeropuerto. Las obras, suministros o actividades voluntarias, propuestas no podrán interferir con las de los aeropuertos, como comunicaciones, frecuencias aeronáuticas, superficies limitadoras de obstáculos
ni generar emisiones de destellos, rayos láser o partículas, humos, gases ni afectar los Planes de Seguridad por lo que, previa aprobación por el Interventor podrán ser autorizados con las limitaciones que procedan.
1.2.7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PLAN DE INVERSIÓN
En la Sección 2 de este Apéndice, se establecen las especificaciones técnicas que debe cumplir el Concesionario, de acuerdo con las obras y suministros a ejecutar durante el período de la Concesión.
Dichas Especificaciones, serán aplicadas, durante la planeación, diseño y construcción de los Proyectos establecidos.
Dentro de estas especificaciones se hace referencia a materiales o estándares, los cuales son de obligatorio cumplimiento por parte del Concesionario durante la ejecución de las obras. El Interventor podrá aprobar modificaciones a estos, que cumplan o excedan el requerimiento exigido.
1.2.8. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN
A continuación se relacionan las obras y suministros que el Concesionario ejecutará obligatoriamente durante los doce (12) primeros meses de la etapa de Adecuación y Modernización:
▪ Suministro de vehículos para extinción de incendios en cada uno de los aeropuertos.
▪ Construcción y dotación del Plan Especial de Protección del Aeropuerto Xxxxx Xxxxxxx de la ciudad de Medellín.
▪ Construir el ancho inconcluso de la pista del Aeropuerto Xxxx Xxxxx Xxxxxxx de la ciudad de Rionegro.
El Concesionario ejecutará obligatoriamente durante los veinticuatro (24) primeros meses de la etapa de Adecuación y Modernización:
▪ Construcción del Terminal de Quibdó.
▪ Construcción del Terminal de Carepa
Las obras y suministros del Plan de Inversión relacionadas en el presente Apéndice y no incluidas en el listado anterior, ni vinculadas a los activadores de la inversión, se ejecutarán durante los sesenta (60) meses de la etapa de
Adecuación y Modernización, de conformidad con lo establecido en la Cláusula XX del Contrato de Concesión.
1.2.9. PRIORIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN
En caso de discrepancias entre los documentos referenciados entre este Apéndice y la demás documentación, se aplicará el siguiente orden de prioridades:
1.- Apéndice C -Plan de Inversión de los aeropuertos X. Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx de Medellín, los Garzones de Montería, el Xxxxxx de Quibdo, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx de Carepa y Las Brujas de Corozal,
2.- Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión Sección 2 de este Apéndice: 3.- Plan Especial de Protección del Aeropuerto Xxxxx Xxxxxxx de Medellín.
4.- El Plan Maestro de los aeropuertos considerados, solamente en el numeral que se mencione en el presente apéndice.
Orden | Norma | Descripción |
1 | RAC | Reglamento Aeronáutico Colombiano Publicado en 2007 Parte 1 Definiciones Parte 2 Personal aeronáutico Parte 3 Actividades Aéreas Civiles Parte 4 Normas de Aeronavegabilidad Parte 5 Reglamento del Aire Parte 8 Seguridad Aérea Parte 11 Normas Ambientales Parte 14 Aeródromos Aeropuertos y Helipuertos Parte 15 Servisio de Información Aeronáutica Parte 16 Búsqueda y Salvamento Parte 17 Seguridad de Aviación Civil |
0 | XXXX | Xxxxx 00 – Búsqueda y Salvamento Anexo 14 – Aeródromos 4ta Edición, Julio 2004 Anexo 17 -Seguridad y Protección Contra los Actos de Interferencia Ilícita Manuales de Diseño |
1.2.10. NORMAS APLICABLES NORMAS APLICABLES
Aeroportuario (Doc 9157) Parte 1 – Pistas (2da edición Marzo 2004) Parte 2 – Calles de Rodaje, Plataformas y Bahías de Espera (3ra edición Noviembre 2001) Parte 3 – Pavimentos (2 Edición Junio 2003) Parte 4 – Ayudas Visuales ( 4 Edición 2004) Parte 5 – Sistemas Eléctricos (1ra Edición Junio 2003) Manual de Servicios Aeroportuarios (Doc 9137AN/898) Manual de Certificación de Aeródromos (Doc 9774AN/969) Documento 9636 “ Señales Internacionales para orientación del público en los aeropuertos y las terminales marítimas” Documento 9249 “ Letreros dinámicos de Información Pública relacionada con los Vuelos”, Manual de Servicios de Aeropuertos Parte 1 “Salvamento y Extinción de Incendios”, Manual de Planificación de Aeropuertos, Parte 6, “Restricción y Eliminación de Obstáculos”. Anexo 18 al Convenio sobre Aviación Civil “Protección del Medio Ambiente” “Manual sobre Sistemas de Guía y Control del Movimiento en Superficie” de la OACI. | ||
3 | FAA | Circulares 150/5070-6B Airport Master Plans (7-29-05) 150/5320-6D Diseño y Evaluación de Pavimento de Aeropuertos (7-7-95, cambio 1: 1-30-96, cambio 2: 6-3-02, cambio 3: 4-30-04) 150 / 5320 – 5B Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx (0-0- 00), XX 000-0000-00 “Airport Design”, AC 150 5060 “Airport Capacity & Delay”. Doc. FAA “Apron & Terminal Buildings”. “Airport Pavement Design and Evaluation” AC 150 5329, FAA. |
4 | IATA | Airport Development Reference Manual, Edición 9ª . |
5 | NSR – 98 | Reglamento de Construcciones Sismoresistentes NSR-98. |
6 | ACI | ACI POLICY HANDBOOK FIFTH EDITION 2006 |
7 | INVIAS | Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras. |
8 | Código Nacional de Recursos Naturales |
9 | Pograma Nacional de Prevención del Peligro Aviario | |
10 | ICONTEC | NTC 2005 Código Eléctrico Colombiano |
11 | ICONTEC | NTC 1500 Código Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx |
00 | ICONTEC | NTC ISO 9001:2000 Sistemas de Gestión de Calidad Requisitos |
13 | ICONTEC | NTC ISO 14001: |
14 | ICONTEC | NTC ISO 19011:2000 Auditorias de Calidad |
15 | ICONTEC | NTC 4139 Accesibilidad de las Personas al Medio Físico |
16 | AASHTO – | AASHTO GDD S-4 Guide for Design of Pavement Structures. ASSHTO CM – 4 Construction Manual for Highway construction. |
17 | OTROS | “Planning and Design of Airports”, X. Xxxxxxxxx and F.X. Xx Xxxxxx., 4ª Edición. |
1.2.11. PUBLICACIÓN EN AIP
El Concesionario suministrará, a través del Interventor a la AEROCIVIL, la información aeronáutica necesaria para que esta entidad elabore las enmiendas y los suplementos para su publicación en el AIP Colombia, a través del Servicio AIS, de acuerdo con las normas establecidas en elRACparte 15 Servicios de Información Aeronáutica y los métodos recomendados en el Anexo 15 de la OACI y en el Manual para los servicios de Información Aeronáutica Doc. 8126— AN 889 y los demás Reglamentos Nacionales que le apliquen.
1.2.12. PROTOCOLO DE MANEJO ELÉCTRICO
La operación, mantenimiento, conservación, facturación y cobro y pago de los consumos por concepto de suministro de energía eléctrica está regulado por el Protocolo Eléctrico documento anexo a la Minuta del Contrato.
1.2.13. PROTOCOLO DE MANEJO DE COMUNICACIONES AERONÁUTICAS Y AEROPORTUARIAS
La operación, mantenimiento, conservación y pago de consumos por concepto de comunicaciones está regulado por el Protocolo de Manejo de Comunicaciones, documento anexo a la Minuta del Contrato.
1.2.14. PLANES MAESTROS
Los Planes Maestros de los Aeropuertos no son, por si mismos, documentos de este Apéndice ni del Contrato. Por consiguiente, cuando se haga referencia a algún Plan Maestro, sólo será aplicable en el apartado expresamente citado y sólo en lo que se refiere a la sección en la cual se hace la referencia específica.
1.2.15. ACTIVIDADES AMBIENTALES
La Aerocivil acorde con las necesidades ambientales diseñó y adoptó mediante, la resolución 04730 del 0 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxx xxxxxxxxx xx xx XXXXX, el Concesionario la implementará en todas las actividades aeroportuarias.
El Concesionario implementará, actualizará y ajustará el Plan de Manejo Ambiental de cada uno de los Aeropuertos, de acuerdo con la normatividad ambiental vigente. Se aclara que estos aeropuertos iniciaron su operación antes de la vigencia de la Ley 99 de 1993, no requirieron de licencia ambiental para su operación y funcionamiento.
El Concesionario atenderá todas las recomendaciones establecidas en los documentos titulados PMA, estudios ambientales e informes de monitoreos existentes en los aeropuertos, igualmente atenderá los requerimientos y recomendaciones de la adopción de los PMA, autos de seguimiento de las autoridades ambientales, actos administrativos existentes y los que en el futuro sean expedidos por las autoridades.
El Concesionario mantendrá vigentes los permisos ambientales que se requieran en los aeropuertos y los que la autoridad ambiental exija.
El Concesionario establecerá o reactivará y presidirá el Comité de peligro aviario de cada uno de los aeropuertos y todas las acciones que esto conlleva, como medida adecuada para recolectar, dimensionar, informar y proponer soluciones para superar los posibles problemas con aves, de acuerdo con las disposiciones de la OACI Anexo 14 y las contenidas en el Documento 9137 Manual de Servicios Aeroportuarios, parte 3 “Reducción del peligro que representas las
aves”, de conformidadcon lo establecido en la Circular Obligatoria 5001-01105- 2002 y las normas que la modifiquen, complementen o deroguen.
El Concesionario formulará, revisará, complementará, actualizará e implementará el Programa Local de Prevención del Peligro Aviario y Fauna, que incluya el estudio biofaunístico y el diseño de medidas para evitar la presencia de aves y otro tipo de fauna en el aeropuerto y sus inmediaciones que representen un riesgo para las operaciones aéreas, tomando como base las políticas establecidas en el Programa Nacional de Prevención y Control del Peligro Aviario, el cual se puede consultar en la pagina Web de la aerocivil xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx_xxxxxxx/xxxxx.xxx, el Concesionario remitirá el Programa de cada uno de los aeropuertos al Grupo de Gestión Ambiental y Sanitario o quien haga sus veces para aprobación y seguimiento.
El Concesionario dispondrá de manera permanente de un profesional o grupo de profesionales para atender las labores de control de fauna en los aeropuertos y la implementación del Programa Local de Prevención del Peligro Aviario y Fauna.
El Concesionario tramitará los permisos y autorizaciones ambientales necesarios para el desarrollo de las obras y actividades incluidas en el presente Plan de Inversión.
El Concesionario implementará un programa de capacitación en los temas ambientales, al personal que trabaja en el aeropuerto.
El Apéndice D Operación y Medio Ambiente, determina los aspectos ambientales que cumplirá el Concesionario dentro de los que se incluyen:
▪ Cumplimiento de las normas nacionales e internacionales para el área ambiental y sanitaria
▪ Gestión Social
▪ Manejo de Residuos Sólidos
▪ Manejo de aguas residuales, potables e industriales.
▪ Programas de Monitoreo
1.3. AEROPUERTO INTERNACIONAL XXXX XXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXX
1.3.1. PLAN MAESTRO
Un Plan Maestro o Plan Director tiene por objetivo básico lograr un desarrollo racional y ordenado de un determinado aeropuerto, proporcionando un marco para las futuras ampliaciones hasta su máxima expansión, por lo tanto no contempla prediseños ni diseños de detalle. El Aeropuerto cuenta con un Plan Maestro elaborado el año 1999, cuyos contenidos han aportado importante información para la definición de obras en el corto, mediano y largo plazo.
En consecuencia, el Concesionario conoce y acepta tal situación, entendiendo que las cantidades mínimas de áreas y suministros son cifras estimadas.
Por esta razón, se reitera lo señalado precedentemente, en el sentido que será el Concesionario quién desarrollará los estudios y diseños definitivos de la totalidad de los proyectos, además del suministro, montaje y operación de equipos.
1.3.2. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN
Con el objeto de establecer una identificación más precisa del destino de las inversiones dentro del sistema aeroportuario, éstas se han dividido en cada aeropuerto en obras y suministros para el Lado Aéreo, es decir ayudas a la navegación, pistas, calles de rodaje, etc., y en aquellas dirigidas al Lado Terrestre, es decir, accesos, terminales de pasajeros y carga, vialidad interna, servicios públicos, entre otros.
En el Aeropuerto Xxxx Xxxxx Xxxxxxx se definieron los siguientes grupos de proyectos a desarrollar por el Concesionario:
Lado Aire:
• Ayudas a la Aeronavegación
• Calles de rodaje
• Pista
• Plataformas Lado Tierra:
• Edificio Terminal de Pasajeros
• Manejo Ambiental
• Otros
• Otros Servicios
• Puentes de Abordaje
• Seguridad y Equipajes
1.3.3. LADO AIRE
En Lado Aéreo se contemplan una serie de proyectos destinados a garantizar la seguridad operacional del aeropuerto. Fundamentalmente se mejora el estado de los pavimentos, la señalización e iluminación y el porcentaje de disponibilidad diaria de la pista, al permitir continuidad de las operaciones bajo condiciones de visibilidad y techo de nubes, inferiores a las que brindan las actuales instalaciones.
1.3.3.1. Ayudas Aeronavegación
El Concesionario suministrará, instalará y pondrá en marcha un sistema de aterrizaje por instrumentos de precisión en Categoría II, de acuerdo con las especificaciones establecidas por el RAC en la parte decimo cuarta y las recomendaciones de la OACI e incluyendo las instalaciones complementarias de iluminación y equipamiento meteorológico integrado.
1.3.3.1.1. Fuente Secundaria
Readecuación de las fuentes secundarias de energía eléctrica, destinadas a mantener la continuidad de la alimentación eléctrica, en caso xx xxxxx del fluido desde la fuente principal. El Concesionario desarrollará este proyecto en el año 1 del período de concesión, considerando las nuevas demandas y los requisitos de tiempos de conexión, especialmente aquellos relativos a los sistemas de iluminación del área de aterrizaje.
En este ítem se incluyen también las fuentes UPS para aquellas instalaciones operacionales que requieren reposición instantánea de la energía eléctrica.
1.3.3.1.2. Iluminación de plataformas
La iluminación media que se proporcionará en cada puesto de estacionamiento no será inferior a 20 luxes, tanto en la horizontal con relación a la uniformidad media a mínima, inferior a 4: 1 como en vertical a 2 m sobre plataforma. En los
lugares de la plataforma que no sean puestos de estacionamiento, la iluminación horizontal se especifica en 10 luxes.
Iluminación de Plataformas de estacionamiento de aeronaves, de acuerdo con las normas lumínicas establecidas en el RAC y las recomendaciones establecidas por la OACI y FAA. El Concesionario efectuará el diseño, suministro, montaje y puesta en funcionamiento del proyecto que garantice el cumplimiento de esta especificación.
1.3.3.1.3. Reparación de iluminación de pistas y calles de rodaje
El Concesionario procederá a la modernización de la iluminación de la pista y calles de rodaje, realizando el diseño, suministro, montaje, puesta en funcionamiento y mantenimiento del equipamiento para permitir aterrizajes de precisión ILS Categortía I, considerando la instalación de iluminación de eje de pista, de eje de calles de rodaje, xxxxxx xx xxxxxx, iluminación de zona de toma de contacto y todos aquellos elementos que el RAC establece en la parte decimacuarta Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos, y los Anexos 10 “Telecomunicaciones Aeronáuticas” y 14 “Aeródromos” de la OACI.
1.3.3.1.4. Señales y balizas de superficie
El Concesionario procederá a la reposición de la señalización horizontal (marcas) de superficie en el área de movimiento, tales como marcas de zonas de toma de contacto, eje de pista, marcas de franja lateral; suministro, montaje y puesta en funcionamiento de letreros de instrucciones obligatorias, de ubicación, dirección y todas aquellas útiles y suficientes para complementar las operaciones de aeronaves en Categoría I.
