Common use of AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS Clause in Contracts

AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de Futuro. 1.1. Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de Futuro, de acuerdo a las políticas que publicará a través del Boletín. 2. En el caso que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizar a) Los cambios en el tamaño del Contrato; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios de liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas; d) La forma de realizar los ajustes en los contratos en proceso de liquidación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de Futuro, la Bolsa en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipado. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entregue, con motivo del ajuste de derechos.

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AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción accionario decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de FuturoOpción. 1.1. 1.1 Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de FuturoOpción, de acuerdo a las políticas que publicará a través del Boletín. 2. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizar, a) Los cambios en el Precio de Ejercicio, el tamaño del ContratoContrato o en ambos; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios de liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro Opción correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas.; d) La forma de realizar los ajustes en los contratos en proceso de liquidaciónliquidación del ejercicio/asignación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de FuturoOpción, la Bolsa en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipado. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entregue, con motivo del ajuste de derechos.

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AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción accionario decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de FuturoOpción. 1.1. 1.1 Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de FuturoOpción, de acuerdo a las políticas que publicará a través del Boletín. 2. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizarrealizar ajustes, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, podrán realizar los ajustes que, en su caso, consideren necesarios. De existir algún ajuste harán saber a los Socios Liquidadores, Operadores y Clientes a través del Boletín: a) Los cambios en el Precio de Ejercicio, el tamaño del ContratoContrato o en ambos; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios de liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro Opción correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas.; d) La forma de realizar los ajustes en los contratos en proceso de liquidaciónliquidación del ejercicio/asignación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de FuturoOpción, la Bolsa en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipado. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entregue, con motivo del ajuste de derechos.

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AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso que la emisora el emisor del Activo Subyacente de un del Contrato de Futuro Opción de que se trate decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de Futuro. 1.1. Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de Futuro, de acuerdo a las políticas que publicará a través del BoletínOpción. 2. En el caso que la emisora el emisor del Activo Subyacente de un del Contrato de Futuro Opción de que se trate decrete algún derecho patrimonial diferente al señalado en el inciso VII.1 anterior, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, comunicarán a los señalados en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora Socios Liquidadores, Operadores y Clientes a través del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizarBoletín: a) Los cambios en el Precio de Ejercicio, el tamaño del ContratoContrato o en ambos; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios Precios de liquidación Liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro Opción correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas;. d) La forma de realizar los ajustes en los contratos Contratos en proceso de liquidaciónliquidación del ejercicio/asignación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora el emisor no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores participantes a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en con relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de FuturoOpción, la Bolsa MexDer en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipadoanticipado de cualquier Serie. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, la de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo sus Operadores y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entreguehaya hecho llegar, con motivo del ajuste de derechos.

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Samples: Contratos De Opción Sobre Títulos Referenciados a Acciones, Contratos De Opción Sobre Títulos Referenciados a Acciones, Contratos De Opción Sobre Títulos Referenciados a Acciones

AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción accionario decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de FuturoOpción. 1.1. 1.1 Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de FuturoOpción, de acuerdo a las políticas que publicará a través del Boletín. 2. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizaruna a) Los cambios en el Precio de Ejercicio, el tamaño del ContratoContrato o en ambos; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios de liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro Opción correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas.; d) La forma de realizar los ajustes en los contratos en proceso de liquidaciónliquidación del ejercicio/asignación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de FuturoOpción, la Bolsa en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipado. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entregue, con motivo del ajuste de derechos.

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Samples: Contratos De Opción Sobre Acciones, Contratos De Opción Sobre Acciones

AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción accionario decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de Futuro. 1.1. Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de Futuro, de acuerdo a las políticas que publicará a través del BoletínOpción. 2. En el caso de que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro Opción decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados al señalado en los artículos anteriores el artículo anterior o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizarrealizar ajustes, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores, Operadores y Clientes a través del Boletín: a) Los cambios en el Precio de Ejercicio, el tamaño del ContratoContrato o en ambos; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios de liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro Opción correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas.; d) La forma de realizar los ajustes en los contratos en proceso de liquidaciónliquidación del ejercicio/asignación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de FuturoOpción, la Bolsa en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipado. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entregue, con motivo del ajuste de derechos.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Contratación

AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso que la emisora el emisor del Activo Subyacente de un del Contrato de Futuro Opción de que se trate decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de Futuro. 1.1. Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de Futuro, de acuerdo a las políticas que publicará a través del BoletínOpción. 2. En el caso que la emisora el emisor del Activo Subyacente de un del Contrato de Futuro Opción de que se trate decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados al señalado en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizarel inciso a) Los cambios en el Precio de Ejercicio, el tamaño del ContratoContrato o en ambos; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios Precios de liquidación Liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro Opción correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas;. d) La forma de realizar los ajustes en los contratos Contratos en proceso de liquidaciónliquidación del ejercicio/asignación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora el emisor no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores participantes a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en con relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de FuturoOpción, la Bolsa MexDer en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipadoanticipado de cualquier Serie. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, la de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo sus Operadores y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entreguehaya hecho llegar, con motivo del ajuste de derechos.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Contratación

AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de Futuro. 1.1. Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de Futuro, de acuerdo a las políticas que publicará a través del Boletín. 2. En el caso que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizarrealizar ajustes, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, podrán realizar los ajustes a) Los cambios en el tamaño del Contrato; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios de liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas; d) La forma de realizar los ajustes en los contratos en proceso de liquidación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de Futuro, la Bolsa en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipado. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entregue, con motivo del ajuste de derechos.

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Samples: Contratos De Futuro Sobre Acciones

AJUSTES POR EJERCICIO DE DERECHOS. 1. En el caso que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro decrete dividendos en efectivo, la Cámara de Compensación no realizará ningún ajuste en los Contratos de Futuro. 1.1. Tratándose de una distribución de derechos patrimoniales en efectivo (decreto de dividendos extraordinario, reembolso de capital, disminución de capital social, etc.) realizado por la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro accionario, MexDer en conjunto con la Cámara de Compensación podrá realizar los ajustes necesarios para dicho Contrato de Futuro, de acuerdo a las políticas que publicará a través del Boletín. 2. En el caso que la emisora del Activo Subyacente de un Contrato de Futuro decrete algún derecho patrimonial diferente a los señalados en los artículos anteriores o se produzcan en la emisora del Activo Subyacente cualquiera de las siguientes situaciones: ampliaciones de capital, transformación de las acciones representativas del capital a razón de varias acciones por cada una existente, consolidación de las acciones representativas del capital a razón de una acción por varias existentes y otras que puedan dar lugar a la necesidad de realizarrealizar ajustes, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, podrán realizar los ajustes que, en su caso, consideren necesarios. De existir algún ajuste harán saber a los Socios Liquidadores, Operadores y Clientes a través del Boletín: a) Los cambios en el tamaño del Contrato; b) La forma de realizar los ajustes en el Activo Subyacente a que da origen el derecho, por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente correspondiente; c) La forma en que se realizarán las modificaciones pertinentes a los precios de liquidación de las Series correspondientes del Día Hábil inmediato anterior a la entrada en vigor del ajuste; en su caso, a los precios de referencia para efectos de liquidación, cuando el ajuste esté dando origen a más de un Activo Subyacente y Contratos de Futuro correspondientes; las posiciones a las que tendría derecho la posición abierta previa a la entrada en vigor del ajuste; y, los nuevos requerimientos de Aportaciones Iniciales Mínimas; d) La forma de realizar los ajustes en los contratos en proceso de liquidación. Cuando la información sobre los derechos decretados por una emisora no establezca los ajustes a realizar por parte de la bolsa en la que esté listado el Activo Subyacente, MexDer conjuntamente con la Cámara de Compensación, harán saber a los Socios Liquidadores y Operadores a través del Boletín y los medios que considere necesarios, la información disponible en relación a los ajustes establecidos en los incisos b) y c) anteriores. Cuando resulte imposible realizar el ajuste correspondiente a los Contratos de Futuro, la Bolsa en coordinación con la Cámara de Compensación podrá decretar el vencimiento anticipado. 3. Los Socios Liquidadores tendrán que ajustar las posiciones abiertas de sus Cuentas de Clientes, de Operadores, de Formadores xx Xxxxxxx, de Grupo y las propias conforme al reporte de posiciones que la Cámara de Compensación les entregue, con motivo del ajuste de derechos.

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