Common use of Comercialización del volumen de Regalías Clause in Contracts

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la ANH lo estime conveniente y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista comercializará la porción de la producción de Hidrocarburos que corresponda a las Regalías, y entregará a la ANH el dinero proveniente de las ventas, dentro del plazo establecido para tal fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista hará su mejor esfuerzo para comercializar la producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con prioridad para el abastecimiento interno del país. La ANH reconocerá al Contratista los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o un margen razonable, que debe ser convenido previamente entre las dos Partes. La cantidad de dinero que el Contratista debe entregar a la ANH por concepto de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalías, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipación, NO puede ser inferior -en ningún caso- al valor de liquidación de las Regalías, determinado según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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Samples: Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos, Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos, Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la ANH lo estime conveniente y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista comercializará la porción de la producción Producción de Hidrocarburos que corresponda a las Regalías, y entregará a la ANH el dinero proveniente de las ventas, dentro del plazo establecido para tal fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista hará su mejor esfuerzo para comercializar la producción Producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con prioridad para el abastecimiento interno del país. La ANH reconocerá al Contratista los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o un margen razonable, que debe ser convenido previamente entre las dos Partes. La cantidad de dinero que el Contratista debe entregar a la ANH por concepto de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalías, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipación, NO puede ser inferior -en ningún caso- al valor de liquidación de las Regalías, determinado según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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Samples: Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la ANH lo estime conveniente considere conveniente, y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista EL CONTRATISTA comercializará la porción de la producción Producción de Hidrocarburos que corresponda corresponde a las Regalías, regalías y entregará a la LA ANH el dinero proveniente de tales ventas. Para tal fin las ventas, dentro del plazo establecido para tal fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito partes convendrán los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista hará EL CONTRATISTA debe hacer su mejor esfuerzo para comercializar la producción Producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con prioridad para el abastecimiento interno del país. La ANH reconocerá al Contratista a EL CONTRATISTA los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o un margen razonable, que debe ser convenido previamente entre las dos Partesdirectos. La cantidad de dinero final que el Contratista debe entregar EL CONTRATISTA entregue a la ANH por concepto de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalíascomercialización, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipacióncostos, NO puede no podrá ser inferior -en ningún caso- al valor de liquidación de las Regalías, determinado según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. A Falta de acuerdo entre las partes, la diferencia será sometida al mecanismo de Desacuerdos previsto en la Cláusula 58.

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Samples: Contrato De Operación Y Administración De Áreas Con Activos Productivos

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la LA ANH lo estime conveniente considere conveniente, y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista EL CONTRATISTA comercializará la porción de la producción de Hidrocarburos que corresponda corresponde a las Regalías, regalías y entregará a la LA ANH el dinero proveniente de las tales ventas, dentro del plazo establecido para tal . Para este fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito convendrán los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista EL CONTRATISTA hará su mejor esfuerzo para comercializar la dicha producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con dando prioridad para el al abastecimiento interno del país. La LA ANH reconocerá al Contratista a EL CONTRATISTA los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o y un margen razonable, razonable de comercialización que debe deberá ser convenido previamente acordado entre las dos Partes. La cantidad de dinero El valor monetario final que el Contratista debe entregar EL CONTRATISTA entregue a la ANH por concepto la aplicación de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalías, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipación, NO puede presente cláusula no podrá ser inferior -en en ningún caso- caso al valor de liquidación que determine el Ministerio de las Regalías, determinado Minas y Energía según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. A falta de acuerdo aplicará el mecanismo de peritaje dispuesto en la cláusula 74. Pago de participaciones: LA ANH será la única responsable de efectuar los pagos que, por concepto de participaciones por regalías, correspondan a las entidades beneficiarias señaladas en la ley.

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Samples: Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la LA ANH lo estime conveniente considere conveniente, y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista EL CONTRATISTA comercializará la porción de la producción de Hidrocarburos que corresponda corresponde a las Regalías, regalías y entregará a la LA ANH el dinero proveniente de las tales ventas, dentro del plazo establecido para tal . Para este fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito convendrán los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista EL CONTRATISTA hará su mejor esfuerzo para comercializar la dicha producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con dando prioridad para el al abastecimiento interno del país. La LA ANH reconocerá al Contratista a EL CONTRATISTA los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o y un margen razonable, razonable de comercialización que debe deberá ser convenido previamente acordado entre las dos Partes. La cantidad de dinero El valor monetario final que el Contratista debe entregar EL CONTRATISTA entregue a la ANH por concepto la aplicación de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalías, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipación, NO puede presente cláusula no podrá ser inferior -en en ningún caso- caso al valor de liquidación que determine el Ministerio de las Regalías, determinado Minas y Energía según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. A falta de acuerdo aplicará el mecanismo de peritaje dispuesto en la cláusula 74.

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Samples: Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la ANH lo estime conveniente y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista (Individual o Plural) comercializará la porción de la producción Producción de Hidrocarburos que corresponda a las Regalías, y entregará a la ANH Entidad el dinero proveniente de las ventas, dentro del plazo establecido para tal fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista (Individual o Plural) hará su mejor esfuerzo para comercializar la producción Producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con prioridad para el abastecimiento interno del país. La ANH reconocerá al Contratista (Individual o Plural) los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o un margen razonable, que debe ser convenido previamente entre las dos Partes. La cantidad de dinero que el Contratista (Individual o Plural) debe entregar a la ANH por concepto de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalías, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipación, NO puede ser inferior -en ningún caso- al valor de liquidación de las Regalías, determinado según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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Samples: Exploration and Production Contract