Common use of Acción formativa en las empresas Clause in Contracts

Acción formativa en las empresas. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollar, las Empresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e) del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal de los Trabajadores en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa se contemplarán los siguientes contenidos que las Empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal de los Trabajadores: 1. Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Iii Convenio Colectivo Nacional De Los Servicios De Prevención Ajenos, Ii Convenio Colectivo Nacional De Servicios De Prevención Ajenos

Acción formativa en las empresas. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollar, las Empresasempresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e) 64.1, AP. 4.ºc del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal representación legal de los Trabajadores trabajadores y trabajadoras en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa empresa se contemplarán los siguientes contenidos extremos que las Empresas empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal representación legal de los Trabajadorestrabajadores y trabajadoras: 1. Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Convenio Colectivo

Acción formativa en las empresas. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollar, las Empresasempresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e) 64.1, AP. 4.º c del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal representación legal de los Trabajadores trabajadores y trabajadoras en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa empresa se contemplarán los siguientes contenidos extremos que las Empresas empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal representación legal de los Trabajadorestrabajadores y trabajadoras: 1. Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Convenio Colectivo

Acción formativa en las empresas. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollarprecedentes, las Empresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.eart. 64.1, apdo. 4.º, c) del Estatuto de los TrabajadoresTRET, relativo a las competencias de la Representación Legal representación legal de los Trabajadores trabajadores en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan Plan de formación Formación de Empresa Empresa, se contemplarán los siguientes contenidos que las Empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal de los Trabajadores: 1. extremos: Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal

Acción formativa en las empresas. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollar, las Empresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e64.5 e) del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal de los Trabajadores en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa se contemplarán los siguientes contenidos que las Empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal de los Trabajadores: 1. Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Convenio Colectivo Nacional De Servicios De Prevención Ajeno

Acción formativa en las empresas. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollarprecedentes, las Empresasempresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e64.5 ap. e) del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal representación legal de los Trabajadores trabajadores en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa empresa se contemplarán los siguientes contenidos extremos que las Empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal representación legal de los Trabajadores: 1. trabajadores: Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Convenio Colectivo

Acción formativa en las empresas. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollar, las Empresasempresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e) 64 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal representación legal de los Trabajadores trabajadores y trabajadoras en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa empresa se contemplarán los siguientes contenidos extremos que las Empresas empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal representación legal de los Trabajadores: 1. trabajadores y trabajadoras: Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Convenio Colectivo

Acción formativa en las empresas. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollar, las Empresasempresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar deberán cumplir lo previsto en materia de derechos de información, consulta y competencias de la representación legal de los trabajadores recogidos en el artículo 64.5.e) 64.1 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal de los Trabajadores en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa empresa se contemplarán los siguientes contenidos extremos que las Empresas empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal representación legal de los Trabajadoreslos/as trabajadores/as: 1. Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Iii Convenio Colectivo Marco Estatal Del Sector Ocio Educativo Y Animación Sociocultural

Acción formativa en las empresas. —1. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollarprecedentes, las Empresasempresas, antes de implantar un plan de formación, habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e) 64.5, apartado e), del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal representación legal de los Trabajadores trabajadores en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa empresa se contemplarán los siguientes contenidos extremos que las Empresas empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal representación legal de los Trabajadores: 1. trabajadores: — Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución. — Medios pedagógicos y lugares de impartición de las acciones formativas. — Coste estimado de las acciones formativas. — Memoria de los cursos de formación impartidos, una vez realizadas las acciones formativas.

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Samples: Convenio Colectivo Nacional Para Entidades De Seguros, Reaseguros Y Mutuas De Accidentes De Trabajo

Acción formativa en las empresas. Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter sectorial en los artículos precedentes y aquellas acciones formativas puntuales que puedan desarrollar, las Empresasempresas, antes de implantar un plan de formación, B.O.C.M. Núm. 76 SÁBADO 30 XX XXXXX DE 2024 Pág. 27 habrán de cumplimentar lo previsto en el artículo 64.5.e) 64 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las competencias de la Representación Legal representación legal de los Trabajadores trabajadores y trabajadoras en esta materia. A tal fin, se tendrá en cuenta que en un plan de formación de Empresa empresa se contemplarán los siguientes contenidos extremos que las Empresas empresas habrán de facilitar con carácter previo a la Representación Legal representación legal de los Trabajadorestrabajadores y trabajadoras: 1. Objetivos y contenido de las acciones formativas a desarrollar. 2. Criterios de selección y colectivo afectado. 3. Calendario de ejecución.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Ocio Educativo Y Animación Sociocultural