Common use of ASISTENCIA A CLASES Clause in Contracts

ASISTENCIA A CLASES. La asistencia a clases y actividades que el colegio disponga es obligatoria y debe ser constante para asegurar el logro de los aprendizajes y hacer efectivo el derecho a la educación. Las y los estudiantes deberán asistir regularmente a todas las actividades programadas por el Establecimiento. La asistencia de las y los estudiantes a otras actividades organizadas o patrocinadas por el Establecimiento, será informada a través de la Agenda Escolar o por medio de una circular solicitando la autorización escrita. De acuerdo al artículo 8 del Decreto Exento Nº146 xx xxxxxx de 1989 del MINEDUC. “Para ser promovidos/as, las y los estudiantes deberán asistir a lo menos al 85% de las clases y actividades establecidas en el calendario escolar anual y efectivamente realizadas”. • Toda inasistencia debe ser justificada por escrito y estar firmada por el/la apoderado/a en la agenda escolar a más tardar al momento de volver a clases. • En el caso de inasistencia a pruebas u otras evaluaciones el/la apoderado/a deberá presentar presencialmente la justificación a más tardar al momento del reintegro a clases, en la inspectoría correspondiente. • Los estudiantes podrán ser retirados/as del establecimiento durante la jornada escolar, de manera excepcional, solamente por el/la Apoderado/a o apoderado/a suplente (será designado por el/la apoderado/a en la primera reunión de padres, madres y apoderados/as), en forma presencial, presentando cédula de identificación y dejando constancia en el libro de registro correspondiente. En casos excepcionales, el/la estudiante podrá ser retirado/a por una persona distinta a su apoderado/a siempre y cuando presente una autorización en la agenda del/la estudiante y quien lo/la retire se identifique y sea mayor de edad. Todo esto será registrado. Para hacer efectivo un retiro anticipado de un/a estudiante se deben respetar los horarios establecidos por el colegio. No se realizarán retiros en horarios de recreos y de 12:30 a 14:30 horas por almuerzo de las y los estudiantes, salvo casos excepcionales, debidamente justificados. • El Colegio se reserva el derecho de retirar a un/a estudiante que presenta inasistencias por 15 días hábiles, sin presentar justificaciones y después de enviar citaciones al/la apoderado/a a través de carta certificada. Además de denunciar la situación de asistencia a los Organismos correspondientes (Oficina de Protección de los Derechos del Niño, Programa de Prevención Focalizada).

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Samples: Reglamento De Convivencia Escolar

