COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
ANEXO I RESOLUCIÓN CTM Nº 049/24
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE
LICITACIÓN PÚBLICA CONTRATO SG 760
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS PARQUIZADAS EN SALTO GRANDE, PARA PRESTADORES ARGENTINOS”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Particulares (CALP) Página 1 de 94
Tabla de contenido
A. OBJETO 5
B. CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y LEGALES 6
B.1. Particulares (CALP) 6
B.1.I. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 6
B.1.II. REGIMEN DE LA LICITACIÓN 7
B.1.III. REQUISITOS PARA SER OFERENTE 8
B.1.IV. PERSONAS NO HABILITADAS PARA SER PRESTADORAS DE LA CTM 9
B.1.V. ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES 10
X.0.XX. CONTENIDO DE LAS OFERTAS 10
B.1.VII. EXPERIENCIA Y ANTECEDENTES 12
B.1.VIII. VISITA A LAS INSTALACIONES 13
B.1.IX. FORMA DE COTIZAR 13
B.1.X. SOLICITUD DE ANTICIPO FINANCIERO 14
B.1.XI. REAJUSTES DE PRECIOS 14
B.1.XII. SUBCONTRATACIÓN 15
B.1.XIII. ESTRUCTURA DE COSTOS
¡Er
ror! Marcador no definido.
B.1.XIV. REGIMEN IMPOSITIVO 15
B.1.XV. MONTO DE LAS GARANTÍAS 15
B.1.XVI. FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS 16
B.1.XVII. CONDICIONES DE LAS GARANTÍAS 17
B.1.XVIII. OTRAS GARANTÍAS 17
B.1.XIX. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: TÉCNICA Y ECONÓMICA 17
B.1.XX. EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA 18
B.1.XXI. INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA 19
B.1.XXII. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 19
B.1.XXIII. APERTURA DE OFERTAS 19
B.1.XXIV. APERTURA DEL SOBRE Nº 2 20
B.1.XXV. OBSERVACIONES AL ACTO DE APERTURA 21
B.1.XXVI. PRESENTACIÓN EXTEMPORANEA DE LA OFERTA 21
B.1.XXVII. VISTAS DE LAS OFERTAS 21
B.1.XXVIII. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 21
B.1.XXIX. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS 23
X.0.XXX. SUBSANACIÓN Y ACLARACIÓN DE OFERTAS 24
B.1.XXXI. DIFERENCIAS, ERRORES Y OMISIONES 24
B.1.XXXII. PRECIO VIL O NO SERIO 25
B.1.XXXIII. MEJORA DE OFERTA 25
B.1.XXXIV. ADJUDICACIÓN 25
B.1.XXXV. COMUNICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y CONSTITUCION DE GARANTIA 26
B.1.XXXVI. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 26
B.1.XXXVII. PLAZO CONTRACTUAL 26
B.1.XXXVIII. PRORROGA DEL CONTRATO 26
B.1.XXXIX. PRESTACIÓN DEL SERVICIO – ALTA EN PORTAL DE PROVEEDORES 26
B.1.XL. OBLIGACIONES PARTICULARES EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
¡Er
ror! Marcador no definido.
B.1.XLI. MODIFICACIONES AL CONTRATO U ORDENES DE COMPRA 28
B.1.XLII. CERTIFICACION Y FORMA DE PAGO 28
B.1.XLII.1. CERTIFICACIÓN 28
B.1.XLII.2. FORMA DE PAGO 29
B.1.XLIII. REPRESENTANTE DEL PRESTADOR 29
B.1.XLIV. RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR 30
B.1.XLV. SEGUROS 30
B.1.XLVI. PENALIDADES Y SANCIONES 30
B.1.XLVII. AFECTACION Y PAGO DE LAS PENALIDADES 32
B.1.XLVIII. RECEPCIÓN PROVISORIA 32
B.1.XLIX. PERÍODO DE GARANTÍA 32
B.1.L. RECEPCIÓN DEFINITIVA 32
X.0.XX. DEVOLUCION DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS 32
B.1.LII. CAUSALES DE EXTINCION DEL CONTRATO 33
B.1.LIII. DAÑOS Y PERJUICIOS 33
B.1.LIV. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A PERSONAS Y BIENES 33
X.0.XX. RESARCIMIENTO INTEGRAL 34
B.1.LVI. INDEMNIDAD 34
B.1.LVII. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 35
B.1.LVIII. SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES 35
B.1.LIX. COMPROMISO AMBIENTAL 37
B.2. Generales (CALG) 40
B.2.I. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 40
B.2.I.1. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 40
B.2.II. DE LOS OFERENTES Y LAS OFERTAS 41
B.2.II.1. INCOMPATIBILIDADES 41
B.2.II.2. REQUISITOS PARA SER OFERENTE 41
B.2.II.3. CONTENIDO DE LAS OFERTAS 42
B.2.II.4. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 42
B.2.II.5. FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS 43
B.2.II.6. INFORMACIÓN A CARGO DEL OFERENTE 44
B.2.II.7. FORMA DE COTIZAR 44
B.2.II.8. ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES 44
B.2.II.9. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 45
B.2.II.10. IDIOMA Y SISTEMA DE MEDIDAS 47
B.2.II.11. REPRESENTANTE DEL OFERENTE 47
B.2.III. DE LA APERTURA DE LA LICITACIÓN 47
B.2.III.1. APERTURA DE OFERTAS 47
B.2.III.2. LICITACIONES CON PRESENTACIÓN DE DOS SOBRES 48
B.2.III.3. EVALUACIÓN DE OFERTAS 48
B.2.III.4. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS 49
B.2.IV. DE LA ADJUDICACIÓN 49
B.2.IV.1. FACULTAD DE PRESELECCIONAR 49
B.2.IV.2. MEJORA DE OFERTAS 49
B.2.IV.3. ADJUDICACIÓN 49
B.2.IV.4. CRITERIO PARA COMPARACIÓN DE OFERTAS 50
B.2.IV.5. COMUNICACIÓN E INSTRUMENTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 50
B.2.V. DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 50
B.2.V.1. DOMICILIO DEL CONTRATISTA 50
B.2.V.2. INSPECTOR DE OBRA 50
B.2.V.3. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 51
B.2.V.4. SEGUROS 51
B.2.V.5. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN 52
B.2.V.6. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Y ORDEN DE PRELACIÓN DE LOS MISMOS 52
B.2.V.7. SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES 52
B.2.V.8. COMPROMISO AMBIENTAL 53
B.2.V.9. CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE 54
B.2.V.10. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 54
B.2.V.11. TRIBUTOS Y CARGAS SOCIALES 56
B.2.V.12. CESIÓN DEL CONTRATO 56
B.2.V.13. SUB-CONTRATACIÓN 56
B.2.V.14. ÓRDENES DE SERVICIO 56
B.2.V.15. VARIACIONES EN EL SUMINISTRO O TRABAJOS 56
B.2.V.16. VALUACIÓN DE SUMINISTROS O TRABAJOS NO PREVISTOS 57
B.2.V.17. PAGOS 57
X.0.XX. DE LOS PLAZOS Y DE LAS PENALIDADES 59
B.2.VI.1. CAUSAS DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS 59
B.2.VI.2. EMPLEO DEL NOMBRE SALTO GRANDE 59
B.2.VI.3. PENALIDADES 59
B.2.VI.4. XXXX 59
B.2.VI.5. DEDUCCIONES POR MULTAS Y OTROS CONCEPTOS 59
B.2.VII. DE LA RESCISIÓN 60
B.2.VII.1. RESCISIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 60
B.2.VII.2. RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA 60
B.2.VII.3. CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA IMPUTABLE AL CONTRATISTA 60
B.2.VII.4. RESCISIÓN POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA. 61
B.2.VII.5. CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA. 61
B.2.VII.6. REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. 61
B.2.VII.7. CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. 62
B.2.VII.8. RECEPCIÓN PROVISORIA 62
B.2.VII.9. PERÍODO DE GARANTÍA Y TRABAJOS DE REPARACIÓN 62
B.2.VII.10. RECEPCIÓN DEFINITIVA 63
B.2.VII.11. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS 63
B.2.VII.12. INGRESO AL COMPLEJO 63
B.2.VIII. DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE 64
B.2.VIII.1. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA 64
C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 65
C.1. ALCANCE DE LOS TRABAJOS 65
D. ANEXOS
85
D.1. ANEXO 1 - Política de Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional 85
D.2. ANEXO 2 - Reglamento de Licitaciones y/o Concursos de Precios 86
D.3. ANEXO 3 - Planillas De Cotización 87
D.4. ANEXO 4 - Carta De Presentación 89
D.5. ANEXO 5 – Planilla de Antecedentes 91
D.6. ANEXO 6 – Planilla de Curriculums Vitae 92
D.7. ANEXO 7 - INDEMNIDAD - DECLARACIÓN JURADA 93
D.8. ANEXO 8 - PLANOS 94
La C.T.M. xx Xxxxx Grande llama a Licitación Pública para contratar el servicio de desmalezado, jardinería fina y mantenimiento de infraestructuras de las áreas parquizadas detalladas en planos adjuntos, pertenecientes al área común del predio administrado por la CTM Salto Grande y otras áreas de la margen derecha, descriptos en las Especificaciones Técnicas del presente Pliego de Bases y Condiciones.
El presupuesto estimado es de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL (USD 396.000), para los (36) treinta y seis meses de la prestación del servicio.
Todo de acuerdo al presente Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y Circulares que emita la C.T.M. antes de la fecha de Apertura de las Ofertas, a las que los Oferentes deberán ajustarse.
A efectos de interpretar el presente Xxxxxx, las Condiciones Particulares (CALP) priman sobre las Condiciones Generales (CALG).
B.1. Particulares (CALP)
B.1.I. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS
Se modifica el apartado B.2.I.1 de las CALG por el siguiente:
Las expresiones que se enuncian a continuación tendrán el siguiente significado:
Acto Administrativo: Declaración, disposición o decisión del Organismo en ejercicio de sus propias funciones administrativas, productoras de un efecto jurídico, de alcance particular y que produce efectos jurídicos directos e indirectos, sobre terceros.
Adjudicación: Acto administrativo por el cual se decide a quien se compra o contrata.
Adjudicatario: Persona humana o jurídica, a quien se ha comunicado en forma fehaciente la adjudicación de este Concurso en su favor, hasta la firma del Contrato o la emisión de la correspondiente Orden de Compra.
Anticipo: adelanto financiero que la CTM adelanta al Contratista para su mejor desenvolvimiento en la provisión de materiales y/o pago de mano de obra para la ejecución de los trabajos contratados.
CALP: Condiciones Administrativas y Legales Particulares. CALG: Condiciones Administrativas y Legales Generales.
Caso fortuito o Fuerza mayor: Son los definidos en el Artículo 1730 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina y su correspondiente en la República Oriental del Uruguay, Artículo 1343.
Circular Aclaratoria / Modificatoria: Comunicaciones escritas emitidas por la C.T.M. de oficio (denominadas Circulares Sin consulta) o a requerimiento de los interesados (denominadas Circulares Con Consulta) a efectos de aclarar, explicar y/o modificar alguna estipulación establecida en la documentación licitatoria. Las mismas formarán parte integrante de la licitación y de las condiciones de contratación.
Comitente/ Licitante / Organismo: C.T.M.: la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande - C.T.M.
Contratista: El Adjudicatario que ha celebrado contrato con la C.T.M. referido al objeto de esta Licitación.
Contrato: Acuerdo de voluntades expresadas por escrito que rige la relación entre la C.T.M. y el Contratista.
Cotización: Es el importe consignado en la planilla de cotización por el Oferente.
C.T.M.: Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, “Organismo Binacional” creado por Convenio del 30 de diciembre de 1946 entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay.
CTM / CTMSG: El órgano directivo de la Comisión Técnica Mixta Salto Grande. Días: Salvo aclaración en contrario, se entenderán por días hábiles.
Días corridos: Período ininterrumpido de días hábiles e inhábiles.
Días hábiles: los días en que funcionan las oficinas de la administración de C.T.M. Dólar (U$S): Moneda de curso legal en los Estados Unidos de Norteamérica.
ET: Especificaciones Técnicas.
Figura consorcial: El Oferente que, a los efectos de la presentación de la Oferta, asume un formato de consorcio u algún otro formato jurídico de naturaleza asociativa según su legislación de origen.
Garantía de Mantenimiento de Oferta: Condición exigida en los Concursos de Precios y Licitaciones, para garantizar la seriedad de la Oferta y su mantenimiento durante el plazo de validez de la misma.
Garantía Cumplimiento de Contrato: Condición exigida para garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Contratista.
Inspector de Contrato: Es el responsable de la C.T.M. ante el Contratista y tendrá a su cargo la relación con éste.
Interesado: Persona física, jurídica o consorcio adquirente xxx Xxxxxx de Condiciones que no haya presentado su Oferta.
IVA: Impuesto al Valor Agregado según jurisdicción de la República Argentina. Mesa de Entrada: Oficina de presentación de documentación a la C.T.M.
Oferente, Proponente o Licitador: La persona humana física, jurídica o consorcio que presenta una Oferta en esta Licitación.
Oferta: la propuesta presentada por el oferente en esta Licitación. Pesos ($): Moneda de curso legal en la República Argentina.
Pesos Uruguayos ($u): Moneda de curso legal en la República Oriental del Uruguay.
Pliego de Bases y Condiciones x Xxxxxx: Son los documentos que contienen las condiciones administrativas, legales y especificaciones técnicas que rigen en los Concursos de Precios y/o Licitaciones.
Prestador: Persona física humana y/o jurídica contratada por la C.T.M. para prestar un servicio. Reviste tal carácter el Adjudicatario después de haber firmado el Contrato y/o la Orden de Compra.
Proceso de Adquisición: son los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras de un proveedor externo, estableciendo las bases y condiciones, a través de una compra directa, un concurso de precios, una licitación pública o privada.
R.A.: República Argentina.
Representante Legal: Es aquel que el Oferente faculta a los fines de la presentación de Ofertas, suscripción de la Planilla de Cotización y todo efecto legal derivado del Proceso de Adquisiciones.
Representante Técnico: Es aquel que el Oferente designa a los efectos de la ejecución del Contrato.
R.O.U.: República Oriental del Uruguay. Suministro: bien objeto de la contratación.
Servicios: significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los Bienes y otras obligaciones similares del Contratista en virtud del Contrato.
Todo otro término empleado en ésta documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.
B.1.II. REGIMEN DE LA LICITACIÓN
Se reemplaza el apartado B.2.V.6 por el siguiente:
La presente Licitación es de etapa múltiple. La compulsa se realizará bajo el sistema de DOS
(2) sobres, uno técnico y otro económico, siendo el Pliego de carácter gratuito.
En caso de discrepancias en cuanto a su interpretación, se seguirá el siguiente orden de prelación:
1. El Manual de Compras y Contrataciones.
2. El Pliego de Bases y Condiciones y las circulares que eventualmente se emitan.
3. Las Especificaciones Técnicas.
4. La Adjudicación.
5. El Contrato o la Orden de Compra.
6. La Oferta.
B.1.III. REQUISITOS PARA SER OFERENTE
Se reemplaza el apartado B.2.II.2 REQUISITOS PARA SER OFERENTE por el siguiente contenido:
Es requisito que se trate de personas físicas humanas o jurídicas.
La vigencia de la persona jurídica Oferente, como así también la vigencia de la vinculación de sociedades integradas en consorcio, deberá prever el cumplimiento del objeto de la presente licitación en su totalidad.
Los Oferentes deberán poseer los recursos técnicos administrativos y financieros para la ejecución del objeto del presente llamado a Licitación y el giro del negocio de los Oferentes, deberá corresponder con el mismo.
Es obligación de los Oferentes tomar conocimiento del Código de Ética y Conducta del organismo, que encuentra publicado en la página web de la CTM en el siguiente link:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxx.xxx#xxxxxxxx_xx
• Objeto
Los objetos sociales de los Estados de las sociedades/empresas individuales, deberán coincidir con el objeto de la licitación.
• Domicilio y actividad
Las tareas se han agrupado para la participación de empresas y cooperativas de trabajo argentinas, con domicilio y actividad en la Provincia de Entre Xxxx. Por ello, y dado el lugar donde se desarrolla el servicio, no serán de aplicación las referencias a normativa y organismos de la República Oriental del Uruguay, contenidas en el Pliego de Condiciones Administrativas y Legales Generales.
La C.T.M. considera que, por las particularidades del servicio, diario y permanente, es necesario que el personal y, en particular, los responsables del servicio residan en la Provincia de Entre Xxxx, para mantener un diálogo permanente con la Inspección de los diversos sectores de trabajo.
En consecuencia, esta Licitación está dirigida exclusivamente a Empresas o Cooperativas de Trabajo con domicilio y actividad en la Provincia de Entre Xxxx desde su formación, situación que deberá acreditarse a través de documentación que deberán agregar a sus ofertas.
Sera admisible la presentación de Ofertas a través de sociedades o asociaciones en participación o consorcios de sociedades constituidas o a constituirse a conforme las disposiciones legales vigentes y los requisitos que se establecen a continuación.
ASOCIACIONES O CONSORCIOS CONSTITUIDOS
Para las Asociaciones o Consorcios constituidos se deberá acompañar toda la documentación requerida en el Pliego para los Oferentes individuales por cada empresa integrante, a lo que deberá adicionarse la documentación requerida a continuación:
a) La Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
b) Todos los socios serán responsables en forma solidaria e indivisible por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
c) Uno de los socios deberá ser designado como Representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la figura consorcial;
d) La ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado o con el consorcio;
e) Con la Oferta se deberá presentar una copia del convenio de asociación firmado por todos los socios;
f) El compromiso de mantener la vigencia de la Asociación o Consorcio hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones del Contrato y de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad asumida, sin la notificación previa y expresa a la CTM.
ASOCIACIONES O CONSORCIOS A CONSTITUIRSE
Para las Asociaciones o Consorcios a constituir se deberá acompañar toda la documentación requerida en el Pliego para los Oferentes individuales por cada empresa integrante, a lo que deberá adicionarse la documentación requerida a continuación:
Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución en caso de resultar Adjudicatario, con el objeto específico de ejecutar el contrato certificada por ante Escribano Público. Deberá ser firmada por todos los miembros y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. En ambos casos, deberá estar especificado el porcentaje de participación de los integrantes de la asociación, expresando la aceptación solidaria e indivisible por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo, designando un representante autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la Asociación en Participación o Consorcio.”
B.1.IV. PERSONAS NO HABILITADAS PARA SER PRESTADORAS DE LA CTM
Se reemplaza el apartado B.2.II.1 IMCOMPATIBILIDADES (según RESOL CTM N° 037/22) por el siguiente:
No podrán ser Prestadores de la CTM:
a) Las personas humanas o jurídicas que se encuentren suspendidas del Registro de Proveedores de la CTM.
b) Las autoridades y empleados de la CTM, y las empresas en las que los mismos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.
c) Los condenados por delitos dolosos contra la Administración Pública por un lapso igual al doble del máximo establecido en la escala para la figura penal de que se trate.
d) Los condenados por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos tipificados en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
e) Las personas físicas humanas o jurídicas que hayan sido registradas como contribuyentes apócrifos por los entes recaudadores nacionales.
f) Toda persona física humana o jurídicas que resulte inhabilitada por el órgano competente de acuerdo a regímenes especiales que le sean aplicables. (A título de ejemplo y sin que esta enunciación resulte taxativa: Agencias Tributarias, Administraciones gubernamentales, entes administrativos de contralor, etc.)
g) Las personas físicas humanas o jurídicas en estado de inhibición, quiebra, interdicción,
liquidación o concurso.
h) Las personas jurídicas en las que alguno de los socios o miembros del órgano de administración hayan sido sancionados con suspensión o inhabilitación. Se extiende la inhabilitación a otras personas jurídicas en las que participen con capacidad decisoria, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
i) Las personas humanas o jurídicas que tengan juicios pendientes contra la CTM, sea como actor o demandado.
j) Las personas físicas humanas o jurídicas que tengan incumplimientos graves en otras obligaciones contraídas con el Organismo.
k) En el caso de Oferentes extranjeros, la CTM podrá evaluar similares restricciones según el país de origen.
B.1.V. ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES
Se reemplaza el apartado B.2.II.8 de las CALG, por el siguiente:
Los Oferentes que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de la Licitación deberán solicitar a la C.T.M las aclaraciones del caso, dirigiéndose a tales efectos a:
COMISION TECNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE GERENCIA GESTION DE RECURSOS
CADENA DE ABASTECIMIENTO
Xxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 (C.P. 3200) - CONCORDIA (E.R.), R.A.
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta diez (10) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las Ofertas.
La C.T.M contestará aquellas consultas que considere pertinentes hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura de las Ofertas, mediante Circulares que pondrá a disposición de todos los adquirentes de los documentos de la Licitación.
Hasta el mismo plazo, la C.T.M emitirá de oficio, Circulares con las aclaraciones, información ampliatoria y modificaciones que estime del caso realizar. Todas las Circulares emitidas por la
C.T.M llevarán numeración correlativa y pasarán a integrar la documentación de la Licitación.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera del término.
Las comunicaciones que se realicen entre la C.T.M. y los Oferentes o Adjudicatarios, deberán llevarse a cabo por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno, o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico o domicilio fijado por la C.T.M. en este apartado y por los Oferentes en su Oferta.
Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.
X.0.XX. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Se reemplaza el apartado B.2.II.3 de las CALG por el siguiente:
La oferta deberá contener dos sobres en su interior, debidamente identificados como: SOBRE 1: OFERTA LEGAL Y TÉCNICA y SOBRE 2: OFERTA ECONÓMICA.
CONTENIDO SOBRE 1:
a) Documentación legal y administrativa:
1. Constancia de haber realizado el alta de la empresa Oferente en el Portal de Proveedores de la CTM. Link: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx
2. Carta de presentación completa y suscripta (adjunta como ANEXO D.4). Esta Carta y toda la documentación presentada, deberá estar suscripta por Representante Legal autorizado acompañado copia simple de los estatutos y de los documentos constitutivos con sus correspondientes ampliaciones y modificaciones, inscripto en el registro comercial respectivo. Asimismo, debe incluir copia del poder legal vigente del firmante de la Oferta, o acta de designación de autoridades, o instrumento legal que acredite la facultad del firmante de la Oferta de obligar a la empresa que representa. Quién resulte Adjudicatario deberá acompañar los originales respectivos o los mismos certificados por ante Escribano Público para la firma del Contrato.
3. Para el caso que la Oferta sea presentada por un Consorcio o figura similar, se deberá estar a lo dispuesto en el apartado B.1.III.
4. Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma especificada en las C.A.L.P. (B.1.XV)
En caso de constituir la garantía mediante una Póliza de Caución con firma digital, deberá adjuntarse una copia simple de la constitución de la póliza y copia del correo electrónico remitido.
5. Constancia de haber efectuado la visita obligatoria por el Oferente.
6. Copia de los estados contables auditados de los últimos DOS (2) años anteriores a la fecha de presentación de las Ofertas.
7. Las empresas que no están obligadas a llevar estados contables, deberán presentar manifestación de bienes (Activos y Pasivos) con las mismas exigencias requeridas para los estados contables.
8. Inscripciones vigentes en los organismos competentes respecto a la situación impositiva, e inscripción vigente en los registros previsionales correspondientes.
b) Documentación técnica:
9. Plan de trabajo, conforme a lo requerido en el punto A. del apartado B.1.VII y en el Art. C.2 de las ET
10. Documentación probatoria/listado de antecedentes requerido en el punto C del apartado
B.1.VII y en el D.5 ANEXO.5 Planilla de Antecedentes.
11. Listado de Equipos, conforme a lo requerido en el punto B. del apartado B.1.VII y en el Art.
C.3.IV de las ET
12. Cualquier otra documentación técnica requerida en el presente Xxxxxx.
CONTENIDO SOBRE 2: OFERTA ECONÓMICA:
1. Planilla de Cotización, completa y suscripta conforme se adjunta al presente Xxxxxx como D.3 ANEXO.3.
2. Estructura de costos conforme el precio ofertado, desagregando cada uno de los rubros que lo componen (ejemplo: salario/leyes sociales, combustible, gastos generales, beneficio, etc.) y detallando su incidencia porcentual sobre el precio final cotizado.
LA PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION REQUERIDA DEBERA RESPETAR EL ORDEN PRECEDENTE, ESTAR DEBIDAMENTE FOLIADA Y SUSCRIPTO POR REPRESENTANTE AUTORIZADO.
B.1.VII. EXPERIENCIA Y ANTECEDENTES
Se deberá incluir toda la información técnica necesaria para un estudio completo de la Oferta. En particular se deberá suministrar la siguiente información:
A. PLAN DE TRABAJO PRELIMINAR:
El servicio se desarrollará de acuerdo a un plan general de ejecución, en el cual deberá constar:
• Plazo total de ejecución del servicio.
• Las sucesivas etapas de ejecución y duración (cronograma).
PERSONAL
El personal afectado a la prestación del servicio objeto de esta licitación deberá estar encuadrado en el convenio específico para los trabajadores ocupados en la actividad forestal en el ámbito de la provincia de Entre Xxxx.
B. LISTADO DE EQUIPOS:
El Oferente deberá presentar una lista de los equipos a utilizar como parte de la documentación a evaluar con la oferta. En esta lista deberá indicar tipo de equipo, marca, modelo, antigüedad. Deberá adjuntar, a su vez, fotos que permitan evaluar el estado de conservación de los equipos. El listado deberá incluir cómo mínimo el equipamiento indicado en el punto C.3.IV EQUIPOS E INSUMOS de las Especificaciones Técnicas.
C. ANTECEDENTES Y EXPERIENCIA
El Oferente deberá acreditar su experiencia en el ramo y haber realizado servicios de similar porte al Objeto de contratación.
Para ello se deberá presentar en la planilla D.5 ANEXO.5 Planilla de Antecedentes.
Deberán acreditar como mínimo 2 años de experiencia en la prestación de servicios de similares características (cobertura geográfica, tipo de actividades, equipamiento y personal), detallando el nombre del cliente y contacto de referencia actualizado.
Podrán presentarse firmas cuya constitución legal sea menor a 2 años, siempre y cuando sus directivos, propietarios, socios, y cualquier otra forma de titularidad bajo la que se presenten puedan acreditar fehacientemente (mediante la presentación de documentación probatoria, lista de clientes y carta de recomendación del servicio realizado) que cuentan con la experiencia en la prestación de servicios de similares características (cobertura geográfica, tipo de actividades,
equipamiento y personal).
Se considerará/incluirá la experiencia en tareas similares como dependiente de una firma anterior, como subcontratista, como independiente, etc. Siempre que se pueda verificar y comprobar los datos aportados y los mismos configuren antecedentes que acrediten un veraz conocimiento sobre las tareas objeto de la presente licitación.
La CTM se reserva el derecho de verificar que los datos presentados resulten fidedignos y que la calidad del servicio prestado, objeto de esta licitación, cumpla con los estándares establecidos.
En caso de no poder verificar los datos aportados o si bien de la información aportada por los contactos ofrecidos resultare que el servicio prestado fuere objetado, la CTM se reserva el derecho de rechazar la Oferta.
B.1.VIII. VISITA A LAS INSTALACIONES
Bajo apercibimiento de tener por desistida su Oferta, los Interesados deberán concurrir al Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande e interiorizarse del alcance del Objeto de contratación, con el personal de la CTM.
Los Interesados deberán comunicarse a la casilla de correo de adquisiciones (xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx), para coordinar la visita.
El día y horario será confirmado por personal del Área Materiales – Sector Cadena de Abastecimiento.
Personal de la CTM acompañará y facilitará el acceso en los distintos ingresos existentes tramitando los correspondientes permisos y demás documentación requerida a ser presentada por el Interesado.
Quedará a costo y cargo del Interesado, la totalidad de los gastos de traslado y estadía, así como la movilidad que utilizará para efectuar la visita.
