OBLIGACIONES GENERALES Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES GENERALES. En virtud del presente ACUERDO DE COLABORACIÓN, LAS PARTES se obligan a: Tratar los datos personales con arreglo a los principios rectores y disposiciones normativas contenidas en la Ley 1581 de 2012 y el Capítulo 25 del Título 2, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. En consecuencia, LAS PARTES se comprometen a dar estricto cumplimiento a los deberes consagrados en los artículos 17 y 18 de la Ley 1581 de 2012, en especial los relacionados con: Salvaguardar la seguridad de la información suministrada y, Guardar la confidencialidad respecto del tratamiento de los datos sensibles contenidos en el intercambio de información de acuerdo con lo exigido por la ley y sus decretos reglamentarios. Aplicar los principios rectores y disposiciones contenidas en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 1081 de 2015 (Libro 2, Parte 1, Título 1, Capítulo 2) cuando corresponda; normas que regulan el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para su ejercicio y garantía, y las excepciones a la publicidad de información, según corresponda. Utilizar la información trasferida única y exclusivamente para el cumplimiento del objeto establecido en la cláusula primera de este ACUERDO DE COLABORACIÓN y para el desarrollo de las funciones administrativas asignadas legalmente a cada una de LAS PARTES, garantizando que los datos no podrán ser utilizados para fines comerciales, de explotación económica, personales u otros fines diferentes al citado y autorizado. Esta obligación perdurará aun cuando haya terminado el presente ACUERDO DE COLABORACIÓN. No revelar, divulgar, exhibir, mostrar, comunicar, utilizar y/o emplear con persona natural o jurídica, en su favor o en el de terceros, la información objeto del presente ACUERDO DE COLABORACIÓN. Si el acceso a la información suministrada así lo requiere, LAS PARTES se comprometen a prestarse asistencia técnica, la cual no podrá generar ninguna erogación de recursos económicos. Suministrar los datos, estudios, informes, bases de datos y demás información solicitada según los acuerdos establecidos, teniendo en cuenta las normas y restricciones constitucionales y/o legales. En el evento que la información solicitada no se encuentre disponible, LAS PARTES deberán informar oportunamente para que se establezcan los mecanismos y el plazo de entrega de la misma. Determinar y dar a conocer los cambios de los funcionarios o colaboradores designados que participarán en el proceso de intercambio a través de comunicación escrita. Ent...
OBLIGACIONES GENERALES. 1. El contrato deberá cumplirse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo de cumplir el adjudicatario las obligaciones legales contempladas en la Legislación de los Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las obligaciones fiscales derivadas de la formalización y cumplimiento del contrato, y de los deberes sociales y salariales con el personal que ponga a disposición del cumplimiento del contrato, el cual carecerá de relación jurídica alguna con el Ayuntamiento.
