Coberturas de contratación opcional. Límites Tenga en cuenta en caso de siniestro Accidentes corporales Fallecimiento 6.000€ por siniestro Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro Asistencia en caso de accidente Envío de fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica 1.000€ por anualidad Límite conjunto de 1.500€ por anualidad Limpieza y lavandería 30€ al día hasta 1.000€ por anualidad Custodia de los hijos del asegurado menores de 3 años 1.000€ por anualidad Formación hijo del asegurado 1.000€ por anualidad Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización. La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que Mutua Madrileña solicite. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña, se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración. La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los profesionales necesarios. 92 93 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la página xxx.xxxxx.xx: Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento. Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las enumeradas. Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia del Grupo Mutua Madrileña en xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxx 1. Entrada en vigor y firma
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Samples: Insurance Policy
Coberturas de contratación opcional. e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte.
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía.
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado.
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado.
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx.
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados.
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de estos contra MM Xxxxx.
7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato.
8. Las reclamaciones derivadas de:
a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante.
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites Tenga en cuenta en caso de siniestro Accidentes corporales Fallecimiento COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro Asistencia en caso de accidente Envío de fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica 1.000€ por anualidad Límite conjunto de 1.500€ por anualidad Limpieza y lavandería 30€ al día hasta 1.000€ por anualidad Custodia de los hijos del asegurado menores de 3 años 1.000€ por anualidad Formación hijo del asegurado 1.000€ por anualidad Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización. La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que Mutua Madrileña solicite. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña, se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración. La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los profesionales necesarios. 92 93 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la página xxx.xxxxx.xx: Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento. Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las enumeradas. Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia del Grupo Mutua Madrileña en xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxx
1. Entrada en vigor y firmasiniestro
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Samples: Alquiler Inquilino
Coberturas de contratación opcional. Límites Tenga e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte.
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en cuenta en caso la Seguridad Social y al corriente de siniestro Accidentes corporales Fallecimiento pago. Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía.
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado.
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado.
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a Mutua Madrileña.
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados.
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de estos contra Mutua Madrileña.
7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato.
8. Las reclamaciones derivadas de:
a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante.
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Hasta 6.000€ por siniestro Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro Asistencia en caso de accidente Envío de fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica 1.000€ por anualidad Límite conjunto de 1.500€ por anualidad Limpieza y lavandería 30€ al día hasta 1.000€ por anualidad Custodia de los hijos del asegurado menores de 3 años 1.000€ por anualidad Formación hijo del asegurado 1.000€ por anualidad Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización. La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que Mutua Madrileña solicite. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña, se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración. La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los profesionales necesarios. 92 93 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la página xxx.xxxxx.xx: Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento. Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las enumeradas. Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia del Grupo Mutua Madrileña en xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxx
1. Entrada en vigor y firmasiniestro
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Samples: Alquiler Inquilino
Coberturas de contratación opcional. e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles,
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía.
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado.
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado.
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx.
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados.
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de estos contra MM Xxxxx.
7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato.
8. Las reclamaciones derivadas de:
a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante.
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites Tenga en cuenta en caso de siniestro Accidentes corporales Fallecimiento COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro Asistencia en caso de accidente Envío de fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica 1.000€ por anualidad Límite conjunto de 1.500€ por anualidad Limpieza y lavandería 30€ al día hasta 1.000€ por anualidad Custodia de los hijos del asegurado menores de 3 años 1.000€ por anualidad Formación hijo del asegurado 1.000€ por anualidad Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización. La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que Mutua Madrileña solicite. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña, se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración. La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los profesionales necesarios. 92 93 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la página xxx.xxxxx.xx: Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento. Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las enumeradas. Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia del Grupo Mutua Madrileña en xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxx
1. Entrada en vigor y firmasiniestro
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Samples: Alquiler Propietario
Coberturas de contratación opcional. Límites Tenga en cuenta en caso de siniestro Accidentes corporales Fallecimiento 6.000€ e. Reclamaciones por siniestro Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro Asistencia en caso de accidente Envío de fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica 1.000€ por anualidad Límite conjunto de 1.500€ por anualidad Limpieza y lavandería 30€ al día hasta 1.000€ por anualidad Custodia de los hijos del asegurado menores de 3 años 1.000€ por anualidad Formación hijo del asegurado 1.000€ por anualidad Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización. La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que Mutua Madrileña solicite. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña, se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración. La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los profesionales necesarios. 92 93 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO Este contrato está sometido a la legislación española, controlado incumplimiento contractual por la Dirección General compra, limpieza, restauración o alquiler de Seguros ajuar doméstico y Fondos personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de Pensiones imagen, sonido, electrónicos y compuesto por las Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son objetos de aplicación los siguientes textos legales, arte.