Durante las visitas no será suministrada ninguna información adicional y si en caso de que surgieran consultas durante la misma, se deberán realizar por escrito y se responderán de conformidad a lo previsto en el apartado B.1.V ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES.
Salto Grande entregará al Interesado, una constancia en la que indique fecha y hora en que se efectuó la visita, cuyo original deberá incluirse en la Oferta.
B.1.IX. FORMA DE COTIZAR
Se reemplaza el apartado B.2.II.7 de las CALG por el siguiente:
La cotización se efectuará en pesos argentinos o dólares estadounidenses, en la planilla de cotización adjunta, indicando precios mensuales y precios por los treinta y seis (36) meses.
Se deberá cotizar también, para referencia, el precio de una hora/hombre adicional para la eventual realización de tareas similares a las del contrato.
Todos los ítems son de cotización obligatoria.
El IVA y todo otro impuesto que corresponda, deberá estar desglosado en la cotización. Para la comparación de Ofertas no se considerará el IVA.
El precio cotizado en la Oferta será considerado remunerativo e incluirá todos los gastos, aranceles, tasas o cualquier otro tipo de carga o gravamen, honorarios, sellados y cualquier erogación que se debiera realizar a los efectos del cumplimiento del objeto del presente, debiendo tomar particularmente en consideración el riesgo empresario asociado y la extensión del contrato a suscribir.
El incumplimiento de este requisito, suscripto por Representante Legal autorizado, es causal de inadmisibilidad de la Oferta.
B.1.X. SOLICITUD DE ANTICIPO FINANCIERO
No se contempla otorgar un anticipo financiero.
B.1.XI. ESTRUCTURA DE COSTOS
El Oferente deberá presentar su Estructura de Costos, detallando la incidencia porcentual de cada componente en el mismo. Ésta deberá guardar una razonable equivalencia, entre los precios y costos vigentes al momento de presentar la Oferta y los requisitos exigidos en relación a la prestación del servicio objeto de esta Licitación.
Se tomarán los rubros, salarios y leyes sociales, suministros, otros gastos, beneficio, combustibles y transporte, conforme el siguiente cuadro:
RUBROS | % INCIDENCIA |
1. SALARIOS Y LEYES SOCIALES | |
2. SUMINISTROS, OTROS GASTOS, BENEFICIO | |
3. COMBUSTIBLE Y TRANSPORTE | |
TOTAL | 100 % |
B.1.XII. REAJUSTES DE PRECIO
Los precios cotizados en dólares estadounidenses, no se reajustarán.
Los importes cotizados en moneda local, se reajustarán según las variaciones de los siguientes índices, según corresponda, en virtud de la incidencia de tales conceptos en la estructura de costos que el Oferente debe presentar:
• Salarios y Leyes Sociales, mediante la aplicación de la variación del índice de Remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad forestal, en el ámbito de la provincia de Entre Xxxx (. El índice base será el del mes anterior al de apertura de Ofertas y el de ajuste, el del mes anterior al de prestación del Servicio.
• Índice de Precios al Consumo, IPC –Nivel General- del I.N.D.E.C. (Instituto Nacional de Estadística y Censos) R.A. El índice base será el del mes anterior al de apertura de ofertas y el de ajuste, el del mes anterior al de prestación del Servicio.
• Precio del combustible El precio del combustible (gas oil) último día del mes de YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales), Entre Xxxx, Concordia, R.A., considerando como índice base el precio de dicho combustible del último día del mes anterior al de apertura de ofertas y como índice de ajuste el del precio del último día del mes anterior al de prestación del Servicio.
La C.T.M. podrá evaluar otros índices de referencia o eventuales reclamos puntuales por ajustes salariales que superen los resultantes de la modalidad establecida precedentemente, fundamentados en Convenios Colectivos de Trabajo debidamente homologados para el Sector Laboral en que se encuentre encuadrado el personal empleado para el servicio.
El reajuste de los precios del Contrato se efectuará y pagará en correspondencia con cada fecha de pago del Contrato.
Para el caso que el Oferente omita la presentación de la Estructura de Costos, la CTM aplicará de pleno derecho y en caso de corresponder un reajuste conforme los siguientes rubros: 53% salarios y leyes sociales; 7% combustible; 40% gastos generales/beneficio.
B.1.XIII. SUBCONTRATACIÓN
Se reemplaza el apartado B.2.V.13 por el siguiente apartado:
El Contratista no podrá subcontratar ningún trabajo sin autorización escrita de C.T.M. otorgada previamente. C.T.M. no estará obligado en ningún caso a autorizar la subcontratación.
Cualquier subcontratación de mano de obra deberá ser especificada en la oferta, detallando en forma explícita que tareas son realizadas por el subcontrato.
Siempre que se realicen tareas con personal subcontratado deberá ser supervisado en forma permanente por el representante técnico perteneciente al Contratista.
Solo se permitirá un nivel de subcontratación.
C.T.M. se reserva el derecho de solicitar el retiro de cualquier Subcontratista que esté prestando servicios sin la debida autorización y, en consecuencia, los daños y perjuicios que se causen en tal caso, serán por cuenta del Contratista, siendo de aplicación el régimen de penalidades sin perjuicio de considerar resuelto el Contrato por exclusiva culpa del Contratista.
C.T.M. no reconocerá ninguna obligación contractual con ningún Subcontratista y la subcontratación de los servicios no eximirá al Contratista de la responsabilidad de ejecutar los trabajos conforme el Contrato suscripto. C.T.M. tampoco asume ninguna responsabilidad por la aprobación de ningún Subcontratista o subcontrato.
Si durante la realización de los trabajos, C.T.M. entiende que el Subcontratista resulta incompetente para la realización del trabajo encomendado, lo notificará al Contratista, quién deberá tomar las medidas necesarias para la cancelación de dicho subcontrato sin costo para
C.T.M. Esta cancelación no suspende ni amplia los plazos contractuales para la ejecución de la obra, siendo responsabilidad del Contratista, el reemplazo inmediato y la ejecución de las obras en el plazo previsto.
Queda entendido que cualquier trabajo subcontratado estará sujeto a las disposiciones pertinentes del Contrato suscripto.
B.1.XIV. REGIMEN IMPOSITIVO
El IVA y todo otro impuesto que corresponda, deberá estar desglosado en la cotización.
A fin de conformar sus precios, los Oferentes argentinos deberán tener presente que según lo establecido en el Art. 5 del Acuerdo de Sede celebrado entre el Gobierno de la República Argentina y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, aprobado por Ley Nº 21.756, la misma está exenta de toda clase de impuestos o contribuciones directos o indirectos, ya sean federales, provinciales y municipales o de cualquier otro tipo.
Oportunamente la C.T.M. extenderá al Contratista los correspondientes certificados, avalando lo señalado precedentemente.
B.1.XV. MONTO DE LAS GARANTÍAS
a) Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL NOVECIENTOS (U$S 3.900).
b) El adjudicatario deberá constituir una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al 10 % del valor adjudicado por un año de servicio.
Los Oferentes argentinos podrán constituir las garantías en moneda local, tomando para su conversión el tipo de cambio vigente el día anterior a la fecha de constitución de la garantía, tomando para su conversión la cotización xxx xxxxx billete vendedor del Banco Nación (Argentina).
Al cumplirse el primer año del Servicio, el Prestador en conjunto con la C.T.M., deberán verificar los montos de las garantías del inciso b), de modo que siga siendo el 10% a valores actualizados.
En el caso de surgir diferencias, el Prestador deberá presentar una actualización complementaria de la Garantía del Cumplimiento del Contrato, o en su defecto una Garantía con el nuevo monto.
B.1.XVI. FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS
Se reemplaza el apartado B.2.II.5 de las CALG (según RESOL CTM N° 037/22) por el siguiente contenido:
Se admitirán las siguientes modalidades de constitución de garantías:
a.- En efectivo: depositando a la orden de la C.T.M. en los siguientes Bancos: Concordia:
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX SA. - BEXXX, Xxx. Cte.: ($) Nº 003-0007517/9(CBU 3860003401000000751794)
Buenos Aires:
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX SA. Cta. Cte.: ($) Nº 0032-0009067/2(CBU 3860032401000000906729)
LA INCLUSIÓN DE DINERO EN EFECTIVO DENTRO DEL SOBRE DE LA OFERTA, DARÁ LUGAR A LA DESCALIFICACIÓN AUTOMÁTICA DEL OFERENTE Y SU EXCLUSIÓN INMEDIATA DEL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA CTM.
b.- Carta de Fianza Bancaria (original): otorgada por bancos oficiales o privados, autorizados a ejercer negocios en Argentina, a satisfacción de la C.T.M. xx Xxxxx Grande.
c.- Póliza de Seguro de Caución (Original): designando como beneficiaria a la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, emitida por Compañías de Seguros autorizadas a ejercer negocios en Argentina.
c.1.- Póliza de Seguro de Caución (Digital): deberá ser presentada en formato digital y remitida al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx. Deberá estar certificada digitalmente por Escribano Público o firmado digitalmente mediante firma emitida por un certificador licenciado en los términos de la Ley de firma digital, caso en el cual no se requerirá la intervención de un escribano.
El plazo para la recepción de las pólizas con firma digital, será de hasta UNA (1) HORA ANTES del día y horario fijado para la apertura de ofertas.
Para el caso de optar por remitir la póliza por correo electrónico, se deberá acompañar con la oferta una copia simple de la póliza y copia del correo electrónico remitido, donde figure la fecha y hora de la remisión.
La fecha y hora que se tendrá como válida será la de recepción del correo electrónico y no la emisión.
FIGURAS CONSORCIALES: sin perjuicio de la forma de constituir la póliza según los formatos previamente establecidos, para el caso de figuras consorciales, además aplica lo siguiente:
Para el caso de Garantía Bancaria y/o Póliza de Seguro de Caución presentadas por una FIGURA CONSORCIAL, las mismas deberán ser emitidas a su nombre.
Para el caso que el consorcio aún no se encuentre constituido, deberá emitirse una garantía a nombre de todos y cada uno de sus futuros integrantes, tal como se denomina en la Carta de Intención y, cuando dicha figura se constituya legalmente, deberá modificar la póliza original mediante una enmienda que regularice la situación.
En el caso que la garantía no pueda ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros miembros de la figura consorcial, tal como se denomina en la Carta de Intención, el integrante que asume la representación del consorcio deberá presentar la garantía por el total exigido en el pliego, y una vez constituida la figura consorcial, deberá ser endosada bajo el nombre de la misma. En caso de imposibilidad que la garantía sea endosada al nombre del consorcio, la misma continuará a nombre del integrante que asume la representación del consorcio por el total exigido en el pliego.
B.1.XVII. CONDICIONES DE LAS GARANTÍAS
La Garantía Bancaria y/o Póliza de Seguro de Caución deberán designar como beneficiaria a la CTM y deben constituirse de modo tal que, luego de intimado el Oferente al cumplimiento de la obligación correspondiente y ante su eventual incumplimiento documentado en forma fehaciente por la C.T.M., el fiador o asegurador abone a ésta el monto establecido, constituyéndose en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, así como al beneficio de interpelación judicial.
B.1.XVIII. OTRAS GARANTÍAS
El Interesado, con una antelación mínima de QUINCE (15) días hábiles a la fecha de apertura de las ofertas, por un motivo debidamente justificado, puede proponer un tipo de garantía distinta a las precedentemente enumeradas, a cuyo efecto la CTM se reserva el derecho de aceptarla o exigir el cumplimiento de las preestablecidas en el presente apartado.
B.1.XIX. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: TÉCNICA Y ECONÓMICA
Se reemplaza el apartado B.2.II.9 de las CALG por el siguiente:
Fecha y hora límite para la presentación de ofertas: 04/07/2024 - 10:00 hs.
Las Ofertas, deben entregarse personalmente, o ser remitidas por correo postal en 1 (UNO) ÚNICO SOBRE CERRADO. Este sobre debe contener en su interior 2 (DOS) SOBRES CERRADOS identificados de la siguiente manera:
- SOBRE Nº 1: PROPUESTA TÉCNICA (Original impreso y copia digital de la propuesta técnica)
- SOBRE Nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA (Original impreso y copia digital de la propuesta técnica)
El acto de apertura de Ofertas se realizará (1) UNA HORA DESPUÉS de la hora límite para la presentación de Ofertas.
El sobre deberá ser identificado de la siguiente manera:
04/07/2024 ––10:00 hs.
Sector Cadena de Abastecimiento Remitente: (nombre del oferente) LICITACIÓN PÚBLICA SG 760
XX/XX/2024
10:00 hs.
Fecha y hora límite de presentación de Ofertas:
DIRECCIÓN PARA ENTREGA PERSONAL
Complejo Hidroeléctrico de la C.T.M. xx Xxxxx Grande - Sector Cadena de Abastecimiento (Nuevo Edificio de Margen Izquierda: NEMI).
- Ruta Nacional Nº 015 s/n – Barrera Ayuí – CP 3200 - Concordia Entre Ríos - República Argentina.
Coordenadas: 31° 16´ 06´ S / 57° 57´ 11´ W
- Av. Pte. Luis Batlle Berres (Ex Ruta Nº 3) – Km 508 – CP 50.000 – Salto – Uruguay. Coordenadas: 31° 17´ 03´ S / 57° 55´ 12´ W-
DATOS PARA ENVÍO POSTAL
Casilla de Correo Nº 106 (CP 3.200) - CONCORDIA- (E.R.) R.A.
Casilla de Correo Nº 68036 (CP 50.000) – SALTO (R.O.U.)
NO SE RECIBEN OFERTAS REMITIDAS POR CORREO ELECTRÓNICO
Todas aquellas Ofertas o cualquier tipo de complemento de las mismas, recibidas después de la hora y día fijado, serán rechazadas y devueltas sin abrir, con prescindencia de la fecha en que fueron puestas en el correo.
La C.T.M. no asume responsabilidad alguna si por los trámites que debieran efectuar los Invitados para ingresar al Complejo Hidroeléctrico Salto Grande, no llegaren al lugar de apertura de ofertas a la hora indicada; como así tampoco en el caso de aquellas Ofertas que siendo despachadas por cualquier tipo de correo postal no se encontraren en la dirección postal por lo menos DOS (2) días hábiles antes del día límite para la presentación de ofertas, con independencia de la fecha de su despacho.
Asimismo, la C.T.M. no asume responsabilidad alguna por la apertura prematura o por no abrir las Ofertas que no hayan sido dirigidas o identificadas como se señala en el presente apartado.
B.1.XX. EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA
Se reemplaza el apartado B.2.II.6 por el siguiente:
La presentación de la Oferta implica que el Oferente ha estudiado exhaustivamente los documentos de la Licitación.
Importa de parte del Oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
Los documentos de consulta que pueda proporcionar la C.T.M, fuera de los que integran este Pliego serán a título informativo y por consiguiente la misma no asume ninguna responsabilidad en cuanto a la exactitud de los mismos.
La C.T.M. no será responsable por cualquier error u omisión del Oferente en la preparación de la Oferta, en relación al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Pliego y las Circulares emitidas.
No será admitida ninguna limitación o condicionamiento técnico, comercial y/o contractual a la propuesta presentada por el Oferente.
El Organismo no reconocerá ni reembolsará en ningún caso, gasto alguno en que hubiera incurrido el Oferente en ocasión de la preparación de la Oferta o su presentación.
B.1.XXI. INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA
Transcurrido el plazo fijado por la CTM para presentar la oferta, ésta no podrá ser modificada ni alterada bajo ninguna circunstancia.
Tampoco se admitirá reclamo alguno o limitación a la propuesta fundados en deficiencias de información o en criterios propios de interpretación que no hayan sido consultados en el plazo indicado a tal efecto.
Los errores y/u omisiones que contengan las Ofertas y que deberían haber sido previstos por el Oferente en virtud de su pericia, obrando prudentemente y con la debida diligencia; son de exclusiva responsabilidad de los Oferentes.
B.1.XXII. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La Oferta deberá ser válida y estar vigente por un período de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la fecha de apertura de esta Licitación.
El plazo de NOVENTA (90) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual a la inicial, y así sucesivamente hasta el perfeccionamiento del Contrato, salvo que el Oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
En caso de que la garantía de mantenimiento de oferta presentada con su propuesta tenga fecha de vencimiento, el Oferente deberá tomar los recaudos necesarios y presentar las renovaciones correspondientes para cubrir el plazo ampliado.
B.1.XXIII. APERTURA DE OFERTAS
La apertura de ofertas se realizará una 1 (UNA) hora después del día y horario límite de presentación de ofertas cláusula B.1.XVIII
En el acta de apertura se consignarán los nombres de los Oferentes, se abrirá el sobre que contiene los Sobres Nº 1 y 2, procediéndose posteriormente únicamente a la apertura del Sobre Nº 1. Se dejará constancia en acta de la forma de constitución y monto de la Garantía de Mantenimiento de Oferta y se dejará constancia del resguardo de la oferta económica, que quedará sin abrir hasta la apertura de la segunda etapa.
En la misma, previo al cierre del acto, además de la consulta de si hubiere observaciones al acto de apertura, se deberá dejar constancia del acuerdo de todos los Oferentes presentes para la toma de registro fotográfico o fílmico de las demás ofertas presentadas al momento de la toma de vista.
Se podrá participar del acto de apertura en forma remota vía digital (plataforma Google Meet) o la que en el futuro la reemplace.
A. LINEAMENTOS DEL ACTO DE APERTURA
1. El acto de apertura se llevará a cabo en el día y hora fijadas en el cronograma indicado en Pliego. La CTM de Salto Grande procederá a remitir el respectivo enlace para que los interesados que quieran estar presentes vía Google Meet, puedan acceder y participar en el acto. A tal efecto, los Oferentes que hayan presentado oferta deberán requerir el vínculo correspondiente al correo adquisiciones@saltogrande.org, indicando en el asunto el proceso en el cual requieren participar.
2. Será responsabilidad del Oferente crear la cuenta correspondiente a la plataforma, descargar la aplicación y realizar las acciones pertinentes para utilizar el programa de videoconferencia que designe la CTM de Salto Grande al efecto.
3. Será responsabilidad de los asistentes garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos necesarios para acceder y participar del acto de apertura por medios virtuales, de tal forma que la CTM de Salto Grande no se hará responsable de los errores que se puedan
presentar por problemas en la provisión del servicio de internet, mal funcionamiento del equipo tecnológico desde el cual se realice la conexión y eventos similares.
B. DURANTE EL ACTO DE APERTURA
1. Los asistentes procurarán conectarse con al menos diez minutos de antelación a la sesión.
2. Los asistentes se conectarán al acto de apertura mediante el enlace suministrado previamente por la CTM al efecto.
3. Si el navegador solicita permisos para acceder a la cámara y micrófono es necesario que se brinde la respectiva autorización, debido a que estos recursos se necesitan para el acto de apertura virtual.
4. Al ingresar al acto de apertura el asistente estará brindando autorización a que su imagen y voz sean grabadas por la CTM, para efectos de conservar la trazabilidad de las actuaciones realizadas en el acto de apertura y dejar registro del acto de apertura.
5. Los asistentes deberán tener en todo momento desactivado el micrófono y solo procederán a su activación cuando la CTM les brinde el uso de la palabra.
6. Un funcionario de la CTM será el moderador del acto de apertura y tendrá la potestad de silenciar los micrófonos de los asistentes para conservar el orden del acto de apertura y organizar los turnos de las intervenciones.
7. El acto de apertura iniciará con la presentación de los representantes de la CTM participantes en el acto virtual y de los asistentes que se encuentren conectados.
8. El ingreso e inicio de sesión de parte de uno de los participantes Oferentes implicará y generará efectos y prueba de su participación, con independencia de que interactúe de cualquier manera durante el acto de apertura y así mantenga en silencio o desactivada su cámara.
9. Se procederá a la apertura de sobres de las ofertas recibidas, en las direcciones indicadas en el documento de licitación, enumeradas según el orden de recepción de las mismas.
10. Al participar, el asistente deberá a activar el micrófono y su cámara.
11. Al finalizar la intervención, el asistente deberá desactivar tanto su micrófono como el video. Al respecto se debe tener en cuenta que desactivar el audio y video no le impedirá al asistente seguir participando del acto de apertura o participar de forma posterior, siempre y cuando dicha participación sea procedente.
12. En caso de que tenga problemas para hablar, el asistente podrá elevar su participación mediante el chat de la plataforma.
13. La CTM se reserva la posibilidad de verificar la identidad de los asistentes por otros medios y/o solicitar la documentación pertinente para el efecto.
14. Los asistentes se abstendrán de ejercer cualquier conducta que pueda obstaculizar el desarrollo del acto de apertura y guardar el debido respeto frente a los funcionarios intervinientes de la CTM de Salto Grande y los demás asistentes.
15. En particular, los asistentes se abstendrán de guardar cualquier tipo de registro en relación al acto transmitido.
Lo acontecido en el acto de apertura será registrado mediante la respectiva grabación.
B.1.XXIV. APERTURA DEL SOBRE Nº 2
La C.T.M. evaluará la documentación contenida en el Sobre Nº 1 y determinará, según los requisitos de evaluación debidamente definidos, las firmas que pueden continuar en el proceso licitatorio, participando de la apertura del Sobre Nº 2.
El sobre Nº 2 se abrirá en el lugar, día y hora que oportunamente establezca la C.T.M., notificado a los oferentes, con la intervención de los funcionarios responsables y en presencia de los oferentes que concurran, en un acto con las mismas formalidades que para el Sobre Nº 1.
En tal oportunidad se abrirán exclusivamente los Sobres Nº 2, correspondientes a las ofertas que se hubieran preseleccionado, devolviéndose sin abrir los Sobres Nº 2 de las restantes ofertas a los respectivos oferentes o quedando éstos a su disposición en las oficinas de la C.T.M. por el término de treinta días corridos. Vencido ese plazo, serán remitidos por correo postal al domicilio enunciado en la oferta,
En el Acta se incorporarán las cotizaciones ofrecidas y la misma será leída y suscripta por los funcionarios actuantes y los oferentes presentes que deseen hacerlo.
B.1.XXV. OBSERVACIONES AL ACTO DE APERTURA
Las observaciones al acto de apertura podrán ser formuladas únicamente por los Oferentes que estén presentes y/o por la plataforma digital Google Meet o la que en el futuro la reemplace, las que se incorporarán con detalle y fundamento al acta notarial respectiva.
B.1.XXVI. PRESENTACIÓN EXTEMPORANEA DE LA OFERTA
Toda oferta que reciba el Organismo una vez vencida la fecha y hora límites, será rechazada y será devuelta al Oferente sin abrir. El Organismo no considerará ninguna propuesta que se presente con posterioridad a la fecha y horario límite fijados para la presentación de ofertas, aún si el acto de apertura no se hubiese iniciado.
B.1.XXVII. VISTAS DE LAS OFERTAS
Las copias de las Ofertas estarán a disposición de los Oferentes, en el local de apertura con día y hora a coordinar con el área correspondiente, desde el cierre del acto de apertura y durante los tres (3) días hábiles siguientes, en el horario de 08:00 a 14:30 hs.
No se podrá tomar registro fotográfico o fílmico de las demás Ofertas salvo consentimiento expreso de todos los Oferentes presentes en el Acto de Apertura.
Las observaciones a las Ofertas podrán presentarse hasta las QUINCE (15) horas del QUINTO
(5) día hábil de la fecha de apertura.
El Organismo no está obligado a considerar y/o a contestar las observaciones presentadas y éstas no suspenderán la Licitación.
En el supuesto de un único Oferente, se podrá prescindir del cumplimiento del plazo de vistas.
B.1.XXVIII. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Se reemplaza el apartado B.2.III.3 de las CALG (Según RESOL CTM N° 037/22) por el siguiente:
El presente Pliego, contiene las condiciones sustantivas y de admisibilidad a las que deberán ajustarse los Oferentes al momento de la presentación de la oferta.
Las ofertas serán analizadas por una Comisión Evaluadora designada a tal fin, cuyos miembros serán los encargados de analizar las ofertas de acuerdo a la naturaleza de la presente licitación.
La etapa de evaluación de las Ofertas comprende el período que va desde el vencimiento del plazo para tomar vista de las Ofertas hasta la notificación del dictamen de evaluación.
La comparación de Ofertas se realizará evaluando el cumplimiento de los aspectos técnicos, legales, económicos y financieros requeridos según el objeto y las Especificaciones Técnicas del presente Pliego.
Con el propósito de comparar las Ofertas de uno y otro país, la C.T.M. convertirá las diversas monedas a dólares estadounidenses, al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Nación Argentina, del segundo día hábil anterior al del día de la apertura de las ofertas.
La etapa de evaluación de las Ofertas es confidencial, por lo cual durante esta etapa no se concederá vista de las actuaciones.
Entre las variables que indicen en la determinación del potencial adjudicatario, se valorará la calificación del personal propuesto para la realización de los servicios, se inspeccionarán los equipos ofrecidos para la ejecución de los trabajos, el grado de satisfacción de los clientes, entre otros factores. No obstante, existen aspectos generales a considerar como necesarios y que podrían estar presentes en las ofertas.
A tales efectos, se propone una puntuación para cada aspecto relevante. El concepto de relevante engloba lo que a juicio de la Inspección es importante considerar.
La oferta se evaluará de manera técnico-económica, mediante la asignación de un puntaje (PO). Para ello se determinará un puntaje asociado a los aspectos técnicos “CT” y un puntaje asociado a lo económico “CE”.
PO = CT + CE
a) Oferta Técnica: determinación del coeficiente técnico CT
Los aspectos técnicos se evaluarán sobre la base de consideraciones claves para el desarrollo de lo solicitado. En la tabla siguiente se presentan las consideraciones a evaluar y sus correspondientes puntajes máximos:
Ítem | Puntaje máximo | Puntaje mínimo | Aspectos a | Evaluar | Puntaje máximo Aspecto | |
Servicio | 30 | 10 | Personal disponible en el predio (cantidad y experiencia ) | 10 | ||
Experiencia/formación de técnico permanente en el predio | 20 | |||||
Equipos maquinarias | y | 30 | 10 | Antigüedad, estado de conservación y tipo de equipos y maquinaria ofrecida | 30 | |
Plan de trabajo | 10 | 5 | Plan de trabajo | 10 | ||
Representante técnico | 10 | 5 | Experiencia similares | en | servicios | 10 |
Antecedentes de la empresa | 20 | 10 | Antecedentes en servicios con cobertura geográfica y tipo de actividades solicitadas (jardinería fina, desmalezado.) | 15 |
Grado de conformidad de los clientes anteriores | 5 | |||
Total VO | 100 | 40 |
Respecto a la tabla de puntajes de aspectos técnicos se expresa lo siguiente:
Ítem: se incluyen aquellos que a juicio de la CTM son de mayor relevancia. Puntaje máximo: puntuación máxima que puede recibir el ítem.
Puntaje mínimo: puntuación mínima admisible. Si uno de los ítems no supera esta puntuación podrá considerarse motivo suficiente para calificar la oferta como “inadmisible técnicamente”. Aspectos a evaluar: pueden ser considerados como sub-ítems y son de carácter orientativo El puntaje de cada ítem será definido utilizando como guía los sub-ítems (aspectos a evaluar).
La suma de los puntajes otorgados a cada ítem determina el puntaje técnico “VO” correspondiente a la oferta. Con este valor, multiplicado por una constante “KT”, se determina el coeficiente técnico “CT”.
CT= VO. KT donde el valor de KT = 0.40
De esta manera se tiene un puntaje máximo posible, CTMAX = 40
Se define un coeficiente técnico mínimo admisible correspondiente al 60% del CTMAX, es decir: CTmin-adm = 24
b) Oferta Económica: determinación del coeficiente económico CE Las ofertas económicas serán evaluadas mediante la siguiente expresión: CE = (35 * X + 25 * Xmín – 60 * XMAX) / (Xmín - XMAX)
Donde:
X: valor de la oferta expresado en dólares estadounidenses divido 1000.
Xmin: valor de la mínima oferta expresado en dólares estadounidenses dividido 1000. XMAX: valor de la máxima oferta expresado en dólares estadounidenses dividido 1000.