OBLIGACIONES GENERALES. Cumplir con el objeto contratado de acuerdo con los requerimientos definidos por la Entidad. Durante la ejecución contractual se cumplió con las obligaciones establecidas, sin novedad alguna. Asistir a las reuniones programadas, relacionadas con la ejecución del objeto contractual y elaborar las actas y/o ayudas de memoria respectivas. A la fecha se desarrollaron actividades relacionadas con esta obligación, asistiendo a las reuniones programadas por el Área y por la Entidad. Efectuar seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en las reuniones relacionadas con el objeto contractual. Se efectuó seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquridos en las reuniónes, relacionadas con el objeto contractual. Entregar al supervisor del contrato el examen médico pre-ocupacional o de ingreso, como requisito para efectuar el primer pago. Se hizo entrega del examen médico pre-ocupacional para la realización del primer pago. Presentar un (1) informe mensual de ejecución de las obligaciones del contrato y un (1) informe final que dé cuenta del cumplimiento integral del mismo, como requisito para el respectivo pago. Así mismo presentar los informes que la Función Pública solicite en desarrollo del objeto contractual. Se adjunta un (1) informe de ejecución de las obligaciones del periodo de ejecución comprendido entre el 06/11/2018 y el 05/12/2018. Acreditar el pago al Sistema Integral de Seguridad Social en Salud, Pensión y Riesgos Laborales, de conformidad con la normativa vigente, presentando los soportes de pago correspondientes, anexos a los informes de ejecución, con el fin de tramitar cada pago. Se anexa pago de planilla del mes de noviembre de 2018. Aplicar durante la ejecución del contrato, los lineamientos establecidos en el Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad, así como la Política Ambiental. La ejecución contractual se realizó bajo los parámetros del Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad Actualizar la hoja de vida en el SIGEP, en caso de que durante el plazo de ejecución contractual, se presenten modificaciones a la información inicialmente registrada en dicho Sistema. Se actualizó la hoja de vida en el SIGEP para la firma del contrato y no se han realizado modificaciones posteriores. Atender con prontitud y efectividad las solicitudes, condiciones y/o recomendaciones que dentro de los términos del contrato formule el supervisor del mismo. Se atendieron solicitudes, condiciones y/o recomendaciones, en la ejecución contractual. ...
OBLIGACIONES GENERALES. 7.2.1. Reportar por escrito al supervisor del contrato cualquier sugerencia que contribuya a la obtención de mejores resultados.
OBLIGACIONES GENERALES. El contratista estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES GENERALES. El adjudicatario deberá llevar a cabo el mantenimiento objeto del contrato, con estricto cumplimiento de lo previsto en el Reglamento de Aparatos Elevadores. El adjudicatario quedará obligado a las gestiones y presentación de documentos que sean legalmente necesarios sobre el mantenimiento contratado, advirtiendo al IASS con un mes de antelación, de las reparaciones o sustituciones que se prevé necesario realizar para mantener la instalación dentro de la Normativa Legal vigente en cada momento y con el fin de evitar averías y garantizar la máxima seguridad de las personas y las cosas. Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será ésta responsable dentro de los límites señalados en las Leyes. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario comunicará al IASS con un mes de antelación la fecha en que le corresponde solicitar la inspección periódica y prestará la asistencia necesaria al Organismo de Control Autorizado (OCA) en estas visitas a las instalaciones. El personal de la empresa adjudicataria que realice trabajos en los edificios utilizará siempre uniforme de mantenimiento (a cargo de la adjudicataria) con el anagrama distintivo de la empresa, cuidando en todo momento la correcta presencia de dicha indumentaria. Asimismo, instalarán las señales precisas para indicar las zonas de trabajo y los puntos de posible peligro. Debido a los controles de seguridad de entradas y salidas implantados en algunos de los edificios del IASS, es necesario que todo el personal de la empresa adjudicataria acuda provisto de su Documento Nacional de Identidad.
OBLIGACIONES GENERALES. 7.2.1. Cumplir con el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad, por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno entre EL CONTRATISTA o su personal y el ICBF.
OBLIGACIONES GENERALES. 1. Revelar la información recibida únicamente a los empleados que deban conocerla para dar cumplimiento a las finalidades de este acuerdo, a las autoridades competentes con previo aviso a la contraparte, y las personas exclusivamente autorizadas por la PARTE REVELADORA.
OBLIGACIONES GENERALES. Serán obligaciones generales del contratista las siguientes:
OBLIGACIONES GENERALES. 1. Las Partes se asegurarán que en su legislación se establezcan procedimientos de observancia de los derechos de propiedad intelectual a los que se refiere este capítulo conforme a lo previsto en esta sección que permitan la adopción de medidas eficaces contra cualquier acción infractora a estos derechos, con inclusión de recursos ágiles para prevenir las infracciones, y de recursos que constituyan un medio eficaz de disuasión de nuevas infracciones. Estos procedimientos se aplicarán de forma que se evite la creación de obstáculos al comercio legítimo y deberán prever salvaguardias contra su abuso.