AMPARO BÁSICO TODO RIESGO. SBS COLOMBIA, SE OBLIGA A INDEMNIZAR AL ASEGURADO, LAS PÉRDIDAS Y DAÑOS MATERIALES QUE, EN FORMA SÚBITA, ACCIDENTAL E IMPREVISTA, SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS SEGÚN LAS DEFINICIONES DE ESTOS CONTENIDAS EN LA “CONDICIÓN 8. BIENES ASEGURADOS” DE ESTA PÓLIZA, COMO CONSECUENCIA DIRECTA E INMEDIATA DE CUALQUIER HECHO O RIESGO NO EX- CLUIDO EXPRESAMENTE EN LA CONDICIÓN 5. DE ESTE CONTRATO. ESTA PÓLIZA CUBRE TAMBIÉN LAS PÉRDIDAS DIRECTAS DE LOS BIENES ASEGURADOS, OCASIONADAS POR LA DESTRUCCIÓN ORDENADA POR ACTOS DE AUTORIDAD COMPETENTE, CON EL PROPÓSITO DE PREVENIR O AMINORAR LAS CONSECUENCIAS DE CUALQUIERA DE LOS RIESGOS AMPARADOS POR ESTA PÓLIZA. EL PRESENTE AMPARO COMPRENDE, SIN QUE LA ENUNCIACIÓN SEA TAXATIVA, LAS PÉRDIDAS O DAÑOS DE LOS BIENES ASEGURADOS COMO CONSECUENCIA, DIRECTA E INMEDIATA, DE: 1.1. INCENDIO OCASIONADO POR ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS, INCLUIDO EL DERIVADO DE ACTOS TERRORISTAS Y DE MO- VIMIENTOS SUBVERSIVOS, SALVO EL QUE SEA CONSECUENCIA DIRECTA DE CUALQUIERA DE LOS EVENTOS ANOTADOS EN EL NUMERAL 5.1. DE LA CONDICIÓN 5. –
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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy, Póliza De Seguro
AMPARO BÁSICO TODO RIESGO. SBS COLOMBIACON SUJECIÓN A LAS CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES Y ESPECIALES DE ESTA COBERTURA SE OBLIGA A INDEMNIZAR AL ASEGURADO, LAS PÉRDIDAS Y AMPARAN TODOS LOS DAÑOS MATERIALES QUE, EN FORMA QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS POR CUALQUIER CAUSA SÚBITA, ACCIDENTAL E IMPREVISTA, SUFRAN QUE SE ORIGINE O TENGA SU CAUSA DIRECTA EN UNO, PERO NO LIMITADO A LOS EVENTOS QUE A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN,SALVO LOSRIESGOS Y LOSBIENESEXPRESAMENTEEXCLUIDOS EN LASCLÁUSULAS SEGUNDA (EXCLUSIONES GENERALES) Y TERCERA (BIENES EXCLUIDOS) TANTO EN FORMA GENERAL COMO EN FORMA ESPECÍFICA. IGUALMENTE SE AMPARAN LOS DAÑOS OCASIONADOS POR LA DESTRUCCIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS SEGÚN LAS DEFINICIONES DE ESTOS CONTENIDAS EN LA “CONDICIÓN 8. BIENES ASEGURADOS” DE ESTA PÓLIZA, COMO CONSECUENCIA DIRECTA E INMEDIATA DE CUALQUIER HECHO O RIESGO NO EX- CLUIDO EXPRESAMENTE EN LA CONDICIÓN 5. DE ESTE CONTRATO. ESTA PÓLIZA CUBRE TAMBIÉN LAS PÉRDIDAS DIRECTAS DE LOS BIENES ASEGURADOS, OCASIONADAS ORDENADA POR LA DESTRUCCIÓN ORDENADA POR ACTOS DE AUTORIDAD COMPETENTE, CON EL PROPÓSITO FIN DE PREVENIR AMINORAR O AMINORAR EVITAR A PROPAGACIÓN O EXTENSIÓN DE LAS CONSECUENCIAS DE CUALQUIERA DE CUALQUIER SINIESTRO CUBIERTO POR LA PRESENTE SECCIÓN.
