Common use of Carácter provisorio de los certificados Clause in Contracts

Carácter provisorio de los certificados. Las mediciones y certificaciones parciales mensuales tienen carácter provisorio y están supeditadas al resultado de las mediciones finales que se realicen para las recepciones provisionales, parciales o totales, salvo para aquellos trabajos cuya índole no permita una nueva medición. Sobre todos los certificados se retendrá el 5% en concepto de Fondo de Reparos, y los descuentos realizados se sumarán a la garantía contractual. La retención del Fondo de Reparos se realizará por el total del certificado sin el descuento del anticipo financiero. Tanto la garantía de cumplimiento del contrato como el Fondo de Reparos se mantendrán hasta la Recepción Definitiva de la obra, en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a reparaciones que fueran necesarias realizar. En ningún caso, se pagarán intereses por las retenciones realizadas por dicho concepto. El Licitante podrá deducir en los certificados las sumas que, por cualquier motivo, le adeude el Contratista en relación con la obra. En caso de ser afectado este fondo al pago de multas o devoluciones que por cualquier concepto debiera efectuar el Contratista, corresponderá al mismo reponer la suma afectada en el plazo xx XXXX (10) días hábiles, bajo apercibimiento de rescisión del contrato. El Contratista podrá sustituir el fondo de reparos por alguna de las garantías previstas en este Pliego.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La, exactas.uba.ar, www.fi.uba.ar

Carácter provisorio de los certificados. Las mediciones y certificaciones parciales mensuales tienen carácter provisorio y están supeditadas al resultado de las mediciones finales que se realicen para las recepciones provisionales, parciales o totales, salvo para aquellos trabajos cuya índole no permita una nueva medición. Sobre todos los certificados se retendrá el 5% en concepto de Fondo de Reparos, y los descuentos realizados se sumarán a la garantía contractual. La retención del Fondo de Reparos se realizará por el total del certificado sin el descuento del anticipo financiero. Tanto la garantía de cumplimiento del contrato como el Fondo de Reparos se mantendrán hasta la Recepción Definitiva de la obra, en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a reparaciones que fueran necesarias realizar. En ningún caso, se pagarán intereses por las retenciones realizadas por dicho concepto. El Licitante podrá deducir en los certificados las sumas que, por cualquier motivo, le adeude el Contratista en relación con la obra. En caso de ser afectado este fondo al pago de multas o devoluciones que por cualquier concepto debiera efectuar el Contratista, corresponderá al mismo reponer la suma afectada en el plazo xx XXXX (10) días hábiles, bajo apercibimiento de rescisión del contrato. El Fondo de Reparo se retendrá en efectivo y el Contratista no podrá sustituir el fondo de reparos sustituirlo por alguna otra de las garantías previstas en este Pliego.

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