Definición de Días corridos

Días corridos. Es la secuencia cronológica continua de días de 24 horas, contados desde la medianoche.
Días corridos. Es la secuencia cronológica continua de días de 24 horas, contados desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas del mismo día.
Días corridos todos los días del mes, en los términos de lo dispuesto por el art. 27 del Código Civil.

Examples of Días corridos in a sentence

  • DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO PRESTACIÓN/MONTO Días corridos por Viaje 120 Grupo familiar (C.

  • El Proveedor deberá informar la cantidad mínima de Días corridos que requiere para iniciar el Servicio, Obra y/o suministro de los Bienes desde la fecha de adjudicación, discriminando las principales tareas necesarias para el inicio en la ejecución de los mismos.

  • La oferta tendrá validez por el término de TREINTA (30) Días corridos a contar de la fecha de la apertura de sobres.

  • Nº dentro del término de Treinta Días corridos, comparezcan a hacerlos valer en forma, bajo apercibimiento xx Xxx.- Secretaría, 27 de Octubre de 2014.- Dra.

  • Nº 28.482/14, cita y emplaza a quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por el causante XXXXXX XXXXX XXXXXX para que dentro del término de Treinta Días corridos comparezcan a hacerlos valer en forma bajo apercibimiento xx Xxx.- Fdo.


More Definitions of Días corridos

Días corridos. Todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
Días corridos. Período ininterrumpido de días hábiles e inhábiles.
Días corridos. Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa.
Días corridos. Son todos los días de la semana, incluidos xxxxxxx, xxxxxxxx, feriados y festivos. Cuando se indique únicamen­te la palabra "días", deberá entenderse lo mismo que "días corridos".
Días corridos todos los días del mes, en los términos de lo dispuesto e n e l a r t í c u l o 6 del Código Civil y Comercial.
Días corridos todos los días del mes, en los términos de lo dispuesto por el art. 27 del Código Civil. "Días hábiles": los días en que funcionan las oficinas de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o de la Corporación.
Días corridos todos los días del mes, en los términos de lo dispuesto por el art. 6 del Código Civil y Comercial.