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que pueden ser consultados esté dado de alta en la página xxx.xxxxx.xx: Ley 50/1980 Seguridad Social y al corriente de 8 de octubre, de Contrato de Seguropago. Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia Además de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y Exclusiones Generales de su reglamento. Ley 22/2007 de 11 de julioSeguro, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las enumeradas. Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia del Grupo Mutua Madrileña en xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxxquedan excluidos:
1. Entrada en vigor Los gastos y firmahonorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía.
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado.
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado.
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a Xxxxx Xxxxxxxxx.
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados.
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra Mutua Madrileña.
7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato.
8. Las reclamaciones derivadas de:
a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante.
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda.
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Samples: Insurance Policy
Coberturas de contratación opcional. e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte.
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía.
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado.
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado.
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a Xxxxx Xxxxxxxxx.
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados.
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra Mutua Madrileña.
7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato.
8. Las reclamaciones derivadas de:
a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante.
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites Tenga en cuenta en caso de siniestro Accidentes corporales Fallecimiento COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro Asistencia en caso de accidente Envío de fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica 1.000€ por anualidad Límite conjunto de 1.500€ por anualidad Limpieza y lavandería 30€ al día hasta 1.000€ por anualidad Custodia de los hijos del asegurado menores de 3 años 1.000€ por anualidad Formación hijo del asegurado 1.000€ por anualidad Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización. La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que Mutua Madrileña solicite. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña, se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración. La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los profesionales necesarios. 92 93 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la página xxx.xxxxx.xx: Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento. Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las enumeradas. Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia del Grupo Mutua Madrileña en xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxx
1. Entrada en vigor y firmasiniestro
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Samples: Insurance Policy
Coberturas de contratación opcional. e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles,
f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos:
1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía.
2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado.
3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado.
4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a Mutua Madrileña.
5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados.
6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de estos contra Mutua Madrileña.
7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato.
8. Las reclamaciones derivadas de:
a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante.
b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites Tenga en cuenta en caso de siniestro Accidentes corporales Fallecimiento COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro Invalidez permanente absoluta 12.000€ por siniestro Asistencia en caso de accidente Envío de fisioterapeutas, ATS y auxiliares de clínica 1.000€ por anualidad Límite conjunto de 1.500€ por anualidad Limpieza y lavandería 30€ al día hasta 1.000€ por anualidad Custodia de los hijos del asegurado menores de 3 años 1.000€ por anualidad Formación hijo del asegurado 1.000€ por anualidad Deberá aportar a Mutua Madrileña la documentación necesaria que acredite el daño producido y el derecho a la indemnización. La determinación de la invalidez permanente absoluta, se realizará exclusivamente en España y de acuerdo a los documentos y pruebas que Mutua Madrileña solicite. Si hubiera disconformidad con la valoración xx Xxxxx Madrileña, se estará a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro (ver xxx.xxxxx.xx), que determina que las partes designarán cada una a un perito y, en caso de discrepancia en su dictamen, será un tercero quien determine la valoración. La asistencia en caso de accidente deberá solicitarse a Mutua Madrileña, que se ocupará del envío de los profesionales necesarios. 92 93 APLICABLE A TODAS LAS COBERTURAS LEGISLACIÓN QUE APLICA A SU CONTRATO Este contrato está sometido a la legislación española, controlado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y compuesto por las Condiciones Generales, Particulares, Especiales y Suplementos y son de aplicación los siguientes textos legales, que pueden ser consultados en la página xxx.xxxxx.xx: Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y su reglamento. Ley 22/2007 de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Aquellas normas que en el futuro sustituyan o modifiquen las enumeradas. Podrá consultar el informe sobre la situación financiera y de solvencia del Grupo Mutua Madrileña en xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxx
1. Entrada en vigor y firmasiniestro
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Samples: Alquiler Propietario