Aviso de terminación de la ejecución de la obra. El contratista, con una antelación de cuarenta y cinco días hábiles, comunicará por escrito a la dirección de la obra la fecha prevista para la terminación del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción. El procedimiento y plazos para la tramitación de esta comunicación y la designación de representante por la Intervención se regularán por lo establecido en el artículo 163 del RGLCAP y por la legislación propia de la Comunidad de Madrid
Appears in 4 contracts
Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Obras, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Obras, www.madrid.org
Aviso de terminación de la ejecución de la obra. El contratista, con una antelación de cuarenta y cinco días hábiles, comunicará por escrito a la dirección de la obra la fecha prevista para la terminación del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción. El procedimiento y plazos para la tramitación de esta comunicación y la designación de representante por la Intervención representantes se regularán por lo establecido en el artículo 163 del RGLCAP y por la legislación propia de la Comunidad de Madrid.
Appears in 1 contract