Aclaraciones y muestras. La Junta podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones y muestras que considere pertinentes, siempre y cuando se refieran a requisitos y condiciones relacionados con la compra o contratación de que se trate, que hayan sido solicitados en las bases y que sea económica y físicamente posible.
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Samples: Ley De Contrataciones Del Estado, Ley De Contrataciones Del Estado, Decreto