ANÁLISIS DE RIESGOS. Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente pliego de condiciones y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación, EL ICETEX no estará obligada a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista. Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por EL ICETEX, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato. Una vez elaborados los estudios previos de la contratación, se establecieron los siguientes riesgos: Riesgos Asegurables: Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y que son asegurables son los siguientes: - Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato. - Que el contratista no cumpla con las obligaciones de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social del personal a su cargo. - Que durante la prestación del servicio, el contratista cause daños o deterioros a terceros. Para controlar estos riesgos, se exigirá al contratista la constitución de una garantía que contemple los siguientes amparos: - Cumplimiento del contrato por un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - - Calidad del servicio por un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - Salarios, prestaciones sociales, aportes al sistema de seguridad social e indemnizaciones del personal que emplee el contratista en la ejecución del contrato, por un valor del 15% equivalente al valor total del contrato, con vigencia de tiempo de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - Amparo autónomo de Responsabilidad civil extracontractual por una suma equivalente al 20% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato, contado a partir de la fecha de suscripción del contrato. En el caso de la póliza global de Responsabilidad Civil Extracontractual que ampara los riesgos que surjan de la prestación del servicio de vigilancia por el uso indebido xx xxxxx de fuego, el contratista deberá mantenerla vigente por el término del contrato y tres años más.
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Samples: Service Agreement
ANÁLISIS DE RIESGOS. Se precisa efectos favorables y desfavorables, del comportamiento de la demanda de pauta publicitaria, sin que salvo existan garantías, reconocimientos o compensaciones a favor del Contratista y a cargo de TELEPACIFICO por las situaciones específicamente mencionados variaciones en los ingresos del Contratista derivadas del comportamiento del xxxxxxx xx xxxxx publicitaria, independientemente de las causas que den origen a tales variaciones. En general, los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario para dar cabal ejecución del contrato resultante, serán asumidos por éste mismo; y deberá soportar el 100% de la variación de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos. En lo atinente a los riesgos no asignados, bien sea porque nos encuentren en este capítulo o porque ello no se desprenda de las estipulaciones del contrato o de la naturaleza del mismo, el contratista y TELEPACIFICO estarán a lo que se desprenden de las normas y principios aplicables en materia de contratación estatal. Nota: El proponente deberá efectuar sus propias estimaciones y cálculos y con fundamentos en los mismos, adoptar la decisión de asumir la asignación de riesgo, así como la que se derive de las estipulaciones del contrato o de la naturaleza del mismo. Como consecuencia de lo anterior, no procederán reclamaciones del contratista basada en el presente pliego acaecimiento de condiciones y como principio general, EL CONTRATISTA como experto alguno de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsiblesfueran asumidos por este y consecuentemente TELEPACIFICO no hará reconocimiento alguno, así mismoni se entenderá que ofrece garantía alguna al contratista, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación, EL ICETEX no estará obligada a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir permitirá eliminar o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista. Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida causados por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por EL ICETEX, se procederá al restablecimiento del equilibrio alguno de la ecuación económica del contrato. Una vez elaborados los estudios previos de la contratación, se establecieron los siguientes riesgos: Riesgos Asegurables: Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato que debe asumir el contratista y se le asignan, salvo que son asegurables son los siguientes: - Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, dicho reconocimiento o que el servicio prestado no corresponda o no garantía se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas encuentren expresamente pactadas en el contrato.
