Acreditación de Personería Cláusulas de Ejemplo

Acreditación de Personería. En el caso de que el oferente se presente a través de Representante o Apoderado, deberá acreditar personería conforme lo dispone el Art. 15º del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia, Ley Nº 179-A que a saber dispone: “Los representantes o apoderados acreditarán sus personerías desde la primera intervención que hagan a nombre de sus mandantes con el instrumento público correspondiente o con carta poder con firma autenticada por la Justicia xx Xxx o por un Escribano Público o por acta ante el jefe de la repartición respectiva”.
Acreditación de Personería a) Personas Jurídicas (la representación será ejercida por el Representante Legal de la misma o un Apoderado): 1.Contrato Social y/o Estatuto con todas sus modificaciones o reformas vigentes, con las constancias de su inscripción en el registro público correspondiente y certificado por Escribano Público (y legalizado si correspondiere). La vigencia del contrato deberá exceder al período de la contratación. El objeto social deberá contemplar la viabilidad de las prestaciones como las requeridas. 2.Acta de Asamblea o Reunión de Socios, vigente al momento de realizar la oferta de donde surja la última designación de autoridades vigente al momento de realizar la oferta, y la constancia de su respectiva inscripción en el registro público correspondiente y certificación por Escribano Público (legalizada si correspondiere), de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad y su aceptación. En el caso de presentaciones en UT, la vigencia de los Estatutos o Contratos Sociales de cada uno de los integrantes de la misma debe ser como mínimo igual al plazo previsto para esta contratación, con más DOS (2) años o hasta el plazo que fuere necesario a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales emergentes del contrato, el que fuere mayor. PLIEG-2022-05245730-GCA3B1A-DGHC ● Si es representante legal deberá acompañar copia certificada por escribano público (y legalizada si correspondiere) del instrumento en el cual surja su designación como tal (Contrato Social, Estatuto o el que corresponda de acuerdo con el tipo societario y Acta de Asamblea o Reunión de Socios de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad). ● Si es Apoderado, deberá acompañarse el poder en original o copia certificada por Escribano Público (y legalizado si correspondiere) y las constancias que acrediten que el mandante contaba con facultades suficientes para obligar a la sociedad (Contrato Social, Estatuto o el que corresponda de acuerdo con el tipo societario y Acta de Asamblea o Reunión de Socios de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad). En caso de tratarse de una UT deberá presentar representación legal unificada, compromiso de constitución de UT y compromiso de cada empresa a integrar la UT (expresando cantidad y naturaleza de los aportes de cada integrante).
Acreditación de Personería. En caso de que el oferente se presente a través de Representante o Apoderado, quien ejerza la representación deberá acreditar personería en los términos del artículo 380, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial y/x Xxx de Sociedades, según corresponda, mediante presentación de copia certificada u original del Poder o instrumento/s que justifique su actuación.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.