TIPO DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo

TIPO DE CONTRATACIÓN. El instrumento contractual correspondiente que resulte del presente procedimiento de contratación será abierto por presupuesto mínimo y máximo de conformidad con los artículos 47 fracción I de la LAASSP y 85 del RLAASSP.
TIPO DE CONTRATACIÓN. EL CONTRATO QUE SE DERIVE DE ESTA LICITACIÓN SERÁ ABIERTO, CONFORME A LO DETERMINADO EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
TIPO DE CONTRATACIÓN. La contratación del consultor se hará mediante un contrato de consultoría de servicios, enmarcado en lo establecido en el Documento GN-2350- 9 “Políticas para la selección y contratación de consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, xx Xxxxx de 2011.
TIPO DE CONTRATACIÓN. La contratación del consultor se hará mediante un contrato por suma global de Servicios de Consultoría (Arrendamiento de Servicios) enmarcado en lo establecido en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial, de julio 2016.
TIPO DE CONTRATACIÓN. EL CONTRATO QUE SE DERIVE DE ÉSTA LICITACIÓN, SERÁ DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A PRECIO FIJO.
TIPO DE CONTRATACIÓN. El contrato que se adjudique abarcará el ejercicio fiscal 2023 y se adjudicará al LICITANTE cuya proposición resulte solvente. Para la presente contratación se cuenta con presupuesto autorizado para ejercer recursos en la partida presupuestal 33301 “Servicios de desarrollo de aplicaciones informáticas”.
TIPO DE CONTRATACIÓN. La misma será una Locación de Servicios, Asesor Nivel II, de acuerdo a las normas generales del Reglamento Operativo del presente Programa.
TIPO DE CONTRATACIÓN. Conforme a lo dispuesto por los artículos 39 fracción I inciso “d” del Reglamento de La Ley, se comunica que el contrato que se derive de la presente licitación será por los ejercicios fiscales 2018, 2019 y 2020 de acuerdo a la suficiencia presupuestal autorizado para tal efecto.
TIPO DE CONTRATACIÓN. El contrato que se adjudique abarcará los ejercicios fiscales 2021, 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026 y se adjudicará al LICITANTE cuya proposición resulte solvente. Para la presente contratación, se cuenta con el acuerdo de autorización para llevar a cabo adquisiciones, arrendamientos y servicios, cuyo ejercicio del gasto rebase un ejercicio presupuestario signado por el Director Ejecutivo de Administración para ejercer la partida presupuestal 33301 “Servicio de desarrollo de aplicaciones informáticas”. La erogación de los recursos para el ejercicio fiscal 2021, 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026 estará sujeta a la disponibilidad presupuestal que apruebe la Cámara de Diputados y el presupuesto que apruebe el Consejo General del Instituto, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes, cualquier pacto en contrario se considerara nulo. Vigencia del contrato La vigencia del contrato será a partir del día de la notificación del fallo al 31 de diciembre de 2026. Para efecto de lo anterior, con fundamento en el artículo 55 del REGLAMENTO con la notificación del Fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato de este procedimiento de contratación y obligará al INSTITUTO y al PROVEEDOR a firmar el contrato en la fecha, hora, lugar y forma prevista en el propio fallo o bien, dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores al de la citada notificación. Asimismo, con la notificación del fallo el INSTITUTO podrá solicitar la prestación de los servicios de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
TIPO DE CONTRATACIÓN. “LA CONDUSEF” Con fundamento en los artículos 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 85 de su Reglamento, “LA CONDUSEF” celebrará un contrato abierto con el licitante que resulte ganador. 2.5.-ADJUDICACIÓN E INFORMACIÓN RELATIVA A LA INVITACIÓN. 2.5.1.-ADJUDICACIÓN. 2.5.2.-ACEPTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA INVITACIÓN.