Common use of ABANDONO Clause in Contracts

ABANDONO. El asegurado no puede hacer abandono de los bienes afectados por el siniestro, salvo pacto en contrario. Quedan excluidos los actos realizados para evitar el siniestro o atenuar sus consecuencias, por un deber de humanidad generalmente aceptado, por legítima defensa, estado de necesidad o cumplimiento de un deber legal.

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Sources: Ley Del Contrato De Seguro, Ley Del Contrato De Seguro, Ley Del Contrato De Seguro