INCONFORMIDADES. La inconformidad deberá presentarse por escrito, directamente en las oficinas del Órgano Interno de Control de Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx ubicadas en: Blvd. Xxxxx xx Xxx Xxxxxx Xx. 110 2º Piso, Fracc. Xxxxx de San Xxxxxx. C.P. 42086, Xxxxxxx xx Xxxx, Hgo., o bien en la Secretaría de Contraloría ubicada en el Xxxxxx Xxxx xx xx Xxxxx # 000, tercer piso Fracc. Zona Plateada, C.P. 42084, Xxxxxxx xx Xxxx, Hgo., o a través de los medios electrónicos que mediante disposiciones de carácter administrativo establezca la Contraloría, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 88 de la Ley. Nota: Mediante el Acuerdo que contiene el Protocolo de Actuación de los Servidores Públicos que intervienen en Contrataciones Públicas, Otorgamientos y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones, y Concesiones para el Estado xx Xxxxxxx, y de acuerdo al procedimiento que marca el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de la convocante, se hace de conocimiento a los Licitantes, que a fin de promover las mejores prácticas en materia de combate a la corrupción y prevención de conflictos de interés, esta y todas las reuniones, visitas y actos públicos para contrataciones sujetas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx, deberán ser video grabadas en los procedimientos correspondientes a la Licitación Pública en sus etapas de Junta de Aclaraciones, Apertura y Presentación de Proposiciones y acto de Fallo, así como el momento de la firma del Contrato, entrega de Fianzas, y entrega de los bienes y servicios.
INCONFORMIDADES. EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 65 Y 66 DE LA LEY LAS PERSONAS PODRÁN INCONFORMARSE ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA CONVOCANTE POR CUALQUIER ACTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE CONTRAVENGA LAS DISPOSICIONES QUE RIGEN LAS MATERIAS DE LA LEY DE REFERENCIA. LA INCONFORMIDAD SERÁ PRESENTADA, A ELECCIÓN DEL PROMOVENTE, POR ESCRITO DIRECTAMENTE EN LAS OFICINAS DE LA SFP, MEDIANTE EL PROGRAMA INFORMÁTICO QUE LES PROPORCIONE LA SFP, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA PÚBLICA EN LA QUE SE DÉ A CONOCER EL FALLO O DE QUE SE LE HAYA NOTIFICADO AL LICITANTE EN LOS CASOS EN QUE NO SE CELEBRE JUNTA PÚBLICA, DE CONFORMIDAD CON LA SECCIÓN VII DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. EN LAS INCONFORMIDADES QUE SE PRESENTEN A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET DEBERÁN UTILIZARSE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA QUE EMITE EL SAT.
INCONFORMIDADES. Los licitantes podrán interponer inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con los artículos 65 y 66 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en: • SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA: XXXXXXXXXXX XXX 0000, XXXXXXX XXXXXXXXX INN, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 01020, CIUDAD DE MÉXICO, TELÉFONO. 0000-0000, o bien en; • EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN “LA CONDUSEF: XXXXXXXXXXX XXX 000, XXXXXXX XXX XXXXX, PISO 9, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXX, CÓDIGO POSTAL 03100, CIUDAD DE MÉXICO, TELÉFONO 0000-0000, EXTENSIÓN 6175. Lo establecido en dichos artículos, es sin perjuicio de que las personas interesadas previamente manifiesten a la Secretaría de la Función Pública las irregularidades que a su juicio se hayan cometido en este procedimiento, a fin de que las mismas se corrijan. La inconformidad será presentada, a elección del licitante, por escrito o a través de medios remotos de CompraNet en contra de los actos que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Las controversias que se susciten con motivo de esta invitación, se resolverán de acuerdo al Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de CompraNet, la autoridad competente podrá solicitar a la Secretaría de la Función Pública exhiba los archivos electrónicos que obren en CompraNet, así como la impresión de éstos debidamente certificados, a efecto de desahogar las pruebas a que haya lugar, conforme a las disposiciones adjetivas que resulten aplicables.
