Contrato de Préstamo No. 1894/OC-UR
DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
PROGRAMA DE MODERNIZACION DE LA ADUANA EN URUGUAY
Contrato xx Xxxxxxxx No. 1894/OC-UR
1. ANTECEDENTES
TERMINOS DE REFERENCIA CONSULTOR NACIONAL ABOGADO
(2 cargos)
El 26 de octubre de 2007 el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo suscribieron el Contrato xx Xxxxxxxx No. 1894 OC-UR con el objetivo de cooperar en la ejecución del Programa de la Modernización de la Aduana en Uruguay.
2. OBJETIVO DEL PROGRAMA
El objetivo general del Programa es apoyar la Modernización de la Aduana del Uruguay a fin de mejorar la eficiencia y calidad de sus funciones primordiales como ente fiscalizador y facilitador en la dinámica del comercio internacional.
Los objetivos específicos son: (i) lograr un cambio institucional dentro de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) que incorpore funciones de facilitación y promoción del comercio; (ii) dotar a la DNA de las herramientas tecnológicas y de infraestructura necesarias para que cumpla las nuevas funciones asignadas como ente facilitador del comercio; y (iii) identificar y diseñar los distintos tipos de normas que la Aduana requiere en su nuevo rol.
3. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
En función de los objetivos propuestos, el Programa financiará los siguientes tres componentes: Componente 1 - Fortalecimiento de los procesos de control mediante el análisis inteligente del riesgo, Componente 2 – Apoyo al objetivo de la eficiencia en las transacciones comerciales; Componente 3 – Fortalecimiento Institucional de la DNA y Componente 4 – Administración y Gerencia del Proyecto.
La consultoría se enmarca dentro del Componente 3 del Programa, Fortalecimiento Institucional de la DNA, S1 Normativa y Organización A1 Consultor para la reglamentación del Código Aduanero.
4. EJECUCION DEL PROGRAMA
El Organismo Ejecutor, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la DNA ejecuta el Programa desde una Unidad de Gestión de Programa (UGP) que depende directamente del Director Nacional de Aduanas.
5. OBJETIVO
El objetivo de la consultoría es acompañar, apoyar, asesorar y colaborar con la Dirección Nacional de Aduanas en la mejora, optimización y fortalecimiento del
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proceso de cambios normativos que se genera en el marco de la modernización de la Aduana, tanto en su ámbito operacional interno, como también en el externo y en cuanto diga relación con el vínculo de la aduana con otros entes Públicos; como asimismo en el nexo de ésta con los operadores privados.
6. ACTIVIDADES DE LA CONSULTORIA
Sus principales actividades serán:
• Colaborar en la redacción y puesta en vigencia de las nuevas normas que el proceso modernizador requiere tanto en el ámbito interno como externo de la Aduana.
• Prestar asesoramiento jurídico en materias de Derecho Público y Privado que la Dirección Nacional de Aduanas precise y que incidan en el marco del Programa de Modernización.
• Asesorar a la Dirección Nacional de Aduanas en el análisis y evaluación de propuestas de cambios normativos, sea que se generen por la propia Aduana o que provengan de otros entes públicos vinculados con ella, o del sector privado y de sus actores
7. PRODUCTOS DE LA CONSULTORIA
Los productos a entregar de conformidad a las actividades solicitadas serán:
• Informe de avances de actividades periódicas.
• Documento que contenga recomendaciones de mejora, optimización y fortalecimiento de la relación Pública y Privada para el perfeccionamiento normativo aduanero.
8. PLAZO DE LA CONTRATACION, DEDICACION Y LUGAR DE TRABAJO
La labor del Consultor se extenderá por el plazo comprendido desde la firma hasta el 31 de diciembre de 2012 con una dedicación horaria de 40 horas semanales en las oficinas de la DNA.
9. SUPERVISION
El Consultor desempeñará sus funciones bajo la supervisión del Director Nacional de Aduanas a quien el consultor deberá presentar los informes de la consultoría.