De esta manera se tiene un puntaje máximo posible, CEMAX = 60
c) Método para comparación de ofertas técnico-económicas
Para la comparación global de ofertas, es decir, aspectos técnicos en conjunción con aspectos económicos, determinados los coeficientes antes indicados se utilizará la Puntuación de Oferta, determinada anteriormente (PO).
B.1.XXIX. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Se reemplaza el apartado B.2.III.4 de las CALG (según RESOL CTM N° 037/22) por el siguiente: Serán declaradas inadmisibles sin posibilidad de subsanación:
a) Las Ofertas presentadas por personas físicas humanas o jurídicas que estén inhabilitadas o tengan incompatibilidad para contratar con la CTM.
b) Las Ofertas que no acompañaren la Garantía de Mantenimiento de Oferta o la constancia de haberla constituido.
c) Las Ofertas presentadas una vez finalizado el horario de recepción establecido.
d) Las Ofertas Técnicas y/o Económicas que no cumplan con los requisitos esenciales exigidos en el presente Pliego y/o que presenten condicionamientos sustanciales que modifiquen los requisitos del mismo.
e) Las Ofertas que contengan falsedades en la documentación presentada o en la información brindada y la que contuviera errores u omisiones sustanciales.
f) No estuviere firmada por el Oferente o su representante legal.
g) Estuviere escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
h) Tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
B.1.XXX. SUBSANACIÓN Y ACLARACIÓN DE OFERTAS
La Comisión Evaluadora brindará la posibilidad de subsanar errores y omisiones no esenciales a los Oferentes, así como podrá requerir a los Oferentes, en formar previa a la emisión del dictamen, aclaraciones o ampliaciones sobre los documentos acompañados con su oferta e información contenida en las mismas, debiendo responder éstos en el plazo que, de acuerdo a la complejidad y circunstancias se establezca. Ante la falta de respuesta, la comisión resolverá con la documentación e información que tenga a la vista para su análisis.
Las aclaraciones que se reciban, en ningún modo podrán implicar una modificación en la oferta, debiendo ser descartadas en caso de verificarse dicha situación.
La subsanación de errores u omisiones no esenciales, de índole formal, se posibilitará siempre que no impida la comparación de la oferta con las demás propuestas presentadas, que no afecte los principios de igualdad y transparencia, y que no otorgue ventajas competitivas a algún Oferente en particular.
La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el Oferente para alterar la sustancia de la Oferta, para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás Oferentes.
No se considerarán aclaraciones a una Oferta presentada por un Oferente cuando dichas aclaraciones no sean respuesta a una solicitud de la CTM.
B.1.XXXI. DIFERENCIAS, ERRORES Y OMISIONES
De verificarse una inconsistencia en la planilla de cotización, la CTM corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que la CTM considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá;
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y
(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
B.1.XXXII. PRECIO VIL O NO SERIO
Se incorpora (según RESOL CTM N° 037/22) el siguiente contenido:
Serán declaradas inadmisibles las Ofertas en las que se acredite, que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios que no cubren los costos de la prestación del servicio contratado o que son excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios de mercado.
B.1.XXXIII. MEJORA DE OFERTA
Se modifica el texto del apartado B.2.IV.2. de las CALG (según RESOL CTM 037/22) por el siguiente:
La CTM se reserva la facultad de solicitar a los Oferentes cuyas ofertas sean a juicio exclusivo de la CTM las más convenientes, que mejoren las mismas en base a pautas que no podrán modificar los términos generales de esta Licitación.
A tal efecto, si la diferencia entre la Oferta mejor calificada y las que le siguen, fuese menor y hasta un CINCO POR CIENTO (5%), se podrá llamar a mejora de oferta en propuesta cerrada a dichos Oferentes. Recibidas las Ofertas mejoradas, se adjudicará al Oferente que cotice el precio más bajo.
En caso que, como resultado de la mejora de ofertas, dos ofertas o más resultaran iguales en valor, se podrá promover una puja a la baja de precios entre ellas.
La mejora de oferta también podrá realizarse cuando haya un único Oferente.
El silencio por parte de los Oferentes invitados a mejorar, se considerará como una ratificación de sus ofertas originales.
Las mejoras de oferta se presentarán con las mismas formalidades de la presentación de ofertas, en lugar, fecha y hora que la CTM indique.
B.1.XXXIV. ADJUDICACIÓN
Se reemplaza el apartado B.2.IV.3 de las CALG (según RESOL CTM N° 037/22) por el siguiente contenido:
La adjudicación se realizará en base al cumplimiento de los requisitos formales, legales, económico financiero y el resultado del método previsto en el literal “c)” del apartado B.1.XXVIII.
C.T.M. se reserva el derecho de realizar adjudicaciones parciales (por ítem o sub ítems) o declarar fracasada la Licitación si las ofertas no resultaren convenientes a sus intereses.
A los efectos de la comparación y adjudicación de la oferta, se aclara que el precio unitario mensual de cada línea cotizada prima sobre el precio unitario de la hectárea.
Asimismo, la C.T.M. podrá declarar fracasado la Licitación, si las Ofertas fueren inadmisibles por apartamiento de las exigencias específicas del Pliego, o inconvenientes cuando la Oferta, aun ajustándose al Pliego, resulta, no obstante inconveniente por razones de precio, o alguna otra circunstancia que así lo amerite.
La C.T.M. podrá dejar sin efecto el Proceso de Adquisición en cualquier momento, previo a la Adjudicación por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, sin derecho a los Oferentes de reclamar o de derecho a indemnización por ningún concepto.
Los Oferentes que por cualquier motivo no resultaren adjudicatarios, no tendrán derecho a reclamo o indemnización por concepto alguno, pues la presentación de ofertas no confiere derecho alguno a favor del Oferente ni implica la obligatoriedad de su Adjudicación.
B.1.XXXV. COMUNICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y CONSTITUCION DE GARANTIA
Se modifica el apartado B.2.IV.5 de las CALG a tenor del siguiente:
La CTM comunicará el resultado del proceso a todos los Oferentes por escrito, a los domicilios constituidos en las Ofertas.
La Adjudicación será notificada mediante nota, correo electrónico u otro medio fehaciente, hecha al domicilio constituido/electrónico que fuera denunciado por el Oferente en su Oferta.
En el mismo acto, se le requerirá al adjudicatario que constituya la Garantía de Cumplimiento de Contrato,la garantía correspondiente en la forma y condiciones dispuestas en el apartado B.1.XV FORMAS DE CONSTITUIR GARANTIAS del presente Pliego y el alta respectiva en el Portal de Proveedores de la CTM (https://portalproveedores.saltogrande.org/register/USRREGOOOO).
B.1.XXXVI. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Se incorpora (según RESOL CTM N° 037/22) el siguiente contenido:
El Contrato se tendrá por perfeccionado en oportunidad de firmarse el instrumento respectivo, en la fecha que fije la CTM, la cual será notificada al domicilio denunciado por el Adjudicatario.
La firma del contrato está condicionada a que el Adjudicatario haya constituido la Garantía de Cumplimiento de Contrato, que la CTM haya aceptado la misma y presente la declaración indemnidad prevista según anexo D.7.ANEXO 7
El Contrato se confeccionará en DOS (2) ejemplares, uno para cada parte.
B.1.XXXVII. PLAZO CONTRACTUAL
El Contrato tendrá una duración de TREINTA Y SEIS (36) meses, a partir de la fecha de inicio del servicio que se establezca.
El período establecido de hasta TREINTA Y SEIS (36) meses, quedará condicionado a una evaluación que será realizada por la Inspección del Contrato cada DOCE (12) meses, donde se analizará el cumplimiento general de la Prestación, que deberá ser aprobada satisfactoriamente por parte del Prestador.
La Inspección del Contrato notificará al Contratista la aprobación satisfactoria de la confirmación y de la continuidad del contrato en un plazo máximo de TREINTA (30) días una vez cumplido los DOCE (12) y VEINTICUATRO (24) meses.
De verificarse incumplimientos, será de aplicación lo dispuesto en el apartado B.1.XLIII PENALIDADES Y SANCIONES.
B.1.XXXVIII. PRORROGA DEL CONTRATO
La CTM se reserva el derecho de prorrogar el Contrato por el término de hasta un año a partir de su vencimiento. Dicha opción será notificada al Prestador, con una antelación no menor a treinta (30) días corridos de la fecha de vencimiento del Contrato original.
Si por razones debidamente justificadas, se debe efectuar una nueva prórroga, se requerirá la conformidad del Contratista con una antelación no menor a TREINTA (30) días a fin de que brinde su conformidad o rechazo a la solicitud.
B.1.XXXIX. PRESTACIÓN DEL SERVICIO – ALTA EN PORTAL DE PROVEEDORES
El Contratista deberá comenzar la Prestación del servicio en la fecha que C.T.M. le indique. No se autorizará la Prestación del Servicio sin la previa conformidad de los recaudos exigidos:
- B.2.V.3.: GARANTÍA CUMPLIMIENTO DE CONTRATO de las CALG.
- B.1.XLV: SEGUROS de las CALP.
- Documentación requerida en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
Será por cuenta exclusiva del Prestador la provisión de las máquinas, productos y demás elementos necesarios para el cumplimiento del servicio objeto del presente proceso. Los materiales a emplear por el Prestador serán de primera calidad.
El Prestador se hará responsable del desempeño de su personal, mantener el decoro de moralidad y cortesía que su desempeño obliga en el trato con toda persona de la CTM.
La CTM supervisará la ejecución de los trabajos con personal de su dependencia, debiendo él o los encargados del Prestador acatar las indicaciones que el mismo realice.
ALTA EN EL PORTAL DE PROVEEDORES:
Los ingresos de contratistas al CHSG y/o a los emplazamientos, se gestionarán a través del Portal de Proveedores (https://portalproveedores.saltogrande.org/login).
El contratista deberá ingresar al portal con su usuario y contraseña, ir al ícono “gestión documental” y realizar los siguientes pasos:
Paso 1: registro de sus recursos (personal y vehículos). Los mismos deberán ser aprobados por Salto Grande.
Paso 2: carga de la documentación solicitada por contrato, por empleado y vehículo.
Paso 3: Salto Grande validará la documentación dentro de las 72 horas hábiles desde su presentación.
Paso 4: el contratista verificará la habilitación para el ingreso a través del reporte “Detalle general”
Para ingreso de PERSONAL:
Personal de la República Argentina
-Certificado de cobertura de ART (Nomina) con cláusula de no repetición contra la CTM.
-Formulario, presentación y Boleto de pago AFIP 931.
-Registro de capacitación en SYSO, dictado por técnico prevencioncita.
-Registro de entrega de EPP
-Apto médico
-Libreta / Carnet de conducir VIGENTE para manejo de ambulancias.
-Matricula técnica y título profesional habilitante.
-Inducción en Seguridad Industrial (dictada por Salto Grande el día del ingreso)
Profesionales independientes (ROU o RA):
Se deberá cumplir con lo indicado en el apartado B.1.XLIV. SEGUROS.
DESPACHO ADUANERO:
Los trámites aduaneros para ingreso al Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande (Barrera Ayuí, Argentina), de materiales, equipos, vehículos, y/o cualquier otro elemento necesario para la ejecución del Contrato, estarán a cargo de Salto Grande.
Para la realización de dichos trámites, el Proveedor con un plazo de cinco (5) días antes del ingreso de materiales, equipos, vehículos, y/o cualquier otro elemento, deberá presentar la siguiente documentación en el portal de proveedores:
Despacho de aduana de vehículos, herramientas y materiales:
Todo vehículo, herramientas o suministros que ingresen al Complejo por Barrera Ayuí (R.A.), deben tener despacho de aduana, ir a link de página web para ver procedimiento:
https://www.saltogrande.org/proveedores_ingreso.php
Por consultas o asistencia, por favor dirigirse a: almacenes@saltogrande.org
Solicitamos que, si aún no están registrados en nuestro portal de proveedores, ingresen a:
https://portalproveedores.saltogrande.org/register/USRREGOOOO
Genere su usuario y actualice todos los campos requeridos en su registro.
En caso de demora en el inicio de la prestación del servicio por la omisión del Prestador, será de aplicación lo previsto en el apartado B.1.XLV PENALIDADES Y SANCIONES.
B.1.XL. MODIFICACIONES AL CONTRATO U ORDENES DE COMPRA
a) AMPLIACIÓN O DISMINUCIÓN DE CONTRATOS U ORDENES DE COMPRA
La CTM tendrá la facultad unilateral de realizar variaciones a los Contratos u Órdenes de Compra hasta un límite del VEINTE POR CIENTO (20%) del monto total del Contrato u Orden de Compra.
En caso que resulte imprescindible, las variaciones podrán exceder el VEINTE PORCIENTO (20%) hasta un límite del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del Contrato u Orden de Compra, debiéndose requerir en tal caso la conformidad del Prestador.
b) VARIACIONES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Facultad de la C.T.M. para ordenar variaciones en el suministro o trabajos.
En cualquier momento durante la vigencia del Contrato, la C.T.M. podrá introducir variaciones razonables en la forma, calidad o cantidad del servicio contratado y estará facultado para ordenar al Contratista, mediante una orden de servicio que éste deberá acatar, la realización de lo siguiente:
- Aumentar o disminuir la prestación del Servicio prevista según Contrato;
- Suprimir cualquier suministro o Servicio;
- Cambiar las características, la calidad o clase de cualquier suministro o prestación del Servicio.
Ninguna de tales variaciones podrá en manera alguna detener la ejecución del Contrato o invalidar el mismo.
c) ORDENES DE VARIACIÓN DEL SUMINISTRO O TRABAJOS
El Contratista no podrá introducir ninguna modificación al Contrato sin Orden de Servicio escrita de la C.T.M.
B.1.XLI. CERTIFICACION Y FORMA DE PAGO
Se modifica el punto FORMA DE PAGO del apartado B.2. V.17. PAGO de las CALG.
B.1.XLI.1. CERTIFICACIÓN
La certificación de la prestación del servicio se efectuará mensualmente.
En dicho certificado se deberá discriminar los servicios requeridos, según Planilla de Cotización.
El primer día hábil de cada mes, se confeccionará en conjunto con el Representante Técnico del Adjudicatario una Orden de Prestación del Servicio. Su ausencia determinará la no procedencia de reclamos sobre el resultado de la prestación.
Se emitirá un Acta de Prestación del Servicio del mes en correspondencia, emitiéndose el Certificado de Prestación de Servicio correspondiente.
B.1.XLI.2. FORMA DE PAGO
Se abonará en PESOS ARGENTINOS.
En caso de que la Oferta presentada se hubiera consignado en dólares, los pagos se efectuarán en moneda local, tomando para su conversión la cotización del dólar billete vendedor del Banco Nación (Argentina), vigente tres (3) días hábiles anterior a la fecha de pago.
Los pagos de las facturas o documentos equivalentes, se efectuará el miércoles o día hábil inmediato posterior de la cuarta semana, cumplidos los requisitos a tal fin.
REQUISITOS PARA EL PAGO
El Contratista facturará sus servicios en forma MENSUAL. Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Ingreso de la factura por portal de proveedores: https://portalproveedores.saltogrande.org/register/USRREGOOOO en: proveedores e ingreso factura.
2. Presentación del Certificado de Prestación de Servicio correspondiente.
3. Habilitación correspondiente en el Portal de Proveedores CTM – a cuyo efecto se le requerirá la siguiente documentación:
a) Documentación que acredite encontrarse al día en el pago de haberes y los aportes presentando copia del último recibo por pago de leyes sociales, junto con la nómina del personal empleado para la prestación del servicio.
b) Fotocopias de los folios del Libro de Sueldos y Jornales o equivalentes, correspondiente a dicho personal.
c) Copia de los comprobantes de pagos de las cuotas correspondiente a los seguros exigidos contractualmente.
d) Copia de los comprobantes de pagos de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, si ello correspondiere.
La falta de presentación de la documentación exigida para el pago, faculta a la C.T.M. a ejercer el derecho de retención del pago, hasta que dicha situación sea regularizada por el Contratista.
Asimismo, la CTM se reserva el derecho de retener parcial o totalmente los pagos, para el caso de existir reclamos o dudas razonables y fundadas en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para con el personal afectado a la prestación del servicio.
B.1.XLII. REPRESENTANTE DEL PRESTADOR
Se reemplaza el apartado B.2.II.11 de las CALG por el siguiente apartado:
El Prestador deberá designar en su Oferta un Representante con facultades para actuar en su nombre, el cual debe ser aceptado por C.T.M, quién actuará de contraparte del Inspector del Contrato. El mismo no podrá ser reemplazado sin la conformidad previa de la C.T.M. Todas las comunicaciones serán cursadas a dicho Representante, quien entenderá en todas las cuestiones relacionadas con la oferta y con la ejecución del contrato.
El Representante técnico del prestador deberá tener título de Ingeniero Agrónomo matriculado en el Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos.
B.1.XLIII. RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR
El Prestador es responsable por el cumplimiento exacto y puntual del Contrato, así como de la correcta interpretación de la documentación contractual y responderá por los incumplimientos, errores y defectos que puedan producirse durante la prestación.
El Prestador será responsable de cualquier reclamo o demanda que pudiera originar la provisión o el uso indebido de la mano de obra, implementos utilizados, o cualquier otro incumplimiento.
En el caso que el Prestador sea una figura consorcial la responsabilidad frente a la CTM será indivisible y solidaria.
B.1.XLIV. SEGUROS
Se reemplaza el apartado B.2.V.4 de las CALG por el siguiente contenido:
El Contratista deberá, durante la ejecución del objeto Contractual, incluyendo cualquier trabajo extra relacionado con el mismo, mantener las siguientes coberturas de seguros a su nombre y al de la C.T.M.
a) Seguro de Accidentes de Trabajo: de acuerdo a las legislaciones nacionales vigentes en la República Argentina (Ley 24.557) y en la República Oriental del Uruguay (Ley 16.074).
Deberá indicarse emergencia médica a quien llamar en caso de accidente, como asimismo institución médica de la zona que atenderá a eventuales accidentados.
b) Seguro individual de Accidentes Personales: Para los casos no comprendidos en las leyes citadas en el párrafo anterior, el Contratista deberá contratar un Seguro Individual de Accidentes Personales que debe ser de un monto mínimo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MIL (U$S40.000) o su equivalente en moneda local, por persona, para “Riesgo de Muerte e Incapacidad” y de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MIL (U$S4.000) por Asistencia Médico Farmacéutica, por persona, de modo tal que toda persona afectada al contrato, cuente con la cobertura de un Seguro de Accidentes.
El mismo constituye un requisito esencial, por lo que ninguna persona afectada al contrato puede carecer de dicha cobertura.
Deberá prever como beneficiaria a la CTM de Salto Grande, estableciendo una cláusula de no repetición contra la CTM de Salto Grande y con cobertura internacional.
c) Seguro de Automotores por Responsabilidad Civil por daños a terceros: que se utilicen para la realización del objeto contractual. El mismo debe tener validez en Argentina y en Uruguay.
El incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones establecidas en el presente artículo, será considerado a todos sus efectos como falta grave que dará derecho a C.T.M. a rescindir el Contrato por causa imputable al Contratista.
La C.T.M tendrá derecho a exigir del Contratista la presentación de la documentación que acredite la contratación de los seguros y estar al día en el pago de las primas correspondientes.
B.1.XLV. PENALIDADES Y SANCIONES
Se reemplaza el apartado B.2.VI.3 PENALIDADES de las CALG (según RESOL CTM N° 037/022) a tenor del siguiente:
En caso de incumplimiento los Oferentes y/o el Prestador, podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones:
a) PENALIDADES
1. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato.
1.1 Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
1.2 Por incumplimiento contractual, si el Prestador desistiere en forma expresa del Contrato antes del vencimiento del plazo, o vencido el plazo de cumplimiento original del Contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la CTM, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
1.3 Por ceder o subcontratar el Contrato sin autorización de la CTM.
2. Multa por incumplimiento de sus obligaciones:
Las multas a aplicar según el presente apartado, se efectuarán en base a los incumplimientos de parte del Prestador.
i) Multas por mora en el inicio del Servicio
Cuando el Prestador no diere inicio al Servicio dentro del plazo establecido;
ii) Multas por negativa a recibir las Órdenes de Servicio, por incumplimiento de las mismas o por mora en su cumplimiento;
iii) Multas por paralización o suspensión del Servicio sin causa justificada
Si el Prestador paralizara o suspendiera el Servicio sin causa debidamente justificada y aceptada por la CTM;
iv) Multas por incumplimientos en las obligaciones relativas al personal
Si el Prestador incumpliere cualquiera de las obligaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones y normas concordantes aplicables;
vi) Multas por otros incumplimientos
Todo otro incumplimiento contractual, que no tuviere previsto en el Pliego de Bases y Condiciones una sanción específica, dará lugar a la aplicación de una multa en función de la relevancia de la infracción a exclusivo juicio de la CTM y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados.
A los fines de la graduación del monto de la multa, será de aplicación el siguiente esquema: 1º Observación sin cargo económico
2º Observación 2%
3º Observación 5%
4º Observación 10%
5º Observación y siguientes 15%
Los importes de las multas se calcularán sobre el monto de la facturación, correspondiente al mes en que se haya efectuado la observación.
Todas las observaciones tendrán el carácter de acumulativas a las ya efectuadas, no así el monto de las mismas.
Los incumplimientos, deficiencias y/o transgresiones juzgadas de carácter grave por la C.T.M., como así también los actos de reincidencia, podrán ser sancionados con la rescisión del Contrato sin derecho a reclamo o indemnización alguna por parte del Prestador.
Para la aplicación de las multas estipuladas, la C.T.M., solamente tendrá obligación de notificar previamente por escrito al Prestador las observaciones que motivaron las mismas.
3. Rescisión por su culpa.
Serán de aplicación las causales establecidas en el apartado B.2.VII.2.
En los certificados de aprobación de la Inspección de Contrato, se hará constar las observaciones de las cuales se ha hecho pasible el Prestador, a efectos de proceder a practicar las retenciones correspondientes al momento de efectuar el pago.
b) SANCIONES
Sin perjuicio de las correspondientes penalidades los Oferentes y/o el Prestador podrán ser pasibles de las siguientes sanciones, en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones:
1. Apercibimiento
2. Suspensión.
3. Inhabilitación.
B.1.XLVI. AFECTACION Y PAGO DE LAS PENALIDADES
Se reemplaza el contenido del apartado B.2.VI.5 de las CALG a tenor del siguiente:
Las penalidades que se apliquen se afectarán conforme el siguiente orden y modalidad:
a) En primer lugar, se afectarán las facturas al cobro emergente del Contrato o de otros Contratos de que el Prestador tuviere vigente con la CTM.
b) De no existir facturas al cobro, el Prestador quedará obligado a depositar el importe pertinente en la cuenta de la CTM, dentro de los DIEZ (10) días de notificado de la aplicación de la penalidad, salvo que se disponga un plazo mayor.
c) En caso de no efectuarse el depósito, se afectará a la correspondiente garantía.
El pago o la deducción de dichas penalidades no eximirán al Prestador de su obligación de concluir el servicio, ni de ninguna de sus demás obligaciones y responsabilidades de acuerdo al Contrato.
B.1.XLVII. RECEPCIÓN PROVISORIA
No aplica.
B.1.XLVIII. PERÍODO DE GARANTÍA
No aplica.
B.1.XLIX. RECEPCIÓN DEFINITIVA
No aplica.
B.1.L. DEVOLUCION DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS
Se modifica el contenido del apartado B.2.VII.11 de las CALG a tenor del siguiente:
La C.T.M. de Salto Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas.
Los montos de las mismas serán devueltos sin actualización, de acuerdo al siguiente criterio:
Garantía de Mantenimiento de Oferta: se devolverá a los Oferentes No Adjudicatario en las siguientes oportunidades, a criterio de la CTM:
a) dentro de los TREINTA (30) días hábiles de notificada la Adjudicación al Adjudicatario, o
b) dentro de los TREINTA (30) días hábiles a la finalización del plazo de validez y vigencia de la oferta.
La garantía del Adjudicatario se devolverá dentro de los TREINTA (30) días de aceptada la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Garantía de Cumplimiento de Contrato: vencido el plazo del Contrato o la prórroga correspondiente, la CTM, en el plazo de TREINTA (30) días, procederá a la devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, la que será devuelta sin ningún tipo de reajuste.
Dicha garantía será liberada, previo pago de los importes que el Prestador adeudase por multas, indemnizaciones, u otros conceptos, tanto a la CTM como a su personal y a terceros, incluyendo impuestos o tributos de todo tipo, cargas sociales y cualquier otro gasto imputable.
B.1.LI. CAUSALES DE EXTINCION DEL CONTRATO
Serán causales de extinción del contrato las siguientes:
- Expiración del plazo del contrato y su prorroga si la hubiere, según lo estipulado en el presente pliego.
- Mutuo acuerdo de las partes.
- Quiebra, inhibición o concurso del contratista.
- Rescisión por incumplimiento del contratista, en los términos del presente pliego.
- Modificación en las prestaciones o términos de las mismas sin previa conformidad de la CTM.
- En caso de resultar negativa la evaluación contractual que se realiza cada 12 meses de ejecución de contrato, según cláusula B.1.XXX.VII. PLAZO CONTRACTUAL.
B.1.LII. DAÑOS Y PERJUICIOS
En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la Prestación en que no esté prevista penalidad o, estándolo, la misma no cubriera los daños causados a la CTM, esta exigirá al Contratista la indemnización por daños y perjuicios.
El Prestador deberá indemnizar a la CTM, por todas las pérdidas y todas las reclamaciones, demandas, juicios, acciones, cobranzas y pleitos de cualquier naturaleza y tipo, llevados a cabo contra este último por cualquier acto u omisión del Prestador, sus agentes, dependientes durante la ejecución del Contrato. La responsabilidad se limitará al CIEN POR CIENTO (100%) del monto total del Contrato, salvo un accionar por culpa grave o dolo del Prestador.
B.1.LIII. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
El Contratista será responsable desde la suscripción del contrato hasta su efectiva finalización conforme plazos fijados contractualmente, por todo daño y/o perjuicio a personas y a bienes que le fueran atribuibles por sí o por terceros, que ocurran durante la prestación del servicio contratado.
El Contratista se responsabiliza ante la C.T.M. por todos los daños y perjuicios que pudieran resultar, que fueran ocasionados por los medios materiales de que se sirva, y por los actos y omisiones de sus dependientes. El Contratista se obliga a mantener indemne a la C.T.M. durante toda la vigencia del contrato. El Contratista será plenamente responsable por los daños y perjuicios ocasionados por sus empleados, agentes, obreros, subcontratistas, filiales, integrantes de un grupo societario, vehículos, máquinas, herramientas, que contrate o tuviere en relación de dependencia, a los efectos de la ejecución de los servicios licitados y por ella asumidos. Responderá en todos los casos directamente frente a la C.T.M. y/o terceros, de los daños producidos a las personas y/o bienes con motivo de la prestación del servicio y tareas accesorias a éste a que se encuentre obligado, cualquiera fuere su naturaleza o su causa, quedando entendido por ello que no tendrá derecho a pedir compensación alguna
El Contratista deberá responder por la promoción de cualquier reclamo judicial o extra judicial que sea consecuencia de algún daño y/o perjuicio, además de cualquier recurso que autorice la normativa.
En caso de accidente durante la prestación del servicio, que ocasione daño a personas, el Contratista está obligado, sin perjuicio de los trámites legales pertinentes, a presentar a la C.T.M. dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, un informe completo sobre el accidente explicando el alcance del daño, su causa y las medidas preventivas que propone tomar para evitar su repetición.
La C.T.M. podrá retener de cualquier suma que adeude al Contratista o de las garantías, el monto que adeude el Contratista hasta que se dicte resolución definitiva de la acción promovida.
B.1.LIV. RESARCIMIENTO INTEGRAL
La ejecución de las garantías o el inicio de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, podrán llevarse a cabo sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones judiciales que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños que los incumplimientos del Prestador hubiera ocasionado.