1.3.3.2. Infraestructura Horizontal
1.3.3.2.1. Calle de salida rápida
El Concesionario diseñará y construirá una calle de rodaje de salida rápida, en pavimento flexible en un ángulo de 35º, que servirá a la pista de mayor utilización, facilitando el abandono de ésta, aumentando así la capacidad horaria del conjunto. Las dimensiones de la calle de salida corresponderá a los requisitos establecidos para Clave de Referencia “D”, con el alcance establecido en el Plan Maestro del Aeropuerto Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx 1999,
numeral 7.5 Alternativa 4, 7.5.2. Fase 1, 7.5.2.1 Obras Aeroportuarias, Salida
Rápida (Pág. 165).
1.3.3.2.2. Xxxxxx xx Xxxxx
El Concesionario desarrollará y ejecutará un proyecto de regularización, compactación nivelación de la franja de acuerdo con normas establecidas en la parte decimocuarta del RAC y las recomendaciones del Anexo 14 de la OACI Aeródromos.
La franja de pista es una superficie nivelada y compactada que tiene por objeto reducir el riesgo de daños en una aeronave que accidentalmente se salga de la pista, especialmente al brindar protección a una pista de precisión.
1.3.3.2.3. Márgenes de Pista
El Concesionario mejorará los márgenes de pista mediante sellado de grietas y aplicación de un adecuado riego superficial, de manera que se impida la contaminación con FOD en la zona de succión de las turbinas.
Los márgenes de pista, además constituyen una barrera entre el escurrimiento de aguas lluvias y los pavimentos estructurales, protegiendo el entorno de estos contra la erosión.
1.3.3.2.4. Completar Pavimentación de la pista
El Concesionario completará el ancho inconcluso de pista, cuyo refuerzo produjo un desnivel muy importante en ambos costados, encontrándose fuera de la norma establecida en el RAC parte 14 Aeródromos, Aeropuertos y Helipuerto y las recomendaciones establecidas en el Anexo 14 de la OACI, Aeródromo. Esta condición aumenta, más allá de lo permitido la distancia entre el pavimento estructural y las luces de borde de pista.
Antes de iniciar la obra, el Concesionario entregará al Interventor para su aprobación un proyecto completo, con todos los planos y especificaciones técnicas, considerando un programa de ejecución de los trabajos, con la menor interferencia posible en la regularidad de las operaciones aéreas.
1.3.3.2.5. Área de Seguridad de Extremo de Pista 18
El Concesionario habilitará una zona de seguridad de extremo de pista RESA de una longitud mínima de 90 m por su ancho reglamentario, en el extremo de la pista 18.
1.3.3.2.6. Área de Seguridad de Extremo de Pista 36
El Concesionario habilitará una zona de seguridad de extremo de pista RESA de una longitud mínima de 90 m por su ancho reglamentario en el extremo de la pista 36.
1.3.3.2.7. Plataforma del Terminal de Carga
El Concesionario procederá a la ampliación de la plataforma del terminal de carga en hormigón hidráulico, de acuerdo con lo establecido en el Plan Maestro del Aeropuerto Xxxx Xxxxx Xxxxxxx de Rionegro 1999, numeral 7.5 Alternativa 4,
7.5.3. Fase 2, 7.5.3.1 Obras Aeroportuarias, Nueva Plataforma del Terminal de Carga (Pág. 175), y en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx.
1.3.3.2.8. Ampliación plataforma pasajeros nacional en asfalto y concreto de hormigón
El Concesionario construirá una ampliación de la plataforma del terminal de pasajeros nacionales en asfalto, de acuerdo con lo establecido en el Plan Maestro del Aeropuerto Xxxx Xxxxx Xxxxxxx de Rionegro 1999, numeral 7.5 Alternativa 4, 7.5.3. Fase 2, 7.5.3.1 Obras Aeroportuarias, Ampliación Plataforma Muelle Nacional e Internacional y Terminal de pasajeros, exclusivamente en lo que se refiere a la ampliación de la Plataforma Nacional (Pág. 175).
En las obras de ampliación el Interventor revisará planos y especificaciones, debiéndose incluir en cada uno de los proyectos, plataforma de pasajeros nacionales y plataforma de carga el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de la correspondiente iluminación de bordes de pavimento y de iluminación con reflectores de los puestos de estacionamiento.
Las resistencias de los pavimentos de las ampliaciones concordarán con los tipos y pesos de las aeronaves previstas y las actividades de construcción se
programarán de manera que provoquen la menor interferencia posible en las operaciones normales del aeropuerto y en estricto acuerdo con el Interventor.
1.3.3.2.9. Protección de pavimentos
El Concesionario llevará a cabo un programa de conservación menor de pavimentos, como reparación de fisuras, parcheos y riegos asfálticos en zonas dañadas.
Las obras de conservación de pavimentos que efectúe el Concesionario considerarán la reposición de las marcas reglamentarias cuando éstas desaparezcan o pierdan contraste con motivo de los trabajos de conservación realizados.
1.3.3.2.10. Repavimentación de la pista de aterrizaje
El Concesionario durante el periodo de la concesión, realizará por lo menos dos obras de colocación de carpeta asfáltica en la totalidad de la pista de aterrizaje de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.2.5 ACTIVADORES DE INVERSIÓN.
1.3.4. LADO TIERRA
1.3.4.1. Edificio Terminal
1.3.4.1.1. Proyecto amoblamiento general
El Concesionario determinará el diseño, suministro, montaje y mantenimiento del amoblado general de todo el edificio terminal para un nivel de servicio “A”, de acuerdo con lo establecido en el Air Development Reference Manual de la IATA. Los diseños, cantidades y materiales serán aprobados por el Interventor con anticipación a la fecha de su adquisición. Esta renovación requerirá el suministro y montaje de los muebles a adquirir por el Concesionario y serán suficientes en cantidad, con una calidad adecuada al recinto aeroportuario y guardarán una armonía arquitectónica de buen nivel con el edificio. No contendrán cajoneras o depósitos con tapa o sectores huecos donde puedan ser colocados elementos extraños sin que queden a la vista.
El Concesionario suministrará e instalará el mobiliario requerido de acuerdo con los estándares IATA, como mínimo para las siguientes áreas:
▪ Xxxxx de abordaje
▪ Inmigración
▪ Emigración
▪ Zona de counters
▪ Xxxx público
El proyecto de amoblamiento a adquirir por el Concesionario, tendrá directa relación con el proyecto de adecuaciones del terminal, por lo que serán presentados simultáneamente, al igual que cuando se presente el número de pasajeros establecidos en el numeral 1.2.5 Activadores de Inversión.
1.3.4.1.2. Adecuaciones Del Edificio Terminal
El Concesionario desarrollará los estudios, diseños y realizará las adecuaciones internas de la racionalización de flujos en el terminal de pasajeros, dando prioridad a las áreas que estén produciendo desequilibrios en el tránsito expedito de pasajeros y usuarios del terminal, presentando al Interventor los diseños correspondientes. Los criterios y áreas a aplicar están consignados en el Air Development Reference Manual de la IATA.
▪ Las rutas de circulación de pasajeros deben ser sencillas y obvias, de manera que se obtengan las siguientes condiciones:
▪ Establecer separación física para la circulación de pasajeros y carga, en tránsito o trasbordo, tanto en vuelos nacionales e internacionales.
▪ Reducir al mínimo indispensable el número de puestos de inspección de seguridad.
▪ Reducir al mínimo el número de puntos por los que los peatones puedan tener acceso a las áreas restringidas.
▪ Las zonas de la parte aeronáutica o áreas restringidas, deben diseñarse y construirse para impedir el paso de artículos desde las zonas no estériles. Deberá impedirse que haya enlaces por tuberías, ventilación,
desagües, túneles para servicios públicos u otros accesorios de la zona no estéril a la estéril.
▪ El número de entradas y salidas debe ser el mínimo compatible con una circulación fluida del tráfico.
A partir de las superficies disponibles, el Concesionario desarrollará y presentará al Interventor un proyecto de adecuaciones de espacios y flujos, orientado a evitar demoras durante los procesos de embarque y desembarque, de manera que se cumpla el nivel de servicio A de IATA, requerido para este aeropuerto.
El proyecto no se podrá desarrollar en forma independiente del amoblamiento, por lo que los diseños considerarán este aspecto. Finalmente, el Concesionario presentará un programa de fases de readecuaciones, dirigido a eliminar o a minimizar las molestias e interferencias en los flujos de los usuarios durante la realización de los trabajos
1.3.4.1.3. Esteras Rodantes Para Pasajeros
Las distancias a caminar por los pasajeros son amplias y se requiere una mayor velocidad de desplazamiento de éstos, el Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento xx xxxxxxx rodantes de acuerdo con las Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión, sección 2 del Presente Apéndice.
El número y longitud mínimo de las esteras rodantes está consignado en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx.
1.3.4.1.4. Ampliación Terminal de Pasajeros Muelle Nacional
El Concesionario desarrollará los estudios, diseños, construcción y amoblamiento de la ampliación del Terminal de Pasajeros muelle nacional, cuya estimación de ejecución indica el año 4 del período de concesión, de acuerdo con lo establecido en el Plan Maestro del Aeropuerto Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx 1999, numeral 7.5 Alternativa 4, 7.3.2. Fase 2, 7.5.3.1 Obras Aeroportuarias, Terminal de Pasajeros (Pág. 172), exclusivamente para el muelle nacional.
1.3.4.1.5. Vías de servicio para vehículos terrestres
Dentro del lado aéreo es necesario contar una nueva vía de servicio para la circulación de vehículos a la nueva zona de Carga, que son usadas por dependencias como catering, combustible, personal de control, vehículos de aerolíneas, de seguridad, de la Aeronáutica Civil y otros, por tal motivo, el Concesionario diseñará y proveerá un área para circulación de vehículos, aspecto considerado en el Plan Maestro del Aeropuerto Xxxx Xxxxx Xxxxxxx de Rionegro 1999, numeral 7.5 Alternativa 4, 7.5.3. Fase 2, 7.5.3.1 Obras Aeroportuarias, Vía vehicular nueva zona de carga, tramo y patio de maniobras (Pág. 175), en lo que se refiere exclusivamente a la vía vehicular.
1.3.4.1.6. Sismoresistencia
El Concesionario realizará los estudios, diseños y construcción necesarios, para el refuerzo estructural del edificio terminal de pasajeros, de acuerdo con la norma NSR-98.
1.3.5. MANEJO AMBIENTAL
1.3.5.1. Mitigación del Impacto Ambiental
El Concesionario, tomará medidas dirigidas a minimizar el impacto ambiental, ejecutando el Plan de Manejo ambiental vigente que debe incluir por lo menos las siguientes actividades pero sin limitarse a ellas: la reducción de la contaminación del aire, el impacto por ruido y la contaminación del suelo y las aguas, especialmente durante la ejecución de las obras de modernización de los aeropuertos, a partir de las normas nacionales e internacionales sobre estas materias.
Los trabajos de mitigación y las actividades de monitoreo de cada uno de los factores que inciden potencialmente en el ambiente, deben realizarse continuamente, durante todo el período de la Concesión.
Aire
Las emanaciones de gases, polvo o contaminantes de cualquier naturaleza provenientes de faenas y actividades en general, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen molestias a las personas o daño al medio ambiente o
a las turbinas de los aviones. Para estos efectos, el Concesionario implementará todas las medidas de mitigación necesarias tales como: utilización de maquinarias con tecnologías limpias, protecciones laterales o superiores que retengan materiales en suspensión, riegos frecuentes de áreas de movimiento de tierra, así como de áridos y similares.
De la misma manera, se establecerán procedimientos para el manejo de plantas de asfalto en caliente y cualquier maquinaria o elemento contaminante.
Ruido
El Concesionario presentará al Interventor, en conjunto con las de atenuación de la contaminación del aire y del suelo, medidas para controlar el ruido durante la construcción de las obras de la presente concesión, con el fin de evitar que los niveles de ruido producidos por las actividades del proyecto superen los máximos permitidos por las normas vigentes.
Las maquinarias estarán equipadas con sistemas silenciadores, especialmente aquellas que se emplearán en remodelaciones anteriores durante horas de movimiento de pasajeros y los trabajadores contarán con los necesarios elementos de protección.
Suelo
Durante el período de la Concesión, el Concesionario adoptará todas las medidas necesarias con el fin de evitar la contaminación del suelo que se podría producir por derrames de combustibles, líquidos, ácidos y residuos industriales en general.
Además, tomará las medidas de seguridad necesarias para el almacenamiento de productos.
Se establecerá un monitoreo permanente de las instalaciones, con el fin de verificar y remediar los impactos negativos de las obras.
Aguas
El Concesionario incluirá en el programa de mitigación que presentará al Interventor, medidas para evitar la penetración de aguas residuales no tratadas y otros, que contaminen aguas superficiales o subterráneas.
Flora
Si se requiere despejar zonas para dar lugar a obras civiles, el Concesionario presentará un Plan de Manejo específico para el tema forestal, estableciendo en él las compensaciones que de acuerdo con las disposiciones legales procedan.
1.3.5.2. Obras de Drenaje
Una parte importante de las lluvias se infiltra en el terreno natural, otra proporción se evapora y una última escurre en la superficie o en forma subterránea.
Estas aguas se comportan según los diferentes coeficientes de filtración, evaporación y escorrentía, dependiendo del tipo de terreno, de la humedad ambiente, de la temperatura y la vegetación.
Las amplias áreas que ocupan los aeropuertos, sus pavimentos, instalaciones, edificios, etc, cambian la topografía del lugar y se hace necesario sanear grandes áreas para dar lugar a las construcciones, lo que requiere desarrollar y mantener un sistema de drenaje que permita una adecuada expulsión de las aguas de las superficies operativas del aeropuerto, evitando inundaciones en ductos y cámaras de los sistemas eléctricos y electrónicos y en los accesos y las facilidades para los pasajeros y, especialmente, evacuar rápidamente las aguas lluvias de las pistas, rodajes y plataformas de estacionamiento.
El Concesionario desarrollará los estudios, diseños y obras de recuperación, limpieza y ampliación del sistema de drenaje y la ejecución de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo.
1.3.5.3. Peligro Aviario
Como se trata de un peligro latente imposible de eliminar en forma total, el Concesionario, ateniéndose a las normas y recomendaciones vigentes, desarrollará un programa de control del peligro aviario, desarrollando un estudio de actualización de procedimientos que considere, entre otros, la eliminación xx xxxxxxx de alimentación, gestión de manejo de vegetación, eliminación de hábitat, entrenamiento, formación de personal especialista y notificación de áreas de concentración de aves en las inmediaciones del aeropuerto.
Las acciones para reducir el peligro aviario se aplicarán desde el inicio del período de concesión y permanecerán hasta el final de la misma.
1.3.5.4. Planes de Manejo Ambiental
El Aeropuerto genera riqueza y puestos de trabajo, pero por otro lado puede alterar áreas naturales, cursos de agua, hábitats de los animales con pérdida de equilibrios ecológicos, altos niveles de ruido, encarecimiento de servicios, entre otros.
El Plan de Manejo Ambiental debe ser diseñado dentro del contexto de desarrollo sostenible que pretende el desarrollo de las diferentes actividades con eficiencia en sus procesos, con el objeto de minimizar los impactos ambientales y lograr una armonía con su entorno. Esto incluye tanto las operaciones aéreas como las actividades en tierra en donde se destaca el manejo de residuos líquidos y sólidos, control de ruido, entre otros.
El Concesionario desarrollará un Plan de Manejo ambiental de acuerdo con la normativa vigente, considerará efectos compatibles con el medio o impactos moderados, severos, críticos, determinando medidas de mitigación.
La planificación debe considerar, desde la etapa inicial, el trabajo simultáneo entre las distintas disciplinas y el desarrollo arquitectónico. Esto con el objeto de incorporar en la arquitectura las variables y condicionantes que hagan posible el mejor comportamiento ambiental en forma natural del edificio, con el mínimo requerimiento de climatización e iluminación artificial.
1.3.6. OTROS
1.3.6.1. Adecuación Domo
A lo largo de todo el terminal la parte superior de la estructura está compuesta por arcos circulares en acero anclados a la estructura de concreto y sobre ellos recaen domos acrílicos en color opaco que filtran los rayos de luz Se trata de un concepto arquitectónico que constituye un elemento importante del terminal de pasajeros.
El Concesionario debe ejecutar la reposición programada de la totalidad de los acrílicos opacos y los elementos de fijación, anclajes, empaques y todos aquellos que se requieran para garantizar el correcto funcionamiento del domo y su total impermeabilidad.
1.3.6.2. Sistema de Información de Vuelos y Equipajes (FIDS y BIDS)
El Concesionario suministrará, y pondrá en funcionamiento un proyecto de modernización y redistribución de los componentes de los sistema FIDS (Flight Information Display System) y BIDS (Baggage Information Display System), el que debe adaptarse a las readecuaciones internas del terminal y contar con los adelantos tecnológicos recientemente incorporados a estos sistemas, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en la Sección 2 del presente Apéndice.
El número mínimo de pantallas de información se encuentra establecido en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx.
1.3.6.3. Red de Hidrantes de Combustible
Existe una red hidrante bajo plataforma con válvulas de suministro, que se encuentra fuera de uso por un largo período.
El Concesionario desarrollará los estudios, diseños y construcción del sistema de suministro de combustible mediante una red de hidrantes, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas contenidas en la Sección 2 del presente apéndice.
El sistema de hidrantes atenderá doce (12) posiciones de contacto de aeronaves y poseer dos puntos de abastecimiento por hidrante, uno a cada lado de la Aeronave y ubicados de forma que atiendan todos los tipos de aeronaves previstos en cada posición.
1.3.6.4. Sistema de Uso Común CUTE
La idea del CUTE, (Common Use Terminal Equipment), es que las compañías compartan instalaciones de manejo de pasajeros en el terminal, sistema que provee un potencial ahorro tanto a las líneas aéreas como al aeropuerto.
El sistema debe ser compatible con los sistemas que usan las aerolíneas que operan en el aeropuerto, igualmente, el sistema debe ser flexible, multiacceso, la
plataforma de uso común debe permitir el registro del pasajero en mostrador, información xx xxxxx de abordaje.
El sistema debe permitir a cualquier aerolínea o usuario acceder desde cualquier estación de trabajo en todo momento.
El Concesionario debe incluir en el sistema tres (3) kioscos de CUSS, con su respectivo hardware y software, de acuerdo con lo estipulado en la sección 2 Especificaciones Técnicas del presente Apéndice.
El Concesionario debe proveer un sistema de Usos Común del aeropuerto, tal como esta detallado en las Especificaciones Técnicas Sección 2 del presente Apéndice.
1.3.6.5. Vehículo de Inspección xx Xxxxx
El Concesionario suministrará el vehículo de inspección xx xxxxx, así como los vehículos menores de servicios internos del aeropuerto que requiera para su operación. El vehículo de Inspección xx Xxxxx está destinado a satisfacer los requerimientos de inspección del área de movimiento, pistas, calles de rodaje y plataformas, como así mismo de las radioayudas terminales del aeropuerto.
1.3.7. OTROS SERVICIOS
1.3.7.1. Servicio de Búsqueda y Salvamento
El Concesionario debe adecuar las instalaciones del Servicio de Búsqueda y Salvamento y realizar el suministro de los paquetes de suministros y equipo de supervivencia para el personal que forma parte del Servicio de Búsqueda y Salvamento, vinculado al Concesionario, de conformidad con lo establecido en el Apéndice I Parte Decimasexta Búsqueda y Salvamento del RAC.
1.3.7.2. Servicio de extinción de incendios, equipos e instalaciones
El Concesionario ejecutará el mejoramiento y conservación de las instalaciones del cuartel de bomberos, para el personal y los equipos, también realizará el suministro de los equipos y dotación mínimos requeridos en el numeral 17.5.3 de la Parte Decimacuarta del RAC, de acuerdo con la categoría del Aeropuerto.
El Concesionario debe suministrar el número de vehículos ARFF que establece el la tabla 9.3S de la parte decimacuarta del RAC, con una capacidad, como mínimo igual a la establecida en la tabla 9.2S Cantidades mínimas de agentes extintores, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente Apéndice sección 2.
En todo caso el Concesionario determinará la capacidad extintora necesaria en el aeropuerto con base en la determinación de la aeronave crítica y cumplirá con los tiempos máximos de respuesta de los vehículos de Salvamento y extinción – ARFF, establecidos en el RAC, numeral 14.6.23 tiempo de respuesta.
1.3.7.3. Servicio De Sanidad
El Concesionario renovará equipamiento obsoleto y mejorará las instalaciones correspondientes a la prestación de los servicios de sanidad aeroportuaria, de acuerdo con la normatividad nacional e internacional vigente del MInisterio de Protección Social, el RAC, además de lo recomendado en el Anexo 10 de la OACI “Facilitación”.
1.3.7.4. Servidor de Comunicaciones,
El Concesionario debe realizar el suministro, montaje y puesta en servicio de un servidor de comunicaciones, con capacidad para satisfacer la demanda de los usuarios y todos los servicios operacionales y administrativos.
Este servidor mantendrá tecnología vigente y un alto grado de automatización, con funcionamiento independiente de la energía local, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente documento.
1.3.7.5. Implementación de la red de Telecomunicaciones LAN - Equipos
El proyecto consiste en el suministro, instalación, pruebas de funcionamiento y conectividad, configuración y documentación de los equipos para la red de datos LAN que el Concesionario debe implementar en los Aeropuertos, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente documento.
1.3.7.6. Implementación de la Red de Telecomunicaciones - Sistema de Cableado Estructurado
Consiste en el suministro instalación, certificación, documentación y puesta en funcionamiento del sistema de cableado estructurado categoría 6 A para la red de comunicaciones LAN (voz, datos y video) que el Concesionario debe implementar en el aeropuerto, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente documento.
1.3.7.7. Puentes de Abordaje para Pasajeros
El Concesionario debe realizar el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de doce (12) puentes de abordaje, incluyendo dos (2) posiciones para aeronaves de tipo código E, dos (2) para código D y ocho (8) para código
C. Las especificaciones acerca de los puentes de abordaje y los servicios en rampa para las posiciones de contacto, se describen en las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente Apéndice.
Cada puente de abordaje considerará una unidad energía de 400 Hz, con una potencia mínima de 90 KVA o la que requiera la flota actual o prevista. La demanda de energía de los puentes requerirá la Adecuación de los circuitos correspondientes en el terminal de pasajeros, por lo que el Concesionario elaborará el estudio correspondiente.
Los puentes de abordaje serán complementados con un sistema de guía para el atraque y la pendiente máxima de la inclinación entre el comienzo del túnel en el terminal y el piso del avión del que se trate, no será inferior a un 8 %.
Todos los cuerpos de los puentes de abordaje serán absolutamente transparentes y construidos con materiales con adecuado aislamiento acústico y térmico.
Los nuevos puentes de abordaje reemplazaran completamente a los puentes existentes en el Aeropuerto.
1.3.7.8. Sistemas De Seguridad
El Concesionario debe proveer un Sistema de seguridad que estará compuesto por los siguientes subsistemas:
▪ Seguridad Aeroportuaria
o Sistema de Control de Accesos
▪ Control de visitantes
o Sistema de intrusión
o Sistema de CCTV
o Sistema integrador (Centro de Control)
▪ Seguridad Industrial
o Sistema de detección de incendios
El Concesionario tendrá en cuenta las competencias establecidas en el Reglamento Aeroportuario de Colombia, Parte Diecisiete y la aplicación del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil resolución 01624 xx xxxxx 23 de 2007.
A continuación se describen los subsistemas, cuya puesta en marcha se prevé para el año 5 del período de concesión:
1.3.7.8.1. Sistema de Control de Accesos
El sistema de control de accesos cumple las funciones, como su nombre lo indica, de control sobre las entradas y salidas de zonas de seguridad definidas, permitiendo el control de entrada y salida de funcionarios y visitantes a las áreas operativas y administrativas del Aeropuerto, incluyendo el control de acceso vehicular, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en la sección 2 del presente Apéndice.
1.3.7.8.2. Sistema de Detección de Incendios
El subsistema de detección de incendio debe cumplir con las funciones de control y supervisión de los dispositivos de detección y alarma que se encuentran conectados a él.
El sistema tiene como función la generación (manual y/o automática) de las señales de alarma en caso de detectarse un incendio, de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente Apéndice.
1.3.7.8.3. Sistema de Intrusión
El subsistema de intrusión debe cumplir con las funciones de detección de alarmas como apertura de puertas, intrusión en áreas perimetrales, presencia en
áreas restringidas y generación de avisos xx xxxxxx, entre otras, de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente Apéndice.
1.3.7.8.4. Sistema de CCTV
El subsistema de CCTV que formará parte del sistema integral de seguridad del Aeropuerto, ha sido diseñado para proteger las áreas comunes y áreas exteriores del Aeropuerto. En total consta de cámaras fijas y cámaras móviles, cuyas imágenes serán transmitidas y almacenadas bajo plataformas digitales de última tecnología, con el fin de registrar hechos acaecidos en las instalaciones mencionadas. Este sistema permitirá contar con un control visual constante de las edificaciones.
La Especificaciones del sistema se encuentran en la Sección 2 Especificaciones Técnicas del presente Apéndice.
1.3.7.8.5. Sistema Integrador
El sistema de Integración, se ubicará en el centro de control y cumplirá las funciones de monitoreo de eventos y alarmas de los subsistemas de Control de Accesos, Intrusión, CCTV y Detección de incendios; además estará en capacidad de controlar las puertas del sistema de Control de Accesos y configurar, administrar y visualizar el sistema integrado de seguridad.
La Especificaciones del sistema se encuentran en la Sección 2 Especificaciones Técnicas del presente Apéndice.
1.3.7.9. Sistema de Manejo de Equipajes (BHS)
El Concesionario debe ejecutar el diseño, entrega, construcción, integración, pruebas, entrenamiento de personal y puesta en marcha de un sistema automatizado de manejo de equipajes en los tres niveles de inspección; el nuevo sistema será instalado en el Terminal de pasajeros y reemplaza por completo el sistema actual.
El Sistema debe incluir sin limitarse a:
▪ Diseño completo de los niveles de seguridad
▪ Acondicionamiento de la infraestructura para el montaje y funcionamiento del sistema
▪ Estaciones de descarga de equipaje, cada una equipada con sensores de dimensiones y peso
▪ Línea de inspección de equipaje sospechoso (ETD)
▪ Equipos de detección de explosivos.
▪ Equipos xx xxxxx X
▪ Carruseles de manejo de equipaje
▪ Carruseles de reclamo de equipajes
▪ Bandas transportadoras de equipajes.
▪ Sistemas de ordenamiento de equipajes
▪ Instalaciones eléctricas
▪ Sistemas Eléctricos y de control (PLC)
▪ Redes locales estaciones de trabajo y plataformas de hardware.
▪ Interfase de comunicación con el cuarto de control.
▪ Documentación, licencias y software para uso y mantenimiento.
▪ Todos los equipos necesarios para garantizar el desempeño y funcionamiento.
1.3.8. SERVICIOS
Para la adecuada y completa ejecución de las actividades descritas en éste numeral, el Concesionario, durante todo el desarrollo del contrato de Concesión y particularmente en la ejecución de cada uno de los proyectos, realizará los diseños, construcciones, modificaciones, adiciones o sustituciones de las redes de servicios, que garanticen el suministro de energía, agua potable, comunicaciones, aire acondicionado y disposición de aguas lluvias, aguas servidas y residuos sólidos, en concordancia con las normas aplicables establecidas en el numeral 1.2.9 de este apéndice.
Así mismo, El Concesionario debe desarrollar los diseños y garantizar, como mínimo, el suministro de energía, agua, disposición de aguas lluvias y aguas servidas y el servicio telefónico, del edificio e instalaciones del Aeropuerto; estando a su cargo los trámites, documentos, negociaciones, aprobaciones y pagos ante las Empresas de Servicios Públicos correspondientes.
el Concesionario realizará los diseños que fueran necesarios para realizar las obras antes referidas y obtener las aprobaciones que se requieran de las empresas de servicios públicos a este efecto.
1.3.8.1. SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
El Concesionario realizará el suministro e instalación de una nueva subestación eléctrica para los sistemas aeronáuticos en los primeros seis (6) meses de la concesión.
Incluyen, entre otros, las siguientes actividades: Subestación eléctrica, planta de emergencia, tableros y conexiones eléctricas, construcción o adecuación o ambas, del área donde funcionará la nueva subestación, en concordancia con las especificaciones técnicas establecidas en el presente apéndice y el Reglamento Aeronáutico de Colombia parte Decimocuarta Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos.
1.4. AEROPUERTO XXXXXXX XXXXX XXXXXXX – MEDELLÍN
1.4.1. PLAN MAESTRO
El Aeropuerto Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx está emplazado entre las carreteras 70 y 65, y xxxxxx 00, xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx. El Plan Maestro de este aeropuerto data del año 2003 y fue encargado a la firma Consultora INECO.
Se reitera lo establecido en el numeral 1.2.13 del presente Apéndice en cuanto que el Plan Maestro es un documento que no es parte del Contrato de este apéndice, en ese sentido, el Concesionario es quién desarrollará los estudios y diseños definitivos de la totalidad de los proyectos, además del suministro, montaje y operación de equipos.
1.4.2. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN
Lado Aire:
• Ayudas a la Aeronavegación
• Calles de rodaje
• Pista Lado Tierra:
• Edificio Terminal de Pasajeros
• Manejo Ambiental
• Otros
• Otros Servicios
• Corredores de Abordaje
• Seguridad y Equipajes
1.4.3. LADO AIRE
El objetivo básico de las inversiones y suministros en el Lado Aéreo, es propender a la seguridad operacional de las aeronaves, durante las maniobras de despegue, aterrizaje y rodaje desde y hacia las áreas de los terminales de carga o pasajeros. Reviste especial importancia desde el punto de vista de la seguridad el buen estado de la infraestructura que soporta las mayores
exigencias de las aeronaves, como su peso, chorros de los escapes de las turbinas con empuje máximo, altas velocidades de desplazamiento, impactos, giros y otros.
De acuerdo con el Plan de Inversiones, está previsto desarrollar los siguientes proyectos:
1.4.3.1. Ayudas a la Navegación
1.4.3.1.1. Ayudas Visuales Indicadoras de Obstáculos y Balizaje
El Concesionario diseñará y suministrará el señalamiento, iluminación y balizaje del área de maniobras del aeropuerto, y de todo obstáculo y objeto fijo que sobresalga de una superficie de ascenso en el despegue, de conformidad con lo establecido en la parte Decimacuarta del RAC y lo recomendado en el Anexo 14 de la OACI, Volumen I, Aeropuertos para lo cual presentará los planos y especificaciones para aprobación del Interventor.
1.4.3.1.2. Iluminación de pista y de calles de rodaje
El Concesionario suministrará e instalará un sistema de iluminación de pista de mediana intensidad en la pista 02/20 y xx xxxxx de borde de las calles de rodaje.
Aún considerando que el aeropuerto no opera después de la puesta de sol, la delimitación de la pista con un sistema de iluminación de bordes y umbrales, constituye un apoyo importante a los vuelos que despegan a primera hora o al fin del crepúsculo cuando prevalecen ciertas condiciones de bruma, aún dentro de reglas de vuelo visual.
El proyecto considerará una adecuada configuración del sistema, ya que los umbrales de pista se encuentran desplazados debido a problemas de obstáculos en las aproximaciones.
A raíz de los mencionados desplazamientos de umbral, la configuración de la iluminación de borde y umbrales de pìsta será tal que permita utilizar las mayores distancias para los despegues y proporcione una adecuada configuración para las aproximaciones a las pista 02 y 20.
Lo anterior significa que la iluminación de pista deberá ser concordante con las distancias declaradas de aterrizaje, despegue, aceleración – parada y recorrido de despegue disponibles.
1.4.3.1.3. Sistema indicador de trayectoria de aproximación de precisión (PAPI)
El Concesionario instalará un sistema PAPI para el servicio de la pista 02, considerando las áreas de protección de obstáculos que corresponde al sistema.
Una vez aprobado el informe por el Interventor, el Concesionario suministrará el equipamiento y efectuará el montaje y calibración de las unidades luminosas.
