Common use of Comercialización del volumen de Regalías Clause in Contracts

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la ANH lo estime conveniente y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista comercializará la porción de la producción de Hidrocarburos que corresponda a las Regalías, y entregará a la ANH el dinero proveniente de las ventas, dentro del plazo establecido para tal fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista hará su mejor esfuerzo para comercializar la producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con prioridad para el abastecimiento interno del país. La ANH reconocerá al Contratista los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o un margen razonable, que debe ser convenido previamente entre las dos Partes. La cantidad de dinero que el Contratista debe entregar a la ANH por concepto de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalías, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipación, NO puede ser inferior -en ningún caso- al valor de liquidación de las Regalías, determinado según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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Samples: Contrato De Exploración Y Producción, Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos, Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos Col 6

Comercialización del volumen de Regalías. Cuando la ANH lo estime conveniente y siempre que las disposiciones legales y reglamentarias así lo permitan, el Contratista (Individual o Plural) comercializará la porción de la producción Producción de Hidrocarburos que corresponda a las Regalías, y entregará a la ANH Entidad el dinero proveniente de las ventas, dentro del plazo establecido para tal fin. Con este propósito, las Partes deben acordar por escrito los términos particulares de la comercialización. En todo caso, el Contratista (Individual o Plural) hará su mejor esfuerzo para comercializar la producción Producción correspondiente, al precio más alto posible en los mercados disponibles, pero siempre con prioridad para el abastecimiento interno del país. La ANH reconocerá al Contratista (Individual o Plural) los costos directos en que hayan incurrido para llevar a cabo la comercialización y/o un margen razonable, que debe ser convenido previamente entre las dos Partes. La cantidad de dinero que el Contratista (Individual o Plural) debe entregar a la ANH por concepto de la comercialización del volumen de hidrocarburos correspondiente a Regalías, descontados costos y/o margen acordados por escrito con anticipación, NO puede ser inferior -en ningún caso- al valor de liquidación de las Regalías, determinado según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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Samples: Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos