CARACTERISTICAS DEL SERVICIO El servicio prestado en virtud de estas Condiciones Especiales se realizará sobre una Base Firme y no estará sujeto a reducción o interrupción, salvo por las razones enumeradas en los Artículos 10, 11 y 12 de las Condiciones Generales del Reglamento.
caracteristicas Del contrato Los contratos objeto de las ayudas podrán realizarse con carácter temporal mediante contrataciones a tiempo completo o a tiempo parcial. • Se formalizarán por escrito en el modelo que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal.
CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO La persona seleccionada como “EVALUADOR TECNICO” deberá cumplir las funciones que le asigne la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: - Revisar estudios y /o expedientes técnicos de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar. - Revisar los expedientes técnicos de las solicitudes de ampliaciones de plazo de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar; para el trámite de aprobación y ejecución de los mismos. - Revisar los expedientes técnicos de las solicitudes de las modificaciones financieras (adicionales y deductivas) de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar; para el trámite de aprobación y ejecución de los mismos. - Monitorear los proyectos de inversión en infraestructura vial y urbana aprobada en el Presupuesto Municipal del Ejercicio. - Coordinar el estudio de los proyectos de inversión pública con la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos. - Revisar las fichas de Actividad y de manteniendo. - Asesorar y absolver consultas al público usuario en los asuntos de su especialidad y competencia. - Elaborar estudios definitivos y expedientes técnicos a detalle, asimismo la evaluación de dichos estudios según decisión de la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas. - Participar como especialista en la formulación de proyectos - Emitir informes mensuales al Sub Gerente de Obras Publicas sobre la labor de los residentes y Supervisores en las Obras de Administración Directa. - Controlar y supervisar el proceso de ejecución de obras, haciendo que los proyectos sean ejecutados conforme a los expedientes técnicos y normatividad vigentes. - Controlar y evaluar, bajo responsabilidad la permanencia en los puestos de trabajo y el desempeño laboral del personal bajo su cargo (residentes y supervisores de obra). - Programar en forma oportuna, en forma conjunta con los supervisores y residentes de obra, la fecha de entrega terreno e inicio de obra. - Ejecutar y controlar programas de obras públicas por contrata o administración directa, emitiendo los informes técnicos sobre el avance físico de obras, liquidación de contratos de obra y recepción de obras correspondientes. - Otros que asigne la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas.
Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.
Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o su clasificación de conformidad con lo establecido en el apartado 7 de la cláusula 1. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 6 de la cláusula 1. Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 68 de la LCSP.
Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
CONTENIDO DE LOS SOBRES 15.1. SOBRE “A”: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS. 1) Declaración responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 LCSP, cuyo modelo consiste en el documento europeo único de contratación (DEUC) adjunto como anexo VIII, aprobado a través del Reglamento (UE) nº 2016/7, de 5 de enero (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx), que deberá estar firmada y con la correspondiente identificación. De conformidad con lo establecido en la parte II, sección A, quinta pregunta, dentro del apartado titulado “Información general” del formulario normalizado del documento europeo único de contratación, las empresas que figuren inscritas en una “lista oficial de operadores económicos autorizados” solo deberán facilitar en cada parte del formulario aquellos datos e informaciones que, en su caso concreto, no estén inscritos en estas “listas oficiales”. En España, las empresas no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada en el Registro de Licitadores que corresponda, ya sea el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o el Registro Oficial de Contratistas de Euskadi, siempre y cuando las empresas incluyan en el formulario normalizado del documento europeo único de contratación (DEUC) la información necesaria para que el órgano de contratación pueda realizar el acceso correspondiente (dirección de internet, todos los datos de identificación y, en su caso, la necesaria declaración de consentimiento). Para el caso de que la empresa se encuentre inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o Registro Oficial de Contratistas de Euskadi, la empresa licitadora deberá asegurarse de qué datos se encuentran inscritos y actualizados en dichos Registros y cuáles no están inscritos o estándolo no están actualizados. En lo que respecta a empresas no nacionales procedentes de Estado Miembros de la UE, tanto el órgano de contratación como las empresas interesadas tienen a su disposición el depósito de certificados en línea e-Certis, en el cual consta: una lista completa y actualizada de los documentos y certificados que en cada Estado son susceptibles de ser utilizados por las empresas interesadas como medio de prueba del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a una licitación pública, así como una lista de los Registros de licitadores o de otro tipo y de las bases de datos que expiden estos certificados y documentos. 2) Integración de la solvencia con medios externos. 3) Uniones Temporales de Empresarios. 4) Empresas vinculadas. 5) Dirección de correo electrónico.
Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de <seis días> a la fecha límite para la recepción de ofertas.
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO A) Productos a proveer: todos los productos, materiales de limpieza y maquinarias necesarios a los fines de este servicio, serán provistos por la Adjudicataria en cantidad y calidad suficientes, lo que en definitiva evaluará esta Administración, cuyas autoridades podrán requerir los cambios y provisiones adicionales que estimen necesarias, si no se hallaran plenamente satisfechas las exigencias del servicio, quedando obligada la prestataria a su cumplimiento sin derecho a pago adicional alguno. La Adjudicataria deberá mantener un stock permanente de dichos materiales y productos, que cubran las necesidades del servicio, por un período mínimo de treinta (30) días. De ser necesario en cada edificio se proveerá a la Adjudicataria de un espacio físico o recinto para la guarda de los insumos, material de limpieza y aspiradora de uso diario, sin que ello implique ningún tipo de responsabilidad por deterioro, pérdida o sustracción, cualquiera fuere su origen, debiendo instalar en el mismo un mueble o armario necesario para tal fin. B) En los edificios donde no se pueda realizar la limpieza exterior de los vidrios, a través de sus ventanas, la Adjudicataria debe contemplar, a su costo, los medios necesarios para la realización de las mismas. C) Situaciones Especiales: 1. Cuerpo Médico Forense (Santiago del Estero Nº 15): en este Organismo funciona la Sala de Autopsias, que deberá ser higienizada por personal que cuente con vacunación contra Hepatitis A y B y antitetánica. La modalidad de limpieza en la sala de autopsias se realizará conforme a las NORMAS DE BIOSEGURIDAD que se detallan en ANEXO IV, debiendo utilizar lavandina en lugar de amonio cuaternario. D) Organismos. En el caso de que se dispusiera la clausura o supresión de dependencias, traslado de organismos de un edificio a otro, incremento de las áreas a tratar y/o variación de las frecuencias de las zonas en que ya se realiza la limpieza, ambas partes acordarán el descuento o el nuevo precio, según se trate, que corresponda efectuar a la retribución mensual que percibe la Adjudicataria. La concreción de tal modificación será decidida en todos los casos por la Administración General del Poder Judicial y le será comunicada a la Prestataria con una antelación no inferior a DIEZ (10) días corridos de la fecha en que debe comenzar su cumplimiento cuando se trate de un incremento en la superficie o frecuencia y con una antelación no inferior a TREINTA E) Control de cumplimiento del servicio. El Área Operación y Mantenimiento del Poder Judicial tendrá a su cargo la dirección, seguimiento y control de la prestación con amplias facultades para emitir solicitudes verbales o escritas. A tal fin, se habilitará un LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO, a través del cual se notificará a la Adjudicataria de las novedades del mismo: ausencias del personal, falta al cumplimiento en las prestaciones si las hubiere, etc.
OTRAS CARACTERÍSTICAS Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual corres- pondiente al contrato que se bonifica. • En los supuestos de obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social con el recargo y los intereses de demora correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. No se consideraran los incentivos descritos cuando se trate de relaciones laborales de carácter especial. normativa • Ley 43/2006, de 29 de diciembre. • Ley 44/2007, de 13 de diciembre, en su artículo 2.1 modifica los colectivos de exclusión social (Disposición Final Tercera). • Ley 3/2012, de 6 de julio disposición final decimocuarta.