Condiciones Específicas Del Contrato Cláusulas de Ejemplo
Condiciones Específicas Del Contrato. Ñ.1.- Actividad a desarrollar en el espacio: La definida en la carta de adjudicación, concordante con la recogida en el apartado C.
Ñ.2.- Inicio del pago de la renta: Desde la firma del Acta de Inicio de Actividad. Cuando por cualquier causa este Acta de Inicio de Actividad no se hubiera firmado dentro de los 15 días siguientes a la firma del acta de entrega del espacio, el arrendatario está obligado a abonar la renta a partir, y desde, el 16º día siguiente a la firma del acta de entrega del espacio.
Ñ.3.- Suministros: El adjudicatario deberá contratar directamente toda clase de suministros que requiera la explotación de la actividad, siendo de su cargo, tanto los consumos que genere como la instalación de las acometidas que resulten. Si lo anterior no fuera factible, serán facilitados por Adif-Alta Velocidad al adjudicatario que abonará 30.-€/máquina/mes por su consumo.
Ñ.4.- Información de la actividad: El adjudicatario se obliga a aportar mensualmente, dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al que corresponda, la cifra de ventas obtenidas, desglosadas por día por la máquina.
Ñ.5.- Pólizas de seguros: Conforme a lo señalado en el punto 19.7 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, el Adjudicatario, como condición indispensable y previa para firmar el acta de entrega del espacio, habrá tomado a su cargo una póliza de seguros en la que se incluyan las coberturas de riesgos de incendios y daños en general, así como la responsabilidad civil, para la cobertura de daños corporales y/o materiales causados a terceros que garantice, en caso de siniestro, el abono de la indemnización correspondiente hasta el importe mínimo de 150.000.- euros (CIENTO CINCUENTA MIL EUROS).
Ñ.6.- Reglamento de Régimen Interior (RRI): La estación de Santiago De Compostela NO dispone de Reglamento de Régimen Interno de obligado cumplimiento.
Ñ.7.- Preaviso de resolución anticipada a petición del Arrendatario: Cuando, por decisión propia, el arrendatario formule la resolución anticipada del contrato vendrá obligado a preavisar a ADIF-Alta Velocidad 6 meses antes de la fecha en que sea efectiva la resolución, estando obligado a mantener la actividad, durante dicho periodo, con el fin de permitir a ADIF-Alta Velocidad la formalización de una nueva adjudicación.
Ñ.8.- Penalización por resolución anticipada a petición del Arrendatario: Conforme lo señalado en el punto 19.12 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, ADIF-Alta Velocidad podrá exigir, y el adjudicatario se obliga a paga...
Condiciones Específicas Del Contrato. 52
5.2.1 Vigencia del Contrato 52
5.2.2 Inicio de Ejecución 52
Condiciones Específicas Del Contrato. 5.2.1. Vigencia del Contrato
Condiciones Específicas Del Contrato. 14.1.- Medios Humanos.
14.1.1. Adjuntar la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en los edificios.
14.1.2. Disponer de un Director Técnico de Mantenimiento, que debe poseer un título de Ingeniero Superior8 y ser un titulado técnico competente con experiencia en mantenimiento, así mismo se valorará positivamente su experiencia en gestión de servicios energéticos en edificios y que actuará como responsable del servicio frente a los responsables de la Administración titular del edificio, cuyo nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Los trabajos, entre otros, a desarrollar por dicho Director Técnico, serán los siguientes:
14.1.2.1. Será el encargado de la relación con los responsables de la Administración titular del edificio, emitiendo además informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc.
14.1.2.2. Será responsable del buen funcionamiento de las instalaciones a mantener.
14.1.2.3. Planificará y controlará todas las prestaciones contractuales, reflejándose los resultados en los libros de mantenimiento o en los informes oportunos cuando sea necesario.
14.1.2.4. Tomará todo tipo de decisiones y disposiciones para la consecución de la prestación contratada, siempre en sintonía con los responsables técnicos de la Administración titular del edificio.
14.1.3. La Administración titular del edificio no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, ni durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo.
14.1.4. El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato.
14.1.5. El personal encargado de realizar las labores de mantenimiento deberá tener la cualificación requerida por la reglamentación vigente (RITE, REBT, etc.), en particular en lo que se refiere a carnés profesionales, y experiencia acreditada en el mantenimiento y reparación,
Condiciones Específicas Del Contrato. No se establecen
Condiciones Específicas Del Contrato. 14.1 El Crédito será desembolsado una vez aprobado por la FINANCIERA. El desembolso se efectuará, a solicitud del CLIENTE (i) a través del pago del precio de el/los bien(es) y/o servicio(s) que el CLIENTE adquiere o adquirirá vía el Crédito, realizándose para tal efecto el abono directo al tercero proveedor elegido por el CLIENTE; y/o (ii) a través del abono en la Cuenta Bancaria señalada por el CLIENTE en la Orden de Desembolso respectiva, salvo modalidad distinta que la FINANCIERA informará previamente al CLIENTE. Los intereses compensatorios se devengarán desde la fecha de desembolso del crédito y en la forma prevista en el Cronograma de Pagos.
14.2 El pago del Crédito podrá realizarse mediante el pago directo a través de las agencias autorizadas de la FINANCIERA, o en la oficina principal de la FINANCIERA, señaladas en la página web de la institución (xxx.xxx.xxx.xx). Los pagos que realice el CLIENTE en virtud del Contrato se aplicarán en el orden siguiente: a) gastos y comisiones, b) intereses moratorios, c) intereses compensatorios, y d) capital.
Condiciones Específicas Del Contrato. Los licitadores deberán indicar el precio unitario por muestra de su oferta.
Condiciones Específicas Del Contrato. En adición a las cláusulas generales específicas precedentemente, de conformidad con la naturaleza de la contratación, los contratos deberán contener:
1. Características Generales de los Productos.
2. Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas.
Condiciones Específicas Del Contrato a) Plan de Actuación. En la última semana de cada mes el adjudicatario deberá presentar un plan de trabajo con las instrucciones dadas por los técnicos del Ayuntamiento en el que se recoja las previsiones para el mes siguiente. Después de cada intervención en cualquier instalación (sean rutinarias o no), deberán confeccionarse los partes de trabajo de los servicios realizados entregándolos para su firma al técnico designado por el Ayuntamiento.
Condiciones Específicas Del Contrato. Ñ.1.- Actividad a desarrollar en el local: La definida en la carta de adjudicación concordante con la oferta técnica final presentada por el adjudicatario. Ñ.2.-Inicio del pago de la renta. Mediante Acta y como máximo 30 días después de la entrega del local.