1.4.3.2. Infraestructura Horizontal
1.4.3.2.1. Calle de rodaje
El Concesionario elaborará y ejecutará un proyecto de conservación del pavimento de las calles de rodaje que considerará sellado de grietas, parcheos y riego de rejuvenecimiento, obras que se realizarán durante el primer y segundo año de concesión. El proyecto considerará la reposición de las señales de eje y de borde de rodaje una vez concluidas las reparaciones.
1.4.3.2.2. Calles de salida rápida
La pista 02/20 cuenta con cuatro calles de salida rápida, las cuales serán sometidas por el Concesionario a los mismos trabajos de conservación indicados en el párrafo anterior para las calles de rodaje en general.
No obstante este número elevado de calles de salida rápida y debido al desplazamiento del umbral 02 en una distancia de 400 m, las aeronaves que aterrizan en la pista 20 no alcanzan a desplazarse de ésta a la plataforma y tienen que recorrer toda la pista remanente hasta alcanzar la cabecera, con pérdida de tiempo y combustible.
Como solución se ha incluido la construcción de una calle de taxeo intermedia, que además ayudará a agilizar el tráfico aéreo.
El Concesionario presentará al Interventor un proyecto de construcción de una calle de salida rápida en ángulo de 35º, incluyendo un análisis de emplazamiento.
Esta calle de salida rápida tendrá un ancho de 18 metros y sus correspondientes curvas de enlace, está ubicada entre las calles de rodaje Delta y Echo, debiéndose incluir en el proyecto las unidades luminosas de borde xx xxxxx de rodaje.
1.4.3.2.3. Franjas de calles de rodaje
El Concesionario presentará al Interventor un proyecto de mejoramiento, compactación, de franjas de calles de rodaje, incluyendo nivelación.
1.4.3.2.4. Letreros guía
El Concesionario suministrará y efectuará el montaje de letreros guía en el área de movimiento del aeropuerto, a partir de un proyecto de emplazamiento aprobado por el Interventor. Estos letreros serán reflectantes, ya que no se justifican unidades iluminadas interiormente debido a su alto costo y a su utilidad sólo nocturna o con visibilidad reducida. Este proyecto dará continuidad al proyecto ya iniciado por el Aeropuerto, para una pista visula con clave de referencia 3C.
1.4.3.2.5. Acondicionamiento de franja de Pista
El Concesionario realizará un proyecto de construcción de la nivelación y compactación de la franja de la pista 02/20, obra que se efectuará considerando las características de una franja para pista visual con Clave de Referencia OACI 3C, de acuerdo con lo establecido en el RAC parte decimocuarta Aerodromos aeropuertos y helipuertos numeral 14.3.3.4.
1.4.3.2.6. Repavimentación de pista
El Concesionario efectuará un trabajo de mejoramiento de la carpeta de rodadura de la pista de aterrizaje, mediante parcheos, sellados y recarpeteo de la totalidad de la pista, de acuerdo con los diseños presentados por el concesionario y aprobados por el Interventor, evitando el desprendimiento de
material que pueda constituir riesgo de ingestion de FOD, en las turbinas de las aeronaves de acuerdo con las normas establecidas en el RAC parte decimocuarta y las recomendaciones del anexo 14 de la OACI.
El Concesionario presentará previamente un programa de reparación con las correspondientes especificaciones técnicas.
Los trabajos se programarán de manera tal que no se produzcan cierres de pista por períodos prolongados. El Concesionario incluirá en el proyecto la reposición de las señales de pista una vez reparado el pavimento.
El Concesionario durante el periodo de la concesión, realizará por lo menos dos obras de colocación de carpeta asfáltica en la totalidad de la pista de aterrizaje de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.2.5 ACTIVADORES DE INVERSIÓN.
1.4.3.2.7. Sistemas de Abordaje – Corredores de Abordaje
El Concesionario, a raíz del inadecuado procedimiento de embarque/desembarque existente y dada la disposición de los aviones en plataforma que exige grandes distancias de recorrido, elaborará un proyecto de selección, suministro y montaje de corredores de abordaje, el que incluirá protección a los pasajeros y esteras eléctricas rodantes, que permitan acceder hacia las aeronaves protegidos de la intemperie, el ruido y mejorando las facilidades de movilización, de acuerdo con lo consignado en la Sección 2 Especificaciones Técnicas del presente Apéndice. Estos corredores no interferirán con el movimiento de las aeronaves.
El Concesionario presentará diseño y construcción de alternativas de acercamiento y abordaje de aeronaves, siempre que ellas mejoren ostensiblemente la seguridad de los pasajeros y aeronaves durante el proceso de embarque/desembarque y no aumenten los tiempos de permanencia de las aeronaves en plataforma.
1.4.4. LADO TIERRA
1.4.4.1. Amoblamiento general del Edificio Terminal
El Concesionario determinará el diseño, suministro, montaje y mantenimiento del amoblado general de todo el edificio terminal para un nivel de servicio “A”, de
acuerdo con lo establecido en el Air Development Reference Manual de la IATA. Los diseños, cantidades y materiales serán aprobados por el Interventor. Esta renovación requerirá el suministro y montaje de los muebles a adquirir por el Concesionario y serán suficientes en cantidad, con una calidad y estética adecuada al recinto aeroportuario y guardarán una armonía arquitectónica de buen nivel con el edificio, considerando todas las disposiciones relativas al PEP, Plan Especial de Protección del Aeropuerto Xxxxx Xxxxxxx (Monumento Nacional). Los muebles no contendrán cajones o depósitos con tapa, huecos, etc., donde puedan ser colocados elementos extraños sin que queden a la vista.
1.4.4.2. Aire acondicionado en salas de espera
A raíz del largo tiempo de permanencia de pasajeros en las salas de espera al abordaje, como consecuencia de incertidumbres frecuentes en las salidas de los aviones por condiciones meteorológicas locales, en ruta o en el aeropuerto de destino, el Concesionario suministrará, montará y pondrá en servicio un sistema de climatización en las salas de espera, según especificaciones estandarizadas para el tamaño de la instalación.
1.4.4.3. Ascensor
El Concesionario suministrará, instalará y pondrá en servicio un ascensor con capacidad mínima de 12 personas para acceder a los niveles superiores del edificio, considerando su utilización por discapacitados, de acuerdo con lo previsto en la Sección 2 Especificaciones Técnicas del presente Apéndice.
1.4.4.4. Edificio parqueadero
El Concesionario construirá el Edificio de parqueadero, para esto presentará al Interventor un proyecto para la construcción de un edificio parqueadero con una capacidad adecuada para absorber un crecimiento de la demanda futura. Este nuevo edificio respetará estrictamente la armonía arquitectónica liderada por el edificio terminal.,
1.4.4.5. Ludoteca
El Aeropuerto cuenta con una ludoteca, el Concesionario debe hacerse responsable, a su costo, de la prestación de este servicio. El Concesionario
podrá reubicar la ludoteca siempre que mantenega las condiciones actuales de áreas, servicios y ubicación privilegiada.
1.4.4.6. Nuevo Terminal VIP de Aviación General
El Concesionario construirá el Terminal de Aviación General, para esto presentará al Interventor un proyecto para la construcción, que identifique por lo menos tres zonas: Zona de aviación general y de negocios, que incluye sala de espera, zona para autoridades que incluye control de pasaportes, control de fauna, control de aduanas, revisipon de equipajes y zona de instalaciones de soporte que incluya, información, manejo de equipajes, servicios de alimentos.
Este nuevo edificio debe manener la tipología y la armonía arquitectónica establecida por el actual edificio terminal.
1.4.5. MANEJO AMBIENTAL
1.4.5.1. Mitigación de impacto ambiental
Al igual que en el resto de los aeropuertos, el Concesionario, tomará medidas dirigidas a minimizar el impacto ambiental, presentando al Interventor un Programa que incluirá la reducción de la contaminación del aire, el impacto por ruido y la contaminación del suelo y las aguas, especialmente durante la ejecución de las obras del Plan de Inversión del aeropuerto, a partir de las normas nacionales e internacionales sobre estas materias, con énfasis en el cumplimiento de las normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos.
El Concesionario ejecutará las obras, suministros y actividades necesarias para mitigar o compensar los impactos ambientales identificados en el Plan de Manejo Ambiental.
1.4.5.2. Plan de manejo ambiental
El Concesionario, desarrollará un Plan de Manejo ambiental de acuerdo con las Normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos, considerará efectos compatibles con el medio o impactos moderados, severos, críticos, determinando medidas de mitigación.
Realizará el Estudio de Impacto Ambiental para las áreas del aeropuerto y su respectivo Plan de Manejo Ambiental, cumpliendo con los lineamientos establecidos en los términos de referencia específicos y demás de la autoridad ambiental respecto a ruido, contaminación del aire, aguas, peligro aviario, entre otros.
1.4.5.3. Construcción xx xxxxxxxx antirruido
Los estudios para mitigación de ruido existentes en el Aeropuerto plantean la necesidad de construir barreras antirruido, las cuales deben ser ubicadas, diseñadas y construidas por el concesionario.
1.4.6. OTROS
1.4.6.1. Adecuación interna al Plan Especial de Protección - PEP
El Terminal de pasajeros de Xxxxx Xxxxxxx fue declarado monumento nacional, representativo de la arquitectura moderna de Colombia, mediante decreto 1802 de octubre 1995. Por este motivo, todas las restauraciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación a realizar en el mismo, deben ser aprobadas y supervisadas por el Consejo de Monumentos Nacionales.
El Concesionario efectuará la complementación de los estudios, diseños y adecuaciones de acuerdo con lo establecido en el PEP, y aprobado por el Ministerio de Cultura de Colombia.
1.4.6.2. Edificio de paquetes de mensajería, encomiendas y correo
El Concesionario diseñará y construirá una dependencia de paquetes de mensajería, encomiendas y correo, con capacidad adecuada para absorber la demanda y que hoy se maneja dentro del edificio terminal de pasajeros, de acuerdo con los planos aprobados por la Aerocivil y las áreas establecidas en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx.
El edificio contará con un parqueadero, dependencias administrativas y de servicios y con una superficie para almacenamiento.
1.4.6.3. Cuartel de Policía
El Concesionario elaborará un diseño, especificaciones técnicas y remodelará y ampliará las actuales instalaciones de los Bomberos del aeropuerto para tal fin; una vez aprobado el proyecto por el Interventor un cuartel de policía, en un emplazamiento que no entorpezca el desarrollo futuro del aeropuerto y con adecuados accesos y disponibilidad de servicios básicos.
Las áreas y especificaciones generales se encuentran consignadas en el anexo Obras, Cantidades y Suministros mínimos y en la sección 2 Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión del presente Apéndice.
1.4.6.4. Nueva Torre de Control
El Concesionario diseñará, construirá y equipará con comunicaciones y climatización una nueva torre de control, en una de tres alternativas posibles de emplazamiento que proponga. Tanto el fuste como la cabina de control mantendrán una armonía arquitectónica respecto al edificio terminal. La altura de la torre no será inferior a 22 m y la cabina proporcionará alcance visual directo a cualquier punto del área de maniobras. La torre contará con facilidades para el personal, incluyendo ascensor, baño, sala de descanso, parqueadero y control de acceso.
1.4.6.5. Vehículos para Inspección xx Xxxxx
El Concesionario deberá adquirir dos vehículos para apoyar las funciones técnico operativas, esenciales para brindar condiciones seguras de operación como son: Inspecciones de pistas, para verificar las condiciones de operatividad de las mismas; apoyo en tierra a la Torre de Control; escolta de aeronaves, entre ellas la presidencial en vuelos VIP 1; atención de incidentes y accidentes; mantenimiento técnico de las diferentes facilidades aeroportuarias e inspecciones de seguridad, entre otras. Dichos vehículos cumplirán con la totalidad de los requisitos establecidos en la Sección 2 “Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión” del presente apéndice.
1.4.6.6. Esteras electricas rodantes para pasajeros
Las distancias a caminar por los pasajeros son más amplias y se requiere una mayor velocidad de desplazamiento de éstos, por lo anterior, el Concesionario
efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento xx xxxxxxx eléctricas rodantes, tanto en llegadas como en el área que conduce a los abordajes. Las esteras eléctricas rodantes cumplirán con la totalidad de los requisitos establecidos en la Sección 2 “Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión” del presente apéndice.
1.4.6.7. Reordenamiento de hangares
El Concesionario desarrollará un programa de reordenamiento de la zona de hangares, especialmente respecto al uso de espacios comunes, como los accesos a estas dependencias, convertidas en vías de circulación de aeronaves, peatones y toda clase de vehículos, lo que constituye un problema operacional de magnitud. El concesionario construirá una nueva caseta de control de ingreso y egreso de la zona de hangares que ofrezca condiciones óptimas de funcionamiento.
La red de alcantarillado combinada actual de la zona de hangares es muy antigua, además de que ha sido afectada, a través del tiempo, por la expansión en las construcciones de hangares lo que ocasiona obstrucciones y deficiente evacuación de las aguas. Por lo anterior, el concesionario repondrá las redes de alcantarillado por un sistema separado de aguas residuales y lluvias.
Dado que en la zona de hangares se manejan combustibles y diferentes líquidos inflamables, el concesionario deberá construir una red contra incendio de acuerdo a los diseños que realice y que sean aprobados por el interventor.
1.4.6.8. Pasarelas
Las pasarelas del Aeropuerto Xxxxx Xxxxxxx no cumplen con la norma de sismoresistencia, NSR 98. La empresa que realizó el estudio de vulnerabilidad de las pasarelas planteó tres alternativas de solución, el Concesionario diseñará y construirá el reforzamiento estructural de las pasarelas, el diseño y construcción, estará ajustado al PEP y debe ser aprobada previamente por Monumentos Nacionales.
1.4.6.9. Sistema de Información de Vuelos y Equipajes (FIDS y BIDS)
El Concesionario suministrará, y pondrá en funcionamiento un proyecto de modernización y redistribución de los componentes de los sistema FIDS (Flight
Information Display System) y BIDS (Baggage Information Display System), el que debe adaptarse a las readecuaciones internas del terminal, a los sitemas de información de vuelos existentes en el aeropuerto y contar con los adelantos tecnológicos recientemente incorporados a estos sistemas, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en la Sección 2 del presente Apéndice.
El número mínimo de pantallas de información que funcionarán en el aeropuerto, se encuentra establecido en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx.
1.4.7. OTROS SERVICIOS
1.4.7.1. Servicio de Búsqueda y Salvamento
El Concesionario mejorará y modernizará las instalaciones del Servicio de Búsqueda y Rescate SAR existentes en el aeropuerto, y realizará el suministro de los paquetes de suministros y equipo de supervivencia para el personal vinculado al Concesionario, que forma parte del Servicio de Búsqueda y Salvamento, de conformidad con lo establecido en el Apéndice I Parte Decimasexta Búsqueda y Salvamento del RAC.
1.4.7.2. Servicio de Extinción de Incendio Equipos e Instalaciones
El Concesionario, construirá unas nuevas instalaciones para el Servicio de Extinción de Incendios, en el sitio más adecuado y que garanticen el tiempo de respuesta establecido en el numeral 14.6.23 del RAC, estas instalaciones deben garantizar espacios confortables y adecuados para el personal y los equipos, como para los equipos, también realizará el suministro de los equipos y dotación mínimos requeridos en el numeral 17.5.3 de la Parte Decimacuarta del RAC, de acuerdo con la categoría del Aeropuerto.
El Concesionario debe suministrar el número de vehículos ARFF que establece el la tabla 9.3S de la parte decimacuarta del RAC, con una capacidad, como mínimo igual a la establecida en la tabla 9.2S Cantidades mínimas de agentes extintores, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente Apéndice sección 2.
En todo caso el Concesionario determinará la capacidad extintora necesaria en el aeropuerto con base en la determinación de la aeronave crítica.
Las características, capacidades, del nuevo equipo serán aprobadas por el
Interventor.
1.4.7.3. Servicio De Sanidad Portuaria
El Concesionario renovará equipamiento obsoleto y mejorará las instalaciones correspondientes a la prestación de los servicios de sanidad aeroportuaria, de acuerdo con la normatividad nacional e internacional vigente del MInisterio de Protección Social, el RAC, además de lo recomendado en el Anexo 10 de la OACI “Facilitación”.
