Common use of Comisiones y régimen económico aplicable Clause in Contracts

Comisiones y régimen económico aplicable. El CLIENTE abonará a ESFERA CAPITAL las comisiones devengadas por los servicios prestados, conforme a las condiciones económicas previstas incluidas en el ANEXO I que se acompaña al presente Contrato y que el CLIENTE declara conocer y recibir en el presente acto. Las referidas comisiones, en ningún caso, superarán las recogidas en el Folleto informativo de Tarifas. El CLIENTE tendrá a su disposición en cualquiera de las oficinas de ESFERA CAPITAL, y en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, el Folleto de Tarifas de carácter máximo debidamente registrado en la CNMV en cumplimiento de la normativa vigente, y en particular de lo dispuesto en la Orden EHA/1665/2010 y en la Circular 1/1996, de 27 xx xxxxx, de la CNMV, sobre Normas de actuación, transparencia e identificación de los clientes en las operaciones xxx Xxxxxxx de Valores. En ningún caso podrán cargarse al CLIENTE comisiones o gastos por operaciones innecesarias, servicios que no hubieran sido efectivamente prestados o por aquellos que no estando previstos en este contrato, no hayan sido aceptados o solicitados por el CLIENTE. ESFERA CAPITAL se reserva el derecho a modificar las comisiones y gastos repercutibles pactados previa comunicación al CLIENTE. El CLIENTE dispondrá de un plazo máximo de 1 mes desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la presente relación contractual, sin que hasta que transcurra dicho plazo le sean de aplicación las tarifas modificadas. No obstante, en el supuesto de que dicha modificación implicase claramente un beneficio al CLIENTE, se aplicarán inmediatamente. ESFERA CAPITAL tendrá derecho a percibir las comisiones e intereses y a aplicar el régimen económico previsto en el Anexo I del presente contrato. ESFERA CAPITAL cobrará las comisiones aplicables con cargo a la cuenta abierta por el CLIENTE en ESFERA CAPITAL. En el caso de no disposición de saldo en la citada cuenta, ESFERA CAPITAL procederá de manera inmediata al cierre de las posiciones del CLIENTE.

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Samples: Contrato De Apertura De Cuenta De Autotrading, Account Opening Contract for the Hiring, Custody, and Administration of Financial Instruments

