Common use of caracteristicas Del contrato Clause in Contracts

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollar. • El contrato se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato. • Cuando la duración del contrato sea superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido. • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. • A la finalización del contrato, llegado a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015.

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Samples: Contrato Temporal, Contrato Indefinido 10, Contrato Temporal

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse Los empleadores podrán contratar a tiempo completo los trabajadores directamente o a tiempo parcial. Será la través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación debidamente autorizadas, con garantía plena del tiempo exigido para la realización principio de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, igualdad y no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresadiscriminación. El contrato deberá formalizarse siempre se podrá celebrar: • De palabra. • Por escrito. El contrato podrá celebrarse por tiempo indefinido. Podrá concertarse por escrito un período de prueba que no podrá exceder de dos meses y deberá especificar durante el cual el empleador y el empleado de hogar estarán obligados a cumplir con precisión y claridad el carácter sus respectivas prestaciones, con posibilidad de resolución de la contratación e identificar suficientemente la obra o relación laboral por cual quiera de las partes con un período máximo de preaviso de 7 días. El trabajador debe recibir información sobre los Elementos esenciales del contrato si los mismos no figuran en el servicio contrato formalizado por escrito, que constituya además de los aspectos generales (identificación de las partes, salario, jornada, etc..). Incluirá: • Prestaciones salariales en especie, cuando se haya convenido su objeto, la duración del contratoexistencia. • Duración y distribución de los tiempos de presencia pactados, así como el sistema de retribución o compensación de los mismos en su caso. • Se garantiza como mínimo, el pago en metálico del SMI en cómputo anual por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento alguno por salario en especie, por manutención o alojamiento. Cuando exista el salario en especie no podrá superar el 30% de las percepciones salariales. Dicho salario se entiende referido a la jornada de trabajo completa, percibiéndose a desarrollarprorrata si se realiza una jornada inferior. La trabajadora o trabajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del SMI en cómputo anual. • Los trabajadores que trabajen por horas, en régimen externo perciben una retribución global por las horas efectivamente trabajadas, que incluye la totalidad de los conceptos retributivos (salario por el tiempo trabajado, más las partes proporcionales de descanso semanal, vacaciones y pagas extraordinarias) • La documentación xxx xxxxxxx se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo de salarios en los términos acordados por las partes. • La jornada máxima semanal será de cuarenta horas de trabajo efectivo, sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición del empleador, que pudie- ran acordarse entre las partes. Los tiempos de presencia tendrán la duración y serán objeto de retribución o compensación en los términos que las partes acuerden, no pudiendo exceder de 20 horas semanales de promedio en un período de un mes, salvo que las partes convengan en su compensación por periodos equivalentes al descanso. Su retribución no será de cuantía inferior a la correspondiente a las horas ordinarias. • Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberá mediar un descanso mínimo de 12 horas, pudiendo reducirse a 10 en el caso del empleado de hogar interno compensándose el resto hasta 12 horas en períodos de hasta 4 semanas. El empleado interno dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso. El descanso semanal será de 36 horas consecutivas que comprenderá como regla general, la tarde xxx xxxxxx o la mañana del lunes y el domingo completo. • El contrato período de vacaciones anuales será de treinta días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será como mínimo de quince días consecutivos. En defecto de pacto sobre el o los periodos de vacaciones, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se extinguiráelegirá libremente por el empleado. Estas fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute. Durante el periodo o periodos de vacaciones, previa denuncia el empleado de cualquiera hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar o en el lugar al que se desplace la familia o alguno de sus miembros. El trabajador tendrá derecho al disfrute de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contratofiestas y permisos previstos para el resto de los trabajadores. • Cuando La relación laboral podrá extinguirse por: • Despido disciplinario, mediante notificación escrita, por las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores. • Si el despido se declara improcedente por la duración del contrato sea superior a un añojurisdicción competente, la parte las indemnizaciones, que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente se abonarán íntegramente en metálico, serán equivalen- tes al salario correspondiente a los veinte días en que dicho plazo se haya incumplidonaturales multiplicados por el número de años de servicio, con el límite de doce mensualidades. • Ejecutada Extinción por desestimiento del empleador, que deberá ser comunicado por escrito al empleado de hogar. En el caso de que la obra o prestación de servicio hubiera sido superior a un año el empleador deberá conceder un plazo de preaviso de veinte días, siendo en los demás casos de siete días. • Simultáneamente, deberá poner a disposición del trabajador una indemnización íntegramente en metálico, en cuantía equivalente a 12 días naturales por año de servicio, si no hubiera denuncia expresa y con el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal límite de seis mensualidades. La cuantía de la prestación. • A la finalización del contrato, llegado indemnización de 12 días se aplica únicamente a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx El empleador podrá sustituir el preaviso por cada año una indemnización equivalente a los salarios de servicio para dicho periodo. Conforme a los contratos temporales celebrados supuestos del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, salvo fuerza mayor, despido colectivo y causas objetivas legalmente procedentes. • A partir del 1 de enero de 2012, el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se integra en el Régimen General como un Sistema Especial. incentivos • Se aplicará una reducción del 20% a las cotizaciones devengadas por la contratación de las personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas a este sistema especial, siempre que la obligación de cotizarse haya iniciado a partir del 1 de enero de 2013del 2012. • Once xxxx xx xxxxxxx La reducción del 20% se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45% para familias numerosas siempre que los empleados de hogar presten servicios de manera exclusiva y que dos ascendiente o el ascendiente, en el caso de familia monoparental, ejerzan una actividad profesional por cada año cuenta ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar. Cuando la familia numerosa sea de servicio para categoría especial, no será necesario que los contratos temporales celebrados dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar. Solo se reconocerá esta bonificación a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx un solo cuidador por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015unidad familiar.

