AVALÚO. El avalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos, nombrados uno por cada parte. En caso de disconformidad entre ellos, el Licitante dispondrá que el diferendo se resuelva por la vía judicial. Si dentro del plazo de TRES (3) días de notificado el Contratista no nombrare a su perito, se entenderá que renuncia a ese derecho y se somete al resultado del avalúo que practique el perito nombrado por el Licitante.
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Samples: Licitación, Pliego De Bases Y Condiciones, Licensing Agreements