Comedores. 46.1. Todas las empresas de más de 25 trabajadores afectadas por este convenio deben disponer de un local debidamente habilidad para comer en el centro de trabajo. En este local se deben proporcionar comidas o cenas al personal que necesite hacer estas comidas en el centro de trabajo por razón de su horario de servicio. Tiene derecho, además, si la entrada o la salida del horario laboral coincide en media hora, antes o después, con la comida o la cena, y siempre que el local permanezca abierto. Las empresas no pueden modificar los horarios actuales de apertura y cierre de estos locales para comida sin un acuerdo previo con el Comité de empresa o los delegados de personal.
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Samples: gremicat.es, www.convenioscolectivos.net
Comedores. 46.1. 47.1 Todas las empresas de más de 25 trabajadores afectadas por este convenio conve- nio deben disponer de un local debidamente habilidad para comer en el centro de trabajo. En este local se deben proporcionar comidas o cenas al personal que necesite hacer estas comidas en el centro de trabajo por razón de su horario de servicio. Tiene Tie- ne derecho, además, si la entrada o la salida del horario laboral coincide en media hora, antes o después, con la comida o la cena, y siempre que el local permanezca abierto. Las empresas no pueden modificar los horarios actuales de apertura y cierre de estos locales para comida sin un acuerdo previo con el Comité de empresa o los delegados de personal.
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Samples: www.consejo-fisioterapia.org
Comedores. 46.1. 46.1 Todas las empresas de más de 25 trabajadores trabajadores/as afectadas por este convenio Convenio deben disponer de un local debidamente habilidad habilitado para comer en el centro de trabajo. En este local se deben proporcionar comidas o cenas al personal que necesite hacer estas comidas en el centro de trabajo por razón de su horario de servicio. Tiene derecho, además, si la entrada o la salida del horario laboral coincide en media hora, antes o después, con la comida o la cena, y siempre que el local permanezca abierto. Las empresas no pueden modificar los horarios actuales de apertura y cierre de estos locales para comida sin un acuerdo previo con el Comité de empresa o los delegados Delegados de personal.
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Samples: www.aces.es