Las características de los equipos y su cantidad y calidad deben ser aprobadas por el Interventor.
1.4.7.4. Adquisición Servidor de Comunicaciones
El Concesionario suministrará, montará y pondrá en funcionamiento un servidor de comunicaciones telefónicas para el aeropuerto, con capacidad para satisfacer la demanda de los usuarios y todos los servicios operacionales y administrativos.
La central incorporará tecnología vigente con un alto grado de automatización, con funcionamiento independiente de la energía local, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente documento.
Los equipos existentes en el aeropuerto que sean compatibles con el sistema que se instalará, pueden ser utilizados por el Concesionario.
1.4.7.5. Implementación de la red de Telecomunicaciones LAN - Equipos
El proyecto consiste en el suministro, instalación, pruebas de funcionamiento y conectividad, configuración y documentación de los equipos para la red de datos LAN que el Concesionario debe implementar en los Aeropuertos, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente documento.
1.4.7.6. Implementación de la Red de Telecomunicaciones - Sistema de Cableado Estructurado
Consiste en el suministro instalación, certificación, documentación y puesta en funcionamiento del sistema de cableado estructurado categoría 6 A para la red de comunicaciones LAN (voz, datos y video) que el Concesionario debe implementar en el aeropuerto, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente documento.
El sistema de cableado estructurado, que se encuentra instalado en el Aeropuero puede ser utilizado por el Concesionario, en caso de que cumpla con las especificaciones establecidas en el presente apéndice.
1.4.8. SISTEMAS DE SEGURIDAD Y MANEJO DE EQUIPAJES
El Concesionario debe proveer un Sistema de seguridad que estará compuesto por los siguientes subsistemas:
▪ Sistema de Control de Accesos
o Control de visitantes
▪ Sistema de detección de incendios
▪ Sistema de intrusión
▪ Sistema de CCTV
▪ Sistema integrador (Centro de Control)
El Concesionario evaluará los equipos y sistemas existentes en el aeropuerto y podrá utilizar aquellos que se adapten a las especificaciones establecidas en la sección 2 Especificaciones Técnicas, del presente apéndice.
A continuación se describen los subsistemas:
1.4.8.1. Sistema de Control de Accesos
El sistema de control de accesos cumple las funciones, como su nombre lo indica, de control sobre las entradas y salidas de zonas de seguridad definidas, permitiendo el control de entrada y salida de funcionarios y visitantes a las áreas operativas y administrativas del Aeropuerto, incluyendo el control de acceso vehicular, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en la sección 2 del presente Apéndice.
1.4.8.2. Sistema de Detección de Incendios
El subsistema de detección de incendio debe cumplir con las funciones de
control y supervisión de los dispositivos de detección y alarma que se encuentran conectados a él.
El sistema tiene como función la generación (manual y/o automática) de las señales de alarma en caso de detectarse un incendio, de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente Apéndice.
1.4.8.3. Sistema de Intrusión
El subsistema de intrusión debe cumplir con las funciones de detección de alarmas como apertura de puertas, intrusión en áreas perimetrales, presencia en áreas restringidas y generación de avisos xx xxxxxx, entre otras, de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente Apéndice.
1.4.8.4. Sistema de CCTV
El subsistema de CCTV que formará parte del sistema integral de seguridad del Aeropuerto, ha sido diseñado para proteger las áreas comunes y áreas exteriores del Aeropuerto. En total consta de cámaras fijas y cámaras móviles, cuyas imágenes serán transmitidas y almacenadas bajo plataformas digitales de última tecnología, con el fin de registrar hechos acaecidos en las instalaciones mencionadas. Este sistema permitirá contar con un control visual constante de las edificaciones.
La Especificaciones del sistema se encuentran en la Sección 2 Especificaciones Técnicas del presente Apéndice.
1.4.8.5. Sistema Integrador
El sistema de Integración, se ubicará en el centro de control y cumplirá las funciones de monitoreo de eventos y alarmas de los subsistemas de Control de Accesos, Intrusión, CCTV y Detección de incendios; además estará en capacidad de controlar las puertas del sistema de Control de Accesos y configurar, administrar y visualizar el sistema integrado de seguridad.
La Especificaciones del sistema se encuentran en la Sección 2 Especificaciones Técnicas del presente Apéndice.
1.4.8.6. Sistema de Manejo de Equipajes (BHS)
El Concesionario debe ejecutar el diseño, entrega, construcción, integración, pruebas, entrenamiento de personal y puesta en marcha de un sistema automatizado de manejo de equipajes en los tres niveles de inspección; el nuevo sistema será instalado en el Terminal de pasajeros y reemplaza por completo el sistema actual.
El Sistema debe incluir sin limitarse a:
▪ Diseño completo de los niveles de seguridad
▪ Acondicionamiento de la infraestructura para el montaje y funcionamiento del sistema
▪ Estaciones de descarga de equipaje, cada una equipada con sensores de dimensiones y peso
▪ Línea de inspección de equipaje sospechoso (ETD)
▪ Equipos xx xxxxx X
▪ Carruseles de manejo de equipaje
▪ Carruseles de reclamo de equipajes
▪ Bandas transportadoras de equipajes.
▪ Sistemas de ordenamiento de equipajes
▪ Instalaciones eléctricas
▪ Sistemas Eléctricos y de control (PLC)
▪ Redes locales estaciones de trabajo y plataformas de hardware.
▪ Interfase de comunicación con el cuarto de control.
▪ Documentación, licencias y software para uso y mantenimiento.
▪ Todos los equipos necesarios para garantizar el desempeño y funcionamiento.
1.4.9. SERVICIOS
Para la adecuada y completa ejecución de las actividades descritas en éste numeral, el Concesionario, durante todo el desarrollo del contrato de Concesión y particularmente en la ejecución de cada uno de los proyectos, realizará los diseños, construcciones, modificaciones, adiciones o sustituciones de las redes de servicios, que garanticen el suministro de energía, agua potable, comunicaciones, aire acondicionado y disposición de aguas lluvias, aguas
servidas y residuos sólidos, en concordancia con las normas aplicables establecidas en el numeral 1.2.9 de este apéndice.
Así mismo, El Concesionario debe desarrollar los diseños y garantizar, como mínimo, el suministro de energía, agua, disposición de aguas lluvias y aguas servidas y el servicio telefónico, del edificio e instalaciones del Aeropuerto; estando a su cargo los trámites, documentos, negociaciones, aprobaciones y pagos ante las Autoridades o Empresas de Servicios Públicos correspondientes.
1.5. AEROPUERTO LOS GARZONES DE MONTERÍA
1.5.1. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN
En el Aeropuerto Los Garzones de Montería se definieron los siguientes grupos de proyectos a desarrollar por el Concesionario:
Lado Aire:
• Ayudas a la Aeronavegación
• Calles de rodaje
• Pista
• Plataformas Lado Tierra:
• Edificio Terminal de Pasajeros
• Manejo Ambiental
• Otros
• Otros Servicios
• Seguridad y equipajes
1.5.2. LADO AIRE
1.5.2.1. Ayudas a la Aeronavegación
El Concesionario suministrará, instalará y pondrá en marcha un sistema de aterrizaje por instrumentos de precisión en Categoría I, de acuerdo con las especificaciones establecidas por la OACI y las normas nacionales para esta inatalación, incluyendo la iluminación y equipamiento meteorológico integrado.
1.5.2.1.1. Iluminación ensanche de pista
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de la parte de iluminación de pista correspondiente al ensanche previsto para ésta.
1.5.2.1.2. Señales de superficie
El Concesionario desarrollará un proyecto de señalización horizontal de la pista para Cat. I, de acuerdo con las normas establecidas en el RAC y las recomendaciones del Anexo 14 de la OACI - Aeródromos, considerando señales de umbral, de identificación de umbral, eje, toma de contacto, punto de visada, margen de pista, ejes y bordes de rodaje y puntos de espera. La calidad de la pintura será la que se define en la Sección 2 del presente Apéndice “Especificaciones Técnicas”.
1.5.2.1.3. Sistema xx xxxxx de aproximación Categoría I
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema xx xxxxx de aproximación para Categoría I, según norma y especificaciones OACI.
1.5.2.1.4. Sistemas visuales indicadores de pendiente de aproximación
El Concesionario, si el ensanche de la pista deja fuera de tolerancia el sistema PAPI, relocalizará esta ayuda visual. El Concesionario realizará esta obra, considerando que la trayectoria visual coincidirá con la que se asigne a la de planeo del sistema ILS.
1.5.2.2. INFRAESTRUCTURA HORIZONTAL
1.5.2.2.1. Calles de rodaje
El Concesionario desarrollará un proyecto de mejoramiento del sistema de calles de rodaje del aeropuerto.
1.5.2.2.2. Letreros guía
Un sistema de letreros guía se instalará, especialmente debido a la futura puesta en servicio de un nuevo sistema ILS. El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de letreros de ubicación, dirección y obligatorios, según normas establecidas en la Parte decimocuarta del RAC y las recomendaciones del Anexo 14 de la OACI.
1.5.2.2.3. Ampliación lateral de pista
El Concesionario desarrollará un proyecto de ensanche de la pista, para lo cual presentará un proyecto que además incluya las modificaciones al sistema xx xxxxx de borde de pista, fases de ejecución con cierres programados de pista, entre otros. Las normas a aplicar serán las que se establecen en la Sección 2 de este Apéndice respecto a pavimentos flexibles, a lo establecido en la parte decimocuarta del RAC y a los requerimientos FAA.
1.5.2.2.4. Franja de pista
El Concesionario elaborará un proyecto para la ejecución de obras de nivelación y compactación de la franja de pista, obra necesarias considerando el incremento de la precisión de ésta al instalar un sistema ILS.
Una vez aprobado el proyecto por el Interventor, se procederá a la ejecución de los trabajos.
1.5.2.2.5. Llaves de volteo
El Concesionario construirá llaves de volteo o plataformas de giro en ambos extremos de la pista, con el fin de conservar los pavimentos flexibles libres de giros cerrados que fatigan la carpeta. Estas llaves de volteo se diseñarán de acuerdo con apropiados ángulos de viraje del avión de mayor demanda de infraestructura.
1.5.2.2.6. Márgenes de pista
El Concesionario ejecutará obras de construcción de márgenes o bermas de pista, útiles para proteger el pavimento estructural de la erosión y disminuir el riesgo de ingestión por los motores de las aeronaves.
El proyecto considerará el impacto de estas obras en la iluminación de borde, de igual manera que se debe tomar en cuenta para el ensanche del pavimento estructural.
1.5.2.2.7. Ampliación de pista
Los 1.860 m de pista para el tráfico actual parecen adecuados y así se estableció en el diagnóstico, pero el cambio de material de vuelo y la creación de destinos más distantes, sumando las altas temperaturas y la probabilidad alta de operaciones con pista mojada, determina la ampliación del largo de pista a 2.300 m, de acuerdo con lo estipulado en la Sección 2 “Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión” del presente Apéndice.
1.5.2.2.8. Pavimentación de pista
El Concesionario realizará obras de colocación de una carpeta asfáltica en la pista, previo parcheo y tratamiento de grietas en la superficie actual. Estos trabajos se desarrollarán en forma paralela con la ampliación lateral, nivelación de franja y renovación de márgenes laterales, mediante un programa de obras que afecte lo menos posible la realización de las operaciones aéreas comerciales, para el efecto cumplirá lo establecido en la sección 2 del presente apéndice y las normas consignadas en la Parte decimacuarta del RAC.
El Concesionario durante el periodo de la concesión, realizará por lo menos dos obras de colocación de carpeta asfáltica en la totalidad de la pista de aterrizaje de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.2.5 ACTIVADORES DE INVERSIÓN.
1.5.2.2.9. Áreas de seguridad de extremo de pista RESA
El Concesionario construirá áreas de seguridad de extremo de pista RESA, con un largo de 90 m a partir de cada extremo de la franja de pista. El proyecto debe considerar las especificaciones que para este tipo de obras establece la parte decimacuarta del RAC, numeral 14.3.3.5 y lo recomendado en el Anexo 14 de la OACI, párrafo 3.5.2.
1.5.2.2.10. Plataforma Terminal de Carga
El Concesionario construirá una plataforma de estacionamiento de aeronaves en el sector de carga, de acuerdo con lo establecido en la parte decimacuarta del RAC. Los diseños estructurales se basarán en las normas de la FAA sobre pavimentos de aeropuertos.
1.5.2.2.11. Plataforma Terminal de pasajeros
La plataforma de estacionamiento será reconstruida en hormigón hidráulico, es decir, pavimento rígido, de acuerdo con lo establecido en la parte decimacuarta del RAC y diseñada para la aeronave crítica y aplicando los criterios de las normas de la FAA.
1.5.3. LADO TIERRA
1.5.3.1. Edificio Terminal de Pasajeros Mejoramiento General
El Concesionario elaborará un proyecto de adaptaciones de espacios y mejoramiento de flujos en el edificio terminal del aeropuerto, para un nivel de servicio “C”, de acuerdo con lo establecido en el Air Development Reference Manual de la IATA.
1.5.3.2. Ampliación xx xxxx de abordaje
El operador del aeropuerto hará llegar al Interventor un proyecto de ampliación de la sala de abordaje del edificio terminal. La obra se ejecutará con la aplicación de los criterios establecidos en el ADMR de la IATA.
1.5.4. MANEJO AMBIENTAL
1.5.4.1. Medidas de Mitigación de Impacto Ambiental
El Concesionario, tomará medidas dirigidas a minimizar el impacto ambiental, presentando al Interventor un Programa que incluirá la reducción de la contaminación del aire, el impacto por ruido y la contaminación del suelo y las aguas, especialmente durante la ejecución de las obras de modernización de los aeropuertos, a partir de las normas nacionales e internacionales sobre estas materias, con énfasis en el cumplimiento de las normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos.
1.5.4.2. Plan de manejo ambiental
El aeropuerto cuenta con un Plan de Manejo Ambiental reciente, elaborado con un excelente nivel de detalle. El Concesionario actualizará el Plan de Manejo ambiental de acuerdo con las Normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos, considerará efectos compatibles con el medio o impactos moderados, severos, críticos, determinando medidas de mitigación.
Realizará el Estudio de Impacto Ambiental para las áreas del aeropuerto y su respectivo Plan de Manejo Ambiental, cumpliendo con los lineamientos establecidos en los términos de referencia específicos y demás de la autoridad ambiental respecto a ruido, contaminación del aire, aguas, peligro aviario, entre otros.
Tanto las medidas de mitigación como el Plan de Manejo Ambiental se desarrollarán durante todo el período de concesión.
1.5.5. OTROS
1.5.5.1. Parqueaderos
El Concesionario desarrollará y presentará para aprobación del Interventor un proyecto de ampliación y mejoramiento del parqueadero público. La obra considerará ampliación, reposición de pavimentos, áreas cubiertas y jardines.
1.5.5.2. Vehículo para Inspección xx Xxxxx
El Concesionario suministrará un vehículo para servicios internos del aeropuerto. Este vehículo está destinado a satisfacer los requerimientos de inspección del área de movimiento, pistas, calles de rodaje y plataformas, así mismo la inspección de las radioayudas del aeropuerto.
En la Sección 2 “Especificaciones Técnicas del Plan de Inversión” del presente Apéndice, se señalan las especificaciones técnicas de dicho vehículo.
1.5.5.3. Vías de servicio para vehículos terrestres
Dentro del lado aéreo es necesario contar con vías de servicio internas para la circulación de vehículos que son usados por dependencias como catering, combustible, personal de control, vehículos de aerolíneas, de seguridad, de la Aeronáutica Civil, entre otros.
1.5.5.4. Terminal de carga, paquetes, encomiendas y correo
El Concesionario diseñará y construirá una dependencia para el manejo de carga, de paquetes de mensajería, encomiendas y correo, con capacidad adecuada para absorber la demanda proyectada.
El edificio contará con parqueadero, dependencias administrativas y de servicios, superficie para almacenamiento.