B.1.LV. INDEMNIDAD
La Adjudicación de la presente Licitación no implica relación de dependencia alguna entre la
C.T.M. y el personal que se encuentre afectado o vinculado a la prestación del servicio por parte del Contratista.
Es obligación del Contratista contratar a su cuenta y cargo el personal necesario para la prestación de los servicios objetos del presente llamado, declarando que los empleados que contrate para la ejecución del mismo serán dependientes del Contratista y no tendrán relación de dependencia alguna con C.T.M., no existiendo responsabilidad alguna de ésta en tal sentido. Asimismo, la C.T.M. no responderá ni estará obligada a hacerse cargo de ningún pago, total o parcial, respecto del referido personal de la firma adjudicataria de los servicios prestados.
El Contratista será responsable de encuadrar al personal dentro de la actividad correspondiente de conformidad a la normativa aplicable en materia laboral. El Contratista mantendrá indemne a la C.T.M., frente a cualquier tipo de reclamo ya sea administrativo, judicial y/o extrajudicial, así como arbitral relacionado con la prestación a su cargo, incluidos los de carácter laboral que pudiesen interponer terceros o personas vinculadas al Contratista, dependiesen o no de él.
Si la C.T.M. fuere demandado por terceros o personas vinculadas con el Contratista, éste se compromete a asumir la responsabilidad por el reclamo en todas las etapas del mismo, sean en la contestación de la demanda como en el seguimiento del proceso que se instaure. Para ello se compromete a:
i.- Efectuar de manera diligente todas las gestiones que sean necesarias para evitar que la C.T.M. sea incluido en dichas demandas y/o reclamos.
ii.- De ocurrir que la C.T.M. sea demandado y en su caso que resulte con sentencia
desfavorable o que deba efectuar cualquier erogación con motivo del reclamo, incluyendo, pero no limitado, a gastos legales y costas, el Contratista se compromete a efectuar por su cuenta y cargo – sin necesidad de interpelación por parte de la C.T.M.- los trámites y pagos correspondientes antes del vencimiento de los mismos.
iii. El Contratista se compromete a reintegrar a la C.T.M, toda suma que eventualmente ésta tenga que pagar por cualquier concepto, incluyendo gastos de representación, costas y costos, más los intereses, dentro de los cinco (5) cinco días a contar desde la fecha de notificación del pago efectuado.
A tales efectos, la Oferente deberá completar y suscribir la Declaración Jurada – Indemnidad, la que deberá ser adjuntada con la demás documentación requerida de la oferta.
Con el objeto de prevenir la responsabilidad legal subsidiaria, la C.T.M. tendrá las más amplias facultades de revisión del cumplimiento de las obligaciones laborales del Contratista y sus Subcontratistas si los hubiere, pudiendo exigir la exhibición de toda la documentación que acredite su cumplimientoEl incumplimiento de las obligaciones laborales por parte del Contratista se considerará falta grave y será pasible de las penalidades correspondientes y en caso de reiteración la C.T.M. se reserva el derecho de rescindir el contrato sin indemnización alguna.
B.1.LVI. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Se incorpora (según RESOL CTM N° 037/22) el siguiente contenido:
Se considera caso fortuito o fuerza mayor al hecho que no ha podido ser previsto o que, habiendo sido previsto, no ha podido ser evitado y que provoca imposibilidad de cumplimiento por parte del contratista, prestador del servicio o proveedor respecto de sus obligaciones contractuales.
El Organismo determinará la aplicación del caso fortuito o fuerza mayor.
A los efectos del presente Manual los términos “caso fortuito” y “fuerza mayor” se consideran sinónimos. Cuando el incumplimiento o imposibilidad de cumplimiento del contratista, prestador o proveedor se origine por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada y aceptada por el Organismo, las penalidades por incumplimiento no serán aplicadas.
Los plazos de ejecución o entrega, serán prorrogados por un periodo igual al tiempo de vigencia del caso fortuito o fuerza mayor.
En virtud de las características del contrato suscripto y el término del mismo, debe primar el principio de vigencia contractual.
En caso de imposibilidad de llegar a un acuerdo entre las Partes en cuanto a la existencia o alcance del caso fortuito o fuerza mayor y la posibilidad de mantener la vigencia contractual, cada parte podrá ejercer su derecho rescisorio.
En caso de rescisión del contrato por una causal de caso fortuito o fuerza mayor, se abonará exclusivamente al Contratista lo efectivamente ejecutado del Contrato y sin que ninguna de las Partes pueda reclamar a la otra indemnización ni compensación alguna. Si existieran créditos a favor de Salto Grande, ésta podrá afectar a su cobertura la Garantía de Cumplimiento de Contrato o cualquier otra suma a la que el Contratista tuviese derecho.
B.1.LVII. SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES
Se reemplaza el apartado B.2.V.7 por el siguiente apartado:
1. Responsabilidad
El Contratista es el responsable de implementar, cumplir y hacer cumplir las medidas de Seguridad en el lugar de ejecución de las tareas objeto del contrato establecido con Salto Grande, a fin de evitar incidentes y prevenir daños a personas y bienes.
2. Marco Legal
2.1. El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales de la República Argentina, referentes a la Seguridad en el Trabajo, las cuales pueden ser complementadas o modificadas por disposiciones propias de Salto Grande, establecidas por el Sector Seguridad Industrial.
3. Requisitos
3.1.1. Plan de Seguridad. Previo al inicio de las obras o servicios, el Contratista deberá presentar el Plan de Seguridad correspondiente. El Plan de Seguridad deberá ser confeccionado y firmado por un Profesional competente y matriculado en la especialidad de Higiene y
Seguridad en el Trabajo, de nacionalidad argentina dependiendo el país origen de la contratación.
3.1.2. El Plan deberá contener una descripción de los trabajos que abarca, detalle de maquinarias y equipos a utilizar, con la correspondiente evaluación de los riesgos presentes y las medidas de seguridad a adoptar en cada caso, así como toda otra medida o requisitos que el Profesional entienda conveniente implementar.
3.1.3. El Plan de Seguridad será finalmente analizado y aprobado por el Sector Seguridad Industrial de Salto Grande, quien podrá solicitar correcciones o complementos previas a su aprobación.
3.2. Constancias de capacitación. Se deberá acreditar la capacitación en seguridad que ha recibido el personal de la contratista. La misma debe ser dictada por el Responsable del Servicio de Seguridad. La temática debe ser específica y vinculada a los riesgos presentes en los trabajos que se realizan y los equipos que se utilizan.
3.3. Registro de Entrega EPP. El Contratista deberá presentar un registro firmado por cada personal interviniente en la obra, donde se evidencie la entrega de indumentaria de trabajo y elementos de protección personal acorde a los riesgos presentes.
3.4. Inspecciones del Profesional encargado del Servicio de Seguridad de la empresa contratista.
3.4.1. El servicio que brinde el Profesional de Seguridad al contratista debe incluir visitas a la obra. La regularidad de las mismas será de 2 visitas semanales. Ante trabajos especiales, el Sector Seguridad Industrial de Salto Grande podrá requerir una mayor presencia del Profesional de la Contratista.
3.4.2. Las visitas del Profesional de Seguridad deberán ser avocadas tanto a la supervisión del cumplimiento de las medidas de seguridad, como a la Capacitación del personal, actividad que deberá ser coordinada previamente con el Responsable de la Obra.
3.4.3. Toda la actividad del Profesional de Seguridad deberá quedar debidamente registrada, debiendo quedare una copia en poder del Profesional y otra en el Sector Seguridad Industria de Salto Grande.
3.4.4. El Contratista deberá presentar toda la documentación correspondiente que permita el ingreso del Profesional de Seguridad al Complejo Hidroeléctrico, tal cual lo realiza con el resto del personal. Asimismo, deberá garantizar su traslado desde la Barrera de Ingreso hasta la obra.
4. Inducción y habilitación para trabajos en cercanías de instalaciones energizadas
4.1. Toda persona que ingrese a la obra, independientemente de la actividad que vaya a realizar (trabajo, supervisión, inspección, conducción de equipos, proveedores, otros) deberá recibir la Inducción de Seguridad dictada por el Sector Seguridad Industrial de Salto Grande.
4.2. Toda persona que ingrese a la obra, independientemente de la actividad que vaya a realizar (trabajo, supervisión, inspección, conducción de equipos, proveedores, otros) deberá acreditar haber recibido la capacitación y haber aprobado el examen referido a trabajos en proximidad de instalaciones energizadas. La capacitación y el examen deberán ser dictados por el Técnico Prevencionista de la Contratista. A tales efectos, el contenido del mismo es proporcionado por el Sector Seguridad Industrial de Salto Grande.
5. Restricciones de aplicación por condiciones ambientales y meteorológicas
Al momento de definir los sitios donde se debe realizar control de vegetación, se tiene en cuenta las siguientes restricciones, donde NO se podrá aplicar herbicidas químicos.
Prohibición | Condición |
Temporal | En horas de mayor insolación y temperatura (temperaturas superiores a 30° C) |
En días de lluvias o lloviznas, o ante pronóstico de las mismas |
6. Servicios Sanitarios y de Bienestar
6.1. Aquellas empresas que ingresen con más de 4 trabajadores deberán disponer de un obrador con instalaciones sanitarias: (baños y duchas, a razón de 1 cada 5 trabajadores) y de bienestar: comedor (mesa y sillas de superficie lavable) y equipamiento para refrigerar y calentar alimentos.
El uso de estas instalaciones deberá ser exclusivo para tal fin, no pudiendo ser destinadas a pañol o depósito.
6.2. Las empresas con menos de 4 trabajadores, deberán utilizar las instalaciones de Salto Grande, ubicadas en el edificio más cercano a la zona de obra, quedando terminantemente prohibido que los trabajadores almuercen fuera de comedores.
7. Incumplimientos
7.1. Los incumplimientos en los requerimientos en materia de Seguridad en el Trabajo, son motivo de actuación por parte del Sector Seguridad Industrial, pudiendo, dependiendo la gravedad, detener trabajos, retirar personal de la obra o bien realizar simples correcciones.
7.2. Personal que se encuentre trabajando, sin Inducción de Seguridad implica el retiro de obra.
7.3. Personal que se encuentre trabajando, sin figurar en los registros (Plan de Seguridad, capacitación, entrega de EPP, otros) implica el retiro de obra.
7.4. Actos inseguros y condiciones inseguras, así como el no cumplimiento de medidas de seguridad establecidas, serán evaluadas según su magnitud y reincidencia.
7.5. El uso de estructuras no habilitadas implica la detención de los trabajos y el retiro de la obra del personal usuario.
8. Plazos
8.1. El Plan de Seguridad correspondiente a una Contratista de servicios tiene validez de un año.
8.2. El Plan de Seguridad correspondiente a una obra, tiene validez por la duración de la misma, debiendo realizarse actualizaciones o complementos en caso que corresponda.
8.3. Las inducciones al personal tienen validez máxima de un año.
8.4. Los registros deben ser actualizados cada vez que se modifica el motivo por el cual se realizan.
B.1.LVIII. COMPROMISO AMBIENTAL
Se reemplaza el apartado B.2.V.8 por el siguiente apartado:
Las empresas Contratadas cumplirán todas las normativas legales relacionadas con el medioambiente, así como reglamentaciones internas específicas en la materia dispuesta por dicha Organización.
El contratista será responsable por el conocimiento y cumplimiento de las presentes especificaciones por parte de todo su personal o subcontratistas, así como de otras disposiciones que puedan regir su actividad. Cualquier daño medioambiental que pueda ocurrir en el desarrollo o como consecuencia de los servicios de las empresas contratadas por CTM o subcontratadas, tales como negligencia, mala práctica, imprudencia o conducta intencional insegura de los empleados de los Contratistas, serán responsabilidad exclusiva de las empresas Contratadas.
CTM se reserva el derecho a inspeccionar cualquier área, tarea, equipamiento o material de la empresa Contratada o Subcontratada. En caso de infracciones que suponga riesgos no controlados o inadecuadamente controlados al ambiente, no serán aceptadas las excusas por falta de conocimiento de dichas disposiciones, reservándose CTM el derecho de adoptar las medidas que estime pertinentes, incluido la detención de aquellos trabajos que supongan riesgo potencial ambiental negativo, hasta tanto la situación sea regularizada. La detención de los trabajos requerirá del acuerdo previo con el inspector del contrato y no supondrá costo alguno a la organización contratante.
Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS)
El contratista deberá presentar un PGAS que contemple la gestión de los diferentes aspectos ambientales que se estiman se generarán durante el desarrollo de los trabajos.
Deberá contener como mínimo los siguientes puntos:
• Descripción de las actividades objeto de la contratación.
Descripción de las actividades asociadas a cada fase del proyecto, número de personas empleadas en el desarrollo de los trabajos y cronograma de las distintas actividades.
• Identificación de Aspectos e Impactos ambientales – Medidas de protección ambiental
La identificación de los aspectos ambientales derivados de las actividades y la evaluación de los potenciales impactos tiene como objetivo que el efecto sobre el medio ambiente receptor sea mínimo o imperceptible.
El PGAS deberá tomar en cuenta y establecer pautas de gestión por lo menos a los siguientes riesgos o tareas con riesgo ambiental (en caso de que apliquen a las tareas a desarrollar), como ser:
- Consumos de insumos, agua y energía.
- Ruido, Polvo, Gases u otras emisiones atmosféricas que se generen en los trabajos
- Efluentes derivados del lavado de maquinaria en general, si dichas tareas fueran efectuadas dentro del predio de CTM.
- Disposición de líquidos cloacales de obradores
- Residuos sólidos generados, trátese de peligrosos o no.
- Residuos derivados del mantenimiento de máquinas, en caso de re4alizarse dentro del predio de CTM.
- Recarga de combustible, si existiese dentro del predio de CTM.
- Almacenamiento y utilización de productos químicos a ser utilizados.
- Otros a definir por el contratista y que puedan implicar un riesgo ambiental.
Para todos los casos anteriores, es necesario especificar cantidades generadas, pautas de recolección, almacenamiento, transporte y disposición final.
El plan de gestión propuesto por la empresa deberá estar alineado con las pautas ambientales ya existentes en Salto Grande.
La empresa Contratada o Subcontratada es responsable por el retiro y la adecuada deposición final de los residuos generados por esta, salvo los casos en que medie un acuerdo con el Área de Gestión Ambiental de CTM.
En los casos en que se trate de residuos peligrosos, el transporte y disposición final de los mismos deberá ser con entidades autorizadas y con posterior entrega del certificado de disposición al Área de Gestión Ambiental.
• Respuesta ante contingencias ambientales.
El contratista deberá realizar las evaluaciones de riesgo y los consecuentes planes de contingencia para las siguientes situaciones/incidentes ambientales: derrames de sustancias químicas, incendio, explosión, situaciones anormales (cortes de energía, etc.), accidentes, etc. Cualquier otra situación de riesgo ambiental que el contratista identifique, deberá incluirla en su evaluación.
La empresa contratada deberá denunciar al área de Gestión Ambiental de CTM todo accidente/incidente ambiental que aconteciera; la omisión de ello puede desencadenar la detención de los trabajos.
• Plan de abandono de los trabajos.
El Plan de Gestión Ambiental incluirá un plan de cierre y abandono, con el objeto de:
- Devolver a su estado inicial las zonas intervenidas.
- Tener un mínimo o nulo impacto ambiental
- El lugar sea estéticamente aceptable y no signifique deterioro del paisaje.
Particulares (CALP) Página 39 de 94
B.2. Generales (CALG)
B.2.I. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS
B.2.I.1. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS
Las expresiones que se enuncian a continuación tendrán el siguiente significado:
Adjudicatario: El oferente a quien se ha comunicado en forma fehaciente la adjudicación de esta Licitación, hasta la firma del Contrato.
CALP: Condiciones Administrativas y Legales Particulares. CALG: Condiciones Administrativas y Legales Generales.
Caso fortuito o Fuerza mayor: Son los definidos en el Código Civil y Comercial de la República Argentina, artículo 1730 y su correspondiente en la República Oriental del Uruguay, artículo 1343.
Circular, por consulta: Las contestaciones de la C.T.M. a los pedidos de aclaración formulados por los interesados, comunicadas fehacientemente.
Circular, sin consulta: Las aclaraciones y/o modificaciones de oficio a estos Pliegos, que la C.T.M. formule y sean comunicadas fehacientemente a los interesados.
Comitente: la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande - C.T.M.
Contratista: El adjudicatario que ha celebrado contrato con la C.T.M. referido al objeto de esta Licitación.
Contrato: Acuerdo de voluntades expresadas por escrito que rige la relación entre la C.T.M. y el Contratista.
Precio: Significa el importe consignado en la oferta.
Cronograma: Desarrollo en el tiempo de cada etapa del proyecto representado gráficamente según las C.A.L.P. y E.T.
C.T.M.: La Comisión Técnica Mixta de Salto Grande. Organismo interestadual de carácter internacional creado por Convenio y Protocolo Adicional entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay para el Aprovechamiento de los Rápidos del Río Uruguay, en la zona de Salto Grande firmado en la Ciudad de Montevideo el 30 de diciembre de 1946, aprobado por las leyes 12.517 (R.O.U.) y 13.213 (R.A.), que cuenta con sendos Acuerdos de Sede y Sobre Privilegios e Inmunidades aprobados por las leyes 21.756 (R.A.) y 14.896 (R.O.U.).
Días: Salvo aclaración en contrario, se entenderán por días hábiles. Días corridos: Período ininterrumpido de días hábiles e inhábiles.
Días hábiles: los días en que funcionan las oficinas de la administración de C.T.M. ET: Especificaciones Técnicas.
Inspector de Obra: Es el responsable de la C.T.M. ante el contratista y tendrá a su cargo la relación con éste.
Interesado: Persona física, jurídica o consorcio adquirente del Pliego de Condiciones que no haya presentado su oferta.
Invitado: Persona Física o Jurídica invitada a esta Licitación. Mesa de Entrada: Lugar de ingreso de la documentación a C.T.M.
Oferente: La persona física, jurídica o consorcio que presenta una oferta en esta Licitación. Oferta: la propuesta presentada por el oferente en esta Licitación.
Pesos ($): Moneda de curso legal en la R.A.
Pesos Uruguayos ($u): Moneda de curso legal en la R.O.U.
Proyecto: Documentación técnica - ejecutiva de los trabajos y demás servicios propuesto por el Oferente - Contratista.
R.A.: República Argentina.
R.O.U.: República Oriental del Uruguay.
Sub contratista: la persona física o jurídica con la cual el Contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los servicios u obras a su cargo, con el acuerdo de C.T.M.
Todo otro término empleado en ésta documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre
B.2.II. DE LOS OFERENTES Y LAS OFERTAS
B.2.II.1. INCOMPATIBILIDADES
Los oferentes deberán tener en cuenta que, según normas internas de C.T.M.:
a) A los agentes de la misma les está expresamente prohibido tener intereses, de cualquier índole, presentes o futuros en empresas que contraten efectivamente con ella mientras dure la contratación. De no cumplirse, la oferta quedará automáticamente rechazada. También es aplicable a empresas subcontratistas.
b) No se admitirán ofertas de personas jurídicas o físicas que mantengan conflictos pendientes de resolución con la C.T.M., ni de personas jurídicas que, aún no encontrándose en la situación descripta precedentemente, sean integradas y dirigidas por personas físicas que se encuentren en la referida situación.
B.2.II.2. REQUISITOS PARA SER OFERENTE
El Oferente deberá acreditar:
a) Capacidad civil para obligarse.
b) Capacidad técnica y antecedentes en el desarrollo de obras o servicios similares, los que deberán ser acreditados en forma fehaciente.
c) Capacidad económico-financiera, acompañando: Estados Contables: (Situación patrimonial, Evolución del Patrimonio Neto y de Resultados de los dos últimos ejercicios), con dictamen de Contador Público Independiente, para empresas de la RA certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En el caso de empresas de la R.O.U, presentarán como mínimo Informe de Revisión Limitada. Para el caso de no contar con la antigüedad exigida, deberán presentar un Estado de situación con los requisitos antes expresados, aunque el período sea inferior a doce meses. Las empresas que no están obligadas a llevar Estados contables, deberán presentar manifestación de bienes (Activos y Pasivos) con las mismas exigencias requeridas para los Estados Contables.
Las ofertas formuladas por personas físicas deberán contener además, el nombre completo, los datos personales, nacionalidad, profesión, domicilio real, documento de identidad, C.U.I.T. para oferentes de la R.A. o R.U.T. para oferentes de la R.O.U., o su equivalente para oferentes de otras nacionalidades, domicilio legal y ser firmadas en la forma acostumbrada que use el Oferente.
Deberán acompañar constancia de la habilitación correspondiente y de las inscripciones en los organismos competentes respecto a la situación impositiva (I.V.A. - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - INGRESOS BRUTOS) y previsional (A.F.I.P., D.G.I., D.G.R. y B.P.S.,
para el caso de la R.A. y de la R.O.U.).
Asimismo, las ofertas formuladas por cualquier clase de sociedad, cooperativas o consorcios, deberán contener:
1. Denominación y razón social.
2. Copia del Contrato social o documento equivalente, autenticados ante Escribano Público. De no existir contrato, datos completos de todos sus integrantes.
3. Constancia de inscripción en los Registros Públicos correspondientes.
4. Domicilio legal.
5. Número de Código Único de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) para las firmas de la
R.A. y número de Registro Único Tributario (R.U.T.) para firmas de la R.O.U.
6. En el caso de Sociedades Anónimas, detalle de capital suscripto e integrado a la fecha del último Estado de Situación Patrimonial.
7. Tales ofertas deberán ser firmadas por un representante autorizado, indicando el cargo que ocupa en la sociedad, acompañado del poder que acredite la personería invocada y la facultad de presentar la oferta.
Si las ofertas son presentadas por dos o mas empresas integradas en Consorcio o UTE (Unión Transitoria de Empresas), sin perjuicio de cumplir las instrucciones anteriores, deberán establecer un domicilio legal, que será domicilio legal del Consorcio o UTE, y unificar la personería acompañando el poder pertinente al mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre del Consorcio o UTE. Las empresas que integran un Consorcio o UTE, asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas las obligaciones emergentes del Contrato, debiendo incluir en la oferta una declaración suscripta por todos los miembros del Consorcio o UTE asumiendo tal responsabilidad. En caso de resultar adjudicatarias y previo a la firma del Contrato, deberán formalizar esa responsabilidad solidaria y mancomunada ante Escribano Público.
B.2.II.3. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
El sobre deberá contener la siguiente información y documentación:
1. La cotización, en la forma prevista en el presente Pliego de C.A.L.P.
2. Estructura de costos.
3. Original de la Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma especificada en las C.A.L.P.
4. Constancia de compra del Pliego de Bases y Condiciones.
5. Constancia expedida por el personal competente de haber efectuado la visita, en caso de que las C.A.L.P. así lo dispongan.
6. Pliego de Bases y Condiciones firmado en todas sus hojas.
7. Toda la información que figura como requisito en el Art. B.2.II.2 “REQUISITOS PARA SER OFERENTE".
8. Una relación detallada de los servicios o trabajos realizados y en ejecución que permita acreditar acabadamente su experiencia y capacidad para la ejecución del objeto contractual.
9. Cualquier otro documento, elemento o comprobante que sea exigido por el Pliego de Condiciones Administrativas y Legales o por las Especificaciones Técnicas.
10. Declaración Jurada de aceptación explicita de todos y cada uno de los artículos del Pliego de CAL, Especificaciones Técnicas y de sus documentos anexos.
11. Para el caso de Licitaciones con 2 sobres, el Sobre Nº 2 sólo deberá contener la Cotización y la Estructura de Costos.
12. Bonificación por pronto pago, de acuerdo a lo establecido en el Art. B.2.V.17 del Pliego.
La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el Oferente, así como ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida.
La documentación presentada en la oferta deberá respetar el orden del presente artículo y estar debidamente foliada.
B.2.II.4. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El oferente deberá garantizar su oferta constituyendo una garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto establecido en las C.A.L.P., en cualquiera de las modalidades previstas
en el artículo B.2.II.5 de las Condiciones Generales del presente Pliego. Esta Garantía deberá estar vigente durante el plazo de validez de oferta, incluidas las prórrogas de ésta que se acuerden.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta garantizará a la C.T.M., que en caso que el Oferente resulte adjudicatario, suministrará una Garantía de Cumplimiento de Contrato en las modalidades establecidas en el Artículo B.2.II.5 y B.2.V.3, y que formalizará dicho Contrato.
El oferente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de la misma o el adjudicatario que no suscriba el Contrato o que no constituya en plazo la Garantía de Cumplimiento de Contrato, perderá la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
B.2.II.5. FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS
Se admitirán las siguientes modalidades:
a) En efectivo: depositando a la orden de la C.T.M. en los siguientes Bancos, debiéndose adjuntar la boleta de depósito correspondiente:
Concordia:
NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS SA. - BERSA, Cta.Cte: ($) Nº 003-0007517/9; (CBU 3860003401000000751794)
Salto:
BANCO SANTANDER - Cta.Cte: ($u) Nº 390987690-6 BANCO SANTANDER - Cta.Cte. (U$S) Nº 390987700-7
Montevideo:
Banco de la República (BROU) Sucursal Misiones Caja de Ahorro en pesos Nº 151329163 Banco de la República (BROU) Cuenta Corriente en dólares (U$S) Nº 152-31580
Buenos Aires:
NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS SA. Cta.Cte: ($) Nº 0032-0009067/2-(CBU 3860032401000000906729)
La inclusión de dinero en efectivo dentro del sobre de la oferta, dará lugar a su descalificación.
b) Póliza de Seguro de Caución: designando como beneficiaria a la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, emitida por Compañías de Seguros autorizadas a ejercer negocios en Argentina o Uruguay.
c) Cheque Certificado o Letra de Cambio a la Vista: otorgados por bancos oficiales, privados o cooperativas de ahorro y crédito autorizados a ejercer negocios en Argentina o Uruguay, emitidos a la Orden de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande y pagaderos a su presentación a la vista. No se aceptarán documentos de pago diferido.
d) Carta de Fianza Bancaria: otorgada por bancos oficiales o privados, autorizados a ejercer negocios en Argentina o Uruguay, a satisfacción de la C.T.M. de Salto Grande.
Las Fianzas y Seguros de Caución deben constituirse de modo tal que, luego de intimado el Oferente, Adjudicatario o Contratista al cumplimiento de la obligación correspondiente y ante su eventual incumplimiento documentado en forma fehaciente por la C.T.M., el fiador o asegurador abone a ésta el monto establecido, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, así como al beneficio de interpelación judicial.
La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario. Por razones debidamente fundadas, la C.T.M. podrá elegir la forma de constitución de la garantía en las C.A.L.P.
Todas las garantías afianzarán el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada licitación o contrato.
B.2.II.6. INFORMACIÓN A CARGO DEL OFERENTE
La presentación de la oferta implica que el Oferente ha estudiado exhaustivamente los documentos de la Licitación. Importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
La C.T.M. no será responsable por cualquier error u omisión del oferente en la preparación de la oferta.
Los documentos de consulta que pueda proporcionar la C.T.M, fuera de los que integran este Pliego de Condiciones serán a título informativo y por consiguiente la misma no asume ninguna responsabilidad en cuanto a la exactitud de los mismos.
B.2.II.7. FORMA DE COTIZAR
El oferente cotizará el precio del servicio o material en la moneda que se indique en las CALP, en la Planilla de Cotización que se adjunta, discriminando IVA, de acuerdo a lo señalado en el presente artículo, y discriminando todo impuesto indirecto que corresponda.
Los precios cotizados deberán constituir la retribución de todos los gastos por cualquier concepto requeridos para el cumplimiento del objeto contractual, por lo que deberán comprender todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones, derechos y cualquier otro componente de costo de cualquier índole con la única excepción de los que la C.T.M., haya tomado expresamente a su cargo y así lo indique en el pliego respectivo.
A fin de conformar sus precios, los oferentes argentinos deberán tener presente que según lo establecido en el Art. 5 del Acuerdo de Sede celebrado entre el Gobierno de la República Argentina y la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, aprobado por Ley Nº 21.756, la misma está exenta de toda clase de impuestos o contribuciones directos o indirectos, ya sean federales, provinciales y municipales o de cualquier otro tipo.
