APROBACIÓN DEL CONTRATO. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, debe ser aprobado de conformidad con el articulo nueve (9) numeral tres (3), sub inciso tres punto uno (3.1) y 48 del Decreto numero cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la Republica, Ley de Contrataciones del Estado. VIGESIMA:
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Samples: Contrato Administrativo Numero, www.guatecompras.gt, Modelo De Contrato
APROBACIÓN DEL CONTRATO. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimientopartes, debe deberá ser aprobado de conformidad con lo que determina el articulo nueve artículo cuarenta y ocho (948) numeral tres de la Ley de Contrataciones del Estado (3), sub inciso tres punto uno (3.1) y 48 del Decreto numero cincuenta y siete guión noventa y dos (Número 57-92) del Congreso y artículo veintiséis (26) de la Republica, Ley de Contrataciones del Estadosu Reglamento (Acuerdo Gubernativo Número 1056-92). VIGESIMADÉCIMA SEPTIMA:
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APROBACIÓN DEL CONTRATO. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimientopartes, debe deberá ser aprobado de conformidad con lo que determina el articulo nueve artículo cuarenta y ocho (948) numeral tres (3)de la Ley de Contrataciones del Estado, sub inciso tres punto uno (3.1) y 48 del Decreto numero Número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92), y artículo veintiséis (26) del Congreso de la Republicasu Reglamento, Ley de Contrataciones del EstadoAcuerdo Gubernativo número mil cincuenta y seis guión noventa y dos (1056-92). VIGESIMADÉCIMA CUARTA:
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APROBACIÓN DEL CONTRATO. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, debe ser es indispensable que sea aprobado de conformidad con el articulo nueve (9) numeral tres (3), sub inciso tres punto uno (3.1) y 48 del Decreto numero cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la Republica, Ley de Contrataciones del Estado. VIGESIMAVIGESIMA SEGUNDA:
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