1.5.6. OTROS SERVICIOS
1.5.6.1. Servicio de extinción de incendios - Equipos
El Concesionario debe suministrar el número de vehículos ARFF que establece el la tabla 9.3S de la parte decimacuarta del RAC, con una capacidad, como mínimo igual a la establecida en la tabla 9.2S Cantidades mínimas de agentes extintores, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente Apéndice sección 2.
En todo caso el Concesionario determinará la capacidad extintora necesaria en el aeropuerto con base en la determinación de la aeronave crítica y cumplirá con los tiempos máximos de respuesta de los vehículos de Salvamento y extinción – ARFF, establecidos en el RAC, numeral 14.6.23 tiempo de respuesta.
1.5.6.2. Instalaciones del servicio de extinción de incendios
El Concesionario elaborará y construirá un proyecto de mejoramiento de las instalaciones de este servicio, que considere instalaciones para resguardo de los vehículos y elementos para la permanencia del personal de bomberos aeronáuticos.
1.5.6.3. Servicio de sanidad portuaria
El Concesionario renovará equipamiento obsoleto y mejorará las instalaciones correspondientes a la prestación de los servicios de sanidad aeroportuaria, de acuerdo con la normatividad nacional e internacional vigente del MInisterio de Protección Social, el RAC, además de lo recomendado en el Anexo 10 de la
OACI “Facilitación”.
1.5.6.4. Adquisición de Servidor de Comunicaciones
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un Servidor de Comunicaciones adecuada para el servicio del aeropuerto. Para tal efecto, realizará un estudio de demanda por estos servicios, con el objeto de determinar el número de anexos digitales y análogos necesarios.
1.5.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJES
1.5.7.1. Bandas transportadoras de equipaje
El Concesionario suministrará, efectuaré el montaje y pondrá en marcha bandas transportadoras de equipaje, de alimentación directa, de 0,80 a 1,0 m de ancho, planas y con una altura desde el suelo de 0,50 m (para aviones con menos de 60 asientos).
1.5.7.2. Sistemas de seguridad
El Concesionario suministrará, efectuará el montaje y pondrá en marcha un sistema de seguridad de última tecnología de acuerdo con lo establecido en la sección 2 del presente apéndice. Todos los elementos podrán ser monitoreados desde la sala de CCTV del aeropuerto, sean éstos cámaras infrarrojas, detectores de movimiento, detectores de calor entre otros.
El proyecto tendrá accesos para la circulación de vehículos de emergencia y otras actividades del aeropuerto, por lo que el Concesionario presentará una propuesta en la que se indiquen el tipo y número de controles de acceso, en los términos ya descritos para el aeropuerto Xxxxx Xxxxxxx.
1.5.8. SERVICIOS
Para la adecuada y completa ejecución de las actividades descritas en éste numeral, el Concesionario , durante todo el desarrollo del contrato de Concesión y particularmente en la ejecución de cada uno de los proyectos,
realizará los diseños, construcciones, modificaciones, adiciones o sustituciones de las redes de servicios, que garanticen el suministro de energía, agua potable, comunicaciones, aire acondicionado y disposición de aguas lluvias, aguas servidas y residuos sólidos, en concordancia con las normas aplicables establecidas en el numeral 1.2.9 de este apéndice.
Así mismo, El Concesionario debe desarrollar los diseños y garantizar, como mínimo, el suministro de energía, agua, disposición de aguas lluvias y aguas servidas y el servicio telefónico, del edificio e instalaciones del Aeropuerto; estando a su cargo los trámites, documentos, negociaciones, aprobaciones y pagos ante las Autoridades o Empresas de Servicios Públicos correspondientes.
1.5.8.1. SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
El Concesionario realizará el suministro e instalación de una nueva subestación eléctrica para los sistemas aeronáuticos en los primeros seis (6) meses de la concesión.
Incluyen, entre otros, las siguientes actividades: Subestación eléctrica, planta de emergencia, tableros y conexiones eléctricas, construcción o adecuación o ambas, del área donde funcionará la nueva subestación, en concordancia con las especificaciones técnicas establecidas en el presente apéndice y el Reglamento Aeronáutico de Colombia parte Decimocuarta Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos.
1.6. AEROPUERTO EL XXXXXX DE QUIBDÓ
1.6.9. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN
En el Aeropuerto El Xxxxxx de Quibdó se definieron los siguientes grupos de proyectos a desarrollar por el Concesionario:
Lado Aire:
▪ Ayudas a la Aeronavegación
▪ Calles de rodaje
▪ Pista
▪ Plataformas
Lado Tierra:
▪ Edificio Terminal de Pasajeros
▪ Manejo Ambiental
▪ Otros
▪ Otros Servicios
▪ Seguridad y equipajes
1.6.2. LADO AIRE
1.6.2.1. Ayudas a la Aeronavegación
1.6.2.1.1. Luces de Identificación de Umbral de Pista XXXX
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema de identificación de umbral de la pista de destellos por descarga de condensador, para la pista de mayor utilización.
1.6.2.1.2. Sistema Visual Indicador de Pendiente de Aproximación de Precisión
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema Indicador de Trayectoria de Aproximación PAPI.
1.6.2.2. Infraestructura Horizontal
1.6.2.2.1. Calles de rodaje
El Concesionario ejecutará obras de conservación de las calles de rodaje, mediante sellado de fisuras, parcheos y riegos de rejuvenecimiento de la superficie de la Calle de rodaje.
1.6.2.2.2. Franja de pista
El Concesionario ejecutará trabajos de nivelación y compactación de la franja de la pista, de manera que se de cumplimiento a la norma aeroportuaria sobre esta infraestructura.
1.6.2.2.3. Márgenes de pista
El Concesionario ejecutará los trabajos de conservación de los márgenes de pista, con el fin de evitar su deterioro y posterior erosión de los bordes del pavimento estructural de la pista.
1.6.2.2.4. Mantenimiento de pista
El Concesionario ejecutará los trabajos de conservación de la carpeta de la pista, con el fin de garantizar su regularidad y estado general. Los trabajos consistirán en sellado de fisuras, bacheos y riego asfáltico de rejuvenecimiento.
1.6.9.1.1. Repavimentación de la pista de aterrizaje
El Concesionario durante el periodo de la concesión, realizará por lo menos dos obras de colocación de carpeta asfáltica en la totalidad de la pista de aterrizaje de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.2.5 ACTIVADORES DE INVERSIÓN.
1.6.2.2.5. Áreas de seguridad de extremo de pista RESA
Se habilitarán áreas de seguridad de extremo de pista de 90 m de largo a partir de la franja, con la finalidad de evitar que las aeronaves que accidentalmente se salgan de la pista sufran daños estructurales.
1.6.2.2.6. Ampliación de plataforma
Se ejecutarán obras de ampliación de plataforma de acuerdo con las cantidades establecidas en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx.
1.6.2.2.7. Plataforma Sector Terminal de Pasajeros
La plataforma de estacionamiento será reconstruida en hormigón hidráulico, es decir, pavimento rígido, según aeronave crítica y bajo normas de la FAA.
1.6.3. LADO TERRESTRE
1.6.3.1. Construcción Edificio Terminal de pasajeros
El Concesionario diseñará, construirá y pondrá en servicio un edificio terminal de pasajeros, de acuerdo con las cantidades establecidas en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx, con su equipamiento electromecánico, mobiliario, FIDS, señalética y otros.
El proyecto consistirá en un edificio centralizado de un nivel de servicio “C”, de acuerdo con lo establecido en el Air Development Reference Manual de la IATA, el Concesionario debe incluir en el proyecto y la construcción de un estacionamiento público, señalización y paisajismo, siendo la materialidad de construcción la más apropiada para las condiciones de temperatura y humedad del lugar. El Concesionario debe realizar la construcción y dotación del nuevo edificio terminal.
1.6.4. MANEJO AMBIENTAL
1.6.4.1. Sistema de drenaje y manejo de aguas residuales
El Concesionario desarrollará obras de recuperación, limpieza y ampliación del sistema de drenaje y programas de mantenimiento preventivo.
El Concesionario realizará la terminación de la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales y los suministros requeridos para el óptimo funcionamiento de la misma.
1.6.4.2. Medidas de Mitigación de Impacto Ambiental
El Concesionario, tomará medidas dirigidas a minimizar el impacto ambiental, presentando al Interventor un Programa que incluirá la reducción de la contaminación del aire, el impacto por ruido y la contaminación del suelo y las aguas, especialmente durante la ejecución de las obras de modernización de los aeropuertos, a partir de las normas nacionales e internacionales sobre estas materias, con énfasis en el cumplimiento de las normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos.
1.6.4.3. Plan de manejo ambiental
El aeropuerto cuenta con un Plan de Manejo Ambiental, elaborado con un excelente nivel de detalle. El Concesionario actualizará el Plan de Manejo ambiental de acuerdo con las Normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos, considerará efectos compatibles con el medio o impactos moderados, severos, críticos, determinando medidas de mitigación.
Realizará el Estudio de Impacto Ambiental para las áreas del aeropuerto y su respectivo Plan de Manejo Ambiental, cumpliendo con los lineamientos establecidos en los términos de referencia específicos y demás de la autoridad ambiental respecto a ruido, contaminación del aire, aguas, peligro aviario, entre otros.
1.6.5. OTROS
1.6.5.1. Sistema de aire acondicionado
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema de aire acondicionado en el nuevo edificio terminal de pasajeros.
1.6.5.2. Vehículo de Inspección xx Xxxxx
El Concesionario suministrará un vehículo para servicios internos del aeropuerto, a partir del año 1 del período de concesión. Este vehículo está destinado a satisfacer los requerimientos de inspección del área de movimiento, pistas, calles de rodaje y plataformas, como así mismo de las radioayudas terminales del aeropuerto.
1.6.5.3. Terminal de carga, paquetes, encomiendas y correo
El Concesionario diseñará y construirá una dependencia para el manejo de carga, de paquetes de mensajería, encomiendas y correo, con capacidad adecuada para absorber la demanda proyectada.
El edificio contará con un parqueadero, dependencias administrativas y de servicios y una superficie para almacenamiento.
1.6.6. OTROS SERVICIOS
1.6.6.1. Equipo Servicio de extinción de incendios - Equipo
El Concesionario debe suministrar el número de vehículos ARFF que establece el la tabla 9.3S de la parte decimacuarta del RAC, con una capacidad, como mínimo igual a la establecida en la tabla 9.2S Cantidades mínimas de agentes extintores, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente Apéndice sección 2.
En todo caso el Concesionario determinará la capacidad extintora necesaria en el aeropuerto con base en la determinación de la aeronave crítica y cumplirá con los tiempos máximos de respuesta de los vehículos de Salvamento y extinción – ARFF, establecidos en el RAC, numeral 14.6.23 tiempo de respuesta.
El Concesionario también realizará el suministro de los equipos y dotación mínimos requeridos en el numeral 17.5.3 de la Parte Decimacuarta del RAC, de acuerdo con la categoría del Aeropuerto.
1.6.6.2. Instalaciones del servicio de salvamento y extinción de incendios
El Concesionario diseñará y construirá una instalación de 400 m2 con las facilidades para este servicio, cuyo proyecto considerará espacios de resguardo y mantenimiento para los vehículos, sala de descanso, sala de comunicaciones, de acuerdo con las recomendaciones de la OACI para la categoría de protección del aeropuerto.
1.6.6.3. Un Servidor de Comunicaciones
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un Servidor de Comunicaciones con capacidad suficiente para satisfacer la
totalidad de los requerimientos del terminal de pasajeros y de los servicios operacionales del aeropuerto.
1.6.6.4. Servicio de sanidad portuaria
El Concesionario renovará equipamiento obsoleto y mejorará las instalaciones correspondientes a la prestación de los servicios de sanidad aeroportuaria, de acuerdo con la normatividad nacional e internacional vigente del MInisterio de Protección Social, el RAC, además de lo recomendado en el Anexo 10 de la OACI “Facilitación”.
1.6.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJES
1.6.7.1. Sistemas de seguridad
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en marcha de un sistema de seguridad, de acuerdo con recomendaciones y normas que regulan esta materia y lo establecido en la Sección 2 Especificaciones Técnicas de Plan de Inversión, del presente Apéndice.
Todos los elementos podrán ser monitoreados desde la sala de CCTV del aeropuerto, sean éstos cámaras infrarrojas, detectores de movimiento, detectores de calor u otros.
1.6.7.2. Cerramiento faltante
El Concesionario suministrará y efectuará la instalación del cerramiento faltante, instalación que cumplirá con las recomendaciones de la OACI en cuanto a materialidad, altura y características generales de cerramientos para aeropuertos.
1.6.8. SERVICIOS
Para la adecuada y completa ejecución de las actividades descritas en éste numeral, el Concesionario, durante todo el desarrollo del contrato de Concesión y particularmente en la ejecución de cada uno de los proyectos, realizará los diseños, construcciones, modificaciones, adiciones o sustituciones de las redes
de servicios, que garanticen el suministro de energía, agua potable, comunicaciones, aire acondicionado y disposición de aguas lluvias, aguas servidas y residuos sólidos, en concordancia con las normas aplicables establecidas en el numeral 1.2.9 de este apéndice.
Así mismo, El Concesionario debe desarrollar los diseños y garantizar, como mínimo, el suministro de energía, agua, disposición de aguas lluvias y aguas servidas y el servicio telefónico, del edificio e instalaciones del Aeropuerto; estando a su cargo los trámites, documentos, negociaciones, aprobaciones y pagos ante las Autoridades o Empresas de Servicios Públicos correspondientes.
1.6.8.1. SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
El Concesionario realizará el suministro e instalación de una nueva subestación eléctrica para los sistemas aeroportuarios en los primeros seis (6) meses de la concesión.
Incluyen, entre otros, las siguientes actividades: Subestación eléctrica, planta de emergencia, tableros y conexiones eléctricas, construcción o adecuación o ambas, del área donde funcionará la nueva subestación, en concordancia con las especificaciones técnicas establecidas en el presente apéndice y el Reglamento Aeronáutico de Colombia parte Decimocuarta Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos.
1.7. AEROPUERTO XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX DE CAREPA
1.7.1. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN
En el Aeropuerto Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx se definieron los siguientes grupos de proyectos a desarrollar por el Concesionario:
Lado Aire:
▪ Ayudas a la Aeronavegación
▪ Calles de rodaje
▪ Pista
▪ Plataformas
Lado Tierra:
▪ Edificio Terminal de Pasajeros
▪ Manejo Ambiental
▪ Otros
▪ Otros Servicios
▪ Seguridad y equipajes
1.7.2. LADO AIRE
1.7.2.1. Ayudas a la Aeronavegación
1.7.2.1.1. Luces de Identificación de Umbral de Pista XXXX
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema de identificación de umbral de la pista de destellos por descarga de condensador, para la pista de mayor utilización.
1.7.2.1.2. Reparación de iluminación de pista y calles de rodaje
El Concesionario efectuará trabajos de reparación de los sistemas de iluminación de pista y de calles de rodaje.
Antes de efectuar los referidos trabajos, entregará al Interventor un programa de reparación, el que incluirá un procedimiento de minimización de la interferencia de las obras con la operación de la pista.
1.7.2.1.3. Señalización de pista, rodaje y plataforma
El Concesionario ejecutará un programa de señalización de la pista, rodajes y plataforma, de acuerdo con lo establecido en la Parte decimacuarta de RAC y en las normas y métodos recomendados de la OACI. Para tal efecto presentará al Interventor los planos y las especificaciones de la pintura a utilizar, la cual cumplirá con especificaciones técnicas de la FAA para pinturas de señalización de aeropuertos, incluyendo en éstas el requisito de pintura reflectante.
1.7.2.1.4. Sistema visual indicador de trayectoria de planeo de precisión PAPI
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema indicador de trayectoria de planeo de precisión, para la pista de mayor utilización.
1.7.2.2. Infraestructura Horizontal
1.7.2.2.1. Calles de rodaje
El pavimento de las calles de rodaje será sometido a mejoramiento mediante sellado de grietas y riego de rejuvenecimiento, trabajos que el Concesionario efectuará.
1.7.2.2.2. Franjas de calles de rodaje
Está previsto que el Concesionario realice trabajos menores de mantenimiento de la franja de calles de rodaje, tales como limpieza, corte de maleza y compactaciones localizadas.
