Definición de Vacaciones

Vacaciones todo el personal afectado por el convenio de peluquerías de señoras de Barcelona y provincia tendrá derecho a 30 días naturales de vacaciones al año y tres días más: uno a elección del empresario y los otros 2 a elección del trabajador, que no puede disfrutarse en una semana que tenga una fiesta intersemanal ni en período de Navidad, ni Semana Santa o de vacaciones, salvo pacto entre les partes. La parte a que corresponda ha de comunicar estos tres días con una semana de antelación. Complemento por enfermedad o accidente: en caso de accidente de trabajo y/o enfermedad profesional, las empresas han de complementar las prestaciones económicas a que el/la trabajador/a tenga derecho hasta el 100% de la cotización correspondiente, desde el primer día, y con un tope máximo de 90 (noventa días). En caso de enfermedad con hospitalización, dicho complemento del 100%, se extenderá durante el período de hospitalización más un período de la misma duración para su recuperación, con el mismo tope de 90 (noventa) días. En el caso de IT, los tres primeros días el/la trabajador/a ha de percibir el 60% de la base de cotización sin que este beneficio pueda exceder de cuatro días al año, entendiéndose año natural, por lo que se cobran los 3 primeros días al 60% de la base de cotización en la primera IT y un día, de los tres primeros, al 60% de la base de cotización en la segunda IT. En el caso de IT a partir del cuarto día se abonará el 75% de la base de cotización. En caso de baja por maternidad se complementará la prestación de la Seguridad Social hasta el 100% del salario real, durante la totalidad de la baja reglamentaria. En el caso de IT derivada de un aborto natural o por prescripción facultativa, la empresa ha de complementar la prestación de la Seguridad Social hasta el 100% del salario real, desde el primer día hasta los 30 días siguientes. ASESORIA LABORAL FeSMC-UGT TIENES DUDAS! Sobre tu contrato, nómina, jornada, permisos, vacaciones, etc., o cualquier otro problema laboral, no dudes en ponerte en contacto con nuestra Asesoría. Disponemos de asesores especializados en éste convenio. LLÁMANOS! ESTAMOS A TU SERVICIO, PARA AYUDARTE, PARA ORIENTARTE. Tel.: 00 000 00 00/03 Xxxxxx xxx Xxxxx, 00-00, 0x xxxxxx 00000 Xxxxxxxxx Horario: lunes a jueves de 09:30 a 15:00 Viernes de 09:00 a 14:00 Visita nuestra página web Convenios – Legislación – Noticias – Enlaces... TABLAS SALARIALES DE PELUQUERÍAS 2024 PELUQUERIAS DE SEÑORAS DE BARCELONA Y PROVINCIA (*)Salario inicial Sala...
Vacaciones. Todo el personal afectado por el convenio de peluquerías de señoras de Barcelona y provincia tendrá derecho a 30 días naturales de vacaciones al año y tres días más: uno a elección del empresario y los otros 2 a elección del trabajador, que no puede disfrutarse en una semana que tenga una fiesta intersemanal ni en período xx Xxxxxxx, ni Semana Santa o de vacaciones, salvo pacto entre les partes. La parte a que corresponda ha de comunicar estos tres días con una semana de antelación. Complemento por enfermedad o accidente: En caso de accidente de trabajo y/o enfermedad profesional, las empresas han de complementar las prestaciones económicas a que el/la trabajador/a tenga derecho hasta el 100% de la cotización correspondiente, desde el primer día, y con un tope máximo de 90 (noventa días). En caso de enfermedad con hospitalización, dicho complemento del 100%, se extenderá durante el período de hospitalización más un período de la misma duración para su recuperación, con el mismo tope de 90 (noventa) días. En el caso de incapacidad temporal (IT), los tres primeros días el/la trabajador/a ha de percibir el 60% de la base de cotización sin que este beneficio pueda exceder de cuatro días al año, entendiéndose año natural, por lo que se cobran los 3 primeros días al 60% de la base de cotización en la primera IT y un día, de los tres primeros, al 60% de la base de cotización en la segunda IT. En el caso de IT a partir del cuarto día se abonará el 75% de la base de cotización. En caso de baja por maternidad se complementará la prestación de la Seguridad Social hasta el 100% xxx xxxxxxx real, durante la totalidad de la baja reglamentaria. En el caso de IT derivada de un aborto natural o por prescripción facultativa, la empresa ha de complementar la prestación de la Seguridad Social hasta el 100% xxx xxxxxxx real, desde el primer día hasta los 30 días siguientes.
Vacaciones. Remuneración Base: 12 meses = 8.33% de la Remuneración Base. Feriados : 12 Feriados x (Remuneración Base :30 días) : 12 meses = 3.33% de la Remuneración Base.

Examples of Vacaciones in a sentence

  • En el supuesto de que la Empresa, una vez acordado el Calendario de Vacaciones, propusiese cambiar o suspender el periodo de las mismas, previo acuerdo con el trabajador o trabajadora afectado/a, el mismo disfrutará como compensación un día hábil más de vacaciones.

  • Deberá sustituir al personal que falte por cualquier causa: Vacaciones, Permisos, Riesgo laboral, Enfermedad Común, Accidente Común, Subsidios pre y post natal, etc., con otro.

  • Navidad Vacaciones Total Categorías Salario base Plus Convenio Plus tran.

  • Se obliga a pagar todos los impuestos, asume responsabilidades laborales tales como prestaciones sociales, seguros, Salario Básico, Vacaciones, Seguro Patronal, Antigüedad y/o indemnización, decimotercer mes e incrementos salariales, días festivos y demás prestaciones de tipo laboral que llegaren a existir durante la vigencia de este contrato.