A su vez, los oferentes uruguayos deberán tener presente que según lo establecido en el Artículo 5 del Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades celebrado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, aprobado por Ley Nº 14.896, la misma está exenta de toda clase de tributos nacionales o municipales, con excepción de los habitualmente denominados indirectos que normalmente se incluyen en el precio de las mercaderías y servicios. Asimismo, se deberá tener en cuenta que el Decreto 666/79 reglamenta la exoneración del Organismo respecto del Impuesto al Valor Agregado en sus Artículos 24 a 28.
Oportunamente la C.T.M. extenderá al Contratista los correspondientes certificados, avalando lo señalado precedentemente.
B.2.II.8. ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES
Los interesados o invitados que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de la Licitación deberán solicitar a la C.T.M las aclaraciones del caso, dirigiéndose a tales efectos a:
GERENCIA GESTION DE RECURSOS
Área Materiales - Sector Compras y Contrataciones
Casilla de Correo Nº 106 (3200) -CONCORDIA - (E.R. - R.A.)
TELE/FAX (0054) 345 4211001
Casilla de Correo Nº 68036 (50000) – SALTO - (R.O.U.)
TELE/FAX (00598) 73 27421
Correo electrónico: contratos@saltogrande.org
Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta diez (10) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
La C.T.M contestará aquellas consultas que considere pertinentes hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura de las ofertas, mediante circulares que pondrá a disposición de todos los adquirentes de los documentos de la Licitación.
Hasta el mismo plazo, la C.T.M emitirá de oficio, circulares con las aclaraciones, información ampliatoria y modificaciones que estime del caso realizar. Todas las circulares emitidas por la C.T.M llevarán numeración correlativa y pasarán a integrar la documentación de la licitación.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera del término.
Los oferentes están obligados a concurrir a las oficinas de la C.T.M., a darse por notificados de todas las Circulares emitidas, hasta tres (3) días corridos antes de la fecha de presentación de las ofertas. Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las Circulares emitidas por la C.T.M.
Las comunicaciones que se realicen entre la C.T.M. y los oferentes o adjudicatarios, deberán llevarse a cabo por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio fijado por la C.T.M. en este artículo y por los oferentes en su oferta.
Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.
B.2.II.9. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas por triplicado en sobre cerrado, que indique el nombre y dirección del OFERENTE, y que lleve claramente escrito lo siguiente:
LICITACION (PUBLICA o PRIVADA) SG- (INDICAR Nº)
NOMBRE: “ (DESCRIBIR TITULO DE LA CARATULA) ”
OFERENTE:………………………………………………………………
DIRECCIÓN:......................................................................................
FECHA Y HORA DE APERTURA:....................................................
Las ofertas podrán ser entregadas personalmente o remitidas a la dirección que se especifique en el aviso / invitación de Licitación, como el de apertura de las mismas.
Para los casos en que la apertura se realice en el Complejo Hidroeléctrico, aquellos oferentes que deseen concurrir al acto de apertura, deberán encontrarse en las Barreras Ayuí o Salto de acceso a Salto Grande, con una hora de antelación a la fijada para dicha apertura.
Las ofertas enviadas por cualquier tipo de correo, deberán ser despachadas de modo que sean recibidas en dicha dirección con por lo menos dos días hábiles de antelación al fijado para la apertura.
Los elementos accesorios y / o complementarios podrán ser presentados adjunto a dicho sobre, identificados en forma indeleble, con los datos del oferente y de la licitación. La
C.T.M. no asume responsabilidad alguna si por los trámites que debieran efectuar los oferentes para ingresar a Salto Grande, no llegaren al lugar de apertura de ofertas a la hora indicada.
Asimismo la C.T.M no asume responsabilidad alguna por abrir con anterioridad al acto de apertura, o por no abrir, las ofertas que no hayan sido dirigidas o identificadas como se indica en esta cláusula.
Todos los documentos exigidos deben estar escritos a máquina y foliados, advirtiéndose que podrán no ser tomadas en cuenta las ofertas con enmiendas, entre líneas o errores, que no sean debidamente salvados y que a juicio exclusivo de la C.T.M. afecten la oferta.
Las ofertas o cualquier complemento de ellas que se reciban después de la hora y el día fijados, serán rechazadas y devueltas sin abrir, con prescindencia de la fecha en la cual fueron puestas en el correo.
La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el OFERENTE, así como de requerir las aclaraciones y ampliaciones que a su juicio sean necesarias y de desestimar aquellas ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida.
Cuando en el Pliego de CALP se establezca la obligación de acompañar muestras, éstas podrán ser presentadas, como máximo, hasta el momento de iniciación del acto de apertura, salvo que dicho pliego estableciera un plazo distinto, en el lugar prefijado.
Asimismo el oferente podrá presentar muestras que contribuyan a ilustrar su oferta, pero en ningún caso podrá reemplazar con ellas las especificaciones técnicas fijadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Las muestras deberán indicar en forma visible los datos de la Licitación a que correspondan, fecha y hora de apertura de las ofertas y la identificación del oferente. Como constancia de su recepción, se extenderá un recibo en original y copia.
Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, quedarán en poder de la
C.T.M. para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el adjudicatario. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de UN (1) mes a contar desde la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las muestras pasarán a ser propiedad de la C.T.M., sin cargo, quien queda facultada para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas, en este último caso cuando no tuvieren aplicación alguna.
Las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatarios quedarán a su disposición para el retiro hasta UN (1) mes después de la comunicación efectuada por la C.T.M. de que las mismas están a disposición del oferente. En el caso en que no pasaran a retirarlas en el plazo fijado se utilizará el procedimiento citado en el párrafo anterior.
Cuando las muestras sean "sin cargo", el oferente lo hará constar en la documentación respectiva.
Las muestras que por sus características sean susceptibles de análisis destructivos, no serán devueltas al oferente, sin que ello implique cargo alguno para la C.T.M. de Salto Grande.
B.2.II.10. IDIOMA Y SISTEMA DE MEDIDAS
Toda comunicación, incluida la documentación correspondiente a la presentación de ofertas, deberá expresarse en idioma español.
La documentación extranjera podrá estar redactada en idioma extranjero, siempre que se adjunte la correspondiente traducción al español efectuada por Traductor Público habilitado. Tal documentación deberá estar certificada por Escribano Público o autoridad competente, legalizada en el Consulado argentino o uruguayo correspondiente, o legalizada mediante el procedimiento de apostillado. En caso de adjuntarse folletos o catálogos para una mejor comprensión de la oferta, éstos podrán estar redactados en idioma extranjero, en cuyo caso la C.T.M. podrá solicitar las traducciones correspondientes que deberán ser presentadas dentro del plazo de cinco (5) días hábiles después de haber recibido la notificación.
Todas las medidas indicadas lo serán en el sistema internacional de unidades (SIMELA, UNIT), con la sola excepción de aquellos elementos no inmediatamente disponibles en tal sistema, lo que deberá ser convertido posteriormente.
B.2.II.11. REPRESENTANTE DEL OFERENTE
El Oferente deberá designar en su oferta un Representante Técnico con facultades para actuar en su nombre, el cual debe ser aceptado por C.T.M. El mismo no podrá ser reemplazado sin la conformidad previa de la C.T.M. El oferente deberá presentar con su oferta los antecedentes y currículum vitae de dicho representante. Todas las comunicaciones serán cursadas a dicho Representante, quien entenderá en todas las cuestiones relacionadas con la oferta y con el contrato.
B.2.III. DE LA APERTURA DE LA LICITACIÓN
B.2.III.1. APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas se efectuará en el día y hora indicados en el aviso de Licitación o Invitación.
La C.T.M. podrá disponer el cambio de fecha de la apertura de la licitación, comunicándolo a los interesados mediante circular y su publicación en la página Web del Organismo.
Será efectuada por funcionarios de la C.T.M. de Salto Grande, ante Escribano Público, en presencia de los oferentes que desearen concurrir al acto.
A partir de la hora fijada para la apertura de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
Concluida la apertura de las ofertas, el acta confeccionada será firmada por los oferentes presentes que deseen hacerlo y por los funcionarios actuantes.
Las observaciones al Acto de apertura sólo podrán realizarse por los Oferentes presentes, dejándose constancia en el Acta correspondiente.
Las copias de las ofertas estarán a disposición de los oferentes, en el lugar donde se efectuó la apertura o donde la C.T.M. lo disponga, desde el cierre del acto de apertura, hasta la hora 14:30 de ese día y durante los tres días hábiles siguientes, en el horario de 08:00 h a 14:30 h de la C.T.M.
Las observaciones en cuestiones de fondo o de forma a las ofertas ajenas, podrán presentarse hasta el quinto (5º) día hábil a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Estas observaciones serán consideradas, pero no contestadas por la C.T.M.
La C.T.M. a su sólo juicio podrá ampliar los plazos precedentemente fijados, comunicándolo fehacientemente.
La licitación será válida cualquiera sea el número de Oferentes que se presenten.
B.2.III.2. LICITACIONES CON PRESENTACIÓN DE DOS SOBRES
Para el caso de Licitaciones a las que se apliquen el procedimiento de dos (2) sobres, de acuerdo a las C.A.L.P., además de lo establecido en el artículo anterior, será de aplicación lo siguiente:
En el acto de apertura se abrirá el sobre que contiene los Sobres Nº 1 y 2, procediéndose posteriormente únicamente a la apertura del Sobre Nº 1.
La C.T.M. analizará los antecedentes incluidos en el Sobre Nº 1, determinando si cumplen con las condiciones estipuladas en la documentación de la Licitación.
• PRESELECCION DE OFERENTES - SOBRE Nº 1 La C.T.M. evaluará la documentación contenida en el Sobre Nº 1 preseleccionando, a su sólo juicio, las firmas que pueden continuar en el proceso licitatorio, participando de la apertura del Sobre Nº 2.
La preselección que efectúe la C.T.M. en base a los antecedentes presentados en el Sobre Nº 1, será definitiva e irrecurrible.
• RESULTADO DE LA PRESELECCION SOBRE Nº 1: En fecha que se comunicará en forma fehaciente a los oferentes, se abrirá el Sobre Nº 2 de aquellas ofertas preseleccionadas, devolviéndoseles a los oferentes no preseleccionados, sus Garantías de Mantenimiento de Oferta.
• APERTURA DEL SOBRE Nº 2: El sobre Nº 2 se abrirá en el lugar, día y hora que oportunamente establezca la C.T.M., notificado a los oferentes, con la intervención de los funcionarios responsables y en presencia de los oferentes que concurran, en un acto con las mismas formalidades que para el Sobre Nº 1.
En tal oportunidad se abrirán exclusivamente los Sobres Nº 2, correspondientes a las ofertas que se hubieran preseleccionado, devolviéndose sin abrir los Sobres Nº 2 de las restantes ofertas a los respectivos oferentes o quedando éstos a su disposición en las oficinas de la C.T.M. por el término de treinta días corridos. Vencido ese plazo los sobres serán destruidos.
En el Acta se incorporarán las cotizaciones ofrecidas y la misma será leída y suscripta por los funcionarios actuantes y los oferentes presentes que deseen hacerlo.
Para las observaciones al acto de apertura o a las ofertas ajenas rige lo establecido en el artículo B.2.III.1
B.2.III.3. EVALUACIÓN DE OFERTAS
El presente Pliego, contiene las condiciones sustantivas de admisibilidad y requisitos que son meramente de presentación de las ofertas. A ambas deberán ajustarse los oferentes. La C.T.M. se reserva el derecho de evaluar la gravedad de las omisiones en que pudieran incurrir los oferentes. Podrá considerar algunas de las faltas como causa suficiente para descalificar la oferta y otras meramente como omisiones de menor importancia que no afectan la validez de la misma y solicitar que sean subsanadas si correspondiera.
Serán consideradas omisiones de menor importancia, aquellas cuya aclaración posterior a la apertura de las ofertas, no afecten a lo esencial de la misma y a la igualdad entre los oferentes.
Cuando la oferta tuviera defectos de forma, el oferente podrá ser intimado a subsanarlos dentro del término de cinco (5) días. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada sin más trámite.
B.2.III.4. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS
Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes casos:
a) No estuviere firmada por el oferente o su representante legal.
b) Estuviere escrita con lápiz.
c) Careciera de la garantía exigida o no se presentaren las muestras que el Pliego de Bases y Condiciones indicare.
d) Tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
e) Se incluya en el Sobre Nº 1, para Licitaciones con dos sobres, cualquier elemento que permita establecer directa o indirectamente las condiciones económicas de la Oferta.
f) No se hubiese adquirido el Pliego.
g) Se incurra en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevea en el presente pliego.
B.2.IV. DE LA ADJUDICACIÓN
B.2.IV.1. FACULTAD DE PRESELECCIONAR
La C.T.M. se reserva la facultad de preseleccionar entre las ofertas presentadas, aquella o aquéllas que encuentre más conveniente y descalificar a las restantes, pudiendo proceder a preadjudicar o a una segunda ronda de calificación. Podrá solicitar a las preseleccionadas que formulen nuevamente sus ofertas, en base a las pautas que en esta segunda instancia le fije la C.T.M., las que no podrán modificar el objeto de la Licitación.
Asimismo se procederá a devolver las Garantías de Mantenimiento de Oferta, presentadas por aquellos oferentes no preseleccionados.
B.2.IV.2. MEJORA DE OFERTAS
La C.T.M. se reserva la facultad de solicitar a los Oferentes cuyas ofertas sean a juicio exclusivo de la C.T.M. las más convenientes, que mejoren las mismas en base a pautas que no podrán modificar los términos generales de esta Licitación.
Estas recotizaciones se presentarán con las mismas formalidades de la presentación de ofertas, en lugar, fecha y hora que la C.T.M. indique.
B.2.IV.3. ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá sobre aquella oferta que, evaluada en sus aspectos técnico, legal, económico y financiero, sea considerada a sólo juicio de la C.T.M. de Salto Grande, como la más conveniente para sus intereses.
La C.T.M. no estará obligada a aceptar la oferta de precio más bajo y se reserva el derecho de rechazarlas a todas sin que ello implique resarcimiento alguno para los oferentes.
Los oferentes que por cualquier motivo no resultaren adjudicatarios, no tendrán derecho a reclamo o indemnización por concepto alguno, pues la presentación de ofertas no implica la obligatoriedad de su adjudicación.
B.2.IV.4. CRITERIO PARA COMPARACIÓN DE OFERTAS
La C.T.M. adopta al dólar estadounidense como moneda para comparar ofertas:
• Para las monedas locales se utilizará el tipo de cambio vendedor del Banco de la República Oriental del Uruguay (para oferentes que cotizan en moneda uruguaya) o del Banco de la Nación Argentina (para oferentes que cotizan en moneda argentina), vigente tres (3) días antes del fijado para la apertura del Sobre que contenga la oferta económica.
• Para las ofertas en moneda de origen que no sean dólares estadounidenses, se utilizará el Arbitraje del Banco Central de la República Oriental del Uruguay, vigente tres (3) días antes del fijado para la apertura del Sobre que contenga la oferta económica.
B.2.IV.5. COMUNICACIÓN E INSTRUMENTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La C.T.M. comunicará su decisión a todos los oferentes por escrito, a los domicilios constituidos en las ofertas.
El adjudicatario estará obligado a firmar el documento de formalización del Contrato en la fecha que fije la C.T.M., la que deberá indicar con no menos de cuatro (4) días corridos de antelación en forma fehaciente.
El Contrato se celebrará en dos (2) ejemplares de un mismo tenor, quedando uno de ellos en poder de la C.T.M., entregándose el otro al Contratista.
B.2.V. DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
B.2.V.1. DOMICILIO DEL CONTRATISTA
A todos los efectos a que hubiese lugar, el Contratista constituirá domicilio legal en la R.A. o en la R.O.U. según corresponda.
B.2.V.2. INSPECTOR DE OBRA
La C.T.M. designará un Inspector de Obra quien será el interlocutor válido ante el contratista, desde la adjudicación hasta el cierre definitivo del contrato.
Tendrá a su cargo la supervisión del contrato, con facultades de:
Recepción de la documentación exigida contractualmente (Garantías, Seguros, Programa de Seguridad Industrial e Información Ambiental) la que remitirá a los distintos responsables para su aprobación.
Seguimiento de la firma del contrato.
Otorgar el Permiso de inicio, cuando de obra se trate, una vez que se cumplimenten todas las condiciones establecidas en el Pliego.
Coordinar las tareas de los demás responsables del contrato (Aspectos administrativos, financieros, jurídicos, técnicos, ambientales y de seguridad industrial), quienes responderán al mismo en lo concerniente a la actividad de cada uno de ellos.
Detener las obras en caso que consideren que existe riesgo o peligro si las mismas continuaran; facultad que también tiene el Área Ecología y el Sector Seguridad Industrial.
Certificar avances contractuales.
Disponer órdenes de variación hasta su nivel de adjudicación y/o gestionar las que exceden su nivel.
Otorgar recepción provisoria y definitiva, pudiendo recabar la opinión de los demás sectores competentes.
Responsable de gestionar el cierre final del contrato con la intervención de los demás responsables.
B.2.V.3. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá constituir dentro de los diez (10) días de notificada la adjudicación, a favor de la C.T.M. en cualquiera de las modalidades previstas en el Art. B.2.II.5 del presente, una Garantía de Cumplimiento de Contrato, en la forma y monto previstos en las C.A.L.P.
La falta de constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en el plazo indicado precedentemente, le provocará al adjudicatario la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, y en tal caso la C.T.M. podrá tener la oferta por desistida y contratar con cualquiera de los otros Oferentes. La garantía de cumplimiento de Contrato servirá para asegurar la ejecución del Contrato por el Contratista, cubriendo a la C.T.M. contra las consecuencias de cualquier incumplimiento.
Dicha garantía deberá emitirse: ..."hasta la extinción de las obligaciones del contratista...".
El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento de contrato, satisfaciendo la prestación del objeto contractual dentro del plazo fijado en el párrafo primero, salvo el caso de rechazo de bienes o servicios.
En tales supuestos, el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Para el caso de bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda.
B.2.V.4. SEGUROS
El Contratista deberá, durante la ejecución del objeto Contractual, incluyendo cualquier trabajo extra relacionado con el mismo, mantener las siguientes coberturas de seguros a su nombre y al de la C.T.M.
✓ Seguro de Accidentes de Trabajo: de acuerdo a las legislaciones nacionales vigentes en la República Argentina (Ley 24.557) y en la República Oriental del Uruguay (Ley 16.074). Deberá indicarse emergencia médica a quien llamar en caso de accidente, como asimismo institución médica de la zona que atenderá a eventuales accidentados.
Para los casos no comprendidos en las citadas leyes, el contratista deberá contratar un Seguro individual de Accidentes Personales, de modo tal que toda persona afectada al contrato, cuente con la cobertura de un Seguro de Accidentes. El mismo constituye un requisito esencial, por lo que ninguna persona afectada al contrato puede carecer de dicha cobertura. Asimismo debe ser de un monto mínimo de U$S
40.000 (dólares estadounidenses cuarenta mil) o su equivalente en moneda local, por persona, para “Riesgo de Muerte”.
Deberá contar con cobertura para el ámbito territorial de la República Argentina y República Oriental del Uruguay.
✓ Seguro de Responsabilidad Civil por daños: que cubra todos los riesgos a la propiedad y a la vida en cualquier momento que ocurran y que resulte de cualquier acto u omisión de operación del Contratista en relación al objeto contractual o causado por sus empleados y dependientes, cualquiera fuese la causa de estos daños. Este seguro deberá ser por un monto mínimo de U$S 50.000 (dólares estadounidenses cincuenta mil) por evento y deberá contar con cobertura para el ámbito territorial de la República Argentina y República Oriental del Uruguay.
✓ Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros: de automotores que se utilicen para la realización del objeto contractual. El mismo debe tener validez en Argentina y en Uruguay.
El incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones establecidas en el presente artículo, será considerado a todos sus efectos como falta grave que dará derecho a C.T.M. a rescindir el Contrato por causa imputable al Contratista.
B.2.V.5. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Toda documentación que deba presentarse con relación al contrato, deberá ser entregada en Mesa de Entrada, en cualquiera de los emplazamientos del Organismo, la cual estará debidamente identificada con los datos de la Licitación.
B.2.V.6. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Y ORDEN DE PRELACIÓN DE LOS MISMOS
Integran el Contrato los siguientes documentos que se enuncian por el siguiente orden de prelación:
• Documento que formaliza el Contrato.
• Resolución de adjudicación de C.T.M.
• Circulares
• Pliego.
• Oferta del adjudicatario en lo que no contradiga los restantes documentos del Contrato.
• Garantía de Cumplimiento de Contrato
Dentro de un mismo documento, los valores expresados en letras prevalecerán sobre los numéricos y los valores unitarios sobre los totales. En ningún caso las contradicciones señaladas darán derecho al Contratista a indemnización por daños y perjuicios.
B.2.V.7. SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES
Prevención de daños a personas y bienes.
El Contratista deberá tomar las medidas necesarias y hará cumplir las normas y disposiciones relativas a la seguridad, a fin de evitar accidentes y prevenir los daños a personas y bienes en el lugar de ejecución de las tareas objeto de este Contrato.
Seguridad del personal
El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales referentes a la seguridad de su personal, en especial con las siguientes leyes: Ley 24.557 de ART y Ley 19.587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de la República Argentina, sus modificatorias y complementarias; y Ley 16.074 Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la República Oriental del Uruguay y Ley 5.032 de Prevención de Accidentes de Trabajo de la República Oriental del Uruguay, sus modificatorias y complementarias.
Previo al inicio de las obras o servicios, la empresa Contratista deberá presentar el Programa de Seguridad a implementar (confeccionado por profesional competente) y deberá ser puesto a consideración del Sector Seguridad Industrial para su aprobación. Para el caso de contratistas de nacionalidad argentina, el Programa debe tener la correspondiente supervisión de la ART.
Una vez aprobado el mismo y antes de dar inicio a la obra o servicio, el Contratista deberá hacerse presente en las oficinas del Sector Seguridad Industrial, a fin de recibir inducción sobre aspectos de Seguridad Industrial a aplicar en las tareas.
Lo señalado en el presente artículo no releva al Contratista de su responsabilidad exclusiva por incumplimiento de las normas de Seguridad citadas precedentemente, de la cual estará expresamente liberada la C.T.M..
Responsabilidad por daños a personas y bienes
El Contratista deberá responder por la promoción de cualquier reclamo judicial o extrajudicial que sea consecuencia de algún daño y/o perjuicio a personas o bienes provocados por la ejecución de los trabajos. Para cubrir tales daños, perjuicios o reclamaciones, además de cualquier recurso que autorice la ley, la C.T.M. podrá retener cualquier suma de la garantía hasta que se dicte resolución definitiva de la acción promovida.
B.2.V.8. COMPROMISO AMBIENTAL
La C.T.M. de Salto Grande ha asumido el compromiso de protección del medio ambiente, enmarcado dentro de las Normas ISO 14.000, poniendo énfasis en el uso responsable de los recursos naturales.
Por lo expuesto en el párrafo precedente, el Contratista deberá cumplir con la normativa vigente en ambos países, principalmente con la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos y concordantes de la R.A. y las Leyes números 17.283, 16.466, 16.221 y concordantes de la R.O.U.
El Oferente deberá acompañar en su oferta la “Hoja de Seguridad” de los productos cotizados o a utilizar en los trabajos.
El Contratista deberá completar, previo al inicio de los trabajos, la Planilla Declaración de Generación de Residuos, no pudiendo iniciar los mismos sin previa autorización de C.T.M.
Asimismo el Contratista deberá cumplir con la normativa dispuesta por este Organismo en relación a la preservación del medio ambiente, como así también con cualquier directiva dictada al respecto, tratando de optimizar el uso de los recursos naturales y disponiendo adecuadamente de los residuos que resulten de la realización de los trabajos.
Deberá instruir y concientizar al personal de su empresa y subcontratistas, a los efectos de generar una cultura de conservación ambiental poniendo de realce que esto es responsabilidad de todos, en función de una mejor calidad de vida.
Se adjunta y forma parte del Pliego, la declaración de Política de Calidad y Medio Ambiente de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande.
Los contratistas deberán garantizar explícitamente el cumplimiento de todos los requisitos ambientales establecidos por las leyes de la R.O.U. y de la R.A., así como por los objetivos de política ambiental de la C.T.M.
A tales efectos deberán:
a) Hacerse cargo de todos los residuos que se generen durante la realización de los trabajos.
b) Presentar para ello un plan de manejo de residuos con los siguientes contenidos mínimos:
✓ Nombre y tipo
✓ Cantidad
✓ Oportunidad
✓ Lugar
✓ Almacenamiento y / o disposición transitoria
✓ Cronograma de retiro
✓ Destino o disposición final externa incluyendo las autorizaciones que pudieren corresponder
c) Presentar un listado de todos los materiales y productos a utilizar y la correspondiente hoja de seguridad.
d) Suscribir un seguro ambiental apropiado a las tareas a desempeñar cuando esto sea aplicable.
e) Designar un interlocutor o responsable ambiental cuando corresponda.
f) Presentar la certificación ambiental de fin de obra dentro de los plazos establecidos por el contrato, como condición previa a la recepción de los trabajos.
B.2.V.9. CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
El Contratista deberá dar cumplimiento a todas las normas legales, nacionales, provinciales, departamentales y municipales de la R.A. o de la R.O.U., que sean de aplicación durante la vigencia del contrato.
Asimismo, deberá respetar los sueldos mínimos fijados por los Consejos de Salarios de la República Oriental del Uruguay, así como por los Convenios Colectivos de Trabajo de la República Argentina, según corresponda.
La C.T.M así como sus agentes, no tendrán responsabilidad alguna por cualquier reclamo o sanción a que diera lugar el Contratista por violación de las normas referidas.
El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y autorizaciones que sean necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones.
El Contratista será responsable de la realización de los trámites y sus costos, que establezcan las disposiciones legales vigentes para las importaciones que fuere necesario realizar para el cumplimiento del objeto contractual.
B.2.V.10. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL
El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a costa de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M.
En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara.
Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional.
Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibido su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta.
Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO
Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.
Confidencialidad de la información
Toda la información derivada del objeto contractual, se considera confidencial, en especial lo referente a datos de carácter personal, de tal forma que un uso inadecuado de la misma implica la aceptación por parte del CONTRATISTA de que la C.T.M. aplique directamente una penalización equivalente al daño producido.
El CONTRATISTA garantiza a la C.T.M. la total confidencialidad de los datos sobre organización, método de trabajo, datos de clientes, etc. a los que ha tenido acceso como consecuencia del servicio contratado.
USO ADECUADO DE LOCALES, INSTALACIONES Y MEDIOS
El CONTRATISTA usará los locales, instalaciones o medios que la C.T.M. ceda cuando sea necesario en las condiciones que se estipulen, comprometiéndose el CONTRATISTA a hacer un uso racional de los mismos. Estas instalaciones y medios serán destinados exclusivamente al fin que el desarrollo del objeto contractual exige sin poderlo dedicar a ninguna otra actividad. Cualquier interpretación sobre el uso será de exclusiva competencia de la C.T.M.
Si el CONTRATISTA prevé un consumo de agua, energía o de otros recursos dentro de las instalaciones de la C.T.M., superior al estrictamente necesario, deberá comunicarlo al representante de la C.T.M.
Una vez terminado el contrato, y sin perjuicio de los derechos o cargas que legalmente correspondiesen a terceros, el contratista deberá dejar vacuos y libres de personal y materiales los locales o instalaciones de la C.T.M., sin que ésta pueda resultar obligada por ninguna causa con las personas que en el momento, o con anterioridad a la terminación del contrato extinguido, hubieran prestado servicios para aquél.
En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente Condición, el CONTRATISTA responderá de los daños y perjuicios que por este motivo se le irroguen a la C.T.M. pudiendo ésta, para resarcirse de los mismos, ejecutar la garantía que tuviera constituida o compensar su importe de cualquier saldo que en ese momento presentase a su favor el CONTRATISTA.