Comisiones y régimen económico aplicable. El 1. La ENTIDAD percibirá del CLIENTE abonará a ESFERA CAPITAL las comisiones devengadas tarifas correspondientes por el concepto de gestión de carteras compuestas por instituciones de inversión colectiva y los servicios prestadosgastos de intermediación y otras comisiones, conforme a de acuerdo con lo indicado en las condiciones económicas previstas incluidas en el ANEXO I que se acompaña al Condiciones Particulares del presente Contrato y que el CLIENTE declara conocer y recibir en el presente acto. Las referidas comisionesque, en ningún caso, superarán las recogidas en el Folleto folleto informativo de Tarifastarifas que puede consultarse en cualquier oficina de la ENTIDAD o a través de su página Web xxx.xxxxxxxx.xx . El CLIENTE tendrá a su disposición en cualquiera importe de las oficinas de ESFERA CAPITAL, y en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, el Folleto de Tarifas de carácter máximo debidamente registrado en la CNMV en cumplimiento de la normativa vigente, y en particular de lo dispuesto en la Orden EHA/1665/2010 y en la Circular 1/1996, de 27 xx xxxxx, de la CNMV, sobre Normas de actuación, transparencia e identificación de los clientes en las operaciones xxx Xxxxxxx de Valores. En ningún caso podrán cargarse al CLIENTE comisiones o gastos por operaciones innecesarias, servicios que no hubieran sido efectivamente prestados o por aquellos que no estando previstos en este contrato, no hayan sido aceptados o solicitados por el CLIENTE. ESFERA CAPITAL se reserva el derecho a modificar las comisiones y gastos repercutibles pactados previa comunicación se incrementarán cuando así corresponda según lo establecido en la normativa vigente en cada momento, por los impuestos indirectos que resulten de aplicación. 2. La ENTIDAD hará efectivas las cantidades debidas con cargo a la cuenta corriente de efectivo del CLIENTE afecta al presente Contrato, indicada en la Condiciones Particulares. Si el CLIENTE no mantuviera saldo suficiente en la mencionada cuenta, la ENTIDAD informará de esta situación al CLIENTE, con la advertencia de que si en el plazo xx xxxx (10) días naturales siguientes a la recepción de la comunicación no realiza los ingresos que resulten oportunos para cumplir con su obligación de pago, procederá a la enajenación de las instituciones de inversión colectiva que formen parte de la cartera gestionada para cubrir el descubierto, en la cuantía correspondiente y en la forma indicada en el aviso, intentado en todo caso minimizar los perjuicios para el Cliente, y siendo de su cuenta y cargo los gastos que por ello se ocasionen. 3. El La ENTIDAD comunicará por escrito al CLIENTE cualquier modificación que se produzca en las tarifas de comisiones y gastos repercutibles que afecten al presente Contrato. Dicha comunicación podrá incorporarse en la información periódica que se suministre al CLIENTE, que dispondrá de un plazo máximo de 1 (1) mes desde la recepción de la citada información para modificar solicitar la modificación o cancelar la presente relación contractualextinción del contrato, sin que le sean aplicadas las nuevas tarifas hasta que transcurra dicho plazo plazo. Sin embargo, en el caso de que la tarifa sea claramente beneficiosa para el CLIENTE, se le sean comunicará el cambio igualmente, si bien las nuevas condiciones se aplicarán inmediatamente. 4. La ENTIDAD, como consecuencia de aplicación la prestación del servicio de gestión de cartera, a fin de conseguir un aumento de la calidad del servicio prestado y actuando siempre en interés óptimo del CLIENTE, podría recibir o entregar incentivos cuya existencia, naturaleza y cuantía constan o están disponibles a través de la página Web de Ibercaja Directo (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx) y en las tarifas modificadasOficinas de la ENTIDAD. No obstante, en el supuesto de que dicha modificación implicase claramente un beneficio al CLIENTE, se aplicarán inmediatamente. ESFERA CAPITAL tendrá derecho a percibir las comisiones e intereses y a aplicar el régimen económico previsto en el Anexo I del presente contrato. ESFERA CAPITAL cobrará las comisiones aplicables con cargo a la cuenta abierta por el CLIENTE conserva al derecho en ESFERA CAPITAL. En el caso todo momento a solicitar información más detallada por parte de no disposición de saldo en la citada cuenta, ESFERA CAPITAL procederá de manera inmediata al cierre de las posiciones del CLIENTEENTIDAD sobre dichos incentivos.

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Samples: Contrato De Gestión De Cartera De Instituciones De Inversión Colectiva, Contrato De Gestión De Cartera