1.7.2.2.3. Franja de pista
El Concesionario ejecutará trabajos de conservación de la franja de pista, especialmente en la parte nivelada, eliminado irregularidades y arbustos.
1.7.2.2.4. Márgenes de pista
Las aguas lluvias están iniciando un deterioro del pavimento estructural de los bordes de la pista, lo que amerita la habilitación de márgenes laterales, útiles para evitar la erosión y disminuir el riesgo de ingestión por los motores. El Concesionario ejecutará obras de habilitación de márgenes, mediante compactación y un riego asfáltico adecuado.
1.7.2.2.5. Pavimento de pista
El Concesionario realizará trabajos de mantenimiento mayor de la pista mediante sellado de grietas, parcheos en sectores dañados y riegos asfálticos según norma, con el fin de mantener la regularidad de la superficie y evitar el desprendimiento de material que pueda constituir riesgo para las aeronaves.
Las obras se coordinarán de tal manera con el Interventor, que el impacto sobre las operaciones aéreas comerciales será el mínimo indispensable.
1.7.2.2.6. Repavimentación de la pista de aterrizaje
El Concesionario durante el periodo de la concesión, realizará por lo menos dos obras de colocación de carpeta asfáltica en la totalidad de la pista de aterrizaje de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.2.5 ACTIVADORES DE INVERSIÓN.
1.7.2.2.7. Ampliación de pista
El Concesionario efectuará las obras de ensanche de la pista de 30 a 45 m, oportunidad en la que desarrollará los márgenes de pista que están previstos para el mismo período. El ensanche contemplará la readecuación de la iluminación de borde de pista.
Además presentará al Interventor un programa de trabajo que considere un mínimo efecto sobre los vuelos comerciales regulares y las medidas de seguridad y de coordinación entre los operadores, Concesionario y Aerocivil.
1.7.2.2.8. Áreas de seguridad de extremo de pista
El Concesionario habilitará Áreas de Seguridad de Extremo de Pista RESA, de acuerdo con lo establecido en la Parte decimocuarta del RAC, numeral 14.3.3.5.
1.7.2.2.9. Sustitución de Pavimento Flexible por Pavimento Rígido en la Plataforma
El Concesionario efectuará las obras de sustitución del pavimento flexible de la plataforma por pavimento rígido de hormigón hidráulico.
El Concesionario ejecutará el proyecto de manera que la intervención del área se realice por etapas que permitan estacionar aeronaves comerciales durante todo el período de obras.
1.7.3. LADO TERRESTRE
1.7.3.1. Edificio Terminal de Pasajeros
El Concesionario diseñará, construirá y pondrá en servicio un edificio terminal de pasajeros, de acuerdo con las cantidades establecidas en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx, con su equipamiento electromecánico, mobiliario, FIDS, señalética y otros.
El proyecto consistirá en un edificio centralizado de un nivel de servicio “C”, de acuerdo con lo establecido en el Air Development Reference Manual de la IATA, el Concesionario debe incluir en el proyecto y la construcción de un estacionamiento público, señalización y paisajismo, siendo la materialidad de construcción la más apropiada para las condiciones de temperatura y humedad del lugar.
1.7.4. MANEJO AMBIENTAL
1.7.4.1. Pozo séptico
El Concesionario realizará la limpieza, arreglo y adecuación xxx xxxx séptico del aeropuerto, el que se encuentra prácticamente colmatado.
1.7.4.2. Sistema de drenaje del aeropuerto
El Concesionario ejecutará un programa de limpieza y conservación del sistema de drenaje del aeropuerto, el cual se encuentra obstruido, principalmente debido a la proliferación de vegetación y deterioros de algunos canales.
1.7.4.3. Mitigación del impacto ambiental
El Concesionario, tomará medidas dirigidas a minimizar el impacto ambiental, que incluirá la reducción de la contaminación del aire, el impacto por ruido y la contaminación del suelo y las aguas, especialmente durante la ejecución de las obras de construcción, a partir de las normas nacionales e internacionales sobre estas materias.
1.7.4.4. Plan de manejo ambiental
El Concesionario desarrollará un Plan de Manejo ambiental de acuerdo con la normativa vigente, considerando efectos compatibles con el medio o impactos moderados, severos, críticos, determinando medidas de mitigación.
El referido plan será presentado al Interventor por el Concesionario, una vez aprobado, será puesto inmediatamente en vigencia.
1.7.5. OTROS
1.7.5.1. Demolición xx Xxxxx de Control Antigua
El Concesionario demolerá la antigua torre de control.
1.7.5.2. Vehículo para Inspección xx Xxxxx
El Concesionario suministrará un vehículo para servicios internos del aeropuerto, durante todo el período de concesión. Este vehículo estará destinado a satisfacer los requerimientos de inspección del área de movimiento, pistas, calles de rodaje y plataformas, de igual manera inspeccionar las radioayudas del aeropuerto.
1.7.5.3. Terminal de carga, paquetes, encomiendas y correo
El Concesionario diseñará y construirá una dependencia para el manejo de carga, de paquetes de mensajería, encomiendas y correo, con capacidad adecuada para absorber la demanda proyectada.
El edificio contará con un parqueadero, dependencias administrativas y de servicios y una superficie para almacenamiento.
1.7.6. OTROS SERVICIOS
1.7.6.1. Equipo Servicio de Extinción de Incendios
El Concesionario debe suministrar el número de vehículos ARFF que establece el la tabla 9.3S de la parte decimacuarta del RAC, con una capacidad, como mínimo igual a la establecida en la tabla 9.2S Cantidades mínimas de agentes extintores, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente Apéndice sección 2.
El Concesionario también realizará el suministro de los equipos y dotación mínimos requeridos en el numeral 17.5.3 de la Parte Decimacuarta del RAC, de acuerdo con la categoría del Aeropuerto.
En todo caso el Concesionario determinará la capacidad extintora necesaria en el aeropuerto con base en la determinación de la aeronave crítica y cumplirá con los tiempos máximos de respuesta de los vehículos de Salvamento y extinción – ARFF, establecidos en el RAC, numeral 14.6.23 tiempo de respuesta.
1.7.6.2. Infraestructura del servicio de extinción de incendios
El Concesionario elaborará un proyecto para la habilitación de un edificio adecuado para el resguardo de los vehículos y la permanencia de los bomberos aeronáuticos.
Una vez aprobado por el Interventor, se procederá a la construcción del edificio.
1.7.6.3. Adquisición de un Servidor de Comunicaciones
El Concesionario efectuará el suministro, instalación y puesta en servicio de un Servidor de Comunicaciones, con el número de troncales y anexos apropiado para el aeropuerto.
1.7.6.4. Servicio de sanidad portuaria
El servicio de sanidad del Aeropuerto de Carepa es uno de los mejor equipados, por lo que el Concesionario realizará inversiones para evitar su degradación, actualizando su equipamiento e instalaciones.
El Concesionario renovará equipamiento obsoleto y mejorará las instalaciones correspondientes a la prestación de los servicios de sanidad aeroportuaria, de acuerdo con la normatividad nacional e internacional vigente del MInisterio de Protección Social, el RAC, además de lo recomendado en el Anexo 10 de la OACI “Facilitación”.
1.7.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJE
1.7.7.1. Sistema de Seguridad
El Concesionario efectuará, previa aprobación del Interventor, el suministro, instalación y puesta en servicio de un sistema de seguridad, mediante equipamiento de tecnología actualizada en cuanto a cámaras infrarrojas en el CCTV, detectores de calor, elementos de intrusión, etc.
1.7.7.2. Cerramiento, cambio de cerca por malla
El Concesionario debe proceder al cambio de la actual cerca en alambre xx xxx, por malla tipo eslabonada. Se considerarán accesos controlados, útiles para circulación de vehículos y especialmente de los dedicados a emergencias, como ambulancias y vehículos de extinción de incendios.
El Concesionario presentará el proyecto con especificaciones y plazos de ejecución, para aprobación por el Interventor.
1.7.8. SERVICIOS
Para la adecuada y completa ejecución de las actividades descritas en éste numeral, el Concesionario, durante todo el desarrollo del contrato de Concesión y particularmente en la ejecución de cada uno de los proyectos, realizará los diseños, construcciones, modificaciones, adiciones o sustituciones de las redes de servicios, que garanticen el suministro de energía, agua potable, comunicaciones, aire acondicionado y disposición de aguas lluvias, aguas servidas y residuos sólidos, en concordancia con las normas aplicables establecidas en el numeral 1.2.9 de este apéndice.
Así mismo, El Concesionario debe desarrollar los diseños y garantizar, como mínimo, el suministro de energía, agua, disposición de aguas lluvias y aguas servidas y el servicio telefónico, del edificio e instalaciones del Aeropuerto; estando a su cargo los trámites, documentos, negociaciones, aprobaciones y pagos ante las Empresas de Servicios Públicos correspondientes.
el Concesionario realizará los diseños que fueran necesarios para realizar las obras antes referidas y obtener las aprobaciones que se requieran de las empresas de servicios públicos a este efecto.
1.7.8.1. SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
El Concesionario realizará el suministro e instalación de una nueva subestación eléctrica para los sistemas aeroportuarios en los primeros seis (6) meses de la concesión.
Incluyen, entre otros, las siguientes actividades: Subestación eléctrica, planta de emergencia, tableros y conexiones eléctricas, construcción o adecuación o ambas, del área donde funcionará la nueva subestación, en concordancia con las especificaciones técnicas establecidas en el presente apéndice y el
Reglamento Aeronáutico de Colombia parte Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxx.
0.0. XXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX
1.8.1. OBRAS Y SUMINISTROS DEL PLAN DE INVERSIÓN
En el Aeropuerto Las Brujas de Corozal se definieron los siguientes grupos de proyectos a desarrollar por el Concesionario:
Lado Aire:
▪ Ayudas a la Aeronavegación
▪ Calles de rodaje
▪ Pista
▪ Plataformas
Lado Tierra:
▪ Edificio Terminal de Pasajeros
▪ Manejo Ambiental
▪ Otros
▪ Otros Servicios
▪ Seguridad y equipajes
1.8.2. LADO AIRE
1.8.2.1. Ayudas a la Aeronavegación
1.8.2.1.1. Luces de Identificación de Umbral de Pista XXXX
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema de identificación de umbral de la pista de destellos por descarga de condensador, para la pista de mayor utilización.
1.8.2.1.2. Reparación de iluminación de pista y calles de rodaje
El Concesionario efectuará trabajos de reparación de los sistemas de iluminación de pista de acuerdo con lo establecido en la parte decimacuarta del RAC y las recomendaciones establecidas por la OACI.
Antes de efectuar los referidos trabajos, entregará al Interventor un programa de reparación, el que incluirá un procedimiento de minimización de la interferencia de las obras con la operación de la pista.
1.8.2.1.3. Señalización de pista, rodaje y plataforma
El Concesionario elaborará y ejecutará un proyecto de señalización horizontal de pista, rodaje y plataforma de estacionamiento de aeronaves. Los planos y cubicaciones serán presentados al Interventor para su revisión.
1.8.2.1.4. Sistemas visuales indicadores de pendiente de aproximación - PAPI
Con el objeto de garantizar aproximaciones estabilizadas en una pista corta, se instalarán sistemas PAPI. El Concesionario suministrará, instalará y pondrá en servicio este sistema.
1.8.2.2. Infraestructura Horizontal
1.8.2.2.1. Ampliación de la pista de aterrizaje
El Concesionario realizará los estudios, diseños, adquisición de predios, construcción de cerramientos y obras de protección y la construcción de la ampliación de longitud de la pista de aterrizaje, hasta una longitud de 1800 metros, de acuerdo con las especificaciones establecidas en el presente apéndice y lo estipulado en el Reglamento Aeronáutico de Colombia parte Decimocuarta Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos..
Para la ejecución de esta obligación, el Concesionario ejecutará, por lo menos, las siguientes actividades:
▪ Estudios y diseños
El Concesionario realizará los estudios de topografía, ingeniería, los diseños totales requeridos para la ejecución de las obras de ampliación de la pista de aterrizaje.
▪ Estudio de títulos de los predios a adquirir.
El Concesionario debe realizar los estudios de títulos necesarios para la adquisición de los predios requeridos para el desarrollo de ampliación de longitud de la pista de aterrizaje.
▪ Adquisición de Predios
Una vez obtenida la aprobación por parte del Interventor de los diseños y los estudios de títulos correspondientes, el Concesionario deberá iniciar la gestión de adquisición de los predios necesarios para la construcción de la ampliación de la pista.
En todo caso el Concesionario deberá cumplir con las obligaciones y procedimientos establecidas en la Cláusula XX del Contrato.
▪ Demoliciones.
El Concesionario, deberá ejecutar las demoliciones y nivelaciones de los predios que se adquieran, garantizando la seguridad de las instalaciones del Aeropuerto y los predios adquiridos.
▪ Construcción de Cerramiento y obras de protección
El Concesionario, deberá ejecutar la construcción del cerramiento en los predios adquiridos para la ampliación de la longitud de la pista de aterrizaje, garantizando la seguridad en la operación aérea y en las instalaciones del Aeropuerto, en concordancia con el presente apéndice.
▪ Construcción de la pista de aterrizaje
El Concesionario realizará la construcción de la ampliación de longitud de la pista de aterrizaje, hasta una longitud de 1800 metros, de acuerdo con las especificaciones establecidas en el presente apéndice y lo estipulado en el Reglamento Aeronáutico de Colombia parte Decimocuarta Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos..
1.8.2.2.2. Franja de pista
El Concesionario efectuará obras de conservación de la franja de pista, consistentes en nivelación y compactación, limpieza de arbustos, etc. Estos
trabajos serán ejecutados con la menor interferencia posible a las operaciones aéreas, de acuerdo con un programa aprobado por el Interventor.
1.8.2.2.3. Acanalado de pista
El Concesionario elaborará un proyecto de acanalado de pista o grooving, basándose en los criterios de la FAA para la ejecución de este tipo de trabajo en pista. Ello contribuirá a mejorar la acción de frenado y a minimizar la probabilidad de ocurrencia del fenómeno de hidroplaneo, considerando que la pista es relativamente corta. El acanalado no se debe efectuar si la superficie se encuentra en mal estado.
1.8.2.2.4. Mantenimiento de pista
El Concesionario efectuará trabajos de conservación en la carpeta de rodadura de la pista, sellando fisuras, ejecutando parcheos y riegos de rejuvenecimiento, siempre que no se manifiesten deformaciones verticales producto xx xxxxxx estructurales.
1.8.2.2.5. Plataforma
El Concesionario procederá a desarrollar un proyecto de sustitución de la plataforma de asfalto por pavimento rígido, para lo cual presentará un proyecto con el correspondiente diseño, para aprobación por el Interventor.
1.8.2.2.6. Repavimentación de la pista de aterrizaje
El Concesionario durante el periodo de la concesión, realizará por lo menos dos obras de colocación de carpeta asfáltica en la totalidad de la pista de aterrizaje de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.2.5 ACTIVADORES DE INVERSIÓN.
1.8.3. LADO TERRESTRE
1.8.3.1. Edificio Terminal De Pasajeros - Ampliación
El Concesionario diseñará y construirá el proyecto de ampliación del edificio terminal de pasajeros, de acuerdo con las cantidades establecidas en la Tabla de Cantidades Mínimas de Obra y Suministro, que se adjunta como anexo xx, con su equipamiento electromecánico, mobiliario, FIDS, señalética y otros. Esta ampliación otorgará prioridad al xxxx público y a la sala de llegada, cuyas dimensiones son deficitarias.
El nivel de servicio requerido para al ampliación del edificio terminal es “C”, de acuerdo con lo establecido en el Air Development Reference Manual de la IATA, el Concesionario debe incluir en el proyecto la construcción de señalización exterior y paisajismo.
1.8.3.2. Sistemas de Información FIDS
El Concesionario efectuará el suministro, montaje y puesta en funcionamiento de un sistema FIDS. Se proveerá e instalará el equipo, previa presentación de sus características técnicas y capacidades al Interventor.
1.8.3.3. Señalización edificio terminal
De acuerdo con las normas IATA, el Concesionario elaborará un proyecto de señalización interna del terminal, previa aprobación de los diseños por el Interventor.
