Definición de Derechos de Cobro

Derechos de Cobro. Es el compromiso de pago por parte de EL MANDATARIO al MANDANTE o a NAFIN según se detente la titularidad de los derechos de crédito derivados de la venta de las viviendas a que se refiere la cláusula quinta del presente.
Derechos de Cobro. Son los derechos de crédito presentes y futuros, determinados o determinables, que otorgan legitimidad para exigir, demandar y recibir el pago de todos los importes adeudados al FIDEICOMITENTE por los PASAJEROS como consecuencia de la utilización del SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, sin restricción ni limitación alguna, los mismos que son recaudados por el OPERADOR DE LA UNIDAD DE RECAUDO, de conformidad con lo previsto en su respecjivci';'é0ÑTRATO DE CONCESiÓN. Los DERECHOS DE COBRO comprenden los ~\\t,¥r~S'es799~p'eh;s~xxxxx smoratorias, las indemnizaciones, las penalidades, los car(19l' y .cufll8ule~ bt[? pago debido al FIDEICOMITENTE y recaudado por el O~~f'A~~R~PE k\ U,NIPAD DE RECAUDO por cualquier ~n~epto por la utilización de~~E~VJCIO gB:~}ff\NSPORTE. DE PASAJEROS ;3.,e"(pcty.Yé.,\e~est~':~e(ipic~~o'}~ derecho'Sf!decdbro 'provenientes' de las Pólizas de SE!g~cfíl:;~¥ob!'!1.efL~i<íJi\"',Jeo~\e~t7 OPERADO~g~,bf,\dJ.N.IDAD DE RECAUDO, por el SERVICIO DE TRANSPORTES DE ~~tt~~,É~i:~.~iQJJáéloTpolar EMPRESADE TRANS~Ol~;T~S= CAU~~~i2r\:~(/¡dLi AsirJÍYsmol,os DERECHOS DE COBRO comprenderán todos los medios de pago que en el futuro se incorporen para recibir el pago del total de los importes adeudados al FIDEICOMITENTE y que deba recaudar el OPERADOR DE LA UNIDAD DE RECAUDO como consecuencia de la utilización del SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS. DíAS HÁBILES: Son los dias que no son xxxxxxx, xxxxxxxx u otro dia en que las instituciones bancarias en el Perú estén autorizadas a permanecer cerradas. EMPRESA DE TRANSPORTE DE CAUDALES?:Es el OPERADOR DE LA UNIDAD DE RECAUDO y/o la empresa contratada por éste, que es responsable de brindar el SERVICIO DE TRANSPORTE DE CAUDALES. En todos los casos en que el OPERADOR DE RECAUDO decidiera tercerizar, o reemplazar parcial o complementariamente el SERVICIO DE TRANSPORTE DE CAUDALES, estará obligado a comunicar por escrito al FIDUCIARiO y a los FIDEICOMISARIOS.
Derechos de Cobro. Significan los derechos de crédito que el Cedente tenga a su favor por un precio determinado o determinable, en moneda nacional o extranjera, que se origina en la compraventa u otras modalidades contractuales de transferencia de propiedad de bienes o en la prestación de servicios. Incorpora el derecho de crédito respecto del saldo o precio de contraprestación pactada entre el Cedente y la Empresa Deudora de dichos Derechos de Cobro.

Examples of Derechos de Cobro in a sentence

  • Contigo transferirá irrevocablemente al Fiduciario la titularidad de todos y cada uno de los Derechos de Cobro Elegibles que se identifican en el Contrato de Cesión Original y en el Contrato de Cesión Subsecuente, para los fines y efectos que se establecen en el Contrato de Fideicomiso.

  • A) Conforme a lo establecido en este Contrato, reciba los recursos derivados del ejercicio que realizará por su cuenta y orden el Fideicomitente, de los Derechos de Cobro APP, reciba cualesquiera recursos derivados de los mismos y destine dichos recursos conforme a lo establecido en este Contrato.

  • La transmisión de los Derechos de Cobro Elegibles se realizará en los términos y condiciones que se establecen en el Contrato de Cesión Original y en los Contratos de Cesión Subsecuentes que correspondan.

  • El Contrato de Cesión Subsecuente establecerá mecanismos que permitan identificar claramente los Derechos de Cobro Elegibles a ser objeto de la transmisión.

  • Si la Cuenta de Fondeo y/o la Cuenta de Cobranzas y Pagos no pudieran ser abiertas en o antes de la Fecha de Emisión y Liquidación, y mientras dichas cuentas no estén abiertas, el producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables y ciertos Derechos de Cobro serán depositados en la Cuenta Cuotapartista.

  • Sin embargo, los Derechos de Cobro podrán cederse, previo consentimiento por escrito de la empresa contratante, considerando el modelo gu ía de contrato de cesión de derechos de cobro que se encuentra disponible en la dirección electrónica em ex.

  • Luego de que CAMMESA otorgue la autorización en relación al Inicio de Operación Comercial, en cada fecha de pago mensual bajo el Contrato de Abastecimiento del Proyecto, CAMMESA acreditará los pagos bajo los Derechos de Cobro por hasta el Monto de Transferencia.

  • Las Partes convienen que en caso de que se cumpla la Condición Resolutoria, el Contrato de Cesión Original terminará automáticamente, sin necesidad de formalidad o declaración adicional alguna, volviendo las cosas al estado que tenían, como si la cesión, aportación y transmisión de los Derechos de Cobro en términos del Contrato de Cesión Original no hubiere sucedido y las obligaciones asumidas por las Partes no hubieren existido.

  • El propósito de la presente operación es realizar la bursatilización de los Derechos de Cobro originados por Contigo derivados de Contratos de Crédito con Clientes y Pagarés con Clientes, mediante la oferta pública de 3’000,000 (tres millones) de Certificados Bursátiles Fiduciarios por $300’000,000.00 (trescientos millones de Pesos 00/100).

  • La estructura de la bursatilización contempla a Contigo como Administrador de los Derechos de Cobro Cedidos y tendrá como principales obligaciones (i) la administración y gestión de cobranza de los Derechos de Cobro Cedidos; (ii) la elaboración del Reporte Diario y del Reporte del Administrador y (iii) llevar a cabo las acciones judiciales y extrajudiciales que sean necesarias para el puntual cobro de los Derechos de Cobro Cedidos.


More Definitions of Derechos de Cobro

Derechos de Cobro. Significa todos los derechos para cobrar, reclamar, demandar y recibir todas y
Derechos de Cobro. Significa los derechos de cobrar las cantidades (incluyendo comisiones, intereses,
Derechos de Cobro. Significa los derechos de cobro que tiene la Fideicomitente
Derechos de Cobro significa, conjuntamente, los Derechos de Cobro AVP, los Derechos de Cobro DEC, Derechos de Cobro DIT, los Derechos de Cobro DJ, los Derechos de Cobro DRT, los Derechos de Cobro ECA, los Derechos de Cobro ECJ, los Derechos de Cobro PISL, así como los Ingresos por Distribuciones a Condóminos.
Derechos de Cobro. Significa los derechos de cobro que tiene la Fideicomitente frente a las Operadoras derivados de los Contratos de Enrolamiento consistentes en el derecho a recibir los flujos derivados de toda y cualesquier rentas, ingresos por venta de boletos y pasajes, mensajería, servicios turísticos, fletes, contraprestaciones y, en general, cualesquier cantidades y flujos de efectivo, actualmente o en el futuro derivados de la explotación de los Autobuses.

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  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • LUGAR Sistema de Información Pública Gubernamental, denominado Compranet. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, Código Postal 03330

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.