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Samples: Contrato Para La Formación Y El Aprendizaje, Contrato Indefinido 10, Contrato Temporal

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse Los empleadores podrán contratar a tiempo completo los trabajadores directamente o a tiempo parcial. Será la través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación debidamente autorizadas, con garantía plena del tiempo exigido para la realización principio de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, igualdad y no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresadiscriminación. El contrato deberá formalizarse siempre se podrá celebrar: • De palabra. • Por escrito. El contrato podrá celebrarse por tiempo indefinido. Podrá concertarse por escrito un período de prueba que no podrá exceder de dos meses y deberá especificar durante el cual el empleador y el empleado de hogar estarán obligados a cumplir con precisión y claridad el carácter sus respectivas prestaciones, con posibilidad de resolución de la contratación e identificar suficientemente la obra o relación laboral por cual quiera de las partes con un período máximo de preaviso de 7 días. El trabajador debe recibir información sobre los Elementos esenciales del contrato si los mismos no figuran en el servicio contrato formalizado por escrito, que constituya además de los aspectos generales (identificación de las partes, salario, jornada, etc..). Incluirá: • Prestaciones salariales en especie, cuando se haya convenido su objeto, la duración del contratoexistencia. • Duración y distribución de los tiempos de presencia pactados, así como el sistema de retribución o compensación de los mismos en su caso. • Se garantiza como mínimo, el pago en metálico del SMI en cómputo anual por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento alguno por salario en especie, por manutención o alojamiento. Cuando exista el salario en especie no podrá superar el 30% de las percepciones salariales. Dicho salario se entiende referido a la jornada de trabajo completa, percibiéndose a desarrollarprorrata si se realiza una jornada inferior. La trabajadora o trabajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del SMI en cómputo anual. • Los trabajadores que trabajen por horas, en régimen externo perciben una retribución global por las horas efectivamente trabajadas, que incluye la totalidad de los conceptos retributivos (salario por el tiempo trabajado, más las partes proporcionales de descanso semanal, vacaciones y pagas extraordinarias) • La documentación xxx xxxxxxx se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo de salarios en los términos acordados por las partes. • La jornada máxima semanal será de cuarenta horas de trabajo efectivo, sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición del empleador, que pudie- ran acordarse entre las partes. Los tiempos de presencia tendrán la duración y serán objeto de retribución o compensación en los términos que las partes acuerden, no pudiendo exceder de 20 horas semanales de promedio en un período de un mes, salvo que las partes convengan en su compensación por periodos equivalentes al descanso. Su retribución no será de cuantía inferior a la correspondiente a las horas ordinarias. • Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberá mediar un descanso mínimo de 12 horas, pudiendo reducirse a 10 en el caso del empleado de hogar interno compensándose el resto hasta 12 horas en períodos de hasta 4 semanas. El empleado interno dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso. El descanso semanal será de 36 horas consecutivas que comprenderá como regla general, la tarde xxx xxxxxx o la mañana del lunes y el domingo completo. • El contrato período de vacaciones anuales será de treinta días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será como mínimo de quince días consecutivos. En defecto de pacto sobre el o los periodos de vacaciones, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se extinguiráelegirá libremente por el empleado. Estas fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute. Durante el periodo o periodos de vacaciones, previa denuncia el empleado de cualquiera hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar o en el lugar al que se desplace la familia o alguno de sus miembros. El trabajador tendrá derecho al disfrute de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contratofiestas y permisos previstos para el resto de los trabajadores. • Cuando La relación laboral podrá extinguirse por: • Despido disciplinario, mediante notificación escrita, por las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores. • Si el despido se declara improcedente por la duración del contrato sea superior a un añojurisdicción competente, la parte las indemnizaciones, que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente se abonarán íntegramente en metálico, serán equivalen- tes al salario correspondiente a los veinte días en que dicho plazo se haya incumplidonaturales multiplicados por el número de años de servicio, con el límite de doce mensualidades. • Ejecutada Extinción por desestimiento del empleador, que deberá ser comunicado por escrito al empleado de hogar. En el caso de que la obra o prestación de servicio hubiera sido superior a un año el empleador deberá conceder un plazo de preaviso de veinte días, siendo en los demás casos de siete días. • Simultáneamente, deberá poner a disposición del trabajador una indemnización íntegramente en metálico, en cuantía equivalente a 12 días naturales por año de servicio, si no hubiera denuncia expresa y con el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal límite de seis mensualidades. La cuantía de la prestación. • A la finalización del contrato, llegado indemnización de 12 días se aplica únicamente a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx El empleador podrá sustituir el preaviso por cada año una indemnización equivalente a los salarios de servicio para dicho periodo. Conforme a los contratos temporales celebrados supuestos del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, salvo fuerza mayor, despido colectivo y causas objetivas legalmente procedentes. • A partir del 1 de enero de 2012, el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se integra en el Régimen General como un Sistema Especial. incentivos • Durante los años 2013 y 2014, se aplicará una reducción del 20% a las cotizaciones devengadas por la contratación de las personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas a este sistema especial, siempre que la obligación de cotizarse haya iniciado a partir del 1 de enero de 2013del 2012. • Once xxxx xx xxxxxxx La reducción del 20% se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45% para familias numerosas siempre que los empleados de hogar presten servicios de manera exclusiva y que dos ascendiente o el ascendiente, en el caso de familia monoparental, ejerzan una actividad profesional por cada año cuenta ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar. Cuando la familia numerosa sea de servicio para categoría especial, no será necesario que los contratos temporales celebrados dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar. Solo se reconocerá esta bonificación a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx un solo cuidador por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015unidad familiar.