ASISTENCIA A CLASES. La asistencia a clases y actividades curriculares son obligatorias como forma de asegurar el logro de los aprendizajes. Los/as estudiantes deberán asistir regularmente a todas las actividades programadas por el Establecimiento. La asistencia de los/as estudiantes a otras actividades organizadas o patrocinadas por el colegio será informada a través de la Agenda Institucional o por medio de una circular solicitando la autorización escrita. La asistencia a clases y actividades que el colegio disponga es obligatoria y debe ser constante para asegurar el logro de los aprendizajes y hacer efectivo el derecho a la educación. Las y los estudiantes deberán asistir regularmente a todas las actividades programadas por el Establecimiento. La asistencia de las y los estudiantes a otras actividades organizadas o patrocinadas por el Establecimiento, será informada a través de la Agenda Escolar o por medio de una circular solicitando la autorización escrita. De acuerdo al con el artículo 8 del Decreto Exento Nº146 xx xxxxxx de 1989 del MINEDUC. “Para ser promovidos, los/as, las y los as estudiantes deberán asistir a lo menos al 85% de las clases y actividades establecidas en el calendario escolar anual y efectivamente realizadas”. Toda inasistencia debe ser justificada por escrito y estar firmada por el/la apoderado/a el Apoderado en la agenda escolar Agenda Escolar a más tardar al momento de volver a clases. Los/as estudiantes deben llegar puntuales al inicio de clases, como indicador de responsabilidad, de acuerdo con los horarios que se establecen en el Colegio para cada nivel, curso y asignaturas. Además, para salvaguardar el derecho a la educación. En el caso de inasistencia a pruebas u otras evaluaciones el/la apoderado/a el apoderado deberá presentar presencialmente la justificación a más tardar al momento del reintegro a clases, en la inspectoría correspondiente. • Los Los/as estudiantes podrán ser retirados/as retirados del establecimiento durante la jornada escolar, de manera excepcional, solamente por el/la Apoderado/a o apoderado/a suplente (será designado por el/la apoderado/a en la primera reunión si el Apoderado lo requiere de padres, madres y apoderados/as), en forma presencial, presentando cédula . El retiro no se podrá efectuar en horario de identificación y dejando constancia en el libro de registro correspondiente. En casos excepcionales, el/la estudiante podrá ser retirado/a por una persona distinta a su apoderado/a siempre y cuando presente una autorización en la agenda del/la estudiante y quien lo/la retire se identifique y sea mayor de edad. Todo esto será registrado. Para hacer efectivo un retiro anticipado de un/a estudiante se deben respetar los horarios establecidos por el colegio. No se realizarán retiros en horarios de recreos recreo y de 12:30 a 14:30 horas por almuerzo de las y los los/as estudiantes, salvo casos excepcionalesde extrema urgencia, debidamente justificadosy deberá siempre hacerse previa identificación del apoderado. El Colegio se reserva el derecho de retirar a un/a un estudiante que presenta del establecimiento, cuando presente inasistencias por 15 días hábileshábiles seguidos, sin presentar justificaciones mediar justificación alguna y después agotadas todas las instancias de enviar citaciones al/la comunicación con el apoderado/a a través de , incluyendo carta certificada. Además Además, se deberá informar de denunciar la situación de asistencia inasistencia a los Organismos organismos correspondientes (Oficina OPD, carabineros). Los/as estudiantes podrán ser retirados del establecimiento durante la jornada escolar, de Protección manera excepcional, solamente si el Apoderado lo requiere de los Derechos del Niñoforma presencial, Programa presentando cédula de Prevención Focalizada)identidad y dejando registro en el libro correspondiente.

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ASISTENCIA A CLASES. La asistencia a clases y actividades que el colegio disponga es obligatoria y debe ser constante para asegurar el logro de los aprendizajes y hacer efectivo el derecho a la educación. Las y los Los estudiantes deberán asistir regularmente a todas las actividades programadas por el Establecimiento. La asistencia de las y los estudiantes a otras actividades organizadas o patrocinadas por el Establecimiento, Establecimiento será informada a través de la Agenda Escolar Institucional o por medio de una circular solicitando la autorización escrita. De acuerdo al artículo 8 del Decreto Exento Nº146 xx xxxxxx de 1989 del MINEDUC. “Para ser promovidos/as, las y los estudiantes deberán asistir a lo menos al 85% de las clases y actividades establecidas en el calendario escolar anual y efectivamente realizadas”. Toda inasistencia debe ser justificada por escrito y estar firmada por el/la apoderado/a el apoderado en la agenda escolar a más tardar al momento de volver a clases. • En el caso de inasistencia a pruebas u otras evaluaciones el/la apoderado/a el apoderado deberá presentar presencialmente la justificación justificación, a más tardar tardar, al momento del reintegro a clases, en la inspectoría correspondientecorrespondiente y se debe atener a lo establecido en el reglamento de evaluación. • Los estudiantes podrán ser retirados/as retirados del establecimiento durante la jornada escolar, de manera excepcional, solamente por el/la Apoderado/a el Apoderado o apoderado/a apoderado suplente (será designado por el/la apoderado/a el apoderado en la primera reunión de padres, madres padres y apoderados/as), en forma presencial, presentando cédula de identificación y dejando constancia en el libro de registro correspondienteconstancia. En casos excepcionales, el/la estudiante el alumno(a) podrá ser retirado/a retirado por una persona distinta a su apoderado/a apoderado siempre y cuando presente una autorización en la agenda del/la estudiante del alumno(a) y quien lo/la lo retire se identifique y sea mayor de edad. Todo esto será registrado. Para hacer efectivo un retiro anticipado de un/a estudiante un alumno se deben respetar los horarios establecidos por el colegio. No se realizarán retiros en horarios de recreos y de 12:30 a 14:30 horas por almuerzo de DEBEN RESPETAR LOS HORARIOS ESTABLECIDOS para evitar entorpecer las y los estudiantes, salvo casos excepcionales, debidamente justificadoslabores educativas del Colegio. • El Colegio se reserva el derecho de retirar a un/a estudiante un alumno que presenta inasistencias por 15 días hábiles, sin presentar justificaciones y después de enviar citaciones al/la apoderado/a al apoderado a través de carta certificada. Además de denunciar la situación de asistencia a los Organismos correspondientes (Oficina de Protección de los Derechos del Niño, Programa de Prevención Focalizada)El Colegio adoptará las medidas psicosociales pertinentes.

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ASISTENCIA A CLASES. La asistencia a clases y actividades que el colegio disponga es obligatoria y debe ser constante para asegurar el logro de los aprendizajes y hacer efectivo el derecho a la educación. Las y los Los estudiantes deberán asistir regularmente a todas las actividades programadas por el Establecimiento. La asistencia de las y los estudiantes a otras actividades organizadas o patrocinadas por el Establecimiento, será informada a través de la Agenda Escolar Institucional o por medio de una circular solicitando la autorización escrita. De acuerdo al artículo 8 del Decreto Exento Nº146 xx xxxxxx de 1989 del MINEDUC. “Para ser promovidos/as, las y los estudiantes deberán asistir a lo menos al 85% de las clases y actividades establecidas en el calendario escolar anual y efectivamente realizadas”. • Toda inasistencia debe ser justificada por escrito y estar firmada por el/la apoderado/a el apoderado en la agenda escolar a más tardar al momento de volver a clases. • En el caso de inasistencia a pruebas u otras evaluaciones el/la apoderado/a el apoderado deberá presentar presencialmente la justificación a más tardar al momento del reintegro a clases, en la inspectoría correspondiente. • Los estudiantes podrán ser retirados/as retirados del establecimiento durante la jornada escolar, de manera excepcional, solamente por el/la Apoderado/a el Apoderado o apoderado/a apoderado suplente (será designado por el/la apoderado/a el apoderado en la primera reunión de padres, madres padres y apoderados/as), en forma presencial, presentando cédula de identificación y dejando constancia en el libro de registro correspondiente. En casos excepcionales, el/la estudiante el alumno(a) podrá ser retirado/a retirado por una persona distinta a su apoderado/a apoderado siempre y cuando presente una autorización en la agenda del/la estudiante del alumno(a) y quien lo/la lo retire se identifique y sea mayor de edad. Todo esto será registrado. Para hacer efectivo un retiro anticipado de un/a un estudiante se deben respetar los horarios establecidos por el colegioDEBEN RESPETAR LOS HORARIOS ESTABLECIDOS POR EL COLEGIO. No se realizarán retiros en horarios de recreos y de 12:30 a 14:30 horas por almuerzo de las y los estudiantes, salvo casos excepcionales, debidamente justificados. • El Colegio se reserva el derecho de retirar a un/a un estudiante que presenta inasistencias por 15 10 días hábiles, sin presentar justificaciones y después de enviar citaciones al/la apoderado/a al apoderado a través de carta certificada. Además de denunciar la situación de asistencia a los Organismos correspondientes (Oficina de Protección de los Derechos del Niño, Programa de Prevención Focalizada).

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