A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados, los contratistas deberán informar su número de cuenta bancaria.
Dado que los pagos que realiza la C.T.M. se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el CONTRATISTA, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.
Todos los tributos, directos o indirectos, cargas sociales, etc., que graven el objeto de la presente Licitación o se generen a causa o en ocasión de su ejecución, serán de cuenta del Contratista y deberán ser incluidos en el precio.
En el caso que se emplee mano de obra del contratista en la R.A. o en la R.O.U. se exigirá constancia que acredite el cumplimiento de los tributos, cargas sociales y aportes correspondientes, previo a cualquier pago que daba efectuar la C.T.M. al contratista.
Del cumplimiento de dichas obligaciones responderá la garantía constituida por el Contratista como Garantía de Cumplimiento de Contrato.
B.2.V.12. CESIÓN DEL CONTRATO
El Contratista no podrá ceder el Contrato en todo o en parte sin el consentimiento expreso de la C.T.M. y de acuerdo a las condiciones que ésta fije.
La cesión no tendrá efectos legales hasta que el documento respectivo sea aprobado por la C.T.M.
B.2.V.13. SUB-CONTRATACIÓN
El Contratista no podrá subcontratar total o parcialmente el objeto de este Contrato, sin autorización previa y por escrito de C.T.M.
B.2.V.14. ÓRDENES DE SERVICIO
Toda disposición referente a la ejecución del objeto contractual, será comunicada por el Inspector de Obra al Representante Técnico del Contratista, mediante Ordenes de Servicio dadas por escrito, las que debidamente numeradas se consignarán por orden de fecha en un registro foliado en original y copias. Asimismo se aceptará el correo electrónico, para lo cual las partes deberán acordar las direcciones a las cuales se enviarán dichos correos, un formato estandarizado para este fin y una numeración correlativa de los mismos, así como su envío con acuse de recibo.
B.2.V.15. VARIACIONES EN EL SUMINISTRO O TRABAJOS
1. Facultad de la C.T.M. para ordenar variaciones en el suministro o trabajos.
En cualquier momento durante la vigencia del Contrato, la C.T.M. podrá introducir variaciones razonables en la forma, calidad o cantidad de los suministros o trabajos, o de cualquiera de sus partes si lo considera necesario y estará facultado para ordenar al Contratista, mediante una orden de servicio que éste deberá acatar, la realización de lo siguiente:
a) Aumentar o disminuir la cantidad de cualquier suministro o trabajo incluido en el Contrato;
b) Suprimir cualquier suministro o trabajo;
c) Cambiar las características, la calidad o clase de cualquier suministro o trabajo.
d) Modificar la alineación, el nivel, la posición o dimensiones de cualquier parte de los trabajos.
e) Ejecutar obras adicionales o sustitutivas de cualquier clase, necesarias para la terminación de los trabajos.
Ninguna de tales variaciones podrá en manera alguna detener la ejecución del Contrato o invalidar el mismo.
2. Ordenes de Variación del suministro o trabajos
El Contratista no podrá introducir ningún cambio en el suministro o trabajos sin Orden de Servicio escrita de la C.T.M.
1. Determinación del monto hasta el 20 % (veinte por ciento) del precio total contratado.
Toda disminución o aumento en la cantidad de cualquier suministro o trabajo será valorada a los precios estipulados en el Contrato, siempre que no signifique una disminución o aumento de más del 20 % (veinte por ciento) del monto total del Contrato.
Los trabajos adicionales y/o imprevistos que no puedan ser asimilados a los precios incluidos en el Contrato serán valorados de común acuerdo entre la C.T.M. y el Contratista.
2. Variaciones que exceden del 20 % (veinte por ciento).
Cuando el monto de todas las variaciones ordenadas conforme a las disposiciones de este artículo superen el 20 % (veinte por ciento) del monto contratado o las disminuciones de trabajos sean superiores al 20 % (veinte por ciento), tanto el Contratista como la C.T.M. tendrán derecho a que se acuerden nuevos precios para los trabajos excedentes en más o en menos.
B.2.V.17. PAGOS CONDICIONES ECONÓMICAS
a) FACTURACIÓN
1. El importe del material o servicio se facturará mensual, quincenal o de una sola vez en su caso, a los precios convenidos, salvo que las CALP. establezcan otra forma.
2. Las factura o documento equivalente será acompañada de toda la documentación adicional señalada en el presente capítulo o en su defecto la determinada en las CALP.
3. Las facturas deberán tener los datos identificatorios del contratista y la C.T.M., conforme a los requisitos legales vigentes.
4. En el caso de facturar sin IVA., se deberá tener en cuenta lo establecido en el literal e), del presente capítulo.
b) PRESENTACIÓN DE FACTURA O DOCUMENTO EQUIVALENTE
El Contratista deberá presentar en la Mesa de Entradas de la C.T.M., en cualquiera de sus emplazamientos, prevaleciendo aquel donde se cumplirá el contrato, los siguientes documentos:
1. La factura o documento equivalente.
2. Certificado de avance de obra o servicio.
3. La documentación exigida en este Artículo o en la cláusula de PAGO de las CALP, relacionada con el cumplimiento de obligaciones laborales, previsionales e impositivas.
4. La Orden de Compra o contrato conformado.
El plazo de pago comenzará a regir a partir de que se complete la presentación de los documentos citados precedentemente, o de la recepción del material y / o servicio, lo que se cumpla en último término.
Si por la magnitud de la observación se dispusiera el rechazo de la factura o documento equivalente, se computará el nuevo plazo de pago, a partir de su reingreso a la C.T.M.
La C.T.M., si así lo establecieran las CALP, tendrá derecho, en cualquier momento del plazo contractual, a solicitar información al contratista, sobre el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, provisionales, impositivas, así como las
correspondientes a la protección de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que a éstos correspondan respecto de sus trabajadores. En tal sentido podrá exigir o inspeccionar la documentación relacionada con:
1) Constancia que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social.
2) Constancia que acredite la existencia y pago del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como también de los vehículos y maquinaria afectada al objeto del contrato.
3) Recibos de haberes del personal afectado al objeto contractual o libro de sueldos debidamente foliado e intervenido por organismo de contralor respectivo.
4) Constancia de estar al día en el cumplimiento de obligaciones impositivas.
c) FORMA DE PAGO
1. General:
La C.T.M. abonará la factura o documento equivalente el día miércoles o hábil inmediato posterior, de la tercer semana siguiente a la de ingreso por la Mesa de Entradas de la C.T.M., conforme a lo establecido en el numeral b). Si dicho día fuera feriado o no laborable para la C.T.M., se tomará el día hábil inmediato siguiente.
Esta condición se mantendrá en tanto en las CALP. o en la documentación contractual pertinente, no se establezca otra forma.
Cuando en las ofertas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.
Para el caso de pagos, mediante avances de obra con presentación de certificados y conformación de Actas de Medición, se deberá tener en cuenta lo que en tal sentido establezca el Pliego de CALP.
2. General con bonificación por pronto pago:
Cuando en la ofertas se hubieran ofrecido bonificaciones por pago dentro del plazo determinado en la Condición General del presente Capítulo, y éstas aceptadas por la C.T.M., el Área respectiva de efectuar la liquidación de las facturas, realizará el descuento pertinente sobre la misma.
d) MEDIO DE PAGO:
Salvo que las CALP dispongan otro mecanismo, los pagos que la C.T.M. deba efectuar, en cumplimiento del objeto contractual, serán realizados a través de acreditación en cuenta bancaria, informada por el contratista o por medio de una institución bancaria.
Para adjudicatarios de la RA será requisito, para percibir los pagos a los que resulte acreedor, contar con la Clave Bancaria Uniforme (CBU) respectiva.
e) CERTIFICADO IVA.
En aquellos casos en que, por aplicación de las exenciones impositivas de la C.T.M., las facturas o documentos equivalentes se hayan emitido “sin IVA.”, la C.T.M. entregará al Contratista, en oportunidad de cada pago, un Certificado de IVA., en el que se harán constar todos los datos relativos al mismo.
f) REAJUSTE DE PRECIOS
En caso de corresponder, los precios se reajustarán en las condiciones estipuladas en las CALP.
B.2.VI. DE LOS PLAZOS Y DE LAS PENALIDADES
B.2.VI.1. CAUSAS DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS
El Contratista tendrá derecho a solicitar que se le conceda una extensión en los plazos contractuales cuando los atrasos obedezcan a razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente probadas en forma documentada.
El Contratista debe solicitar las prórrogas dentro de los diez (10) días de producidas las causales mencionadas y, salvo imposibilidad o razones de urgencia, antes de que se modifiquen las mismas.
La C.T.M., a su solo juicio, determinará si las razones indicadas por el Contratista, justifican la ampliación de los plazos.
Para acordar ampliaciones en los plazos por las razones indicadas, la C.T.M. a su solo juicio, determinará si las mismas afectan el respectivo cronograma.
B.2.VI.2. EMPLEO DEL NOMBRE SALTO GRANDE
El oferente no podrá utilizar el nombre de “Salto Grande” integrando su denominación. Salvo que dicha denominación existiere con anterioridad al presente llamado.
B.2.VI.3. PENALIDADES
Por cada día corrido de demora en el comienzo de ejecución del Contrato o en la entrega de los trabajos o suministros, contado a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo estipulado, la C.T.M. aplicará al Contratista una penalidad de hasta el 0,3 % (cero tres por ciento), del monto total contratado. Las penalidades también se aplicaran para el caso de incumplimiento de los plazos parciales previstos en el contrato.
La C.T.M. podrá hacer efectivo esta penalidad en el momento que lo crea oportuno y sin perjuicio de cualquier otra forma de efectivizar este cobro, la C.T.M. podrá deducir el monto de dichas penalidades, de las sumas que adeude al Contratista, ejerciendo el derecho de retención, o ejecutando las garantías correspondientes.
El pago o deducción de dichas penalidades no exime al Contratista del cumplimiento de las obligaciones contractuales, como así tampoco de las responsabilidades inherentes a la ejecución del Contrato.
La C.T.M. podrá rescindir el contrato por causas imputables al contratista en las siguientes condiciones:
-Si la totalidad de la demora acumulase más de treinta (30) días.
-Cuando el monto acumulado por penalidad supere el equivalente al 20 % (veinte por ciento) del importe total del Contrato, porcentaje límite de la penalidad a aplicar al contratista.
En ambos casos la C.T.M. podrá continuar el contrato bajo condiciones que estipule en dicha oportunidad.
B.2.VI.4. MORA
La mora operará en forma automática por el sólo vencimiento de los plazos estipulados, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
B.2.VI.5. DEDUCCIONES POR MULTAS Y OTROS CONCEPTOS
La C.T.M. deducirá de los pagos que deba realizar al contratista, los importes correspondientes a: penalidades, multas, cobro de indemnizaciones, reintegros por pagos a terceros efectuados por la C.T.M. a cuenta del Contratista, tributos, etc., de las sumas pendientes de pago al contratista y de la correspondiente garantía, en ese orden.
B.2.VII. DE LA RESCISIÓN
B.2.VII.1. RESCISIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Cualquiera de las partes podrá solicitar la rescisión del Contrato por causa de caso fortuito o fuerza mayor, cuando los hechos imposibiliten el cumplimiento del objeto contractual. La ocurrencia del caso fortuito o fuerza mayor deberá ser acreditada de manera fehaciente por la parte que la esgrime.
Producida la rescisión a pedido de cualquiera de las partes, no cabrá la formulación de cargos o reclamos recíprocos y se procederá a las recepciones que correspondan, liberándose la garantía de cumplimiento de Contrato, bajo las condiciones previstas en el Contrato.
B.2.VII.2. RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
La C.T.M. podrá disponer la rescisión del Contrato al darse cualquiera de las causales siguientes:
a) Cuando el Contratista contravenga o no cumpliere las disposiciones contractuales o reglamentarias instituidas por las autoridades competentes o incumpla las órdenes de servicio o instrucciones de la C.T.M. relativas al objeto contractual.
b) Cuando el Contratista lesione los derechos de la C.T.M. por la comisión de actos u omisiones fraudulentas o dolosas, o resulte responsable por grave negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
Se considera fraude o dolo, los actos u omisiones del Contratista con intención deliberada de obtener ventajas pecuniarias o de otra índole o causar daños en detrimento de la C.T.M.
Se considera grave negligencia la omisión de toda medida regular o precautoria exigida por el contrato.
c) Cuando el Contratista no cumpliera con las condiciones estipuladas en las E.T., empleando la cantidad de equipos, herramientas, maquinarias, insumos y mano de obra, explicitados en su oferta o dichos elementos no fueran de las características o calidades ofertadas.
d) En los supuestos contemplados en el Art. B.2.VI.3- PENALIDADES.
e) Cuando el Contratista incumpla con las obligaciones laborales a su cargo de acuerdo a la normativa vigente aplicable al Contrato.
f) Quiebra o concurso preventivo de la empresa. En este último caso, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones.
g) Cuando en la oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.
B.2.VII.3. CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA IMPUTABLE AL CONTRATISTA
En caso de rescisión imputable al Contratista, éste deberá responder por los daños y perjuicios que ello ocasione.
Dispuesta la rescisión, la C.T.M. exigirá el pago de la totalidad de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y del Fondo de Reparo si lo hubiese. A los fines de lo expuesto precedentemente, la C.T.M. levantará un Acta detallando el estado en que se encuentran los trabajos en el momento de la rescisión, y practicará inventario de materiales, herramientas y equipos, todo eso en presencia del Contratista.
Si éste no concurriera o se negase a firmar, igual se tendrá por válida el Acta e inventario practicados.
A la fecha en que la C.T.M. lo indique, el Contratista deberá retirar del emplazamiento a su solo cargo aquellos materiales, herramientas y equipos que la C.T.M. disponga.
Si el Contratista no procediera a realizar los retiros necesarios, la C.T.M. los realizará y depositará fuera del predio adjudicado, corriendo los gastos y riesgos consiguientes a cargo de aquél.
Las consecuencias para el Contratista establecidas en este Artículo son independientes de las penalidades a que se hiciere pasible.
B.2.VII.4. RESCISIÓN POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.
La C.T.M. podrá disponer la rescisión del contrato comunicando al Contratista dicha decisión con una antelación no menor a noventa (90) días corridos.
El Contratista podrá solicitar la rescisión del Contrato al darse cualquiera de las causales siguientes:
✓ Cuando la C.T.M. suspenda los trabajos por más de noventa (90) días no mediando culpa del Contratista, excepto por causa de caso fortuito o fuerza mayor.
✓ Cuando la C.T.M. demorase más de noventa (90) días cualquier pago, a partir del vencimiento del plazo previsto para el mismo, sin causa que lo justifique.
B.2.VII.5. CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA.
De producirse dicha rescisión, la C.T.M. se hará cargo de la obra, realizando el correspondiente inventario, detallando el estado de los trabajos en el momento de la rescisión, los materiales, herramientas y equipos, todo ello en presencia del Contratista, o su representante.
La falta de concurrencia de alguno de estos, o su negativa a firmar, dará por válido el inventario practicado por la C.T.M.
La C.T.M. podrá adquirir los equipos, instalaciones y herramientas, que el contratista decida no retirar del área de trabajo, abonando para ello el precio que se acuerde.
Además la C.T.M., liquidará a favor del Contratista, todos los trabajos realizados que fueran de recibo y abonará por ello el precio que correspondiera por los mismos.
B.2.VII.6. REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
La comprobación de que en un llamado a licitación y/o contratación se hubieran omitido los requisitos de publicidad previa en los casos en los que la norma lo exija, o formulado especificaciones o incluido cláusulas cuyo cumplimiento sólo sea factible por determinado interesado u oferente, de manera que el mismo esté dirigido a favorecer situaciones particulares, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera sea el estado de trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las actuaciones sumariales pertinentes.
En tal caso podrá realizarse un nuevo llamado, por el mismo procedimiento de selección, debiendo invitarse además de los nuevos interesados, a los oferentes del anterior llamado.
En ningún caso los oferentes tendrán derecho a reclamo alguno, ya sea por el dictado del acto administrativo en sí, como por el cobro de indemnizaciones y / o reembolsos por gastos efectuados para la participación en el llamado a licitación.
IMPORTANTE: La C.T.M. podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
B.2.VII.7. CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN.
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados con competencia referida a una licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que esos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.
B.2.VII.8. RECEPCIÓN PROVISORIA
Cuando el Contratista haya dado término a los trabajos contratados, de conformidad con la documentación contractual e inspecciones previas, comunicará a C.T.M., por escrito, la fecha en que desea se realice la recepción de los mismos.
La inspección para la recepción se verificará en presencia del Representante del Contratista.
Si realizada la inspección se comprueba que los trabajos están sustancialmente terminados, de acuerdo con las condiciones contractuales, se procederá a su recepción provisoria, extendiendo el acta respectiva.
Si en la inspección se constataran faltas o defectos en los trabajos, el Contratista deberá subsanarlos según su oferta aprobada por la Inspección de Obra.
El tiempo que ello insuma no dará al Contratista derecho a prórroga del plazo. Subsanados los defectos y faltas a satisfacción de C.T.M., se procederá a la Recepción Provisoria de la Obra.
B.2.VII.9. PERÍODO DE GARANTÍA Y TRABAJOS DE REPARACIÓN
El período de garantía de correcta ejecución y funcionamiento de los trabajos recibidos provisionalmente, se extenderá por el término que establezcan las Condiciones Particulares de este llamado, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria. Durante ese plazo el Contratista deberá realizar por su cuenta y cargo las reparaciones y sustituciones que se originen, con la mayor celeridad posible.
Si en el transcurso del Plazo de Garantía, una parte cualquiera de la obra tuviera que ser reconstituida, modificada o sustituida, la C.T.M. podrá extender éste, para dicha parte, hasta un tiempo igual al transcurrido entre la recepción provisoria y la fecha en que se subsane la deficiencia.
B.2.VII.10. RECEPCIÓN DEFINITIVA
Vencido el plazo de garantía, se procederá a la inspección de las obras, en presencia del Contratista o de su representante autorizado. Si la inspección demostrara que los defectos aparecidos durante el plazo del Contrato (si los hubo), han sido subsanados a satisfacción de la C.T.M. y en general que todas las condiciones contractuales han sido cumplidas, se realizará la Recepción Definitiva labrándose el acta correspondiente, donde se consignará el término por el cual el Contratista asume la Responsabilidad por defectos de diseño y / o vicios ocultos por el término de 10 años.
B.2.VII.11. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
La C.T.M. de Salto Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:
Garantía de Mantenimiento de Oferta: sin perjuicio de lo establecido en el art. B.2.IV.1, dentro de los treinta (30) días de notificada la adjudicación se devolverá la Garantía a los oferentes no Adjudicatarios. La correspondiente al Adjudicatario se devolverá dentro de los treinta (30) días de aceptada la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Garantía de Anticipo: efectuada la Recepción Provisoria, se liberará la Garantía de Anticipo dentro del término de treinta (30) días de la fecha del acta respectiva.
Garantía de Cumplimiento de Contrato y Fondo de Reparo: efectuada la Recepción Definitiva, se liberarán la Garantía de Cumplimiento de Contrato y el Fondo de Reparo (en caso de haberse constituido), dentro del término de treinta (30) días de la fecha del acta respectiva y previa presentación por el Contratista de una nota formal de renuncia a toda reclamación que pudiera resultar del Contrato.
Previamente se descontarán los importes que el Contratista adeudase por multas, indemnizaciones y otros conceptos, tanto a la C.T.M. como a su personal y a terceros, incluyendo impuestos o tributos de todo tipo.
Las sumas depositadas y / o retenidas en concepto de Garantías se devolverán sin actualizar y en la misma moneda en que se constituyeron.
En los casos en que, luego de notificado fehacientemente, el oferente o adjudicatario no retirase las garantías, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de UN (1) año, contado desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del término señalado por parte del titular del derecho, importará la renuncia tácita del mismo a favor de la C.T.M. y será aceptada por la autoridad competente al ordenar el ingreso patrimonial de lo que constituye la garantía.
B.2.VII.12. INGRESO AL COMPLEJO
Los trámites aduaneros para ingreso al Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande, de personal, materiales, equipos, vehículos, y/o cualquier otro elemento necesario para la ejecución del Contrato, estarán a cargo de la C.T.M. Para la realización de dichos trámites, el Contratista con un plazo de diez (10) días antes del inicio de la obra, deberá presentar la siguiente documentación, al Área Materiales:
Para ingreso de VEHÍCULOS: Fotocopia de Libreta de Propiedad del vehículo (R.O.U.) o fotocopia Cédula de Identificación del Automotor (RA) o título del automotor y seguro del vehículo con cobertura Mercosur.
Si no es propietario: poder ante Escribano Público de autorización a salir del país.
Para ingreso de PERSONAL: Listado de personal con Número de documento de identidad. Constancia de cobertura de ART (R.A.) o de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (R.O.U.) o Accidentes Personales, según corresponda.
El Personal deberá estar perfectamente uniformado con identificación de la empresa.
Para ingreso temporario de HERRAMIENTAS de MANO (Ej. martillos, llaves): Listado con detalle de los mismos con un precio estimado global.
Para ingreso de MATERIALES (Ej.: arena, pintura, etc.), REPUESTOS Y/O EQUIPOS: Listado con detalle individual de los mismos con un precio estimado global, incluyendo marcas, origen, cantidades, precios etc. Contratistas argentinos deberán prever que los excedentes de materiales no tienen retorno a la Argentina.
Para ingreso temporal de HERRAMIENTAS o EQUIPOS MECÁNICOS Y/O ELÉCTRICOS IMPORTANTES: deberá presentar listado con el siguiente detalle:
TIPO DE HERRAMIENTA | MARCA | CANTIDAD | PAÍS DE FABRICACIÓN | PRECIO ESTIMADO |
B.2.VIII. DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
B.2.VIII.1. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Todas las cuestiones litigiosas que se originen en la presente Licitación, en la formalización contractual resultante o entre las partes del mismo a causa o en ocasión del contrato, serán sometidas a la exclusiva jurisdicción y competencia del Tribunal Arbitral Internacional de Salto Grande, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder. En todo caso será de aplicación el Estatuto y el Reglamento de Procedimiento del Tribunal Arbitral Internacional de Salto Grande.
Generales (CALG) Página 64 de 94
C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
C.1. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Las zonas objeto del Servicio, comprenden el área que se presenta en forma aproximada en el siguiente croquis, enumerándose los edificios y/o sectores más destacados.
CROQUIS DE PLANTA
Junto con el pliego se entregarán los archivos kmz con la superficie cubierta de cada área y los sectores delineados en los requisitos de trabajo específicos.
AREA A INTERVENIR
Superficie aproximada: 102,67 hectáreas
ITEM | SITIOS | Ha. aprox |
DESMALEZADO | Caminería interna (incluye líneas de media tensión y cortafuegos), Parque mesopotámico, Cable canal. | 29,61 |
DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA | NEMD | 2,12 |
Sala de mando MD | 0,10 | |
Barrera Ayuí | 0,11 | |
Talleres de Subestaciones | 0,50 | |
Parque del reencuentro | 1,11 | |
MANTENIMIENTO EN PIEDRAPLEN | Piedraplén margen derecha | 7,12 |
MANTEMINIENTO EN SUBESTACIÓN SGA | Perímetro Fuera de la Subestación | 5,68 |
Subestación Salto Grande Argentina | 5,01 | |
MANTENIMEINTO EN FRANJA DE SERVIDUMBRE | Corte pasto en línea de alta | 26,59 |
Control de leñosas más de 3.6 m en línea de alta | 21,62 | |
Corte de pasto y control de leñosas de más de 3.6 m en línea de alta | 1,01 | |
MANTENIMIENTO EN SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO | Predio Planta de Agua Potable MD | 0,22 |
Camino a la toma | 0,09 | |
Nodos red de agua potable (caudalímetros y válvulas), Nodos red de saneamiento (cámaras de inspección) y superficie sobre tramos de ambas redes. | 1,78 |
Exceptuando el sector correspondiente al sistema de agua potable y saneamiento que geográficamente se ubican fuera del área común pero pertenecen a ésta, para el resto de los sectores se toma como límite el cerco perimetral olímpico, e incluiría Barrera Ayuí, Gerencia General (nuevo edificio margen derecha), Ex Enfermería, Sala de mando, Taller de Subestación Argentina, el Piedraplén de la Represa, el Alambrado Olímpico que delimita la Subestación Argentina, predio interno y externo, que en una franja de 50 metros debe ser desmalezada. Taludes vecinos, cable canal y lugares que no se realizan con maquinaria pesada por la excesiva pendiente, quedan incluidos.
Las actividades que forman parte de esta contratación se retallan en el punto C.4.
C.2. REQUERIMIENTOS DE LAS OFERTAS
Plan de trabajo
Conjuntamente con la oferta técnica, se deberá presentar un Plan de trabajo que, en forma general, contemple:
1. Personal a asignar a cada tarea, contratado y/o subcontratado. Experiencia/formación de técnico permanente en el predio*
2. Subcontratista propuesto con detalle de las actividades que realizará
3. Régimen de trabajo previsto.
4. Esquema de trabajo, contemplando el grado de supervisión y requerimientos de los técnicos que realizarán las distintas tareas.
5. Descripción de los procedimientos de trabajo y equipos/materiales a utilizar.
6. Cronograma: Días de trabajo previstos y Nº de horas/día. Tareas críticas.
El Oferente deberá tener el conocimiento necesario para elaborar el Plan de trabajo a presentar, debiendo realizar una visita previa a las instalaciones objeto del presente llamado.
Este Plan de trabajo será de una profundidad tal que brinde la suficiente información técnica que permita el conocimiento y la evaluación de la propuesta presentada. Si alguno de los ítems citados precedentemente, no se presentaran con la oferta, la empresa oferente deberá fundamentarlo en su propuesta.
En caso de resultar adjudicatario, el nivel de información presentado con la oferta deberá ser ampliado.
* éste técnico permanente en obra puede ser el mismo representante técnico como no. En caso de no serlo, no es excluyente su formación, pero si debe tener la suficiente experiencia comprobable para llevar adelante las tareas del presente contrato y debe ser incluida su experiencia en la oferta para evaluación por parte de CTM SG y documentos que la acrediten.
C.3. CONSIDERACIONES PARA EL CONTRATISTA
Una vez adjudicado el trabajo, la empresa contratista deberá tener en cuenta las consideraciones establecidas en los puntos que a continuación se detallan.
C.3.I. Orden de los trabajos
La contratista para ejecutar las tareas convenidas seguirá un orden cronológico que estará bajo la exclusiva responsabilidad de la supervisión de obra, pudiendo esta, cambiar el lugar o área de trabajo a su criterio y necesidades.
C.3.II. Reposición de ejemplares
El contratista repondrá a su costo, todo ejemplar que se pierda por su responsabilidad en los sectores de diseño paisajísticos, tanto sea por falta de riego, control de hormigas, fitosanitario, etc.
C.3.III. Dotación mínima sugerida
De acuerdo a la experiencia llevada hasta el momento, para la ejecución de todos los trabajos detallados, se requiere la presencia diaria (jornadas de 8 horas) mínima de CINCO (5) operarios perfectamente equipados con los elementos de seguridad y protección requeridos para estas actividades. La contratista debe por lo tanto comprometerse en asegurar la presencia del número
de operarios, comunicando por escrito las causas que justifiquen el no cumplimiento de esta cláusula, quedando a criterio de la supervisión su aceptación o rechazo.
Especialmente, podrá solicitar se informe la cantidad de horas/hombre afectadas al cumplimiento de la presente licitación, y la cantidad de jornales u horas abonadas a los trabajadores de su plantilla.
La licencia reglamentaria que la contratista otorgue a sus operarios deberá ser coordinada con la inspección del contrato, con el fin de no resentir el servicio prestado.
Certificado de buena conducta: El personal debe contar con certificado de buena conducta, debiendo presentar nuevos certificados cada vez que Salto Grande lo solicite.
Aptitud física: Todo el personal debe tener aptitud física para realizar trabajos.