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Samples: Contrato Indefinido 10, Contrato Indefinido 10, Contrato Temporal

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse Deberá celebrarse a tiempo completo o jornada completa excepto en dos supuestos: cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial. Será • La duración del contrato de interinidad será la del tiempo exigido que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a la reserva del puesto de trabajo. • Cuando el contrato se realice para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, la duración será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la realización de la obra o serviciocobertura definitiva del puesto, sin que pueda ser superior a tres meses ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e contratación, identificar al trabajador sustituido y la causa de la sustitución y, en su caso, el puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se producirá tras el proceso de selección externa o promoción interna, así como especificar suficientemente la obra o el servicio circunstancia que constituya determina su objetoduración, la duración del contrato, así como contrato y el trabajo a desarrollar. • El contrato de interinidad se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto se produzca cualquiera de las siguientes causas: del contratoplazo que resulte de aplicación en los procesos de selección en las administraciones públicas. • Cuando la Los contratos de interinidad que tengan establecida legal o convencionalmente una duración del contrato sea superior a un año, la parte máxima y que formule la denuncia está obligada a notificar se hubiesen concertado por una duración inferior a la otra misma se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la terminación del contrato con una antelación mínima correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido. • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa su vencimiento y el trabajador continuara continuase prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo . • Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación: » Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, la falta de forma escrita determinará asimismo que el contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter a tiempo parcial de los servicios. » Por falta de alta en la Seguridad Social, si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. » Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral. • A la finalización También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx. • Artículo 15 del contratoReal Decreto Legislativo 2/2015, llegado a términode 23 de octubre, por el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará aprueba el texto refundido de forma gradual conforme la Ley del Estatuto de los Trabajadores. [BOE legislación consolidada] • Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. [BOE legislación consolidada] Cláusulas específicas del contrato temporal de interinidad que se celebre para sustituir al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx trabajador que esté en situación de excedencia por cada año cuidado de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 familiares, con reducción de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados cuotas a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015.la seguridad social‌

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Samples: Contrato Indefinido