1 Eventos de cambio de legislación, de situación política o de condiciones macro económicas que tengan impacto negativo. - Que el contratista no cumpla con las obligaciones de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social del personal a su cargo. - Que durante la prestación del servicio, el contratista cause daños o deterioros a terceros. Para controlar estos riesgos, se exigirá al contratista la constitución de una garantía que contemple los siguientes amparos: - Cumplimiento del contrato 100,00% Este riesgo debe ser asumido por un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - - Calidad del servicio por un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - Salarios, prestaciones sociales, aportes al sistema de seguridad social e indemnizaciones del personal que emplee el contratista TELEPACIFICO 2 Demora en la ejecución del contrato, por un valor del 15% equivalente al valor total del contrato, con vigencia atención de tiempo de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - Amparo autónomo de Responsabilidad civil extracontractual por una suma equivalente al 20% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato, contado a partir de la fecha de suscripción del contrato. En el caso de la póliza global de Responsabilidad Civil Extracontractual que ampara los riesgos que surjan de la prestación del servicio de vigilancia requerimientos realizados por el uso indebido xx xxxxx de fuego, el contratista deberá mantenerla vigente supervisor / interventor 100,00% Este riesgo debe ser asumido por el término del contrato y tres años más.contratista
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
ANÁLISIS DE RIESGOS. Se precisa El presente análisis hace parte integral de la presente convocatoria y por lo tanto del contrato que salvo se suscriba. Ésta es resultado de un ejerciciode identificación, valoración ydistribución de dichos riesgos. Si los interesados estiman que existen riesgos contractuales no previstos en la matriz de riesgos contractuales oferta por el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz – PA FCP, debe anunciarlo en la etapa de presentación de observaciones, para que sean evaluados y de ser pertinentes sean incorporados. No será posible entonces alegar desequilibrio económico del contrato por factores que pudieron ser previstos en la etapa precontractual con base en el conocimiento de la convocatoria y los documentos que hacen parte integral de esta, así como de su contexto, y que no hayan sido anunciados por el CONTRATISTA. El PA-FCP se reserva el derecho a acoger o no las situaciones específicamente mencionados observaciones que se formulen acerca de la distribución de los riesgos previsibles a cargo del contratista. El nivel de probabilidad de ocurrencia de los riesgos y la afectación del contrato depende de la efectividad o no de las acciones realizadas por el contratista para eliminar o mitigar, según sea el caso, los riesgos que se presenten durante la ejecución del contrato. Los OFERENTES declaran que para la preparación y presentación de su oferta conocieron, aceptaron, valoraron e incluyeron los riesgos contractuales contenidos en la matriz definitiva. Consecuente con lo anterior, partiendo de la debida diligencia ycon fundamento en el principio de la buena fe precontractual de que trata el artículo 863 del Código de Comercio, que debe tener el OFERENTE al realizar su oferta, se entiende que todos los riesgos previsibles del contrato, fueron tenidos en cuenta al momento de elaborar su oferta. La tipificación, estimación y distribución de los riesgos previsibles del contrato objeto del presente proceso de selección, se sujetarán a los criterios definidos en el presente pliego inciso, sin perjuicio del alcance de condiciones las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con las previsiones legales pertinentes, la naturaleza del contrato y como principio el contenido de las reglas de participación, considerando, preponderantemente, que en general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados está a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación, EL ICETEX no estará obligada a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista. Sólo en el evento que se demuestre por parte cargo del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por EL ICETEX, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato. Una vez elaborados los estudios previos de la contratación, se establecieron los siguientes riesgos: Riesgos Asegurables: Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato de conformidad con la documentación técnica suministrada por el PA-FCP. El PA-FCP y el OFERENTE - con la presentación de su oferta-, entienden como riesgo contractual previsible aquel que debe asumir reúne las siguientes características: ⮚ Su previsión se sujeta a términos de racionalidad, considerando la experienciadel contratista en proyectos similares a aquellos que constituyen el contratista y que son asegurables son los siguientes: - Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato. - Que el contratista no cumpla con las obligaciones de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social del personal a su cargo. - Que durante la prestación del servicio, el contratista cause daños o deterioros a terceros. Para controlar estos riesgos, se exigirá al contratista la constitución de una garantía que contemple los siguientes amparos: - Cumplimiento del contrato por un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir de la fecha de suscripción objeto del contrato. - - Calidad del servicio por ⮚ Su concreción comporta un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir daño patrimonial para una o ambas partes de la fecha de suscripción del contratorelación contractual. - SalariosEs un evento anterior, prestaciones sociales, aportes al sistema de seguridad social e indemnizaciones del personal que emplee el contratista en concomitante o posterior a la ejecución del contrato, por un valor del 15% equivalente al valor total del contrato, con vigencia de tiempo de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - Amparo autónomo de Responsabilidad civil extracontractual por una suma equivalente al 20% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato, contado a partir de la fecha de suscripción celebración del contrato. En el caso de ser anterior o concomitante, ninguna de las partes debe conocerlo yno puede predicarse la póliza global obligación de Responsabilidad Civil Extracontractual que ampara los riesgos que surjan conocimiento a ninguna de la prestación del servicio de vigilancia ellas por el uso indebido xx xxxxx de fuegorazones tales como su experticia técnica o profesional, el contratista deberá mantenerla vigente por el término del contrato y tres años mássu experiencia corporativa o personal o sus indagaciones previas particulares.