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10. CARACTERISTICA DE LA CONTRATACION
La contratación se hará de acuerdo con los previsto en el marco del Contrato xx Xxxxxxxx 1894/OC-UR, y podrá ser renovada por períodos iguales o menores si la DNA lo estima necesario.
a. Tipo de contrato: Contrato de Consultoría Nacional
b. Procedimiento de contratación: 3 CV
c. Monto mensual de honorarios: $ 49.896 más IVA.
d. Forma de pago: Las cuotas se pagaran a mes vencido.
11. PERFIL DEL CONSULTOR
• Abogado con no más de tres (3) años de graduado y experiencia mínima de un
(1) año en actividades relacionadas con el objeto de la consultoría.
• Se valorará tener una escolaridad mayor a 7 en su formación de grado
• Informática a nivel de usuario (procesadores de texto y planillas electrónicas) y conocimiento xx Xxxxxx a nivel de First Certificate.
12. PRORROGAS Y MODIFICACIONES
Previa conformidad del BID, se podrá prorrogar el contrato del Consultor siempre y cuando este no este vencido, y modificar los Términos de Referencia, o las condiciones de prestaciones de los servicios, siempre estas modificaciones no alteren de forma sustancial cuanto originalmente previsto y sobre la base de la cual el Consultor fue contratado.
13. CRITERIOS DE SELECCIÓN
Se invitará a participar en el proceso de selección a por lo menos tres (3) candidatos, que a criterios del Programa sean los mejores calificados para realizar el trabajo. La capacidad de los consultores, se juzgará sobre la base de sus antecedentes académicos y su experiencia en las áreas solicitadas.
14. PARTICIPACION DEL BID
Queda formalmente establecido que el BID no es parte del presente contrato y que, por lo tanto no asumirá responsabilidad alguna respecto al mismo.
Las partes son concientes de que, independientemente de los mecanismos nacionales que se accionen en el caso de actos de corrupción, el Banco por adoptará medidas en caso de hechos o denuncias relacionadas a tales actos, de acuerdo a sus procedimientos administrativos.
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15. CONFIDENCIALIDAD
El consultor mantendrá absoluta reserva respecto de toda la documentación e información a la cual tenga acceso como consecuencia de sus tareas, así como también respecto de la difusión de los resultados de su trabajo
16. ACTOS DE CORRUPCION
En virtud que se cuenta con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo para el financiamiento del presente contrato, éste exige que todos los Consultores observen las Políticas del Banco relativas a corrupción. En particular, el Banco exige que todos los Consultores que están participando en proyectos financiados por el Banco, observen los más altos niveles éticos, y denuncien al Banco todo acto sospechoso de corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y de negociaciones o la ejecución de un contrato.
Los actos de corrupción están prohibidos. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, constituyen las más comunes, pero estas acciones pueden no ser exhaustivas:
(i) Una práctica de soborno o cohecho consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar las acciones de una parte; y
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte.
Las partes son concientes de que, independientemente de los mecanismos nacionales que se accionen en el caso de actos de corrupción, el Banco por adoptará medidas en caso de hechos o denuncias relacionadas a tales actos, de acuerdo a sus procedimientos administrativos.
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17. ELEGIBILIDAD Y CONFLICTO DE INTERESES
El Consultor que se seleccione, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser de nacionalidad de un país miembro del BID;
2. Si es funcionario público:
i. Estar con licencia sin goce xx xxxxxx;
ii. No haber trabajado con el contratante durante el período inmediato anterior al comienzo de su licencia; y
iii. Su contratación no genere un conflicto de intereses.
3. No tener relación de trabajo o de familia con miembro alguno del personal del contratante (o de la Unidad Ejecutora) que estén directa o indirectamente involucrados con cualquier parte de:
i. La preparación de estos Términos de Referencia;
ii. El proceso de selección; y/o
iii. Con la supervisión de los trabajos.
4. Que si ha sido miembro del personal del Banco dentro de los dos últimos años no participó directa y principalmente en la operación a la que se encuentra vinculada la contratación de estos servicios de consultoría.
5. No tener otro contrato a tiempo completo en proyecto alguno financiado con recursos del BID/FOMIN.
6. En caso de ser pariente (hasta tercer grado de consanguinidad o adopción y/o hasta el segundo grado por matrimonio, o convivencia) de algún funcionario del Banco, el consultor lo pondrá en conocimiento del Contratante y éste deberá consultar al Banco previa la formalización de la contratación.