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse Los empleadores podrán contratar a tiempo completo los trabajadores directamente o a tiempo parcial. Será la través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación debidamente autorizadas, con garantía plena del tiempo exigido para la realización principio de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, igualdad y no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresadiscriminación. El contrato deberá formalizarse siempre se podrá celebrar: • De palabra. • Por escrito. El contrato podrá celebrarse por tiempo indefinido. Podrá concertarse por escrito un período de prueba que no podrá exceder de dos meses y deberá especificar durante el cual el empleador y el empleado de hogar es- tarán obligados a cumplir con precisión y claridad el carácter sus respectivas prestaciones, con posibilidad de resolución de la contratación e identificar suficientemente la obra o relación laboral por cual quiera de las partes con un período máximo de preaviso de 7 días. El trabajador debe recibir información sobre los Elementos esenciales del contrato si los mismos no figuran en el servicio contrato formalizado por escrito, que constituya además de los aspectos generales (identificación de las partes, salario, jornada, etc..). Incluirá: • Prestaciones salariales en especie, cuando se haya convenido su objeto, la duración del contratoexistencia. • Duración y distribución de los tiempos de presencia pactados, así como el sistema de retribución o compensación de los mismos en su caso. • Se garantiza como mínimo, el pago en metálico del SMI en cómputo anual por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento al- guno por salario en especie, por manutención o alojamiento. Cuando exista el salario en especie no podrá superar el 30% de las percepciones salariales. Dicho salario se entiende referido a la jornada de trabajo completa, percibiéndose a desarrollarprorrata si se realiza una jornada inferior. La trabajadora o tra- bajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del SMI en cómputo anual. • Los trabajadores que trabajen por horas, en régimen externo perciben una retribución global por las horas efectivamente trabajadas, que incluye la totalidad de los conceptos retributivos (salario por el tiempo trabajado, más las partes proporcionales de descanso semanal, vacaciones y pagas extraordinarias) • La documentación xxx xxxxxxx se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo de salarios en los términos acordados por las partes. • La jornada máxima semanal será de cuarenta horas de trabajo efectivo, sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición del empleador, que pudieran acordarse entre las partes. Los tiempos de presencia tendrán la duración y serán objeto de retribución o compensación en los términos que las partes acuerden, no pudiendo exceder de 20 horas semanales de promedio en un período de un mes, salvo que las partes convengan en su compensación por periodos equivalentes al descanso. Su retribución no será de cuantía inferior a la correspondiente a las horas ordinarias. • Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberá mediar un descanso mínimo de 12 horas, pudiendo reducirse a 10 en el caso del empleado de hogar interno compensándose el resto hasta 12 horas en períodos de hasta 4 semanas. El empleado interno dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso. El descanso semanal será de 36 horas consecutivas que comprenderá como regla general, la tarde xxx xxxxxx o la mañana del lunes y el domingo completo. • El contrato período de vacaciones anuales será de treinta días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será como mínimo de quince días consecutivos. En defecto de pacto sobre el o los periodos de vacaciones, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se extinguiráelegirá libremente por el empleado. Estas fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute. Durante el periodo o periodos de vacaciones, previa denuncia el empleado de cualquiera hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar o en el lugar al que se desplace la familia o alguno de sus miembros. El trabajador tendrá derecho al disfrute de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contratofiestas y permisos previstos para el resto de los trabajadores. • Cuando La relación laboral podrá extinguirse por: » Despido disciplinario, mediante notificación escrita, por las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores. » Si el despido se declara improcedente por la duración del contrato sea superior a un añojurisdicción competente, la parte las indemnizaciones, que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente se abonarán íntegramente en metálico, serán equivalentes al salario correspondiente a veinte días naturales multiplicados por el número de años de servicio, con el límite de doce mensualidades. » Extinción por desestimiento del empleador, que deberá ser comunicado por escrito al empleado de hogar. En el caso de que la prestación de servicio hubiera sido superior a un año el empleador deberá conceder un plazo de preaviso de veinte días, siendo en los días en que dicho plazo se haya incumplidodemás casos de siete días. • Ejecutada la obra o Simultáneamente, deberá poner a disposición del trabajador una indemnización íntegramente en metálico, en cuantía equivalente a 12 días naturales por año de servicio, si no hubiera denuncia expresa y con el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal límite de seis mensualidades. La cuantía de la prestación. • A la finalización del contrato, llegado indemnización de 12 días se aplica únicamente a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales con- tratos celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx El empleador podrá sustituir el preaviso por cada año una indemnización equivalente a los salarios de servicio para dicho periodo. Conforme a los contratos temporales celebrados supuestos del artí- culo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, salvo fuerza mayor, despido colectivo y causas objetivas legalmente procedentes. • A partir del 1 de enero de 2012, el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se integra en el Régimen General como un Sistema Especial. • Se aplicará una reducción del 20% a las cotizaciones devengadas por la contratación de las personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas a este sistema especial, siempre que la obligación de cotizarse haya iniciado a partir del 1 de enero de 2013del 2012. • Once xxxx xx xxxxxxx La reducción del 20% se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45% para familias numerosas siempre que los empleados de hogar pres- ten servicios de manera exclusiva y que dos ascendiente o el ascendiente, en el caso de familia monoparental, ejerzan una actividad profesional por cada año cuenta ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar. Cuando la familia numerosa sea de servicio para categoría especial, no será necesario que los contratos temporales celebrados dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar. Solo se reconocerá esta bonificación a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx un solo cuidador por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015unidad familiar.

