CALIDAD DE LAS OBRAS. Se consideran incorporadas a este Pliego y deberán observarse en todo caso, las Normas Técnicas de Calidad, las Normas Tecnológicas de la Construcción, las Disposiciones Generales Básicas, adoptadas por Ley, Decretos, Ordenes Ministeriales y Resoluciones Administrativas de los distintos Ministerios, relativos a áridos, aglomerantes, cerámica, productos siderúrgicos, madera, estructuras, aislamientos, instalaciones de agua, electricidad, depósitos de presión, seguridad e higiene en el trabajo y a los distintos oficios que intervienen en la obra. Así mismo, habrá de cumplirse cuantas prescripciones afecten o puedan afectar a la obra y que se incluyan en el Ordenamiento Jurídico. Los materiales serán de la mejor calidad dentro de su especificación, siendo exigible la marca de calidad para aquellos que, dentro xxx xxxxxxx nacional, dispongan de ella. En todo caso, ningún material se pondrá en obra sin la conformidad de la Dirección Facultativa, pudiendo el adjudicatario recabar esta conformidad por escrito. Sistemáticamente serán sometidos al control previsto en la normativa oficial vigente las siguientes partidas: hormigón, acero, conducciones, conductores, productos bituminosos, bordillos, tierras para terraplenes, bases, subbases, áridos y agua, pavimentos, tapas de arquetas, tubos de hormigón, etc. Sin perjuicio de lo anterior, El Consorcio podrá exigir del adjudicatario y a cargo de éste, cuantos ensayos de materiales solicite la Dirección Facultativa, hasta el límite de 1% del coste global de la partida sometida a ensayo, siempre que no se hayan producido incidencias ni anomalías, en cuyo caso no existirá límite alguno. Todo material que sea hallado defectuoso o no idóneo por la Dirección Facultativa, será retirado de la obra en el plazo de tres días hábiles a partir del momento en que se dictamine el rechace. Transcurrido este plazo, la Dirección Facultativa podrá ordenar su destrucción para evitar su empleo subrepticio en la obra. Si la Dirección Facultativa sospecha la existencia de vicios ocultos en las obras ejecutadas, podrá ordenar, en cualquier tiempo, la demolición de las que sean necesarias para reconocer las que se supongan defectuosas. Los gastos de demolición y reconstrucción que se ocasionen serán de cuenta del adjudicatario, siempre que los vicios existan realmente y, en caso contrario, correrían a cargo de El Consorcio.
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CALIDAD DE LAS OBRAS. Se consideran incorporadas a este Pliego y deberán observarse en todo caso, las Normas Técnicas de Calidad, las Normas Tecnológicas de la Construcción, las Disposiciones Generales Básicas, adoptadas por Ley, Decretos, Ordenes Órdenes Ministeriales y Resoluciones Administrativas de los distintos Ministerios, relativos a áridos, aglomerantes, cerámica, productos siderúrgicos, madera, estructuras, aislamientos, instalaciones de agua, electricidad, depósitos de presión, seguridad e higiene en el trabajo Trabajo y a los distintos oficios que intervienen en la obra. Así mismo, habrá de cumplirse cuantas prescripciones afecten o puedan afectar a la obra y que se incluyan en el Ordenamiento Jurídico. Los materiales serán de la mejor calidad dentro de su especificación, siendo exigible la marca de calidad para aquellos que, dentro xxx xxxxxxx nacional, dispongan de ella. En todo caso, ningún material se pondrá en obra sin la conformidad de la Dirección Facultativa, pudiendo el adjudicatario recabar esta conformidad por escrito. Sistemáticamente serán sometidos al control previsto en la normativa oficial vigente las siguientes partidas: hormigón, acero, conducciones, conductores, productos bituminosos, bordillos, tierras para terraplenes, bases, subbases, áridos y agua, pavimentos, tapas de arquetas, tubos de hormigón, etc. Sin perjuicio de lo anterior, Consorcio El Consorcio Rincón podrá exigir del adjudicatario y a cargo de éste, este