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CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD
(APLICABLE PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES – POLÍTICA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES FINANCIADOS POR EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO)
(DEBE FORMAR PARTE DEL RESPECTIVO CONTRATO DE CONSULTORÍA, COMO ANEXO DEL MISMO)
Con el fin de cumplir los REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD y de INTEGRIDAD para la contratación como consultor individual, INTERNACIONAL o NACIONAL, en Proyectos (o Programas) financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante el Banco), CERTIFICO QUE:
(1) Soy ciudadano o residente permanente "bona fide" del siguiente país miembro del Banco:
(2) Mantendré al mismo tiempo un solo contrato a tiempo completo financiado con recursos del Banco y en el caso de que mantenga más de un contrato a tiempo parcial financiado con recursos del Banco, solo facturaré a un Proyecto (o Programa) por tareas desempeñadas en un solo día.
(3) Si hubiera sido miembro del personal del Banco dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de mi contrato de consultoría, no participé directa y principalmente en la operación a la que se encuentra vinculada la contratación de los servicios de consultoría objeto de este contrato.
(4) Proporcionaré asesoría imparcial y objetiva y no tengo conflictos de interés para aceptar este contrato.
(5) No tengo una relación de trabajo o de familia con algún miembro del personal de la entidad contratante ni del personal del Prestatario, del Organismo Ejecutor del Proyecto o del Beneficiario de una Cooperación Técnica que esté directa o indirectamente involucrado de cualquier manera con: (i) la preparación de los Términos de Referencia (TR) de este contrato; (ii) el proceso de selección de dicho contrato; o (iii) la supervisión de dicho contrato.
(6) Si fuera funcionario del gobierno o servidor público declaro que: (i) estoy con licencia sin goce xx xxxxxx durante el plazo de ejecución de este contrato ; (ii) no he trabajado en la entidad contratante, en el Prestatario, Organismo Ejecutor o Beneficiario de una Cooperación Técnica durante el periodo
de (indicar expresamente el plazo) inmediatamente anterior al periodo en que comenzó la licencia; y (iii) mi contratación no genera un conflicto de intereses de acuerdo con el párrafo
1.9 de las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el BID.
(7) Mantendré los más altos niveles éticos y no realizaré ninguna de las acciones que constituyen Prácticas Prohibidas definidas en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el BID, las cuales declaro conocer, y no he sido declarado inelegible para participar en contratos financiados por otras Instituciones Financieras Internacionales que han suscrito acuerdos con el Banco para el reconocimiento recíproco de sanciones. Si se comprueba, de acuerdo con el procedimiento de sanciones del Banco, que durante el proceso de mi contratación, he incurrido en prácticas prohibidas, el Banco podrá adoptar una o más de las siguientes medidas:
(a) Emitir una amonestación;
(b) Informar a la entidad contratante, Prestatario, Organismo Ejecutor o Beneficiario de una Cooperación Técnica o a las autoridades del país encargadas de hacer cumplir las leyes, los resultados del procedimiento para que tome(n) las medidas apropiadas;
(c) Rechazar mi contratación; y
(d) Declararme inelegible, de forma temporal o permanente, para ser contratado o subcontratado por terceros elegibles, con recursos del Banco o administrados por el Banco.
QUEDA ENTENDIDO QUE CUALQUIER INFORMACIÓN FALSA O EQUÍVOCA QUE YO HAYA PROVEÍDO EN RELACIÓN CON ESTOS REQUERIMIENTOS DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD QUE CONSTAN DE ESTA CERTIFICACIÓN Y DE LAS POLÍTICAS DEL BANCO, TORNARÁ NULO Y SIN EFECTO ESTE CONTRATO Y NO TENDRÉ DERECHO A REMUNERACIÓN O INDEMNIZACIÓN ALGUNA, SIN PERJUICIO DE LAS ACCIONES O SANCIONES QUE EL BANCO PUDIERA ADOPTAR DE ACUERDO CON SUS NORMAS Y POLÍTICAS.
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