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Samples: Contrato Temporal

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo orientativo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores trabajado- res adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente suficien- temente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollar. • El contrato se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato. • Cuando la duración del contrato sea superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización indemnización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido. • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente pro- rrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. • A la finalización del contrato, llegado a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: » Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. » Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. » Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. » Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. » Doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015.

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caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse El empresario no tendrá frente a tiempo completo o cada uno de sus miembros los derechos y deberes que como tal le competen. • El jefe de grupo ostentara la representación de los que lo integran, respondiendo de las obligaciones inherentes a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollardicha representación. • El contrato se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra podrá ser verbal o servicio objeto del contratoescrito. • Cuando Su duración podrá ser indefinida. • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la duración Ley del contrato sea superior Estatuto de los Trabajadores. [BOE legislación consolidada] CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO INDEFINIDO DE ALTA DIRECCIÓN‌ Se considera personal de Alta Dirección a un año, la parte aquellos trabajadores que formule la denuncia está obligada a notificar ejercitan poderes inherentes a la otra titularidad jurídica de la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente al salario correspondiente empresa, y los relativos a los días objetivos generales de la misma con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la Entidad que respectivamente ocupe aquella titularidad. • Se formalizará por escrito, en ejemplar duplicado, uno para cada parte contratante. En ausencia de pacto escrito, se entenderá que dicho plazo el emplea- do es personal de alta dirección cuando se den los supuestos del artículo 8.1. del Estatuto de los Trabajadores y la prestación profesional se corresponda con la que define el artículo 1.2. del Real Decreto 1382/1985, de 1 xx xxxxxx, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección. • Podrá concertarse un período de prueba que en ningún caso podrá exceder de nueve meses, si su duración es indefinida. Transcurrido el período de prueba sin que se haya incumplido. • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus serviciosproducido desistimiento, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por producirá plenos efectos, computándose el tiempo indefinido, salvo prueba de los servicios prestados en contrario que acredite la naturaleza temporal de antigüedad del trabajador en la prestaciónEmpresa. • A El contrato de trabajo tendrá la finalización duración que las partes acuerden. • La jornada, horarios, fiestas y permisos, así como para vacaciones, será el fijado en las cláusulas del contrato, llegado en cuanto no configuren presta- ciones a término, cargo del empleado que excedan notoriamente de las que sean usuales en el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015ámbito profesional correspondiente.

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caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse El empresario no tendrá frente a tiempo completo o cada uno de sus miembros los derechos y deberes que como tal le competen. • El jefe de grupo ostentara la representación de los que lo integran, respondiendo de las obligaciones inherentes a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollardicha representación. • El contrato se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra podrá ser verbal o servicio objeto del contratoescrito. • Cuando Su duración podrá ser indefinida. • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la duración Ley del Estatuto de los Trabajadores. [BOE legislación consolidada] cláusulas específicas Del contrato sea superior inDefiniDo De alta Dirección‌ Definición Se considera personal de Alta Dirección a un año, la parte aquellos trabajadores que formule la denuncia está obligada a notificar ejercitan poderes inherentes a la otra titularidad jurídica de la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente al salario correspondiente empresa, y los relativos a los días objeti- vos generales de la misma con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la Entidad que respectivamente ocupe aquella titularidad. caracteristicas Del contrato • Se formalizará por escrito, en ejemplar duplicado, uno para cada parte contratante. En ausencia de pacto escrito, se entenderá que dicho plazo el empleado es personal de alta dirección cuando se den los supuestos del artículo 8.1. del Estatuto de los Trabajadores y la prestación profesional se corresponda con la que define el artículo 1.2. del Real Decreto 1382/1985, de 1 xx xxxxxx, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección. • Podrá concertarse un período de prueba que en ningún caso podrá exceder de nueve meses, si su duración es indefinida. Transcurrido el período de prueba sin que se haya incumplido. • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus serviciosproducido desistimiento, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por producirá plenos efectos, computándose el tiempo indefinido, salvo prueba de los servicios prestados en contrario que acredite la naturaleza temporal de antigüedad del trabajador en la prestaciónEmpresa. • A El contrato de trabajo tendrá la finalización duración que las partes acuerden. • La jornada, horarios, fiestas y permisos, así como para vacaciones, será el fijado en las cláusulas del contrato, llegado en cuanto no configuren prestaciones a término, cargo del empleado que excedan notoriamente de las que sean usuales en el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015ámbito profesional correspondiente.