cuantos ensayos de materiales solicite la Dirección Facultativael Encargado General o Jefe de Obra nombrados por Consorcio El Rincón, hasta el límite de del 1% del coste global de la partida sometida a ensayo, siempre que no se hayan producido incidencias ni anomalías, en cuyo caso no existirá límite alguno. Todo material que sea hallado defectuoso o no idóneo por la Dirección Facultativael Encargado General o Jefe de Obra nombrados por Xxxxxxxxx Xx Xxxxxx, será retirado de la obra en el plazo de tres días hábiles a partir del momento en que se dictamine el rechacerechazo. Transcurrido este plazo, la Dirección Facultativa podrá el Encargado General o Jefe de Obra nombrados por Xxxxxxxxx Xx Xxxxxx podrán ordenar su destrucción para evitar su empleo subrepticio en la obra. Si la Dirección Facultativa sospecha o el Encargado General o Jefe de Obra nombrados por Xxxxxxxxx Xx Xxxxxx sospecharan de la existencia de vicios ocultos en las obras ejecutadas, podrá podrán ordenar, en cualquier tiempo, la demolición de las que sean necesarias para reconocer las que se supongan defectuosas. Los gastos de demolición y reconstrucción que se ocasionen serán de cuenta del adjudicatario, siempre que los vicios existan realmente y, en caso contrario, correrían a cargo de Consorcio El ConsorcioRincón.
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CALIDAD DE LAS OBRAS. Se consideran incorporadas a este Pliego y deberán observarse en todo caso, las Normas Técnicas de Calidad, las Normas Tecnológicas de la Construcción, las Disposiciones Generales Básicas, adoptadas por Ley, Decretos, Ordenes Ministeriales y PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA “RESTAURACIÓN DE LA CASA TOLOSA”- FASE I DE CONSOLIDACIÓN. 52 Resoluciones Administrativas de los distintos Ministerios, relativos a áridos, aglomerantes, cerámica, productos siderúrgicos, madera, estructuras, aislamientos, instalaciones de agua, electricidad, depósitos de presión, seguridad e higiene en el trabajo y a los distintos oficios que intervienen en la obra. Así mismo, habrá de cumplirse cuantas prescripciones afecten o puedan afectar a la obra y que se incluyan en el Ordenamiento Jurídico. Los materiales serán de la mejor calidad dentro de su especificación, siendo exigible la marca de calidad para aquellos que, dentro xxx xxxxxxx nacional, dispongan de ella. En todo caso, ningún material se pondrá en obra sin la conformidad de la Dirección Facultativa, pudiendo el adjudicatario recabar esta conformidad por escrito. Sistemáticamente serán sometidos al control previsto en la normativa oficial vigente las siguientes partidas: hormigón, acero, conducciones, conductores, productos bituminosos, bordillos, tierras para terraplenes, bases, subbases, áridos y agua, pavimentos, tapas de arquetas, tubos de hormigón, etc. Sin perjuicio de lo anterior, El Consorcio podrá exigir del adjudicatario y a cargo de éste, cuantos ensayos de materiales solicite la Dirección Facultativa, hasta el límite de 1% del coste global de la partida sometida a ensayo, siempre que no se hayan producido incidencias ni anomalías, en cuyo caso no existirá límite alguno. Todo material que sea hallado defectuoso o no idóneo por la Dirección Facultativa, será retirado de la obra en el plazo de tres días hábiles a partir del momento en que se dictamine el rechace. Transcurrido este plazo, la Dirección Facultativa podrá ordenar su destrucción para evitar su empleo subrepticio en la obra. Si la Dirección Facultativa sospecha la existencia de vicios ocultos en las obras ejecutadas, podrá ordenar, en cualquier tiempo, la demolición de las que sean xxxx necesarias para reconocer las que se supongan defectuosas. Los gastos de demolición y reconstrucción que se ocasionen serán de cuenta del adjudicatario, siempre que los vicios existan realmente y, en caso contrario, correrían a cargo de El Consorcio.
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