El personal que esté abocado a los trabajos de esta contratación deben demostrar residencia en Salto y sus alrededores.
Legajo de Empleados
La adjudicataria deberá informar la nómina de trabajadores afectados a la tarea.
La adjudicataria deberá indicar la categoría, sector de actividad y laudo que corresponda a su plantilla.
Durante el desarrollo del servicio, el Contratista debe presentar la lista del personal empleado, conteniendo los siguientes datos: Apellido y Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, número de documento; domicilio y categoría de empleado acorde a la tarea a Desarrollar; según Convenio Colectivo de Trabajo.
Dicha lista deberá ser actualizada cada vez que sufra modificaciones, debiendo comunicarse en forma fehaciente dentro de los 10 días de producirse la misma.
Normativa Laboral
Será responsabilidad del Contratista el estricto cumplimiento de la legislación laboral, social y previsional. La C.T.M. de Salto Grande podrá practicar las inspecciones que estime conveniente a fin de verificarlo y podrá retener de los montos contractuales las sumas correspondientes en caso de demora en el pago de salarios o cargas sociales a los empleados u organismos recaudadores.
El Oferente deberá indicar en la oferta bajo qué régimen de trabajo se desempeñará el personal afectado al servicio y la categoría de cada empleado deberá ser acorde a las tareas a realizar
Vestimenta del Personal
El contratista debe suministrar a su personal uniforme con identificación de la empresa, de color distinto al que utiliza CTM (Azul). El Contratista entregará 2 conjuntos por estación (verano, invierno) y/o según lo estipulado en el Convenio Colectivo de Trabajo; estableciendo como mínimo lo exigido por CTM. La obligatoriedad de identificación de su empresa en el uniforme, debe ser a través de leyenda colocada en lugar visible de un tamaño no menor a 5 cm de altura, en todas sus prendas.
Entrega Invierno: de 2 camisas; 2 remeras; 2 pantalones; 2 buzos; 1 campera de abrigo; calzado de Seguridad.
Entrega Verano: 2 camisas; 2 remeras; 2 pantalones
Tanto la indumentaria como el calzado deberá ser de la categoría “ropa de trabajo”, debiendo cumplir con la norma correspondiente.
El contratista es responsable de que su personal se presente, a las horas del servicio, con su vestimenta completa y en perfectas condiciones de presentación e higiene.
Está prohibido el uso de indumentaria de trabajo de Salto Grande por parte del personal de la contratista, así como el uso de indumentaria que no constituya el uniforme.
La no entrega de la Vestimenta y EPP según lo estipulado, dará la facultad a CTM de tomar medidas correctivas inmediatas, que serán aplicadas como penalidades cuyos costos que devengan de la
gestión integral de compra, serán transferidos al contratista y ejecutados en la certificación mensual del servicio en curso.
Transporte del Personal
El Contratista debe transportar a su personal desde los lugares de residencia hasta el predio de la
C.T.M y viceversa, por sus propios medios. Los vehículos que presten el servicio deberán estar habilitados para realizar transporte de pasajeros por los organismos correspondientes vigentes en la RA. y podrán ser inspeccionados por ésta. Así mismo el Contratista deberá transportar a su personal a las distintas áreas de trabajo por sus propios medios. El vehículo deberá tener las características de transporte de personas y equipos por separado, no estando permitido el uso de un habitáculo común para ello.
Salto Grande podrá exigir la colocación de dispositivo de seguimiento vehicular en los vehículos utilizados para el transporte de personal.
Bajo ningún concepto se deberán sobrepasar las capacidades máximas de pasajeros sentados de los vehículos. Del mismo modo, está prohibido el incumplimiento de toda medida que garantice la seguridad para el traslado del personal.
Es recomendable el uso de vehículos eléctricos para transporte del personal.
Control de ingreso al Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande
El contratista deberá registrar su asistencia de acuerdo al procedimiento y dispositivos dispuestos para tal fin por Salto Grande.
Salto Grande se reserva el derecho de hacer uso de las medidas internas que reglamenten la seguridad y custodia de los bienes que forman su patrimonio, incluida la requisa de los empleados del Contratista, control aleatorio de estupefacientes y alcohol, CTM podrá solicitar el reemplazo de alguna persona cuando considere conveniente.
La C.T.M. se reserva el derecho de prohibir, a su sólo juicio, el ingreso a sus instalaciones de cualquier persona de la nómina del Contratista, sin que el Contratista pueda manifestar oposición alguna.
C.3.IV. Equipos e Insumos:
Todos los equipos e insumos para llevar a cabo las tareas serán a cargo del proveedor del servicio, salvo el caso de plantación floral, arbustos o árboles, donde la CTM SG suministrará las especies vegetales y tierra preparada. A modo informativo se aclara que iingresarán al mantenimiento a realizar por la contratista aproximadamente 100 ejemplares por año.
El Contratista deberá suministrar y colocar los materiales que, aunque no estén expresamente detallados en la propuesta y pliego, sean no obstante indispensables para el cumplimiento de lo requerido.
Los equipos propuestos deberán ser exhibidos ante la supervisión al adjudicarse los trabajos
El equipamiento mínimo que el oferente deberá incluir en su listado es:
• Un (1) tractor 4x4 mayor a 70 hp con desmalezadora o rotativa
• Un (1) tráiler batan para transporte de poda y herramientas
• Cinco (5) máquinas desbrozadoras o motoguadañas de alta cilindrada;
• Un (1) soplador de hojas.
• Dos (2) motosierras de mediana cilindrada;
• Una (1) mochila pulverizadora de 16 a 20 litros.
• Un (1) moto taladro y 1 (una) mochila para aplicación de herbicidas;
• Un (1) vehículo de carga (utilitario) habilitado para el transporte de personas;
• Un (1) tanque cisterna para apoyo a riego en zonas no cubiertas por el sistema automático de riego;
El oferente podrá proponer equipos adicionales tales como:
Un (1) tractor 4x2 de 30 hp con desmalezadora o rotativa que serán valorados, junto con el equipamiento mínimo, al momento de evaluar la oferta.
Deberán presentar documentación que acredite el correcto funcionamiento de los equipos, en especial tractores, desmalezadoras y motosierras. El mismo debe ser elaborado por el Responsable de Seguridad, y sometido a un plan de inspección periódico.
A su vez, el contratista deberá contar con herramientas manuales varias, como ser palas anchas y de punta, tijeras de podar, rastrillos, escardillos, escobillas de alambre, escobas, carretillas, horquillas, mangueras, etc. No siendo necesario incluir documentación probatoria de estas herramientas en la planilla de equipos.
• El horario en el que se deberá prestar el servicio, coincidirá con el de la C.T.M. (actualmente 07 a 15:00); cuando razones climáticas impidan la realización del trabajo, la Inspección decidirá el retorno o permanencia del personal. Se podrá extender los horarios en común acuerdo con la inspección de contrato.
*Equipamiento mínimo obligatorio que debe tener el adjudicatario de la licitación
En caso de que el oferente desee utilizar equipamiento diferente al indicado, deberá justificarlo, quedando a criterio de la C.T.M. la aceptación de dicha propuesta.
C.3.V. Casos excepcionales de urgencia
El Contratista estará a la orden de la C.T.M., en casos excepcionales de urgencia en los que sea imprescindible su concurrencia, y ejecutar acciones de recuperación de especies leñosas nativas (arriostramiento, podas selectivas, etc.)
C.3.VI. Consideraciones técnicas previas al inicio de los trabajos
Previo al inicio de los trabajos en el predio, el contratista deberá:
- Elaborar un plan que comprenda las distintas etapas del trabajo, a partir de la inspección visual inicial realizada anteriormente y del plan de trabajo presentado en la oferta.
- Comunicar a Salto Grande el plan de trabajo detallado incluyendo cronograma, personas involucradas en la tarea.
- Presentar plan de seguridad e higiene firmado por técnico habilitado, según apartado C.3.VII
- Todo el personal involucrado en la obra deberá recibir por parte del Sector Seguridad Industrial la Charla de Inducción de Seguridad, previo comienzo de los trabajos.
- Presentar Plan de Gestión Ambiental y Social Particular donde el contratista establezca pautas de gestión para los distintos aspectos ambientales que se derivan de las actividades, según se establece en el apartado C.3.VIII.
C.3.VII. Plan de Seguridad
El Plan de Seguridad deberá ser presentado a la CTM una vez la empresa resulte adjudicataria y en forma previa al inicio de los trabajos.
Deberá estar firmado por Técnico habilitado especificando la frecuencia de inspección de las actividades por parte del mismo.
El Sector Seguridad Industrial de Salto Grande realizará inspecciones periódicas con el objeto de verificar el correcto cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en el plan de Seguridad. Del mismo modo podrá planificar capacitaciones formales para fortalecer debilidades observadas.
Respuesta ante Emergencias:
El Plan de Seguridad deberá poseer un capítulo destinado a organizar la Respuesta ante Emergencias, considerando que las posibles situaciones que se pueden presentar en la obra son: Incendios y Accidentes con daño a las Personas.
Para ello, deberá tener en cuenta la participación activa como apoyo externo de los Sectores Seguridad y Protección, y Enfermería de Salto Grande.
Medidas de protección personal
Suministro de los elementos de protección personal (EPP): El contratista es responsable del suministro de elementos de protección a la totalidad de los funcionarios que se encuentren realizando los trabajos especificados dentro del alcance de ésta especificación. Asimismo, es responsable de su adecuada limpieza, mantenimiento y reposición de tal modo que éstos equipos individuales de protección se encuentren en todo momento, aptos para su utilización y con plena garantía de sus prestaciones. En caso de existir subcontrataciones, el contratista es responsable del cumplimiento de ésta y otras cláusulas especificadas en el presente documento.
Asimismo, el contratista deberá llevar un registro a contra firma de cada trabajador, donde figure la entrega y recepción de todo EPP (ficha individual)
Se deberán utilizar los siguientes elementos de protección personal para la realización de los trabajos.
- Ropa de trabajo.
- Zapatos de seguridad
- Guantes de protección mecánica
- Casco de seguridad
- Chaleco Refractario
Sin desmedro de lo anterior, la empresa contratista será responsable de la utilización de todo otro equipo de protección personal o colectiva que haya sido definido en función los riesgos identificados en la evaluación de riesgo pertinente y que forma parte del Plan de Seguridad.
Incumplimiento en el uso:
Ante una situación de incumplimiento en el uso de los elementos de protección definidos, se dará comunicación al Sector de Seguridad Industrial de la CTM, quien podrá realizar la detención de los trabajos hasta tanto se regularice la situación. El cese de los trabajos no dará derechos a que la empresa adjudicataria realice reclamo alguno por conceptos de días de trabajo perdidos.
Elementos de izaje, transporte, carga y descarga
Todas las medidas de seguridad correspondientes al movimiento de cargas (tanto manuales como mecanizadas) deberán ser analizadas y descriptas en el Programa de Seguridad
Instalaciones de bienestar
Además de las condiciones de seguridad personal previstas en el numeral anterior, el contratista estará a cargo de proveer los servicios higiénicos y de bienestar para el personal involucrado, salvo previo acuerdo distinto con la CTM y especificado en la oferta.
El lugar previsto para comedor, vestuario y baño, deberá estar en el complejo hidroeléctrico y sus dimensiones deberán estar acordes a la cantidad de trabajadores. La ubicación definitiva de los obradores será acordada con la Dirección de Obra.
C.3.VIII. Plan de Gestión Ambiental y Social particular
Una vez adjudicados los trabajos, cada Contratista deberá presentar un Plan de Gestión Ambiental y Social particular, PGAS-P del contrato de acuerdo a lo definido en el apartado B.1.LVIII, con al menos 10 días hábiles de antelación a la fecha prevista de inicio de los trabajos de forma que el mismo pueda ser aprobado Salto Grande.
C.3.IX. Lugares de almacenamiento de insumos; materiales; EPP; máquinas y herramientas
El contratista deberá contar con un obrador en el predio de CTM SG, a fin de brindar al personal el espacio apto para uso de comedores, baños y guardado de materiales, equipos y herramientas. El sitio a instalar el obrador será acordado en conjunto con CTM SG y el contratista deberá indicar los servicios y área necesaria para su instalación.
Para el almacenamiento de productos químicos (combustibles, aceites, herbicidas, otros) se deberá disponer de contenedores adecuados y debidamente identificados, acompañados de la ficha de seguridad correspondiente. Está prohibido el uso de botellas de bebida para el almacenamiento de productos líquidos.
CTM SG suministrará los servicios de energía eléctrica y agua a pie de obrador. Eventualmente, si en el punto de implantación del obrador existiese red de saneamiento, el contratista deberá realizar dicha conexión, caso contrario deberá disponer de baños químicos.
Las áreas que Salto Grande destine a tales efectos serán las únicas habilitadas a tal fin.
Los lugares de almacenamiento provistos al contratista, deberán ser utilizados de manera correcta, conforme los siguientes requisitos de seguridad:
• Orden y limpieza de los depósitos.
• Capacidad de almacenamiento limitada.
• Almacenamiento de productos según compatibilidad.
• Contar con dispositivos para derrames.
• Mantener libre trayectoria dentro del depósito.
• No obstruir extintores ni dispositivos de seguridad.
• Uso exclusivo de materiales de limpieza.
• Prohibido su uso como comedor, vestuario, oficina y zona de permanencia de personas
Cada depósito, podrá ser verificado por el Inspector del Contrato; Gestión ambiental; Seguridad Patrimonial e Industrial de Salto Grande.
La C.T.M. no se responsabiliza el por la seguridad patrimonial de los elementos que el contratista ingrese. Siendo de absoluta responsabilidad del contratista el resguardo de sus bienes.
C.3.X. Tareas adicionales; especiales y de contingencia
Salto Grande podrá solicitar, tareas adicionales a las especificadas en el presente pliego, las cuales el contratista deberá ejecutar de acuerdo a lo requerido. Las solicitudes se comunicarán con 24 horas de anticipación a través de órdenes de servicio (Punto B.2.V.14 de las CALG).
Las tareas especiales que requieran equipos de izaje y/o de altura deberán estar autorizados según el plan de Seguridad del contratista y firmado por su Responsable de Seguridad Laboral. Dichas tareas son programadas y se deberá informar 48 hs antes a Seguridad Industrial de CTM para elaborar el permiso de trabajo correspondiente.
La CTM evaluara la autorización o no del uso de grúas y equipos de izaje de su propiedad cuando las especiales condiciones de la tarea lo requieran y siempre que dichos equipos se encuentren disponibles. Por ninguna razón el contratista operará equipos o instalación alguna, sino que se solicitará la maniobra al personal autorizado de C.T.M.
Ante situaciones de Contingencia, tales como derrames u otros, Salto Grande podrá solicitar abocar al personal que se considere a realizar las tareas necesarias para solucionar el problema. Cuando esto suceda no se le exigirá el cumplimiento de la tarea habitual planificada.
Todas las tareas adicionales y/o de Contingencia que el Contratista esté en condiciones de brindar, deberán estar detalladas en el Plan de trabajo seguro por tareas repetitivas, Plan de Seguridad y en el Mapa de Riesgos, debiendo cumplirse todos los requisitos para ellos establecidos, en materia de Seguridad y Salud en el trabajo.
C.3.XI. Aplicación de herbicidas
Se encuentra prohibido el uso de herbicidas químicos de categoría I y II.
Los herbicidas a utilizar deberán ser aquellos que presenten Categoría III “Ligeramente peligroso” y Categoría IV “productos que normalmente no presentan peligro” y serán únicamente los que se detallan a continuación:
Nombre comercial | Principio activo | Categoría | Malezas | Modo de acción | Observación | Toxicidad en peces | Toxicidad en aves | Toxicidad en abejas |
Gramini Elite | Cletodim/ Haloxifop- metil | IV Verde | Gramíneas | Post emergente | Moderadamente tóxico | Ligeramente tóxico | Virtualmente no tóxico | |
Nicocem 75 GD | Nicosulfuron | IV Verde | Gramíneas y algunas hojas anchas | Post emergente | Con surfactante no iónico | Prácticamente no tóxico | Prácticamente no tóxico | Ligeramente tóxico |
Tocon | Aminopyralidr | IV Verde | Arbustivas y leñosas. Hojas anchas | Post emergente | Moderadamente tóxico | Prácticamente no tóxico | Virtualmente no tóxico | |
Convey | Topramezone | IV Verde | Gramíneas y hojas anchas | Post emergente | Prácticamente no tóxico | Prácticamente no tóxico | Virtualmente no tóxico | |
Taret 720 SL | MSMA | III Azul | Gramíneas y hojas anchas | Post emergente | Prácticamente no tóxico | Moderadamente tóxico | Ligeramente tóxico | |
Forza | Saflufenacil | III Azul | Total | Quemante | Con aceite metilado de soja. Muy lixiviable | Prácticamente no tóxico | Prácticamente no tóxico | Virtualmente no tóxico |
* Los nombres comerciales podrán variar, pero se respetarán los principios activos y las concentraciones.
En caso de que se pretenda utilizar un herbicida diferente a los listados, se deberá consultar al Área de Gestión Ambiental y Medicina Laboral.
Restricciones de aplicación por condiciones ambientales y meteorológicas
Al momento de definir los sitios donde se debe realizar control de vegetación, se tiene en cuenta las siguientes restricciones, donde NO se podrá aplicar herbicidas químicos.
Prohibición | Condición |
Temporal | En horas de mayor insolación y temperatura (temperaturas superiores a 30º C) |
En días de lluvias o lloviznas o ante pronóstico de las mismas |
Se proporcionará el Procedimiento “Aplicación de herbicidas por contratistas”.
Para la aplicación de herbicidas, los oferentes deberán estar habilitados para el desarrollo de este tipo de actividades de acuerdo a:
En Entre Ríos, Argentina, los aplicadores deberán registrarse de acuerdo a la resolución 1622/1996, que referencia a la ley de agroquímicos 6599, ante la Subsecretaría de Desarrollo Agropecuario, Economías Regionales y Recursos Naturales a través de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Recursos Naturales. También de acuerdo a esta ley, las empresas que se dediquen a la aplicación de herbicidas, tendrán la obligación de contar con el respaldo del asesoramiento técnico de un profesional Ingeniero Agrónomo o título concurrente.
Medidas de seguridad específicas para el uso de herbicidas
Los operarios encargados de la aplicación de herbicidas deberán cumplir con las siguientes medidas de seguridad:
• Revisar el etiquetado del herbicida para conocer su modo de uso y aplicarlo según recomendaciones del fabricante.
• Disponer de las correspondientes fichas de seguridad en el lugar de aplicación y de acuerdo a los productos utilizados.
• Preparar el equipo de aplicación de herbicidas, verificar su buen estado y realizar adecuaciones de acuerdo con instrucciones del fabricante.
• Utilizar equipo de protección personal (EPP), que incluya:
- Mameluco descartable sobre ropa de trabajo
- Guantes de protección química (acordes al producto a aplicar)
- Protección ocular
- Casco
- Calzado de seguridad con puntera de acero.
- Protección respiratoria (con filtro acorde al producto a aplicar)
- Protector solar para áreas corporales expuestas.
• Aplicar el herbicida solamente en las áreas detalladas en las presentes especificaciones técnicas y en el plan de aplicación.
• No fumar, comer ni beber durante la aplicación de los herbicidas. Aplicar con temperaturas inferiores a 30º C, con vientos entre 4 y 15 km/h (brisa ligera) y en días sin amenazas de lluvia.
• Colocar señalización para advertir a los transeúntes y terceros que se están realizando tareas de aplicación de herbicidas e impedir el ingreso al área.
• Dicha señalización será retirada una vez transcurrido el periodo de reingreso (24 horas mínimo).
• Para el caso de herbicidas químicos, aplicarlos en la cantidad mínima necesaria y con la mayor precisión posible.
• Gestionar los residuos de la actividad (recipientes vacíos, herbicidas vencidos, repuestos contaminados, etc) con operador habilitado para residuos peligrosos presentando constancia de ello al Área de Gestión Ambiental de Salto Grande.
• Previo al inicio de los trabajos, el personal responsable de efectuar los trabajos recibirá una inducción de carácter obligatorio a realizarse por parte del Sector de Seguridad Industrial de CTM - SG.
C.3.XII. Acceso a áreas restringidas
Para acceder a áreas restringidas, se solicitará al inspector del Contrato de C.T.M. en cada caso.
C.4. TRABAJOS A REALIZAR
GENERALIDADES
Los trabajos a realizar consisten en el corte de pasto, malezas y rebrotes de especies exóticas en el área, preservando las especies autóctonas, salvo que la inspección indique lo contrario.
El trabajo se realizará con bordeadoras potentes de arnés, con tractores y guadañadoras rotativas, debiendo cumplir la empresa contratista con los equipamientos mínimos indicados en el punto C.3.IV)
En todas las áreas en que trabajen deberán recoger residuos, ramas y troncos que pudiera haber o caer, retirar piedras sueltas que no permitan el pasaje de las máquinas de corte, así como todo árbol o arbusto que la Inspección indique, ya sea por estar seco, atrofiado, o las ramas secas que tuviere.
Deberá el Contratista poner especial cuidado en no golpear ni quebrar árboles, arbustos y sus ramas bajas.
Al realizar las tareas de corte se deberá proteger los edificios, vehículos e instalaciones (en caso de necesidad) con algún tipo de malla protectora, y en caso de rotura de vidrios y/o otros elementos el adjudicatario deberá reparar a su costo los daños.
La empresa adjudicataria de los trabajos deberá estar habilitada para el desarrollo de las actividades que se detallan en este punto. Asimismo, los trabajos deberán realizarse con personal especializado habilitado para ello y atendiendo al cumplimiento de las normas, disposiciones legales y vigentes requeridas. Para la aplicación de herbicidas, deberá contarse con las habilitaciones específicas, y deberá acreditarse la adquisición de los mismos en comercios habilitados.
La adopción de medidas de protección necesarias para lograr condiciones de seguridad satisfactoria en el desarrollo de la actividad, es un requisito previo al comienzo de los trabajos.
Las actividades no deberán interrumpir la operación normal de la zona o la libre circulación por las vías adyacentes. En caso de ser necesario que ello ocurra, se deberá contar con la aprobación previa del inspector del contrato por parte de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande (CTM-SG).
En caso de que el contratista requiera de un lugar para disponer la guarda de equipamiento, la preparación de productos o el lavado de equipamiento, deberá expresarlo en su oferta a los fines de que SG defina un lugar destinado a ello. No está permitido el lavado de equipamiento y libre escurrimiento de líquido sobre suelo superficial.
El agua requerida para la preparación de los productos será obtenida de un punto a definir por SG.
Los residuos vegetales de los trabajos deberán ser debidamente acopiados en sitios donde la inspección lo determine y en un radio no superior a los 500 m. Los residuos leñosos generados como producto de las tareas de mantenimiento de zonas de desmalezado (ITEM 1) y desmalezado y jardinería fina (ITEM 2) de diámetro inferior a 15 cm, deberán ser chipeados. Para esto, Salto Grande dispondrá de una chipeadora de tipo industrial. La mano de obra para realizar esta tarea correrá por cuenta de la contratista, y el combustible por cuenta de Salto Grande.
A continuación, se describen las tareas a realizar en el marco de esta licitación, para cada ítem:
C.4.I. ITEM 1 - DESMALEZADO
Desmalezado de caminería, y espacios verdes en general, incluyendo el corte de malezas y limpieza de todos los obstáculos que se visualizan como carteles, guardarails, alambrados, alcantarillas, farolas de iluminación, cámaras subterráneas, cordones-cunetas, veredas, zonas de cable canal, barreras, árboles y arbustos ornamentales, taludes, perímetro de lagunas de tratamiento de efluentes, desagües, etc.-
Las tareas antes mencionadas se realizarán seguidamente al paso de los tractores desmalezadores de la contratista, salvo los casos en que los mismos no tengan acceso.
Retiro de material leñoso caído naturalmente o por ocurrencia de tormentas, viento, etc., como así mismos residuos de cualquier naturaleza que pudiera haber en el lugar.
Poda y retiro de material leñoso y/o arbustivo donde indique la Inspección.
C.4.II. ITEM 2 - DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA
Los sitios a mantener incluidos en este ítem son:
• Barrera Ayuí, mantenimiento de canteros
• Edificio Oficinas MD: zona de diseño paisajístico.
• Sala de Mando MD, mantenimiento de plantaciones arbustivas, canteros en macetas, arbolado, césped y piletas ornamentales.
• Parque del reencuentro, mantenimiento de especies arbóreas presentes
• Talleres de Subestaciones, mantenimiento canteros de ingreso, plantas y macetas exteriores. Además de las tareas detalladas en el ítem desmalezado, se incluye:
• Acondicionar y rectificar canteros y alcorques, remover la tierra y extraer manualmente las
malezas. Colocar mulch de acuerdo a necesidad.
• Limpieza de los restos de corte de césped y materiales dispersos indicador por la inspección
• Poda estacional, de formación, limpieza, restauración, aclareo o elevación de los ejemplares y especies que así lo requieran.
• Incorporar protección en base de árboles de diámetro menor a 15cm
• Control de plagas y enfermedades con enfoque agroecológico.
• Control rutinario del estado de las especies dando aviso a la inspección cuando se requiera reponer plantación floral, arbustos y árboles. Salto Grande suministra las especies vegetales y tierra preparada, y los trabajos de plantación, tutores y demás insumos estarán a cargo del Contratista.
• Fertilización de gramíneas y plantas con fertilizante inorgánico en los momentos adecuados y según requerimiento de la Inspección.
• Aplicación de herbicidas para control de especies exóticas leñosas en base a requerimientos y especificaciones de la Inspección.
• En superficies donde ser requiera control masivo de la vegetación se la Inspección podrá exigir el uso del equipamiento FOAMSTREAM, proporcionando Salto Grande el equipo e insumos necesarios para su funcionamiento, y la Contratista la mano de obra (1 operario), de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento de Aplicación de Herbicidas para Contratistas, que se adjunta.
• Riego manual con mangueras o cisternas para garantizar el buen desempeño del ejemplar vegetal.
El oferente deberá indicar el número de personal con el que prestarán este servicio en particular quienes deberán presentar experiencia en trabajos de jardinería
Los trabajos que se realicen se ejecutarán en un todo de acuerdo a las mejores reglas del arte y a los criterios expuestos en esta documentación, presentando en todos los casos una prolija y cuidada terminación.
C.4.III. ITEM 3 - MANTENIMIENTO EN PIEDRAPLEN
Este sector involucra los taludes de la presa de tierra, desde el puente/coronamiento (cota +39.00) hasta su encuentro con el terreno natural y/o el embalse, según la zona. Se incluye en este punto, además, una franja del terreno natural de 10m de ancho desde la base del talud hacia el norte y hacia el sur, según corresponda. En tal sentido se pueden distinguir dos zonas para este ítem, a saber:
• Taludes enrocados
• Pies de presa.
Taludes enrocados
Se trata de las laderas de las presas de tierra conformadas por rocas basálticas, con pendiente V- 1,0 : H-2,5. Esta zona debe permanecer libre de malezas, arbustos y especies leñosas permanentemente. Se requiere el desmalezado en taludes y corte de árboles y arbustos lo más próximo posible a nivel de talud, sin retiro de tocones. Se aplicarán productos químicos para el control de rebrote de especies leñosas mediante perforación con mototaladro y aplicación localizada (previa consulta con la inspección por sus características y lugar de aplicación). Esta zona no permite el acceso mediante vehículos autopropulsados.
Los requerimientos de intervenciones, serán los necesarios para mantener un crecimiento de vegetación que no supere los 20cm de altura.