Comisiones y régimen económico aplicable. El EI CLIENTE abonará a ESFERA CAPITAL las Ias comisiones devengadas por los Ios servicios prestados, conforme a las Ias condiciones económicas previstas incluidas incIuidas en el eI ANEXO I que se acompaña al aI presente Contrato y que el eI CLIENTE declara decIara conocer y recibir en el eI presente acto. Las referidas comisiones, en ningún caso, superarán las Ias recogidas en el Folleto eI FoIIeto informativo de Tarifas. El EI CLIENTE tendrá a su disposición en cualquiera cuaIquiera de las Ias oficinas de ESFERA CAPITAL, y en la Ia página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xxxxxxxxxxxxX.xx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxx/, el Folleto eI FoIIeto de Tarifas de carácter máximo debidamente registrado en la Ia CNMV en cumplimiento cumpIimiento de la Ia normativa vigente, y en particular particuIar de lo Io dispuesto en la Ia Orden EHA/1665/2010 y en la Circular 1/1996Ia CircuIar 3/2016, de 27 xx xxxxx20 de abriI, de la CNMVIa Comisión NacionaI deI Mercado de VaIores, por Ia que se modifica Ia CircuIar 7/2011, de 12 de diciembre, sobre Normas foIIeto informativo de actuacióntarifas y contenido de Ios contratos-tipo. En caso de que ESFERA CAPITAL no pudiera faciIitarIe con anteIación esta información, transparencia e identificación Ie proporcionará una estimación razonabIe de los clientes en las operaciones xxx Xxxxxxx de ValoresIos mismos. En ningún caso podrán cargarse al aI CLIENTE comisiones o gastos por operaciones innecesarias, servicios que no hubieran sido efectivamente prestados o por aquellos que aqueIIos que, no estando previstos en este contrato, no hayan sido aceptados o solicitados soIicitados por el eI CLIENTE. ESFERA CAPITAL se reserva el eI derecho a modificar las Ias comisiones y gastos repercutibles repercutibIes pactados previa comunicación al aI CLIENTE. El EI CLIENTE dispondrá de un plazo pIazo máximo de 1 mes desde la Ia recepción de la Ia citada información para modificar o cancelar la canceIar Ia presente relación contractualreIación contractuaI, sin que hasta que transcurra dicho plazo le pIazo Ie sean de aplicación las apIicación Ias tarifas modificadas. No obstante, en el eI supuesto de que dicha modificación implicase claramente impIicase cIaramente un beneficio al aI CLIENTE, se aplicarán apIicarán inmediatamente. ESFERA CAPITAL tendrá derecho a percibir las Ias comisiones e intereses y a aplicar el apIicar eI régimen económico previsto en el eI Anexo I del deI presente contrato. ESFERA CAPITAL cobrará las Ias comisiones aplicables apIicabIes con cargo a la Ia cuenta abierta por el eI CLIENTE en ESFERA CAPITAL. En el eI caso de no disposición de saldo saIdo en la Ia citada cuenta, ESFERA CAPITAL procederá de manera inmediata al aI cierre de las Ias posiciones del deI CLIENTE.

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Samples: Contrato De Apertura De Cuenta, Contrato De Apertura De Cuenta

Comisiones y régimen económico aplicable. El CLIENTE abonará a ESFERA CAPITAL las comisiones devengadas por los servicios prestados, conforme a las condiciones económicas previstas incluidas en el ANEXO I que se acompaña al presente Contrato y que el CLIENTE declara conocer y recibir en el presente acto. Las referidas comisiones, en ningún caso, superarán las recogidas en el Folleto informativo de Tarifas9.1. El CLIENTE tendrá a su disposición en cualquiera servicio de las oficinas recepción y transmisión de ESFERA CAPITAL, y en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, el Folleto órdenes de Tarifas de carácter máximo debidamente registrado en la CNMV en cumplimiento de la normativa vigente, y en particular de lo dispuesto en la Orden EHA/1665/2010 y en la Circular 1/1996, de 27 xx xxxxx, de la CNMV, sobre Normas de actuación, transparencia e identificación de los clientes en las operaciones xxx Xxxxxxx de Valores. En ningún caso podrán cargarse al CLIENTE comisiones puede ser remunerado o gastos por operaciones innecesarias, servicios que no hubieran sido efectivamente prestados o por aquellos que no estando previstos en este contrato, no hayan sido aceptados o solicitados por el CLIENTE. ESFERA CAPITAL se reserva En el derecho caso de no ser remunerado por el CLIENTE, PlusValue podrá recibir honorarios, comisiones o beneficios no monetarios de terceros por las inversiones que, con ocasión del servicio, realice para el CLIENTE. Para ello PlusValue cumplirá con las mejoras de calidad del servicio que en cada caso determine la normativa aplicable. 9.2. PlusValue repercutirá al CLIENTE las comisiones y gastos correspondientes a modificar las operaciones que realice sobre aquellas acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva con las que no tenga acuerdos e comercialización. La Entidad procederá a emitir la correspondiente factura que será cargada en la cuenta proporcionada por el cliente en el boletín de alta y/o en el mismo anexo 1 del presente contrato. 9.3. A tales efectos, PlusValue informará al CLIENTE, de las comisiones y gastos repercutibles pactados previa y valores aplicables a las operaciones que resultan del presente contrato. 9.4. PlusValue informará al CLIENTE de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles que puedan ser de aplicación a la relación contractual. Dicha comunicación al CLIENTEdeberá ser escrita, pudiendo incorporarse a cualquier información periódica que deba suministrarle. 9.5. El CLIENTE dispondrá de un plazo máximo de 1 mes dos meses desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la presente relación contractual, sin que hasta que transcurra dicho plazo le sean de aplicación las tarifas modificadas. No obstante, en En el supuesto de que dicha modificación implicase claramente tales modificaciones implicarán un beneficio al CLIENTE, se aplicarán le serán aplicadas inmediatamente. 9.6. ESFERA CAPITAL tendrá derecho De conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación aplicable a percibir las comisiones Agencias de Valores, en ningún caso podrá PlusValue financiar al CLIENTE y, por consiguiente, realizar por su cuenta y en su nombre operaciones en descubierto. 9.7. Cuantos gastos e intereses impuestos pudieran derivarse del cumplimiento y a aplicar el régimen económico previsto en el Anexo I aplicación del presente contrato. ESFERA CAPITAL cobrará “Contrato”, y/o por las comisiones aplicables contraprestaciones económicas derivadas del mismo, serán satisfechas, cuando proceda, con cargo arreglo a la cuenta abierta por el CLIENTE en ESFERA CAPITAL. En el caso de no disposición de saldo en la citada cuenta, ESFERA CAPITAL procederá de manera inmediata al cierre de las posiciones del CLIENTELegislación vigente.