  • En caso de que la Empresa señale menos de nueve días de vacaciones flotantes o jornadas de recuperación con cargo a vacaciones flotantes, se abonará la parte proporcional de la Paga de Vacaciones Flotantes considerando que un día completo equivale al número diario de turnos o línea en cada momento.


More Definitions of Vacaciones

Vacaciones. Es el tiempo de descanso remunerado, y que no se puede sustituir por una compensación económica Toda persona trabajadora tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales al año, ampliable por convenio colectivo o por contrato individual. El derecho a vacaciones se genera por cada jornada trabajada. Por tanto, puede disfrutarse proporcional- mente al tiempo, sin esperar el transcurso del año. Se tiene derecho al tiempo completo de las vacaciones (mínimo de 30 días naturales) cuando se comple- tan doce meses de servicios efectivos. En esta materia son nulos los pactos, sean individuales o colectivos, y toda decisión unilateral que suponga la sustitución de las vacaciones por una cantidad de dinero. Para los y las trabajadoras, el derecho a las vacaciones es irrenunciable e indisponible y no se puede sustituir por compensación económica. La empresa está obligada a conceder vacaciones, dentro del año. Se prohíbe el descuento de los permisos que se hayan podido conceder durante el año (Ver apartado 2.6). El salario debe recibirse puntualmente, en los plazos acordados, que no podrán ser nunca superiores a un mes. Además xxx xxxxxxx, se recibirán dos pagas extraordinarias. La cuantía de nuestro salario la encontraremos en el convenio colectivo (ver apartado 2.8) aplicable en la empresa.
Vacaciones. No Gozadas: 0.33% de la recaudación neta del total de la temporada de funciones. LA PRODUCCION liquidará los montos brutos que correspondan por este concepto en tiempo y forma según indique la legislación laboral vigente. En todos los casos, sobre los montos brutos resultantes o porcentuales de la recaudación neta detallados en todos los incisos de la presente cláusula serán efectuadas las retenciones por aportes a cargo de EL ACTOR-INTERPRETE y abonadas las contribuciones por parte de EL PRODUCTOR, conforme lo establece las normas vigentes. A los efectos del presente contrato la base imponible para el cálculo de aportes y contribuciones será la dispuesta en el art.11º del anexo del dto. 616/2016.-
Vacaciones. Son un tiempo de descanso retribuido y constituyen un derecho de los trabajadores que debe ser disfrutado in natura, sin posibilidad de compensar en metálico la interrupción del trabajo que en las mismas consisten.
Vacaciones. Todo trabajador sin excepción tiene derecho a un periodo de vacaciones después de cada año de servicio continuo, como mínimo 15 días hábiles.
Vacaciones. Vacaciones anuales pagadas: • Duración total de las vacaciones (artículo V-22): 2 días y medio laborables por mes de trabajo o periodo asimilado en el artículo L. 3141-4 del CT, en el límite de 30 días laborables, al margen de días extra de vacaciones acordados a título de fraccionamiento. • El período de referencia para la adquisición de los derechos de vacaciones pagadas se fija del 1 xx xxxxx al 31 xx xxxxx, el periodo para coger vacaciones se fija del 1 xx xxxx al 30 xx xxxxx. • Complemento por antigüedad (artículo V-24): sin días de vacaciones extra, pero con una indemnización equivalente a: - 2 días de vacaciones por 20 años de servicios en la misma empresa - 4 días de vacaciones por 25 años de servicios en la misma empresa - 6 días de vacaciones por 30 años de servicios en la misma empresa Vacaciones por eventos familiares: (artículo V-12 o disposiciones legales si es más favorable): Evento Duración de la ausencia Boda 4 días Pareja de hecho (Unión Civil) 4 días Nacimiento o adopción 3 días Boda de un hijo 1 día Funeral de la pareja casada o pareja de hecho (unión civil), del compañero sentimental 3 días Funeral de un hijo/a 5 días o 7 días laborales cuando el hijo fallecido es menor de 25 años o sea cual sea la edad si él mismo era padre, o en caso de fallecimiento de una persona menor de 25 años a su cargo efectivo y permanente. + 8 días en caso de fallecimiento de su hijo/a menor de 25 años o de una persona menor de 25 años a su cargo efectivo y permanente. Funeral de padre, madre, suegro o suegra, hermano o hermana 3 días Funeral de un abuelo/a, cuñado, cuñada, nieto/a 1 día Anuncio de la llegada de un niño con discapacidad 2 días Días festivos: Días festivos no laborables (artículo V-11): - Si un trabajador tiene más de 3 meses de antigüedad, podrá optar a la indemnización de día festivo no laborable sin ninguna otra condición - Si un trabajador tiene menos de 3 meses de antigüedad, podrá ser indemnizado en calidad de día festivo no trabajado (de forma acumulativa): - si ha terminado a la vez el último día de trabajo precedente al día festivo y el primer día de trabajo que le sigue, salvo autorización de ausencia previamente acordada. De todas maneras, no se tendrá en cuenta una ausencia por enfermedad que termine en el último día de trabajo que preceda al día festivo o una ausencia por enfermedad que comience el primer día de trabajo siguiente al día festivo; - si ha trabajado al menos 200 horas en los 2 meses anteriores al día festivo en una ...
Vacaciones. Valor de la retribución por vacaciones Se establece que cuando se preste servicios en determinados días a la semana, el valor a percibir en concepto de licencia ordinaria de vacaciones, resultará de multiplicar el número de días en que la trabajadora/or hubiera debido prestar servicios durante el periodo que le
Vacaciones corresponde a 15 xxxx xx xxxxxxx por cada año laborado, acompañado de un descanso equivalente a esos días, su valor no incluye el subsidio de transporte. Salud: 12,5% Empresa: 8,5% Empleado: 4%.