INCONFORMIDADES. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” podrán presentar inconformidades por escrito, en las oficinas de la “SFP”, sita en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxx xxxx xxx xxx, xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México D.F. o ante el Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” ubicado en el tercer piso de Xxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 0, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez, Estado de México, dentro de los seis días hábiles siguientes en que ocurra el acto impugnado. Dicha inconformidad podrá presentarse a través del sistema "CompraNet" en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
INCONFORMIDADES. Conforme a lo establecido en el artículo 65 y 66 de la LAASSP, podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, teléfono: (0000)0000-0000. La inconformidad será presentada, a elección del licitante, por escrito o a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el sistema Compranet a la dirección (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.XxxxxxXxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx), por los actos que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la LAASSP. Asimismo, podrán acudir ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx N° 3025, piso 7, Colonia San Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, Ciudad de México En las inconformidades que se presenten a través de Compranet, deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
INCONFORMIDADES. De conformidad con lo dispuesto en artículo 65 de “La Ley”, los licitantes podrán interponer inconformidad ante el Órgano Interno de Control adscrito a “La Entidad”, por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto del mencionado ordenamiento, presentándola directamente en días hábiles, dentro del horario de 09:00 a 17:00 horas, cuyas oficinas se ubican en: Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx x/x, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000 en Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx, teléfono (000) 000 00 00, ext. 1261 y 1328.
INCONFORMIDADES. Las personas que participen en esta licitación podrán inconformarse ante la Dirección General de Inconformidades de LA SFP, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxx Xxxx, Xxx Xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, en México, D. F. o a través de los medios de comunicación electrónica, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de LA LEY.
INCONFORMIDADES. LOS PARTICIPANTES, CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 65 Y 66 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, PODRÁN INTERPONER INCONFORMIDAD ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA CONVOCANTE, UBICADO EN XX. XXXXXXXXXXX XXX Xx. 000 XX-0, XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, X.X. 00000, EN MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, ANTE LA AUDITORÍA EJECUTIVA REGIONAL UBICADA EN LA CALLE 2 A NÚMERO 401 XXXXXXX XXXX XXXXX, C.P. 97130, MÉRIDA, YUCATÁN O ANTE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA UBICADA EN XXXXXXXXXX XXX Xx. 0000, XXX XXX 0x. XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX INN, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020 EN MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, POR ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE CONTRAVENGAN LAS DISPOSICIONES QUE RIGEN LAS MATERIAS OBJETO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, CUANDO DICHOS ACTOS SE RELACIONEN CON:
I. LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, Y LAS JUNTAS DE ACLARACIONES. EN ESTE SUPUESTO, LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR EL INTERESADO QUE HAYA MANIFESTADO SU INTERÉS POR PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 33 BIS DE LA LAASSP, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA ÚLTIMA JUNTA DE ACLARACIONES.
II. LOS ACTOS COMETIDOS DURANTE EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Y EL FALLO. EN ESTE CASO, LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR QUIEN HUBIERE PRESENTADO PROPOSICIÓN, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA PÚBLICA EN LA QUE SE DÉ A CONOCER EL FALLO, O DE QUE SE LE HAYA NOTIFICADO AL LICITANTE, EN LOS CASOS EN QUE NO SE CELEBRE JUNTA PÚBLICA.
III. LA CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. EN ESTE SUPUESTO, LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR EL LICITANTE QUE HUBIERE PRESENTADO PROPOSICIÒN, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DEL ACTO RESPECTIVO, Y
IV. LOS ACTOS Y OMISIONES POR PARTE DE LA CONVOCANTE QUE IMPIDAN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN O EN LA LAASSP. EN ESTA HIPÓTESIS LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR QUIEN HAYA RESULTADO ADJUDICADO, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES POSTERIORES A AQUEL EN QUE HUBIERE VENCIDO EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL FALLO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO O, EN SU DEFECTO, EL PLAZO LEGAL. EN TODOS LOS CASOS EN QUE SE TRATE DE LICITANTES QUE HAYAN PRESENTADO PROPOSICIÓN CONJUNTA, LA INCONFORMIDAD SÓLO SERÁ PROCEDENTE SI SE PROMUEVE CONJUNTAMENTE POR TODOS LOS INTEGRANTES DE...
INCONFORMIDADES. 26.1.- Las inconformidades que se susciten con motivo de la interpretación o ejecución derivadas de estas bases, se resolverán con apego a lo previsto en el Artículo 143 de la Ley Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal y demás disposiciones aplicables.
INCONFORMIDADES. EN TÉRMINOS DEL TÍTULO SEXTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, LOS LICITANTES PODRÁN INCONFORMARSE, PRESENTANDO ESCRITO DIRECTAMENTE EN LAS OFICINAS DE LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA UBICADAS EN XXXXXXXXXXX XXX 0000 XXX. XXXXXXXXX XXX, MÉXICO D.F., C.P 01020 - TEL. 0000 0000 O A TRAVÉS DE COMPRANET, POR CUALQUIER ACTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE CONTRAVENGA LAS DISPOSICIONES QUE RIGEN LAS MATERIAS OBJETO DE LA LEY EN COMENTO, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 66 DE LA LEY.