1.8.3.4. Reforzamiento estructural
El Concesionario llevará a cabo un programa de reforzamiento estructural de acuerdo con los requerimientos para prevenir situaciones de riesgo en las edificaciones, en cumplimiento de la Ley 400 de 1997 y la norma NSR – 98, entre otras disposiciones en vigencia.
1.8.3.5. Paisajismo y arreglos exteriores
Se desarrollará un proyecto de paisajismo y mejoras estéticas externas, en los accesos y el área inmediata al frontis del edificio terminal de pasajeros, una vez que lo propuesto por el Concesionario sea aprobado por el Interventor.
1.8.4. MANEJO AMBIENTAL
1.8.4.1. Xxxxxxx y drenajes
El Concesionario desarrollará obras de recuperación y limpieza del sistema de drenaje y establecerá programas de mantenimiento preventivo.
1.8.4.2. Mitigación de impacto ambiental
El Concesionario, tomará medidas dirigidas a minimizar el impacto ambiental del aeropuerto , presentando al Interventor un Programa que incluirá la reducción de la contaminación del aire, el impacto por ruido y la contaminación del suelo y las aguas, especialmente durante la ejecución de las obras de modernización de los aeropuertos, a partir de las normas nacionales e internacionales sobre estas materias, con énfasis en el cumplimiento de las normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos.
1.8.4.3. Plan De Manejo Ambiental
El Concesionario desarrollará el Plan de Manejo ambiental de acuerdo con las Normas ambientales aplicables al funcionamiento y operación de aeropuertos, considerará efectos compatibles con el medio o impactos moderados, severos, críticos, determinando medidas de mitigación.
El Plan de Manejo Ambiental, cumplirá con los lineamientos establecidos y demás de la autoridad ambiental respecto a ruido, contaminación del aire, aguas, peligro aviario, entre otros.
1.8.5. OTROS
1.8.5.1. Reforzamiento y mantenimiento de la torre de control
El Concesionario realizará mantenimiento general del edificio de la torre de control y efectuará un reforzamiento estructural, para lo cual presentará al Interventor las especificaciones y alcances del trabajo a realizar.
1.8.5.2. Terminal de carga, paquetes, encomiendas y correo
El Concesionario diseñará y construirá una dependencia para el manejo de carga, de paquetes de mensajería, encomiendas y correo, con capacidad adecuada para absorber la demanda proyectada.
El edificio contará con un parqueadero, dependencias administrativas y de servicios y una superficie para almacenamiento.
1.8.5.3. Vehículo de Inspección xx Xxxxx
El Concesionario suministrará un vehículo de inspección xx xxxxx, a partir del año 1 del período de concesión. El vehículo de Inspección xx Xxxxx está destinado a satisfacer los requerimientos de inspección del área de movimiento, pistas, calles de rodaje y plataformas, como así mismo de las radioayudas terminales del aeropuerto. Deberá cumplir con las especificaciones técnicas que se señalan en la parte 2 del presente Apéndice.
1.8.6. OTROS SERVICIOS
1.8.6.1. Infraestructura para el servicio de extinción de incendios
El Concesionario mejorará la infraestructura de este servicio, trabajos que consistirán en mantenimiento general de pintura, revisión y arrego de instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, mampostería, estructura, acabados y otros.
1.8.6.2. Equipo para el servicio de Extinción de Incendios
El Concesionario debe suministrar el número de vehículos ARFF que establece el la tabla 9.3S de la parte decimacuarta del RAC, con una capacidad, como mínimo igual a la establecida en la tabla 9.2S Cantidades mínimas de agentes extintores, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente Apéndice sección 2.
El Concesionario también realizará el suministro de los equipos mínimos
requeridos en el numeral 17.5.3 de la Parte Decimacuarta del RAC, de acuerdo con la categoría del Aeropuerto.
En todo caso el Concesionario determinará la capacidad extintora necesaria en el aeropuerto con base en la determinación de la aeronave crítica y cumplirá con los tiempos máximos de respuesta de los vehículos de Salvamento y extinción – ARFF, establecidos en el RAC, numeral 14.6.23 tiempo de respuesta.
1.8.6.3. Un Servidor de Comunicaciones
El Concesionario suministrará, montará y pondrá en funcionamiento Servidor de Comunicaciones para el aeropuerto, con capacidad para satisfacer la demanda de los usuarios y todos los servicios operacionales y administrativos.
La central dispondrá de tecnología vigente con un alto grado de automatización, con funcionamiento independiente de la energía local, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas sección 2 del presente documento.
1.8.6.4. Servicio de sanidad portuaria
El Concesionario renovará equipamiento obsoleto y mejorará las instalaciones correspondientes a la prestación de los servicios de sanidad aeroportuaria, de acuerdo con la normatividad nacional e internacional vigente del MInisterio de Protección Social, el RAC, además de lo recomendado en el Anexo 10 de la OACI “Facilitación”.
1.8.7. SEGURIDAD Y EQUIPAJES
1.8.7.1. Sistema de seguridad perimetral
El Concesionario suministrará, efectuará el montaje y pondrá en marcha un sistema de seguridad de última tecnología.
Todos los elementos podrán ser monitoreados desde la sala de CCTV del aeropuerto, sean éstos cámaras infrarrojas, detectores de movimiento, detectores de calor y otros de acuerdo con lo establecido en la sección 2 del presente apéndice.
1.8.7.2. Banda transportadora de equipaje
El Concesionario procederá a la reparación general de la banda transportadora de equipaje, de acuerdo con especificaciones de mantenimiento general.
1.8.7.3. Arreglo de cerramiento
El Concesionario efectuará reparación del cerramiento del aeropuerto en sus partes deterioradas, trabajos que se realizarán previa aprobación de los trabajos por el Interventor.
1.8.8. SERVICIOS
Para la adecuada y completa ejecución de las actividades descritas en éste numeral, el Concesionario, durante todo el desarrollo del contrato de Concesión y particularmente en la ejecución de cada uno de los proyectos, realizará los diseños, construcciones, modificaciones, adiciones o sustituciones de las redes de servicios, que garanticen el suministro de energía, agua potable, comunicaciones, aire acondicionado y disposición de aguas lluvias, aguas servidas y residuos sólidos, en concordancia con las normas aplicables establecidas en el numeral 1.2.9 de este apéndice.
Así mismo, El Concesionario debe desarrollar los diseños y garantizar, como mínimo, el suministro de energía, agua, disposición de aguas lluvias y aguas servidas y el servicio telefónico, del edificio e instalaciones del Aeropuerto; estando a su cargo los trámites, documentos, negociaciones, aprobaciones y pagos ante las autoridades o Empresas de Servicios Públicos correspondientes.
1.8.8.1. SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
El Concesionario realizará el suministro e instalación de una nueva subestación eléctrica para los sistemas aeroportuarios en los primeros seis (6) meses de la concesión.
Incluyen, entre otros, las siguientes actividades: Subestación eléctrica, planta de emergencia, tableros y conexiones eléctricas, construcción o adecuación o ambas, del área donde funcionará la nueva subestación, en concordancia con las especificaciones técnicas establecidas en el presente apéndice y el
Reglamento Aeronáutico de Colombia parte Decimocuarta Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos.
2. SECCIÓN 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PLAN DE INVERSIÓN
2.1. GENERALIDADES
2.1.1. INTRODUCCIÓN
Alcance Del Proyecto
El proyecto cubierto por estas especificaciones comprende:
La Sección 1 del Apéndice C “Plan de Inversión” de los Aeropuertos Internacional Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx de Medellín, los Garzones de Montería, el Xxxxxx de Quibdó, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx de Carepa y Las Brujas de Corozal, establece las inversiones que realizará el Concesionario de acuerdo con las obras y suministros a ejecutarse durante el período de la Concesión.
Personal
El personal contratado por el Concesionario o por los subcontratistas, para ejecutar las labores técnicas, operativas, administrativas, de instalaciones, montaje y otras requeridas para el desarrollo de la concesión, demostrará la competencia laboral en el desempeño de la función asignada, esto es demostrar la experiencia, formación, entrenamiento y habilidades requeridas.
En el caso de los aeropuertos certificados en ISO 9001 y 14001, deben realizarse jornadas de inducción y capacitación en las obligaciones que deben cumplir y normas que deben acatar para respetar y dar cumplimiento a lo establecido en los procesos certificados.
Suministros
Los equipos suministrados por el Concesionario, durante el período de la concesión, cumplirán con los siguientes Requisitos indispensables:
Entrega en los Aeropuertos Internacional Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx de Medellín, los Garzones de Montería, el Xxxxxx de Quibdo, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx de Carepa y Las Brujas de Corozal, y la realización
de las correspondientes pruebas de aceptación y los tramites de ingreso al almacén general.
Capacitación en el uso, mantenimiento, operación y almacenamiento
Anexar ficha técnica, de cada uno de los bienes suministrados en la cual como mínimo se indique:
▪ Marca
▪ Modelo o referencia
▪ Características físicas
▪ Normas vigentes que cumple (adjuntarlas)
▪ Año de fabricación
Presentar información original del fabricante, catálogos de cada uno de los bienes suministrados, los cuales serán utilizados para comprobar las características técnicas.
Garantizar por escrito, que cada uno de los elementos que suministrará será nuevos, originales de fábrica y acordes con las especificaciones y tolerancias dadas por los fabricantes.
Los suministros incluirán la más completa y detallada información, tal como: folletos descriptivos, videos, disquetes y toda aquella información que facilite un adecuado análisis técnico y comparativo de los diferentes equipos ofrecidos, la cual será preferiblemente en idioma español o en su defecto en idioma inglés.
El Concesionario entregará un (1) juego de documentación completo en idioma español o inglés, ésta incluirá manuales de operación, servicio y mantenimiento, diagramas, lista de partes etc., que se necesiten para efectuar un óptimo mantenimiento, operación y calibración de los equipos suministrados.
Actualización Tecnológica
Si durante el período de ejecución de la concesión y antes de la entrega de los bienes, estos son actualizados tecnológicamente, el Concesionario entregará la versión mejorada de los mismos, una vez se cumpla la vida útil de los bienes existentes, previo concepto favorable del Interventor.
El concesionario entregará las certificaciones del fabricante o desarrollador del bien donde consten las actualizaciones y la concordancia con los equipos instalados.
En caso de que el Interventor acepte el cambio, los costos adicionales que se puedan causar quedan a cargo del Concesionario.
Los equipos suministrados deben ser fabricados de acuerdo con las últimas tecnologías desarrolladas en el mercado.
Los equipos aprobados cuando son descontinuados por el fabricante, serán reemplazados por uno de características técnicas superiores, previa aprobación del Interventor del contrato. Estos bienes que reemplazarán los originales ofrecidos, no acarrearán ningún costo adicional al contrato.
En caso de requerirse el reemplazo de los equipos originalmente contratados, por motivos de actualización tecnológica de los mismos, el Concesionario hará la solicitud al Interventor, manifestando las conveniencias del cambio propuesto y en caso de ser aceptada, se suscribirá el acta de modificación correspondiente.
Cada uno de los equipos incluirán al momento de la puesta en funcionamiento, el conjunto completo de partes que, a juicio del fabricante, se consideren necesarias para garantizar la operación y su óptimo funcionamiento. Por lo tanto no se aceptará ningún reclamo por parte del Concesionario, referente al requerimiento de algún elemento, accesorio o módulo adicional que se requiera para que los equipos cumplan con las características y condiciones de operacion requeridas.
Protocolos De Aceptación
El Concesionario presentará todos los documentos de importación y nacionalización de los equipos ofrecidos como productos de importación, como requisito indispensable para la recepción.
Previamente a la entrega del bien, con una antelación no inferior a tres semanas, el Concesionario entregará al Interventor la relación de pruebas a realizarse, así como también copia del material audio visual y escrito, en el cual se indique todo lo relacionado con el uso, mantenimiento, operación y almacenamiento del bien a suministrar. El Interventor, las analizará y, si es del caso, introducirá las modificaciones que considere pertinentes para su aprobación.
El Concesionario entregará la relación de pruebas que el fabricante realizó a los equipos adjudicados durante el proceso de control de calidad.
Las pruebas a realizarse, comprenderán la revisión física y operativa de todos y cada uno de los equipos y elementos a entregar. En todo caso, el costo que se origine por la realización de las pruebas estará a cargo del Concesionario.
En caso que alguno de los elementos probados no pasen con éxito las pruebas, se considerará que todos los elementos están defectuosos y serán presentados nuevamente por el Concesionario para el proceso de pruebas.
En todo caso, las pruebas se realizarán dentro del plazo de ejecución del contrato.
Es requisito indispensable (RI) para suscribir el Acta de Verificación, que todas y cada una de las pruebas que sean incluidas en los protocolos de aceptación sea exitosa.
Programa De Entrenamiento
El Concesionario realizará el entrenamiento del personal encargado de la operación, uso, supervisión y mantenimiento de los bienes adquiridos durante la concesión, para el cumplimiento de esta obligación, presentará al Interventor, a intervalos programados, los programas de entrenamiento propuestos.
El Concesionario entregará al Interventor, copia del material audio visual y escrito, requerido para la operación, uso y mantenimiento de los equipos y herramientas, haciendo énfasis en rutinas de mantenimiento, operación y almacenamiento del bien adjudicado.
Todos los costos del entrenamiento se consideran incluidos en el valor de la concesión.
Manuales
El Concesionario entregará un juego de manuales actualizado de operación y mantenimiento, en formato escrito y medio magnético, en idioma español, para cada uno de los bienes suministrados y un catálogo de partes.
Resumen De Especificaciones Técnicas
Cumplir con los documentos contenidos en el Plan de Inversión de los Aeropuertos Internacional Xxxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx de Medellín, los Garzones de Montería, el Xxxxxx de Quibdo, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx de Carepa y Las Brujas de Corozal
El Concesionario diseñará y construirá el proyecto de conformidad con los requisitos resumidos en el presente documento, el cual describe los estándares aplicables que rigen el sitio, que pueden incluir pero sin limitaciones, el Código Internacional de Construcción (IBC2003); todas las autoridades con jurisdicción y el resto de regulaciones oficiales pertenecientes al sitio y a los requisitos del Plan de Inversión .
Los estudios, diseños y construcción se regirán por las Normas Técnicas Colombianas – Ingeniería Civil y Arquitectura, La Norma Colombiana de Diseño y Construcción sismorresistente NSR-98, NTC 2500 Uso de la Madera en la Construcción y la reglamentación de la Organización de Aviación Civil Internacional y la Federal Aviation Administration, y las demás normas nacionales y/o internacionales que apliquen.
Las especificaciones técnicas son desarrolladas para cumplir con los requisitos de la AEROCIVIL e identificar el estándar de funcionamiento mínimo requerido y la calidad de los materiales, acabados, montajes, sistemas y equipos que deben ser empleados en el desarrollo de estudios, diseños, dibujos de funcionamiento, especificaciones y construcción del trabajo. Estas especificaciones técnicas pueden no indicar ni describir todos los requisitos de funcionamiento, los estándares de material o las actividades requeridas para terminar el trabajo. En caso de inconsistencia o conflicto dentro de los documentos especificados y otros materiales técnicos de soporte, el Apéndice C Plan de Inversión de los Aeropuertos prevalecerá.
Los requisitos de funcionamiento, materiales o trabajos no específicamente cubiertos aquí serán de calidad superior y estándar apropiado, para el uso en la industria, para las instalaciones propuestas aceptables para los Concedentes y la Interventoría. Sobre la base general de información aquí dada, el Concesionario suministrará todos los artículos requeridos para el diseño y construcción apropiados en los proyectos. Las especificaciones técnicas serán leídas en conjunto con la Sección I del Apéndice C “Plan de Inversión” de los Aeropuertos y los planos del Plan Maestro asociados y documentos preparados para que el Concesionario tenga total comprensión del diseño, construcción y calidad ambiental esperada.
Las especificaciones técnicas no cubren procedimientos de instalación; la mayoría de nombres comerciales y referencias del producto del fabricante se pudieron haber omitido en algunos casos; los materiales y los terminados se han identificado en general excepto para requisitos específicos. Las especificaciones técnicas no pretenden ser una descripción detallada de los métodos de instalación, pero sirven para establecer e indicar los requisitos mínimos estándar que serán alcanzados en el trabajo final.