Pie de presa
Esta zona involucra una franja de aproximadamente 10m de ancho, paralela al eje de la presa y desde la base de los taludes hacia aguas arriba (norte) y hacia aguas abajo (sur) según corresponda. Se requiere el control de crecimiento de la vegetación mediante procedimientos de desmalezado, el que podrá realizarse con equipos autopropulsados o de tiro y complementariamente con moto guadañas en aquellos sitios de dificultoso acceso y/o en proximidades con estructuras y/o instrumentos de medición. Respecto a estos últimos, el contratista deberá respetar las indicaciones de la inspección, en lo que a cuidados de la infraestructura refiere. En el caso de árboles y arbustos
los mismos serán cortados lo más próximo posible al nivel del terreno, sin retiro de los tocones. Se aplicarán productos químicos para el control de rebrote de especies leñosas mediante perforación con mototaladro y aplicación localizada (previa consulta con la inspección por sus características y lugar de aplicación).
Entre la esclusa de navegación y laguna, en la franja del pie se encuentra un canal de drenaje y un camino de guardia. Sobre el camino y sus rampas de acceso deberán realizarse los mismos trabajos indicados para el pie natural de la presa. Sobre el canal de drenaje deberá realizarse, el desmalezado de los bordes del canal y el retiro de camalotes y/o arbustos (manualmente) que pudieran desarrollarse sobre el escurrimiento.
Los requerimientos de intervenciones en la zona de pie de presa, serán similares a los vinculados a zonas de parquización.
C.4.IV. ITEM 4 - MANTEMINIENTO EN SUBESTACIÓN SGA
El trabajo comprometido comprende el corte, aplicación de herbicida a los tocones, remoción y limpieza de todo material leñoso en un área cuyo perímetro dista en 50 metros al tejido olímpico hacia el exterior, o en su defecto hasta el alambrado divisor con los predios linderos. Posteriormente pasaje de pasteras a una altura no mayor a 5 cm. Así como el retiro manual y aplicación de herbicida para el control de vegetación dentro de la SSEE, como se detalla más adelante dentro de este punto.
Los trabajos a ser desarrollados dentro de la SSEE implican la elaboración de un permiso de trabajo que será tramitado por el inspector del contrato por parte de SG. Ver D.9 ANEXO Procedimiento de trabajo en zonas energizadas.
C.4.IV.1. TRABAJOS DENTRO DE LA SUBESTACIÓN
El sector de la Subestación Salto Grande Argentina, contempla el área dentro del perímetro delimitado con cerco perimetral correspondiente a CTM y Trasnea más 3 metros al exterior de dicho cerco. Para esta zona el mantenimiento de remoción de malezas debe mantener una frecuencia tal que las alturas de las mismas no superen los 20 cm.
En estos sectores el desmalezado y/o corte y retiro del material vegetal se realizará de forma manual, quedando terminantemente prohibido el uso de moto guadañas o tractores con pasteras en esta zona. Se recomienda realizar este trabajo con un equipo de al menos dos personas.
Se aplicarán productos químicos habilitados (ver listado en apartado C.3.XI Aplicación de Herbicidas) y se deberá explicitar cuál se aplicará en el plan de trabajo a presentar por parte del contratista, de acuerdo a la vegetación objetivo. El control de especies leñosas se realizará mediante el corte (con machete, motosierra o hacha), retiro del individuo y posterior e inmediata aplicación localizada de herbicida Tocón con mochila de lanza de la misma forma prevista que en el exterior de la SSEE. Para control de vegetación herbácea, se recomienda la aplicación por “manchoneo”, es decir en esos sitios donde se visualiza la vegetación a controlar, y no una aplicación generalizada, así evitar incorporar en mayor proporción un herbicida químico al medio sin efecto beneficioso alguno.
C.4.IV.2. TRABAJOS FUERA DE LA SUBESTACIÓN
Comprende la remoción de vegetación leñosa (salvo especímenes de palmeras Yatay existentes en el lugar) y corte de paso de acuerdo a la descripción siguiente, e involucra 50 metros desde el tejido perimetral de la SSEE hacia afuera a modo de franja de seguridad.
Remoción de vegetación leñosa
Toda vegetación leñosa existente (salvo especímenes de palmeras Yatay existentes en el lugar) deberá ser cortados con motosierra, hacha o machete lo más próximo posible al suelo y de forma inmediata se les aplicará herbicida para provocar su secado efectivo. El herbicida a aplicar será TOCON (Aminopyralid). El mismo se aplicará en dilución acuosa con mochila de lanza (preferentemente de 1 metro de longitud con un codo que facilite la aplicación) con pico tipo cónico. Se sugiere retirar la pieza interna (disco) y trabajar con baja presión, de manera de lograr un “chorreado” de la superficie de corte y corteza en lugar de una fina pulverización, evitando derivas en áreas circundantes. El volumen utilizado será el suficiente para cubrir la superficie del tocón sin generar derrames al suelo. Se deben respetar las dosis e indicaciones señaladas en la etiqueta del producto y detalladas en el plan de aplicación a presentar por el contratista.
El resto de vegetación que no requiera ser talado deberá ser removido por cualquier mecanismo que disminuya drásticamente sus posibilidades de rebrotar. Ejemplo, pasaje de rastra de discos que arranquen los ejemplares y expongan sus raíces, pasaje de pasteras y aplicación de herbicida localizado en los tocones remanentes. O cualquier mecanismo efectivo que plantee el oferente detalladamente junto a su oferta.
Corte de pasto
Una vez finalizadas las tareas del anterior punto se continuará con el corte de pasto a una altura no mayor a 5 cm. Para esta zona, el mantenimiento de vegetación debe contemplar una frecuencia tal que la misma no supere los 20cm de altura.
En este caso al ser únicamente restos herbáceos y de fácil degradación no es necesario el retiro del residuo.
C.4.V. ITEM 5 - MANTENIMEINTO EN FRANJA DE SERVIDUMBRE
Corresponde a la limpieza y mantenimiento de la franja de seguridad entorno de las líneas de Media y de Alta Tensión de Salto Grande sobre la margen derecha, contemplando las restricciones y medidas establecidas a tal efecto en la Resolución ENRE 546/99.
C.4.V.1. LINEAS DE ALTA TENSIÓN
Para el caso de las Líneas de Alta Tensión deben permanecer libre de malezas, arbustos y especies leñosas exóticas permanentemente, realizando el corte y repaso de estas zonas, utilizando una desmalezadora o rotativa con tractor 4x4, con una frecuencia tal que asegure una altura máxima de la vegetación de 40 cm. Aquellas zonas inundables, anegadas o que presenten algún impedimento justificado, en las cuales no es posible implementar estos cortes se deben mantener libres de leñosas exóticas y de cualquier otra especie que supere los 3,60 m de altura.
En el entorno de la base de las torres se sugiere el uso de bordeadora para el corte de pasto, a los efectos de realizar la limpieza correcta en torno a las fundaciones de hormigón.
En lo referente a la seguridad eléctrica, por el entorno de las líneas de Alta Tensión, el principal cuidado reviste en mantener en todo momento las distancias de seguridad de acercamiento a los cables de las líneas.
Dada las características del trabajo, en cuanto a la circulación por debajo de los cables, no se deberían en ningún momento producir acercamientos peligrosos. De todas maneras, se recomienda en todo momento estar alerta a esta situación evitando el acercamiento a menos de 5 metros de los cables.
LINEAS DE MEDIA TENSIÓN
Para el caso de las Líneas de Media Tensión, se tomarán como parte del área de caminería interna del ítem 1 y se mantendrán como parte de estas con los mismos trabajos y frecuencias.
Esta zona es de uso moderado, su objeto es fomentar la sucesión ecológica de especies vegetales y fauna, ejecutando los trabajos en la frecuencia que a continuación se detallan:
• Extracción/control de plantas exóticas invasoras de manera periódica y según su detección.
• Raleo de especies dominantes. 1(una) vez al año.
• Replantación de especies para acelerar la sucesión ecológica. A solicitud de la inspección del contrato (aproximadamente 100 ejemplares anuales).
C.4.VI. ITEM 6 - MANTENIMIENTO EN SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Comprende el Predio de Planta de Agua de Margen Derecha (incluyendo la zona de camino perimetral), camino a toma de agua, nodos de la red de agua potable y nodos de la red de saneamiento.
Tanto en los nodos de la red de agua potable, que corresponden a cámaras de válvulas y caudalímetros, como los nodos de la red de saneamiento, que corresponde a cámaras de inspección y tramos de la red, debe realizarse el desmalezado, corte de pasto y limpieza de malezas y hojarasca, con frecuencia semestral en una franja de 2m de ancho desde el perímetro de las cámaras, hacia el exterior, y de 2m de ancho en los tramos de red indicados más adelante.
La ubicación de los nodos de la red de agua potable y su denominación (ID) se presenta en la siguiente tabla:
La ubicación de los nodos de la red de saneamiento y su denominación se presenta en la siguiente tabla:
C.4.VI.1. PLANTA DE AGUA MARGEN DERECHA Y ACCESO A LA TOMA
Desmalezado de espacios verdes en general, incluyendo el corte de malezas y limpieza de todos los obstáculos que se visualizan como carteles, alambrados, alcantarillas, farolas de iluminación, cámaras subterráneas, cordones-cunetas, veredas, barreras, árboles y arbustos ornamentales, desagües, etc.- En la Planta de agua y 10 metros al tejido olímpico hacia el exterior, o límites físicos existentes que impidan el corte de pasto.
Retiro de material leñoso caído naturalmente o por ocurrencia de tormentas, viento, etc., como así mismos residuos de cualquier naturaleza que pudiera haber en el lugar.
Poda y retiro de material leñoso y/o arbustivo donde indique la Inspección.
Control de leñosas y aplicación de herbicida en adyacencias del tejido perimetral (1m a cada lado del tejido).
C.4.VI.2. NODOS Y REDES DE AGUA Y SANEAMIENTO
Tanto en los nodos de la red de agua potable, que corresponden a cámaras de válvulas y caudalímetros, como los nodos de la red de saneamiento, que corresponde a cámaras de inspección, y los tramos de redes que se indican en el esquema siguiente, debe realizarse el desmalezado, corte de pasto y limpieza de malezas y hojarasca, con frecuencia semestral en la en una franja de 2m de ancho desde el perímetro de las cámaras, hacia el exterior, y en una franja de 2m de ancho sobre los tramos de redes.
C.5. FRECUENCIA DE REALIZACIÓN DE TAREAS
En la siguiente tabla se indica la frecuencia requerida de mantenimiento aplicable a los distintos ítems. Donde se indica una altura máxima de vegetación, esta condición prevalecerá por sobre la frecuencia.
ITEM | DESCRIPCIÓN | FRECUENCIA SEGÚN ESTACIÓN DEL AÑO | ALTURA MÁXIMA ADMISIBLE DE VEGETACIÓN | |||
INVIERNO | PRIMAVERA | VERANO | OTOÑO | |||
1 | DESMALEZADO | MENSUAL | SEMANAL | QUINCENAL | SEMANAL | 20 CM |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA- DESMALEZADO | QUINCENAL | SEMANAL | QUINCENAL | SEMANAL | 20 CM |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA- ACONDICIONAMIENTO DE CANTEROS Y ALCORQUES | MENSUAL | SEMANAL | QUINCENAL | QUINCENAL | NA |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA-PODA* | 1 PODA | NA | NA | NA | NA |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA- PROTECCIÓN BASE ARBOLES* | NA | NA | NA | NA | NA |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA-CONTROL DE PLAGAS Y ENFERMEDADES | SEGUMIENTO MENSUAL | SEGUMIENTO SEMANAL | SEGUMIENTO QUINCENAL | SEGUMIENTO QUINCENAL | NA |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA-CONTROL RUTINARIO ESTADO ESPECIES | MENSUAL | SEMANAL | SEMANAL | QUINCENAL | NA |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA- FERTILIZACIÓN | NA | 1 APLICACIÓN | NA | 1 APLICACIÓN | NA |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA-CONTROL DE ESPECIES LEÑOSAS* | NA | NA | NA | NA | NA |
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA-RIEGO * | NA | NA | NA | NA | NA |
3 | MANTENIMIENTO EN PIEDRAPLEN- ENROCADO | NA | NA | NA | NA | AUSENCIA |
MANTENIMIENTO EN PIEDRAPLEN- PIE DE PRESA | MENSUAL | SEMANAL | QUINCENAL | SEMANAL | 20 CM | |
4 | MANTEMINIENTO EN SUBESTACIÓN DENTRO SSEE | NA | NA | NA | NA | AUSENCIA |
MANTEMINIENTO EN SUBESTACIÓN FUERA SSEE | MENSUAL | SEMANAL | QUINCENAL | SEMANAL | 20 CM | |
5 | MANTENIMEINTO EN FRANJA DE SERVIDUMBRE- LINEAS DE ALTA TENSIÓN (CORTE DE PASTO ZONA NO INUNDABLE) | BIMENSUAL | QUINCENAL | MENSUAL | QUINCENAL | 40 CM |
MANTENIMEINTO EN FRANJA DE SERVIDUMBRE- LINEAS DE ALTA TENSIÓN (CONTROL DE LEÑOSAS ZONA INUNDABLE) | NA | NA | NA | NA | 360 CM Y AUSENCIA DE EXÓTICAS | |
6 | MANTENIMIENTO EN SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (PLANTA DE AGUA Y ACCESO A LA TOMA- CORTE DE PASTO) | MENSUAL | SEMANAL | QUINCENAL | SEMANAL | 20 CM |
MANTENIMIENTO EN SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (NODOS Y REDES) | SEMESTRAL | NA |
NA: No aplica
* Observación: La frecuencia podrá ser ajustada en base a requerimientos de la supervisión.
D. ANEXOS
D.1. ANEXO 1 - Política de Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional
S
La Comisión Técnica Mixta de Salto Grande es un Organismo Binacional que genera y transporta energía eléctrica renovable de origen hidroeléctrico, regulando frecuencia y tensión. La energía y los servicios son suministrados al Sistema Interconectado de la República Oriental del Uruguay y de la República Argentina.
Salto Grande opera desde el año 1979, está conformado por la central hidroeléctrica ubicada sobre el río Uruguay próximo a las localidades de Salto Uruguay y Concordia Argentina, 4 subestaciones de transformación denominadas Salto Grande Uruguay, Salto Grande Argentina, San Javier y Colonia Elia, que conforman el cuadrilátero de 500kV de 335 km de longitud, las oficinas de Montevideo y la Sede en Buenos Aires.
Salto Grande, desde la Alta Dirección se compromete a:
✓ Generar y transportar energía en forma sostenible, y brindar los servicios eléctricos complementarios satisfaciendo los requerimientos de los despachos nacionales.
✓ Renovar eficientemente los activos, a efectos de mantener la disponibilidad del Complejo Hidroeléctrico, aportando confiabilidad a la interconexión de Uruguay y Argentina.
✓ Promover la mejora continua de nuestro Sistema de Gestión Integrado, gestionando por procesos y estableciendo objetivos y metas, y evaluándolo sistemática y periódicamente para la mejora del desempeño ambiental, de calidad, seguridad y salud en el trabajo.
✓ Cumplir los requisitos legales y otros requisitos, aplicables o que la organización suscriba, relacionados a la calidad del producto y servicio, la protección del ambiente, y de la prevención de riesgos laborales.
✓ Proteger el ambiente, prevenir la contaminación a través de la mitigación de los impactos ambientales negativos derivados de sus actividades y promover el uso sostenible de los recursos naturales.
✓ Proporcionar condiciones de trabajo seguras y saludables, para sus funcionarios y contratistas con el objeto de prevenir lesiones y deterioro de la salud relacionados con el trabajo.
✓ Desarrollar las competencias necesarias del personal, fomentar el trabajo en equipo y un clima laboral adecuado para así lograr que el personal se sienta orgulloso de pertenecer a la Organización.
✓ Fomentar la consulta y la participación de los trabajadores y sus representantes en aspectos de seguridad y salud en el trabajo.
✓ Cooperar en el desarrollo de la región siendo referente en la promoción de la investigación y aplicación de conocimiento técnico.
.
D.2. ANEXO 2 - Reglamento de Licitaciones y/o Concursos de Precios
Las propuestas serán recibidas hasta el día y hora establecidos en las Bases de la Licitación y/o Concurso de Precios en el lugar indicado en éstas.
Serán numeradas correlativamente según el orden de presentación.
A partir de la hora indicada, los proponentes no podrán retirar ni alterar las propuestas, ni retirar, cambiar o agregar piezas.
La apertura de las ofertas se hará ante Escribano Público habilitado por el Colegio de Escribanos, en presencia de representantes de los oferentes y de la C.T.M. y de invitados por ésta última.
Una vez abierto el primer sobre no se admitirán aclaraciones sobre las propuestas.
El Escribano o un representante de la C.T.M. leerá los nombres de los oferentes y los precios globales de las ofertas y de las eventuales alternativas.
Terminada la apertura de la última propuesta, el Escribano labrará el Acta correspondiente en la que se incluirán las aclaraciones que se hubieran formulado antes de la apertura del primer sobre, las observaciones formales producidas durante el transcurso del acto y las decisiones que quien presida el mismo estime conveniente consignar.
Luego dará lectura al acta e invitará a representantes de la C.T.M. y de los oferentes a firmarla. Quien presida el acto invitará a los participantes de la licitación a que designen representantes para que rubriquen los originales de las propuestas y otro para que rubrique la de éstos.
También rubricará las propuestas un representante de la C.T.M.
Se rubricarán y foliarán todas las hojas de las propuestas, todos los planos y las carátulas de los folletos o impresos.
Ninguna oferta podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las observaciones formales que se formulen en el momento serán consideradas por la C.T.M. vencido el lapso a que se refiere el Artículo (4).
Las copias de las ofertas estarán a disposición de los oferentes, en el local del llamado, durante los tres días hábiles siguientes al del acto. Las observaciones en cuestiones de fondo o de forma a las propuestas ajenas podrán presentarse hasta el quinto (5º) día hábil a partir de la fecha de apertura de las propuestas. Estas observaciones serán consideradas, pero no contestadas por la C.T.M.
La C.T.M., a su solo juicio, podrá ampliar los plazos precedentemente fijados, comunicándolo con antelación a la fecha de apertura de cada licitación.
Los oferentes podrán examinar toda la documentación presentada.
Se permitirá a los oferentes efectuar reproducciones totales o parciales de las demás ofertas, siempre que la totalidad de ellos manifieste su conformidad por escrito. Esta conformidad se solicitará por separado para la documentación escrita y para los planos.
Todas las propuestas serán preparadas y presentadas en un todo de acuerdo con los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación y / o Concurso de Precios. No obstante, la C.T.M. se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las ofertas.
La C.T.M. podrá solicitar por escrito, con posterioridad al acto de la apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no violen ni modifiquen las Bases de la Licitación y / o Concurso de Precios, ni el principio de igualdad entre los proponentes. Las respuestas serán presentadas por escrito y se limitarán a los puntos en cuestión.
No se considerará ninguna aclaración, oral o escrita, no solicitada por la C.T.M.
D.3. ANEXO 3 - Planillas De Cotización
LICITACIÓN PÚBLICA SG 760
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE AREAS PARQUIZADAS EN SALTO GRANDE, PARA PRESTADORES ARGENTINOS”
Fecha y hora de presentación de Ofertas:………………………………………………..………..…
Nombre del Oferente:………………………………CUIL………………………...……………...…….
Dirección............................................................ Persona de Contacto:……..……………..…….
TEL: .............................. Correo Electrónico: …………………………………….............................
OFERTA | |||||
ITEM | SUB ITEM | DESCRIPCION | PRECIO UNIT por mes S/IVA | PRECIO TOTAL 36 MESES S/IVA | |
1 | DESMALEZADO | ||||
1.1 | Caminería interna (incluye líneas de media tensión y cortafuegos), parque mesopotámico y cable canal. | ||||
2 | DESMALEZADO Y JARDINERIA FINA | ||||
2.1 | Nuevo Edificio Margen Derecha | ||||
2.2 | Sala de Mandos MD | ||||
2.3 | Barrera Ayuí | ||||
2.4 | Talleres de Subestaciones | ||||
2.4 | Parque del Reencuentro | ||||
3 | MANTENIMIENTO EN PIEDRAPLEN | ||||
4 | MANTENIMIENTO EN SUBESTACIÓN SGA | ||||
4.1 | Trabajos dentro de la Subestación | ||||
4.2 | Trabajos fuera de la Subestación | ||||
5 | MANTENIMIENTO EN FRANJA DE SERVIDUMBRE | ||||
5.1 | Corte de pasto en líneas de Alta | ||||
5.2 | Control de leñosas de más de 3.6 m en líneas de Alta | ||||
5.3 | Corte de pasto y control de leñosas de más de 3.6 m en líneas de Alta | ||||
6 | MANTENIMIENTO EN SIST. AGUA POTABLE | ||||
6.1 | Predio Planta de Agua Potable MD | ||||
6.2 | Camino a la toma | ||||
6.3 | Nodos red de agua potable (caudalímetros y válvulas), Nodos red de saneamiento (cámaras de inspección) y superficie sobre tramos de ambas redes. | ||||
Precio mensual S/IVA (indicar moneda) | |||||
PRECIO TOTAL sin IVA (indicar moneda) | |||||
IVA (indicar %) |
PRECIO HORA HOMBRE AFECTADAS A MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES
$A:………………………………………………………………………………..……………
*indicar precio por hectárea de tarea desmalezado (ítem 1.1): ……………..…………………..............
Indicar descuento por adjudicación de la totalidad de los ítems, porcentaje y metodología de aplicación:
……………………………………………………………………………………………………………………
OBSERVACIONES:…………………………………………………………………………….………………
Firma y aclaración del Oferente
Fecha: / /2024
D.4. ANEXO 4 - Carta De Presentación
(Ciudad) ….. de de 2024
Señores
COMISION TECNICA MIXTA DE SALTO GRANDE GERENCIA GESTION DE RECURSOS
AREA MATERIALES
-Sector Cadena de Abastecimiento-
PRESENTE
(El/la/los/las) (señor/a/es/as) ................ y ................, en nuestro carácter de (representante legal / apoderado / presidente / socio gerente / postulante individual), respectivamente, de la (empresa / UTE (Unión Transitoria de Empresas))
.................................................., llamada en adelante el Oferente, con domicilio en
..................................... de la ciudad de , y constituyéndolo a los efectos
de esta Licitación en la calle……………......................... de la ciudad de ,
nos dirigimos a ustedes a los efectos de presentar nuestra oferta conforme a lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones de la presente LICITACIÓN PÚBLICA SG 760 “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE AREAS PARQUIZADAS EN SALTO GRANDE, PARA PRESTADORES ARGENTINOS”.
Nuestra oferta incluye todos los trabajos, mano de obra, materiales, equipos y demás elementos necesarios para cumplir adecuadamente con el objeto concursado.
El Oferente declara expresamente que:
a) La oferta presentada se ajusta íntegramente a los requerimientos contenidos en la documentación del concurso, y que nuestra presentación no se encuentra impedida ni afectada por ninguna incompatibilidad ni prohibición que surja de este llamado ni de las leyes vigentes.
b) Consideramos remunerativo al precio cotizado, incluyendo todos los gastos relativos al cumplimento del Contrato, comprometiéndonos, por lo tanto, a no solicitar en caso de ser adjudicatarios, compensaciones extraordinarias, aún en el caso de condiciones desfavorables.
c) Hemos examinado y aceptado sin reservas las exigencias establecidas en el pliego respectivo, incluyendo la totalidad de las circulares emitidas y hemos asimismo recogido la información necesaria para la elaboración de nuestra propuesta para cumplir adecuadamente con el vínculo contractual que haya de formalizarse. Por lo tanto, la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande – C.T.M, queda eximida por nosotros de responsabilidad por cualquier error u omisión nuestra en la preparación de la oferta presentada, renunciando en forma expresa a cualquier reclamación o indemnización al respecto.
d) Otorgamos garantía de veracidad y exactitud de todas nuestras declaraciones y autorizamos por la presente a organismos oficiales, compañías de seguros, bancos, fabricantes de equipos o cualquier otra persona o firma a suministrar las informaciones pertinentes que sean solicitadas por la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande – C.T.M.
e) Manifestamos que no tenemos vinculación directa o indirecta con la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande – C.T.M, ni con sus directivos o funcionarios, que represente una inhibición para ser contratista de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande – C.T.M.
f) Declaramos, con carácter de declaración jurada que esta empresa, sus empresas vinculadas, vinculantes, controladas o controlantes no ha incurrido en incumplimientos de contratos y obligaciones con la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande – C.T.M.
g) Nos comprometemos a aceptar considerar resuelto el contrato o la orden de compra, según corresponda, por nuestra exclusiva culpa, en caso de presentación en concurso preventivo de acreedores, si fuera solicitada nuestra quiebra o interdicción judicial.
h) Declaramos, con carácter de declaración jurada, que, en caso de afectar personal para cumplir con el objeto de este proceso, las mismas no mantienen vínculo contractual alguno con la C.T.M., no existiendo por parte de ese Organismo ningún tipo de responsabilidad, por lo que no responderá ni estará obligada a hacerse cargo de ningún pago, total o parcial o cualquier otra obligación a cualesquiera de las personas que intervengan por la firma Oferente en la mencionada ejecución.
Saludamos a ustedes atentamente.
Firma (**)
(**) La firma de la carta de presentación debe estar acompañada del sello de quien la suscribe y de la empresa o UTE (Unión Transitoria de Empresas) a la cual representa
D.5. ANEXO 5 – Planilla de Antecedentes
Nombre del trabajo: | Valor aproximado del contrato (en US$): | ||
País: | Duración del trabajo (meses) | ||
Lugar dentro del país: | |||
Nombre del Contratante: | Número total de meses-personal: | ||
Dirección: | Valor aproximado de los servicios prestados por su firma bajo el contrato (en US$) | ||
Fecha de iniciación (mes / año) | Nombre de empleados de nivel superior de su empresa involucrado y funciones desempeñadas | ||
Fecha de terminación (mes /año) | |||
Descripción narrativa del trabajo: | |||
Descripción de los servicios efectivamente provistos por el personal de la firma para el proyecto: | |||
D.6. ANEXO 6 – Planilla de Curriculums Vitae
Nombre | País de Residencia | Ciudad |
Dirección | Teléfono | |
Fecha de Nacimiento | Documento Nº | Nacionalidad |
Título Profesional | Fecha en que lo obtuvo | Idiomas |
Cursos de Posgrado | Institución | |
Función que desempeña en la empresa | Cargo | Antigüedad en el Cargo |
Fecha de Ingreso a la empresa: | ||
Descripción de Tareas y Responsabilidades | ||
D.7. ANEXO 7 - INDEMNIDAD - DECLARACIÓN JURADA
La firma.................................................................................................................declara bajo
juramento que en caso de resultar Adjudicataria las personas designadas para ejecutar las tareas objeto de la prestación del presente servicio contratado y sus posibles ampliaciones, no mantiene vínculo contractual alguno con la C.T.M., no existiendo por parte de ese Organismo ningún tipo de responsabilidad, por lo que no responderá ni estará obligada a hacerse cargo de ningún pago, total o parcial a cualesquiera de las personas que intervengan por la firma.........................................................en el cumplimiento del servicio que prestará la misma. En caso que la C.T.M. debiera abonar suma alguna en virtud de algún reclamo, cualquiera sea su índole, que le efectuara cualquiera de las personas que esta firma...........................................................................designe en la
prestación del servicio contratado y sus posibles ampliaciones, y siempre que el importe a pagar sea judicialmente determinado y con intervención en juicio de nuestra parte, a fin de garantizar la debida defensa, esta firma....................................................................compromete a reembolsar los importes abonados por la C.T.M. En caso de reclamos como el referido, y a fin de tornar oponible esta cláusula de indemnidad, la C.T.M. deberá notificar fehacientemente a la firma
.........................................................dentro de los diez días de tomado conocimiento del mismo, adjuntando copia de la documentación que corresponda (correspondencia remitida por el reclamante, cédula con traslado de demanda, notificación de mediación, etc.) a los fines que la Adjudicataria ejerza la defensa correspondiente.
• Empresa:
• Domicilio:
• Titular o apoderado:
• Firma:
D.8. ANEXO 8 - PLANOS
Se cuenta con los archivos shapes de QGis para los oferentes que deseen recibirlos.
Los interesados deberán enviar un mail a la casilla de: adquisiciones@saltogrande.org, solicitanto el link para descargarlos.