CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR. 10.1 El CONTRATISTA y la CONTRATANTE estarán exentos de responsabilidad en el cumplimiento de plazos establecidos en este Contrato, toda vez que estén impedidos por causas atribuidas a casos fortuitos o de fuerza mayor. Para los fines de este Contrato se considerarán casos fortuitos o fuerza mayor los que como ejemplo, pero no limitativamente, se mencionan a continuación, siempre que tales casos hayan tenido efectiva influencia o producido interrupciones en la ejecución del Contrato y se hayan utilizado la debida diligencia para prevenir o limitar sus influencias.-
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CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR. 10.1 El 8.1 La CONTRATISTA y la CONTRATANTE estarán exentos de responsabilidad en el cumplimiento de plazos establecidos en este Contrato, toda vez que estén impedidos por causas atribuidas a casos fortuitos o de fuerza mayor. Para los fines de este Contrato se considerarán casos fortuitos o fuerza mayor los que como ejemplo, pero no limitativamente, se mencionan a continuación, siempre que tales casos hayan tenido efectiva influencia o producido interrupciones en la ejecución del Contrato y se hayan utilizado la debida diligencia para prevenir o limitar sus influencias.-influencias.
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CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR. 10.1 El CONTRATISTA PROVEEDOR y la LA CONTRATANTE estarán exentos de responsabilidad en el cumplimiento de los plazos establecidos en este Contrato, toda vez que estén impedidos por causas atribuidas atribuibles a casos fortuitos caso fortuito o de fuerza mayor. Para los fines de este Contrato Contrato, se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor los lo que como ejemplo, pero no limitativamente, se mencionan a continuación, siempre que tales casos hayan tenido efectiva influencia o producido producidas interrupciones en la ejecución del Contrato contrato, y se hayan utilizado la debida diligencia para prevenir o limitar sus influencias.-influencias. A los fines de este Contrato, se consideran casos fortuitos o de fuerza mayor:
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CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR. 10.1 8.1 El CONTRATISTA y la CONTRATANTE estarán exentos de responsabilidad en el cumplimiento de los plazos establecidos en este éste Contrato, toda vez que estén impedidos por causas atribuidas a casos fortuitos o de fuerza mayor. Para los fines de este éste Contrato se considerarán considerará casos fortuitos o de fuerza mayor los que como ejemplo, pero no limitativamente, limitativamente se mencionan a continuación, siempre que tales casos hayan tenido efectiva influencia o producido interrupciones producida interrupción en la ejecución del Contrato y se hayan haya utilizado la debida diligencia para prevenir o limitar sus influencias.-influencias:
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