Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes: 1ª.- Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días. 2ª.- Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
Sanciones máximas. Por falta leve: amonestación por escrito o suspensión de empleo y sueldo de un día. Por falta grave: suspensión de empleo y sueldo hasta quince días. Por falta muy grave: suspensión de empleo y sueldo hasta sesenta días o despido.
Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes: cve: BOE-A-2018-11251 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
Sanciones máximas. Atendiendo a la gravedad de la falta cometida serán las siguientes:
Sanciones máximas. Atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
Sanciones máximas. 1. Por falta leve: amonestación por escrito o suspensión de empleo y sueldo de uno a tres días.
Sanciones máximas. Artículo 41
Sanciones máximas. CVE-DOGC-B-22031062-2022
Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes: días.