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caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización » La duración máxima de este contrato será de seis meses dentro de un período de doce meses. » En atención al carácter estacional de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo actividad en función de lo establecido que se pueden producir las circunstancias señaladas anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo Convenios Colectivos de ámbito sectorial estatal o o, en su defecto por defecto, los convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazosinferior podrán modificar indistintamente: » En cualquier caso, los trabajadores adquirirán convenios colectivos no podrán establecer un período de referencia que exceda de dieciocho meses ni una duración máxima del contrato que exceda de las tres cuartas partes de dicho período de referencia, no siendo superior a doce meses. » En caso de que el contrato eventual se concierte por un plazo inferior a la condición duración máxima legal o convencionalmente establecida, podrá prorrogarse mediante acuerdo de trabajadores fijos las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder de la empresadicha duración máxima. El • Se formalizarán por escrito cuando su duración exceda de cuatro semanas y en aquellos casos que se concierten a tiempo parcial. • En el contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar constar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra causa o el servicio circunstancia que constituya su objetolo justifique y además, entre otros extremos, la duración del contrato, así como y el trabajo a desarrollar. • El contrato eventual por circunstancias de la producción se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice por la obra o servicio objeto expiración del contratotiempo convenido. • Cuando la Los contratos que tengan establecida legal o convencionalmente una duración del contrato sea superior a un año, la parte máxima y que formule la denuncia está obligada a notificar se hubiesen concertado por una duración inferior a la otra misma se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la terminación del contrato con una antelación mínima correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido. • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa su vencimiento y el trabajador continuara continúe prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. » A la finalización del contrato, llegado a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015. • Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación: » Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, la falta de forma escrita determinará asimismo que el contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter a tiempo parcial de los servicios. » Por falta de alta en la Seguridad Social, si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. » Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral. » También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx. • Artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. [BOE legislación consolidada] • Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. [BOE legislación consolidada] Cláusulas específicas del contrato temporal de interinidad‌ Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.

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Samples: Contrato Indefinido

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse El empresario no tendrá frente a tiempo completo o cada uno de sus miembros los derechos y deberes que como tal le competen. • El jefe de grupo ostentara la representación de los que lo integran, respondiendo de las obligaciones inherentes a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollardicha representación. • El contrato se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra podrá ser verbal o servicio objeto del contratoescrito. • Cuando Su duración podrá ser indefinida. normativa • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la duración Ley del Estatuto de los Trabajadores. [BOE legislación consolidada] cláusulas específicas Del contrato sea superior inDefiniDo De alta Dirección‌ Definición Se considera personal de Alta Dirección a un año, la parte aquellos trabajadores que formule la denuncia está obligada a notificar ejercitan poderes inherentes a la otra titularidad jurídica de la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente al salario correspondiente empresa, y los relativos a los días objeti- vos generales de la misma con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la Entidad que respectivamente ocupe aquella titularidad. caracteristicas Del contrato • Se formalizará por escrito, en ejemplar duplicado, uno para cada parte contratante. En ausencia de pacto escrito, se entenderá que dicho plazo el empleado es personal de alta dirección cuando se den los supuestos del artículo 8.1. del Estatuto de los Trabajadores y la prestación profesional se corresponda con la que define el artículo 1.2. del Real Decreto 1382/1985, de 1 xx xxxxxx, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección. • Podrá concertarse un período de prueba que en ningún caso podrá exceder de nueve meses, si su duración es indefinida. Transcurrido el período de prueba sin que se haya incumplido. • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus serviciosproducido desistimiento, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por producirá plenos efectos, computándose el tiempo indefinido, salvo prueba de los servicios prestados en contrario que acredite la naturaleza temporal de antigüedad del trabajador en la prestaciónEmpresa. • A El contrato de trabajo tendrá la finalización duración que las partes acuerden. • La jornada, horarios, fiestas y permisos, así como para vacaciones, será el fijado en las cláusulas del contrato, llegado en cuanto no configuren prestaciones a término, cargo del empleado que excedan notoriamente de las que sean usuales en el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015ámbito profesional correspondiente.