1.1 INCENDIO SE AMPARAN LOS RIESGOS AMPARADOS POR ESTA PÓLIZA. EL PRESENTE AMPARO COMPRENDE, SIN DAÑOS MATERIALES QUE LA ENUNCIACIÓN SEA TAXATIVA, LAS PÉRDIDAS O DAÑOS DE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS DESCRITOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O SUS CONDICIONES PARTICULARES COMO CONSECUENCIA, DIRECTA E INMEDIATA, DE:
1.1. INCENDIO OCASIONADO POR ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS, INCLUIDO EL DERIVADO DE ACTOS TERRORISTAS Y DE MO- VIMIENTOS SUBVERSIVOS, SALVO EL QUE SEA CONSECUENCIA DIRECTA DE CUALQUIERA INCENDIO O IMPACTO XX XXXX, DEL CALOR Y EL HUMO PRODUCIDOS PORESTOS FENÓMENOS,ASÍCOMODELASMEDIDASADOPTADASPARAEVITARSUPROPAGACIÓNYEXTENSIÓN.
1.2 EXPLOSIÓN
1.3 EXPLOSIÓN XX XXXXXXXX U OTROS APARATOS GENERADORES DE VAPOR SE AMPARAN LOS DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LAS CALDERAS U OTROS APARATOS ENERADORES DE VAPOR, COMO CONSECUENCIA DE SU PROPIA EXPLOSIÓN, SEA QUE ELLA ORIGINE O NO UN INCENDIO. PARA LOS EFECTOS DE ESTE AMPARO SE ENTIENDE POR EXPLOSIÓN EL SÚBITO Y VIOLENTO DAÑO A LA CALDERA O APARATO GENERADOR DE VAPOR, DEBIDO A LA PRESIÓN DEL VAPOR INTERNO O A UNA REACCIÓN QUÍMICA, QUE CAUSE DESPLAZAMIENTO Y ROTURA DE LAS PAREDES EXTERIORES DEL RECIPIENTE CON EXPULSIÓN VIOLENTA DEL CONTENIDO.
1.4 EXTENSIÓN DE COBERTURA (TIFÓN - HURACÁN – TORNADO – CICLÓN GRANIZO – VIENTOS FUERTES – CAÍDA DE AERONAVES – IMPACTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES Y HUMO) SE AMPARAN LOS DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS DESCRITOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O SUS CONDICIONES PARTICULARES COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE TIFÓN, HURACÁN, TORNADO, CICLÓN, VIENTOS FUERTES, GRANIZO, CAÍDA DE AERONAVES U OBJETOS QUE SE DESPRENDAN DE ELLA, IMPACTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES Y HUMO. EN ESTE ÚLTIMO EVENTO, ÚNICAMENTE SE AMPARA EL HUMO QUE PROVENGA O SEA EL RESULTADO DE CUALQUIER ACONTECIMIENTO SÚBITO, ANORMAL O DEFECTUOSO DE ALGÚN APARATO DE CALEFACCIÓN O COCIMIENTO, PERO SOLO CUANDO DICHO APARATO O UNIDAD SE ENCUENTRE CONECTADA A UNA CHIMENEA Y SIEMPRE QUE SE HALLEN DENTRO DE LOS EVENTOS ANOTADOS PREDIOS DESCRITOS EN LA PRESENTE SECCIÓN. PARA EFECTOS DE ESTA COBERTURA SE ENTENDERÁ POR VEHÍCULO: VEHÍCULOS TERRESTRES ÚNICAMENTE, INCLUIDOS AQUELLOS CUYO PROPIETARIO, ARRENDATARIO O TENEDOR SEA EL NUMERAL 5.1. DE LA CONDICIÓN 5. –ASEGURADO.
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