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ANÁLISIS DE RIESGOS. Se precisa El presente análisis hace parte integral de la presente convocatoria y por lo tanto del contrato que salvo se suscriba. Ésta es resultado de un ejercicio de identificación, valoración y distribución de dichos riesgos. Si los interesados estiman que existen riesgos contractuales no previstos en la matriz de riesgos contractuales propuesta por el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz – PA FCP, debe anunciarlo en la etapa de presentación de observaciones, para que sean evaluados y de ser pertinentes sean incorporados. No será posible entonces alegar desequilibrio económico del contrato por factores que pudieron ser previstos en la etapa precontractual con base en el conocimiento de la convocatoria y los documentos que hacen parte integral de esta, así como de su contexto, y que no hayan sido anunciados por el CONTRATISTA. El PA-FCP se reserva el derecho a acoger o no las situaciones específicamente mencionados observaciones que se formulen acerca de la distribución de los riesgos previsibles a cargo del contratista. El nivel de probabilidad de ocurrencia de los riesgos y la afectación del contrato depende de la efectividad o no de las acciones realizadas por el contratista para eliminar o mitigar, según sea el caso, los riesgos que se presenten durante la ejecución del contrato. Los oferentes declaran que para la preparación y presentación de su propuesta conocieron, aceptaron, valoraron e incluyeron los riesgos contractuales contenidos en la matriz definitiva. Consecuente con lo anterior, partiendo de la debida diligencia y con fundamento en el principio de la buena fe precontractual de que trata el artículo 863 del Código de Comercio, que debe tener el oferente al realizar su propuesta, se entiende que todos los riesgos previsibles del contrato fueron tenidos en cuenta al momento de elaborar su propuesta. La tipificación, estimación y distribución de los riesgos previsibles del contrato objeto del presente proceso de selección, se sujetarán a los criterios definidos en el presente pliego inciso, sin perjuicio del alcance de condiciones las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con las previsiones legales pertinentes, la naturaleza del contrato y como principio el contenido de las reglas de participación, considerando, preponderantemente, que en general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados está a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación, EL ICETEX no estará obligada a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista. Sólo en el evento que se demuestre por parte cargo del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por EL ICETEX, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato. Una vez elaborados los estudios previos de la contratación, se establecieron los siguientes riesgos: Riesgos Asegurables: Se considera que los riesgos previsibles en la ejecución del contrato de conformidad con la documentación técnica suministrada por el PA-FCP. El PA-FCP y el oferente - con la presentación de su propuesta-, entienden como riesgo contractual previsible aquel que debe asumir reúne las siguientes características: ⮚ Su previsión se sujeta a términos de racionalidad, considerando la experiencia del contratista en proyectos similares a aquellos que constituyen el contratista y que son asegurables son los siguientes: - Que el futuro contratista no pueda dar cumplimiento a la ejecución del contrato, o que el servicio prestado no corresponda o no se haga conforme a las especificaciones técnicas plasmadas en el contrato. - Que el contratista no cumpla con las obligaciones de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social del personal a su cargo. - Que durante la prestación del servicio, el contratista cause daños o deterioros a terceros. Para controlar estos riesgos, se exigirá al contratista la constitución de una garantía que contemple los siguientes amparos: - Cumplimiento del contrato por un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir de la fecha de suscripción objeto del contrato. - - Calidad del servicio por ⮚ Su concreción comporta un 30% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato y cuatro meses más, contados a partir daño patrimonial para una o ambas partes de la fecha de suscripción del contratorelación contractual. - SalariosEs un evento anterior, prestaciones sociales, aportes al sistema de seguridad social e indemnizaciones del personal que emplee el contratista en concomitante o posterior a la ejecución del contrato, por un valor del 15% equivalente al valor total del contrato, con vigencia de tiempo de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. - Amparo autónomo de Responsabilidad civil extracontractual por una suma equivalente al 20% del valor total del contrato, con vigencia del tiempo de ejecución del contrato, contado a partir de la fecha de suscripción celebración del contrato. En el caso de ser anterior o concomitante, ninguna de las partes debe conocerlo y no puede predicarse la póliza global obligación de Responsabilidad Civil Extracontractual que ampara los riesgos que surjan conocimiento a ninguna de la prestación del servicio de vigilancia ellas por el uso indebido xx xxxxx de fuegorazones tales como su experticia técnica o profesional, el contratista deberá mantenerla vigente por el término del contrato y tres años mássu experiencia corporativa o personal o sus indagaciones previas particulares.
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