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Samples: Contrato De Recepción Y Transmisión De Órdenes Y Servicios Financieros

Comisiones y régimen económico aplicable. El CLIENTE abonará a ESFERA CAPITAL las comisiones devengadas por los servicios prestados, conforme a las condiciones económicas previstas incluidas en el ANEXO I que se acompaña al presente Contrato y que el CLIENTE declara conocer y recibir en el presente acto. Las referidas comisiones, en ningún caso, superarán las recogidas en el Folleto informativo de Tarifas. El CLIENTE tendrá a su disposición en cualquiera de las oficinas de ESFERA CAPITAL, y en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, el Folleto de Tarifas de carácter máximo debidamente registrado en la CNMV en cumplimiento de la normativa vigente, y en particular de lo dispuesto en la Orden EHA/1665/2010 y en la Circular 1/19963/2016, de 27 20 xx xxxxx, de la CNMV, sobre Normas de actuación, transparencia e identificación de los clientes en las operaciones Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, por la que se modifica la Circular 7/2011, de 12 de diciembre, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos-tipo. En caso de que ESFERA CAPITAL no pudiera facilitarle con antelación esta información, le proporcionará una estimación razonable de los mismos. En ningún caso podrán cargarse al CLIENTE comisiones o gastos por operaciones innecesarias, servicios que no hubieran sido efectivamente prestados o por aquellos que que, no estando previstos en este contrato, no hayan sido aceptados o solicitados por el CLIENTE. ESFERA CAPITAL se reserva el derecho a modificar las comisiones y gastos repercutibles pactados previa comunicación al CLIENTE. El CLIENTE dispondrá de un plazo máximo de 1 mes desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la presente relación contractual, sin que hasta que transcurra dicho plazo le sean de aplicación las tarifas modificadas. No obstante, en el supuesto de que dicha modificación implicase claramente un beneficio al CLIENTE, se aplicarán inmediatamente. ESFERA CAPITAL tendrá derecho a percibir las comisiones e intereses y a aplicar el régimen económico previsto en el Anexo I del presente contrato. ESFERA CAPITAL cobrará las comisiones aplicables con cargo a la cuenta abierta por el CLIENTE en ESFERA CAPITAL. En el caso de no disposición de saldo en la citada cuenta, ESFERA CAPITAL procederá de manera inmediata al cierre de las posiciones del CLIENTE.

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Samples: Contrato De Apertura De Cuenta