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Samples: Contrato Indefinido 10

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse Los empleadores podrán contratar a tiempo completo los trabajadores directamente o a tiempo parcial. Será la través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación debidamente autorizadas, con garantía plena del tiempo exigido para la realización principio de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormente, igualdad y no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollardiscriminación. • El contrato se extinguirápodrá celebrar » De palabra. » Por escrito. • El contrato podrá celebrarse por tiempo indefinido. • Podrá concertarse por escrito un período de prueba que no podrá exceder de dos meses y durante el cual el empleador y el empleado de hogar estarán obligados a cumplir con sus respectivas prestaciones, previa denuncia con posibilidad de cualquiera resolución de la relación laboral por cual quiera de las partes con un período máximo de preaviso de 7 días. • El trabajador debe recibir información sobre los Elementos esenciales del contrato si los mismos no figuran en el contrato formalizado por escrito, que además de los aspectos generales (identificación de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contratosalario, jornada, etc..). • Incluirá: » Prestaciones salariales en especie, cuando se haya convenido su existencia. » Duración y distribución de los tiempos de presencia pactados, así como el sistema de retribución o compensación de los mismos en su caso. » Se garantiza como mínimo, el pago en metálico del SMI en cómputo anual por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento alguno por salario en especie, por manutención o alojamiento. Cuando exista el salario en especie no podrá superar el 30% de las percepciones salariales. • Dicho salario se entiende referido a la jornada de trabajo completa, percibiéndose a prorrata si se realiza una jornada inferior. La trabajadora o trabajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del SMI en cómputo anual. semanal, vacaciones y pagas extraordinarias) » La documentación xxx xxxxxxx se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo de salarios en los términos acordados por las partes. » La jornada máxima semanal será de cuarenta horas de trabajo efectivo, sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición del empleador, que pudieran acordarse entre las partes. • Los tiempos de presencia tendrán la duración y serán objeto de retribución o compensación en los términos que las partes acuerden, no pudiendo exceder de 20 horas semanales de promedio en un período de un mes, salvo que las partes convengan en su compensación por periodos equivalentes al descanso. • Su retribución no será de cuantía inferior a la correspondiente a las horas ordinarias. » Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberá mediar un descanso mínimo de 12 horas, pudiendo reducirse a 10 en el caso del contrato sea superior a un añoempleado de hogar interno compensándose el resto hasta 12 horas en períodos de hasta 4 semanas. • El empleado interno dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso. El descanso semanal será de 36 horas consecutivas que comprenderá como regla general, la parte tarde xxx xxxxxx o la mañana del lunes y el domingo completo. » El período de vacaciones anuales será de treinta días naturales que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima podrán fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será como mínimo de quince díasdías consecutivos. En defecto de pacto sobre el o los periodos de vacaciones, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se elegirá libremente por el empleado. Estas fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute. • Durante el periodo o periodos de vacaciones, el empleado de hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar o en el lugar al que se desplace la familia o alguno de sus miembros. • El incumplimiento trabajador tendrá derecho al disfrute de las fiestas y permisos previstos para el resto de los trabajadores. » La relación laboral podrá extinguirse por: - Despido disciplinario, mediante notificación escrita, por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono las causas previstas en el Estatuto de una indem- nización equivalente los Trabajadores. - Si el despido se declara improcedente por la jurisdicción competente, las indemnizaciones, que se abonarán íntegramente en metálico, serán equivalentes al salario correspondiente a los veinte días en que dicho plazo se haya incumplido. • Ejecutada la obra o naturales multiplicados por el número de años de servicio, si no hubiera denuncia expresa y con el trabajador continuara prestando sus servicioslímite de doce mensualidades. - Extinción por desestimiento del empleador, que deberá ser comunicado por escrito al empleado de hogar. En el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario caso de que acredite la naturaleza temporal de la prestación. • A la finalización del contrato, llegado a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año prestación de servicio para hubiera sido superior a un año el empleador deberá conceder un plazo de preaviso de veinte días, siendo en los demás casos de siete días. únicamente a los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. » El empleador podrá sustituir el preaviso por una indemnización equivalente a los salarios de dicho periodo. Conforme a los supuestos del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, salvo fuerza mayor, despido colectivo y causas objetivas legalmente procedentes. » A partir del 1 de enero de 2012, el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se integra en el Régimen General como un Sistema Especial. Diez xxxx xx xxxxxxx Se aplicará una reducción del 20% a las cotizaciones devengadas por cada año la contratación de servicio para los contratos temporales celebrados las personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas a este sistema especial, siempre que la obligación de cotizarse haya iniciado a partir del 1 de enero de 2013del 2012. • Once xxxx xx xxxxxxx La reducción del 20% se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45% para familias numerosas siempre que los empleados de hogar presten servicios de manera exclusiva y que dos ascendiente o el ascendiente, en el caso de familia monoparental, ejerzan una actividad profesional por cada año cuenta ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar. » Cuando la familia numerosa sea de servicio para categoría especial, no será necesario que los contratos temporales celebrados dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar. » Solo se reconocerá esta bonificación a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx un solo cuidador por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015unidad familiar.

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caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse Por tiempo indefinido a tiempo completo o a tiempo parcial. Será requisitos Del trabajaDor autonomo • No hubiera extinguido contratos de trabajo, bien por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido declarados judicialmente improcedentes, bien por despidos colectivos que hayan sido declarados no ajustados a Derecho, en los doce meses anteriores a la celebración del tiempo exigido para contrato que da derecho a la realización bonificación prevista. • El empleador deberá mantener el nivel de empleo en los seis meses posteriores a la obra o serviciocelebración de los contratos que dan derecho a la citada bonificación. Si • A efectos de examinar el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse nivel de carácter orienta- tivo en función de lo establecido anteriormenteempleo y su mantenimiento, no pudiendo superar los tres años se tendrán en cuenta las extinciones de duración, ampliable en doce meses más contratos de trabajo por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal causas objetivas o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazosdespidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio despidos colectivos que constituya su objeto, la duración del contratono hayan sido declarados no ajustados a Derecho, así como el trabajo a desarrollar. • El contrato se extinguirálas extinciones causadas por dimisión, previa denuncia muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de cualquiera los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o realización de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato, o por resolución durante el periodo de prueba. • Cuando En lo no previsto en esta disposición, será de aplicación lo dispuesto en la duración sección I del contrato sea superior a un añocapítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la parte que formule mejora del crecimiento y del empleo, salvo lo establecido en sus artículos 2.7, 6.1.b) y 6.2. incentivos • Bonificación del 100 por 100 en la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento cuota empresarial por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplidocontingencias comunes. • Ejecutada la obra o servicioPeríodo de 12 meses. • Ley 6/2017, si no hubiera denuncia expresa de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. [BOE legislación consolidada] cláusulas específicas Del contrato inDefiniDo para trabajaDores mayores De cincuenta y Dos años beneficiarios De los subsiDios por Desempleo‌ requisitos De los trabajaDores • Trabajadores desempleados mayores de cincuenta y dos años, inscritos en el trabajador continuara prestando sus serviciosServicio Público de Empleo, que sean beneficiarios de cualquiera de los sub- sidios recogidos en el contrato se considerará prorrogado tácita- mente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal artículo 274 del Texto refundido de la prestaciónLey general de la Seguridad Social o del subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. La aplicación de esta medida será voluntaria. • A la finalización del contratoEl trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario o con quienes ostenten car- gos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las sociedades, llegado a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización así como con las contrataciones que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015produzcan con estos últimos.

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Samples: Contrato Temporal

caracteristicas Del contrato. Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orienta- tivo orientativo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollar. » El contrato se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato. » Cuando la duración del contrato sea superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente le obligará al abono de una indem- nización indemnización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido. » Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácita- mente tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. » A la finalización del contrato, llegado a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización que se aplicará de forma gradual conforme al siguiente calendario: • Ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011. • Nueve xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2012. • Diez xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2013. • Once xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2014. • Doce doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados a partir del 1 de enero de 2015. • Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación: » Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, la falta de forma escrita determinará asimismo que el contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter a tiempo parcial de los servicios. » Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. » Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral. » También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx. • Artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. [BOE legislación consolidada] • Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. [BOE legislación consolidada] Cláusulas específicas del contrato temporal eventual por circunstancias de la producción‌ Se concierta para atender exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la acti- vidad normal de la empresa.

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